ARTÍCULO 71. CERRAMIENTOS TRANSPARENTES Ley 675 de 2001

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  • Опубліковано 25 лип 2022
  • ARTÍCULO 71. CERRAMIENTOS TRANSPARENTES. Las Unidades Inmobiliarias Cerradas que se autoricen a partir de la presente ley tendrán cerramientos en setos vivos o cerramientos transparentes que permitan la integración visual de los espacios libres privados y edificaciones al espacio público adyacente, sin que ello implique que se prive a la ciudadanía de su uso, goce y disfrute visual, en los términos del artículo 6o. de la Ley 9a. de 1989.

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