Las palabras de él son las correctas. Se trata de proteger. Conozco personas con discernimiento tan puras que podrían cambiar sus bienes por un chocolate de marca.
1:25 La ponente dice que se le ha estado negando realizar actos jurídicos a las personas con discapacidad "por el hecho de pensar diferente". ¿Es en serio? ¿Padecer una enfermedad mental para ella es "pensar diferente"? ¡Qué tal eufemismo! La igualdad no consiste tratar a todos por igual, sino en tratar al igual como igual y al diferente como diferente, es decir, atendiendo sus capacidades y adaptándonos a su realidad. Eso no es discriminación, eso es igualdad entendida como equidad.
Que pasa cuando la persona tiene DISCAPACIDAD TOTAL tanto fisica como mental? Como cuido a esta persona si no se tiene el manejo de sus bienes para poder cubrir los gastos propios de su estado.
No sabe ella qué significa discernir. El discernimiento de un Asperger puede haber, pero podría tomar decisiones que lo perjudiquen. Creo que ella no defiende derechos, defiende a los que pueden aprovecharse del mal discernimiento.
En la primera parte ella responde bien respecto a que un niño puede celebrar el contrato de comprar caramelos; pero responde mal cuando plantea un tema semiológico de "discernimiento del bien y el mal para quién", es claro que se trata de un discernimiento que significa el bien para que tiene el derecho pero no la capacidad, siempre ha significado eso en lo que al tema se refiere. Ahora, decir que el Derecho siempre ha sido a favor de los grupos hegemónicos lleva a la obligada pregunta ¿Y esta modificación, que es Derecho, a qué grupo hegemónico favorece? Muy sospechosa la doctora.
La experiencia ha demostrado que en Derecho Civil toda institución que no tenga como fuente al Derecho Romano va directo al fracaso (como el caso de la garantía mobiliaria). No existe trato discriminatorio al configurar un régimen de protección a quienes están en desventaja. Tal vez se me considera "clasista" pero el trato es igualitario para los iguales y desigual para los desiguales. Si tratamos igual a alguien que es desigual (en el mejor sentido del término) se configura una situación de abuso por cuanto este sujeto no está en las mismas condiciones para advertir un potencial aprovechamiento de su contraparte. La interdicción, la curatela y el consejo de familia son instituciones que tienen una finalidad de amparo a los más vulnerables y eso no es discriminatorio.
Pues en la etapa de la pandemia, dada la exigencia del curador para el cobro de bonos, muchos curadores cobraron los mencionados y nunca les entregaron a la persona con discapacidad el dinero, incluso cuando las personas con discapacidad estan recluidos en condiciones terribles y vulnerando sus derechos, ahi tambien hay un caso de aprovechamiento como usted menciona; toda norma corre estos riesgos. No obstante, darle autonomia a muchas personas con discapacidad trae muchos mas beneficios, tal vez un poco de lectura sobre las diversas formas de discapacidad le darian luces sobre la regulación apropiada sobre el tema.
@@danielaandreabartolobaquer1576 el que un curador o varios curadores hayan hecho mal uso de los bonos durante la pamdemia, no trae abajo la curatela, una institución que tiene siglos funcionando bien, desde el Derecho Romano. Sería como decir que por muchos casos de negligencia médica, debamos anular la medicina, o porque uno o varios policías hacen mal uso de sus armas, debamos acabar con la policía. Posiblemente, la ley de discapacidad traiga beneficios pero no se indica cuáles. Yo trabajo en salud como fisioterapeuta y he tenido todo tipo de pacientes que han tenido un representante legal, y no es nada discriminatorio para ellos. Y con respecto a la lectura sobre las diversas formas de discapacidad, es un consejo para todos, a todos nos daría luces ello.
4:49 pero la histeria fue una condición de salud que padecían las mujeres europeas del siglo XIX. Que alguien haya usado esa sintomatología para atacar a las feministas es otra cosa.
Desgraciadamente, los ejemplos de ella son totalmente impertinentes. Al público le interesa saber cuál es la situación de personas que no tienen capacidad de ejercicio alguno. No es pertinente el ejemplo de que las mujeres eran discrinadas si aun antes de esta reforma la mujer es reconocida en su pleno derecho y pleno discernimiento. El ejemplo es para casos de esas personas que son sólo con forma humana, pero no hablan, no piensan y sólo guturan voces y no palabras. Nada dijo de eso.
Esto no fue un debate, fue una Clase del Dr. Chipana a una alumna de primer año de derecho
Cuando escuche al Dr Chipana escuche una clase magistral de derecho, cuando hablaba la srta. escuchaba a mi sobrinita de 4 años.
Las palabras de él son las correctas. Se trata de proteger. Conozco personas con discernimiento tan puras que podrían cambiar sus bienes por un chocolate de marca.
excelente, doctora y doctor
1:25 La ponente dice que se le ha estado negando realizar actos jurídicos a las personas con discapacidad "por el hecho de pensar diferente". ¿Es en serio? ¿Padecer una enfermedad mental para ella es "pensar diferente"? ¡Qué tal eufemismo! La igualdad no consiste tratar a todos por igual, sino en tratar al igual como igual y al diferente como diferente, es decir, atendiendo sus capacidades y adaptándonos a su realidad. Eso no es discriminación, eso es igualdad entendida como equidad.
