Tutorial: Pago provisional abril 2024 (Act. empresarial y profesional-honorarios)
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- Опубліковано 5 тра 2024
- En este vídeo les explico paso a paso, el procedimiento para presentar el pago provisional del mes de abril de 2024, para quienes tributan por el Régimen de Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales. Honorarios.
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Intro:
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Música:
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Muchas gracias, saludos
Para servirle David 🙂
Muchas gracias por el excelente video Dra. Martha, lindo inicio de semana bendiciones🙏😊💗💗
Para servirte Janett 🙂
Buenas tardes!! Una pregunta si no tuve ventas en el mes, también debo emitir un CFDI global en cero al público general? O solo presentar la declaración mensual en cero? Muchas gracias .
Buenos días: solo hay que presentar el pago provisional en ceros.
Buen día, si recién me cambié a personas física con act empresarial, no me da la opción MENSUAL solo BIMESTRAL y no me arroja las opciones precargadas de ISR de actv empresarial ni PAGO definitivo del iva, que opciones tengo. Gracias
Buenas noches: asegúrese de estar ingresando al portal de pagos provisionales correcto. Acceda por medio de su firma electrónica, no de la contraseña. Finalmente, si al ingresar le aparece un mensaje de que si desea seguir tributando por el régimen anterior dé clic en cancelar. A ver si con esto ya visualiza la información correctamente.
Olvide capturar el IVA acreditable del periodo y ya envie mi declaracion, puedo enterarllo en el siguiente periodo con la opcion ¿tienes otras cantidades a favor??, gracias por su contenido contadora.
Buenas noches Eduazul29: como las declaraciones de IVA son definitivas, no lo puede hacer en el siguiente anterior. Le sugiero presentar una declaración complementaria del mismo mes, del tipo Modificación de obligaciones para que quede registrado correctamente.
muchas gracias por su ayuda
@@eduazul29 para servirle Eduardo 🙂
Hola buenos días Dra, tengo una duda, yo soy dentista en la parte de la deducción inmediata de inversiones de periodos (lo del decreto de relocalizacion) he puesto 0 en los meses pasados a cómo me ha comentado (ya que no uso ninguna deducción) pero al hacer hace unos días la declaración provisional de abril dice (presentada pagada) así nada más, hay algún problema con diferencia del ejemplo que usted muestra donde dice “presentada con pago en cero”?
Muchísimas gracias de antemano.
No hay problema, el sistema va asignando esos estatus dependiendo de si se pagó o no ISR.
Ojalá y la próxima pueda poner de ejemplo una factura para desglosarla, revisar que entra dentro del sub total... o que si se debe incluir o sumar... si se considera el ISR o los impuestos trasladados o los impuestos retenidos, se suman?? se restan?? se agarra el valor del subtotoal tal y como es?? Eso para llenar el campo de Ingreso del Periodo correctamente.... gracias!! Y también explicar que son los valores o que significan los valores de Base gravable del pago provisional y el de ISR causado , a que corresponden
Buenas tardes Rogelio: siempre debe capturar el subtotal, porque esta es la base para el cálculo de ambos impuestos. Solo en el caso de que haya algún descuento, hay que restar esa cantidad.
La base gravable del pago provisional no es otra cosa que una resta: ingresos menos gastos. Y el ISR causado es el importe que le corresponde pagar a esa base gravable, de acuerdo con las tablas de pagos provisionales.
Una pregunta, si pague impuestos al valor agregado en el mes anterior al que estoy declarando. Dónde ingreso la cantidad que pague por impuesto al valor agregado?
Buenas tardes: los pagos de IVA son definitivos, es decir, no se acumulan mes con mes. Lo único de lo cual se tiene un control por separado es del IVA a favor que está pendiente de acreditar. En este caso, si pagó IVA en el mes de marzo, en abril NO se va a poner la cantidad que pagó con anterioridad.
Buen dia, en el apartado pagos provisionales de periodos anteriores, se debe colocar el monto que me retuvieron? Muchas gracias
Buenas noches Sandra: no, en ese apartado debes poner lo que pagaste con anterioridad por concepto de ISR. Lo que te retuvieron va en el campo ISR retenido del periodo.
Gracias contadora, pero con lo que pague se refiere a las retenciones que me hicieron?
@@sandralopez746 Las retenciones van separadas de los pagos que se realizaron, son dos campos distintos.
Hola, como siempre muy buen video, muchas gracias! Una duda: al declarar el IVA tengo un monto a favor del mes anterior. Y en este mes no tuve ingresos, y quiero decirle que sigo teniendo cantidades a favor pero ya no aparece el campo de acreditamiento de saldo a favor de períodos anteriores, y ya no sé que hacer. Solo me aparecen dos opciones: la de ajuste de inversiones, y el de otras cantidades a favor. Qué puedo hacer o cómo puedo indicar que tengo ese saldo a favor del mes de marzo, o lo voy a perder?
Hice la prueba de escribir la cantidad en el campo en otras cantidades a favor del contribuyente pero me aparece un mensaje en rojo que dice "no debe ser mayor a cantidades a cargo o cantidades a favor", porque aunque tengo a favor como 205 pesos de IVA en abril, si pongo los 281 a favor de marzo, me sigue apareciendo el mensaje 😢... Yo esperaría que sumara las cantidades y me apareciera un total de saldo a favor. Pero no es así. Qué más podría hacer?
Buenas noches Neftali: las cantidades a favor de IVA, provenientes de periodos anteriores solo se registran en su control interno (hoja de cálculo), y ahí las va acumulando. Cuando haya un saldo a pagar, entonces verifica el monto que lleva acumulado a la fecha y de ahí lo va deduciendo y actualizando.
Oh! Muchas gracias, siempre te sigo como referencia mes a mes, aunque ya tengo cierta experiencia, pero aquí tienes a un buen seguidor del canal. Gracias por tu respuesta, sigue así!
@@NeftaliAltamirano para servirle Neftalí 🙂
Buenas noches, en ingresos del periodo es sin IVA, pero yo no emito facturas, mi venta es al por menor, cómo le hago ?
Alguien me puede apoyar?
@@caritinanunez2275 Buenas noches Caritina: usted debe emitir las facturas al público en general, por los ingresos que obtiene en un periodo de tiempo, ya sean días, semanas o por mes y eso es lo que va a reportar en el pago provisional.
Seguramente tiene artículos que están gravados al 16% de IVA y otros a tasa 0%, entonces tendría que hacer dos facturas por separado, en donde acumule los ingresos para cada una de estas tasas.
Perdón contadora quedé igual😢, tengo una papelería y nunca he dado una factura.
@@caritinanunez2275 Buenas noches Caritina: cuando el cliente no te pide factura, debes realizarla al público en general. Si no lo has hecho, debes iniciar con esta práctica porque te pueden requerir.
¿Sabes hacer una factura al público en general?
Buenas noches contadora, no se hacerla, al principio la hacía cuando presentaba la declaración, pero algo cambio en la página del SAT, y ya no se dónde hacerla, esa es la factura que usted dice?