Que pasa cuando la persona tiene DISCAPACIDAD TOTAL tanto fisica como mental? Como cuido a esta persona si no se tiene el manejo de sus bienes para poder cubrir los gastos propios de su estado.
Que intersante , gracias tengo debste de este tema y justo estoy contra mi enemigo ( naaa solo me cae mal )
Excelente debate!
Definitivamente el doctor Chipana dio catedra la otra parte su postura es mas emocional que realista.
6:33
Muy buen debate!
Al ver los comentarios se nota que las personas no cambian su esquema siguen con la idea del modelo medico rehabilitador.
Traduccion x favor
No sabe ella qué significa discernir. El discernimiento de un Asperger puede haber, pero podría tomar decisiones que lo perjudiquen. Creo que ella no defiende derechos, defiende a los que pueden aprovecharse del mal discernimiento.
En la primera parte ella responde bien respecto a que un niño puede celebrar el contrato de comprar caramelos; pero responde mal cuando plantea un tema semiológico de "discernimiento del bien y el mal para quién", es claro que se trata de un discernimiento que significa el bien para que tiene el derecho pero no la capacidad, siempre ha significado eso en lo que al tema se refiere. Ahora, decir que el Derecho siempre ha sido a favor de los grupos hegemónicos lleva a la obligada pregunta ¿Y esta modificación, que es Derecho, a qué grupo hegemónico favorece? Muy sospechosa la doctora.
La experiencia ha demostrado que en Derecho Civil toda institución que no tenga como fuente al Derecho Romano va directo al fracaso (como el caso de la garantía mobiliaria). No existe trato discriminatorio al configurar un régimen de protección a quienes están en desventaja. Tal vez se me considera "clasista" pero el trato es igualitario para los iguales y desigual para los desiguales. Si tratamos igual a alguien que es desigual (en el mejor sentido del término) se configura una situación de abuso por cuanto este sujeto no está en las mismas condiciones para advertir un potencial aprovechamiento de su contraparte. La interdicción, la curatela y el consejo de familia son instituciones que tienen una finalidad de amparo a los más vulnerables y eso no es discriminatorio.
De acuerdo
Pues en la etapa de la pandemia, dada la exigencia del curador para el cobro de bonos, muchos curadores cobraron los mencionados y nunca les entregaron a la persona con discapacidad el dinero, incluso cuando las personas con discapacidad estan recluidos en condiciones terribles y vulnerando sus derechos, ahi tambien hay un caso de aprovechamiento como usted menciona; toda norma corre estos riesgos. No obstante, darle autonomia a muchas personas con discapacidad trae muchos mas beneficios, tal vez un poco de lectura sobre las diversas formas de discapacidad le darian luces sobre la regulación apropiada sobre el tema.
@@danielaandreabartolobaquer1576 el que un curador o varios curadores hayan hecho mal uso de los bonos durante la pamdemia, no trae abajo la curatela, una institución que tiene siglos funcionando bien, desde el Derecho Romano. Sería como decir que por muchos casos de negligencia médica, debamos anular la medicina, o porque uno o varios policías hacen mal uso de sus armas, debamos acabar con la policía. Posiblemente, la ley de discapacidad traiga beneficios pero no se indica cuáles. Yo trabajo en salud como fisioterapeuta y he tenido todo tipo de pacientes que han tenido un representante legal, y no es nada discriminatorio para ellos. Y con respecto a la lectura sobre las diversas formas de discapacidad, es un consejo para todos, a todos nos daría luces ello.
Buenas noches
4:49 pero la histeria fue una condición de salud que padecían las mujeres europeas del siglo XIX. Que alguien haya usado esa sintomatología para atacar a las feministas es otra cosa.
Deberían derogar está ley 1384
DEBERIAN PONER A ALLGUIEN DE NIVEL A DEBATIR CON EL DR CHIPANA Y NO A UNA NIÑA
Es profesora esta doctora? Que mal estamos
Los profesionales asi como la Doctora del video enseña como Docente a los estudiantes de Derecho y realmente no veo lo malo :)
Yo pense que ganaría algo de conocimiento viendo este video, pero al contrario, solo recibí incoherencias.
Ordenar las ideas y el sentido sería mejor.
Ponen a una abogada mediocre con un crack en derecho civil!
Mmm Sí claro esa abogada "mediocre" es magister en DDHH ua-cam.com/video/mZyJYk5ANQo/v-deo.html
usted ni abogada es ni magister, asi que mejor callese
la abogada habla muy pegado a la ley..el abogado habla viendo es aspecto humano
Desgraciadamente, los ejemplos de ella son totalmente impertinentes. Al público le interesa saber cuál es la situación de personas que no tienen capacidad de ejercicio alguno. No es pertinente el ejemplo de que las mujeres eran discrinadas si aun antes de esta reforma la mujer es reconocida en su pleno derecho y pleno discernimiento. El ejemplo es para casos de esas personas que son sólo con forma humana, pero no hablan, no piensan y sólo guturan voces y no palabras. Nada dijo de eso.
Se nota la diferencia entre alguien que tiene experiencia y alguien que no, bien Dr Chipana dio cátedra