Felicito y agradezco ampliamente al maestro Reyna por su presentación sobre el tema de la jurisprudencia, toda vez que lo hace exponiendo los conceptos pertinentes de madera clara y precisa, a la vez que lo hace, como propiamente lo debe hacer un abogado, con cautela y atingencia. Lo anterior, porque cuando es procedente hacer afirmaciones o aseveraciones absolutas, las pronuncia con ese carácter, en tanto que cuando no procede una aseveración absoluta, lo aclara señalando en carácter presunción al de las ase estaciones que tienen dicho carácter. Aprecio y valoro mucho que el maestro Reyna comparta sus conocimientos jurídicos en bien de quienes tenemos la oportunidad de acceder a sus exposiciones o presentaciones magistrales.
Hola me agrada mucho su canal licenciado explica muy bien y hay temas muy interesantes voy en 3er semestre de Derecho en la UNAM y me han dejado tareas sobre este tema de jurisprudencia me ayudo mucho este video gracias.📚
Solo toma en cuenta que ese vídeo es antiguo. Te recomiendo busques el vídeo de jurisprudencia que subí recientemente, pues ya contempla la reforma de 2021.
Muy importante, no soy abogado, LRI, pero da tristeza, la violación de los derechos constitucionales y los derechos que se integran a la codificación a través de las jurisprudencias. Una ponencia: Clara, Precisa y sin Titubeos...Felicidades Mtro.
5:10 La jurisprudencia es la interpretación obligatoria de la Ley, ergo, si la interpretación da como resultado algo que se aparta del propio texto (sentencia manipulativa, y sí, súper cuestionable pero también intentan hacerla tendencia) para efectos prácticos, el texto de la Ley ya no puede ser aplicado, ahora en lugar de eso, el juzgador tendrá que acudir al texto de la norma jurisprudencial que lo interpreta. Aún en jurisprudencia no manipulativa es lo mismo y siendo así, la jurisprudencia cierto no sustituye a la Ley pero sí la secuestra y suplanta su identidad, la Ley queda en estado vegetativo, pero nientras viva y no sea abrogada o derogada, la jurisprudencia suplantadora tendrá la vida que le corresponde a la Ley, asume sus funciones y recibe sus elogios como si fuera la Ley, aunque no lo sea. Ciertamente se parece más, mucho más, q una sustitución que a una no sustitución. Ley que es visitada por la jurisprudencia, no vuelve a ser la misma, jamás. Saludos. Pablo B. Toscano.
Profe buenas tardes , me presento:soy Antonio Cano, solo para agradecer su video me ayudó mucho para entender que es la jurisprudencia, soy estudiante de derecho y se usan muchos términos al cuáles uno no está acostumbrado por lo cual se dificulta más su entendimiento, pero con su video me quedo claro
@@ismaelgalindoibarra7506 este video es antiguo. Tengo uno más reciente. La jurisprudencia tuvo modificaciones en 2021. Mira mi último video y muchas gracias
Gracias por sus videos Lic ...una forma clara y entendible de todo los temas que aborda soy estudiante de esta bella y noble profesión .Me queda claro y entendido con sus explicaciones ,que con algunos de mis profes ...gracias ..!! Quedo a la orden....saludos.
¡Profe! ¿creé usted que pueda hacer un vídeo en dónde explique por favor los organismos? suprema corte de justicia de la nación, poder judicial de la federación, consejo de la judicatura, tribunales colegiados de circuito, etc. etc. Nos ayudaría mucho para los que vamos empezando la licenciatura y también trabajamos todo el día.
Yo estoy estudiando contabilidad y finanzas pero llevo la materia de derecho y escuchando al abogado hasta me dan ganas de cambiar de carrera . La verdad es muy emocionante o interesante todo lo de las leyes y el derecho
¿No sustituye a la Ley? Entonces, si sobre determinada disposición legal ya existe jurisprudencia que la interpreta y dicha interpretación no está precisamente apegada al texto de la Ley, yo Juez podría resolver aplicando la letra de la Ley, ¿o eso ya me estaría vedado?
Licenciado yo soy de Guatemala estudiante de la carrera de Derecho que me gustaría tenerlo a usted como catedrático, usted lo enamora a uno más de la carrera. Gracias por su aporte
Quiero decir que soy Lic. En Relaciones Internacionale. Y si me queda claro lo antes expuesto en mi comentario, han abusado al tenor del perjuicio los abogados con las Jurisprudencias...Mtro. Honor a quién Honor Merece...se lo ha Ganado Mtro. Espero no sea la última
Buenas tardes maestro, usted cree viable y posible que en los cuerpos normativos estatales y federales en su determinado articulo del caso en concreto, y desde su publicación pudieran inscribir al menos el rubro de las jurisprudencias (definida o por reiteración) ya que esta es vinculante y obligatoria, con el fin de hacer del conocimiento a las partes de un proceso que desde el propio ordenamiento tendrán un eficaz y mejor herramienta, para obtener sentencias justas y obtener el mejor derecho para la parte o las partes ? y así tener procesos mas breves, informados, equitativos y justos; ya que por lo que entiendo en su exponencia la jurisprudencia da mas certeza y claridad de la ley a un caso concreto, a parte de ser obligatoria. saludos maestro
Hola abogada me puede ayudar con esta tarea pues yo no tengo esperiencia en esta materia pero si me gustaría que me explicará está situación 🤔 Dice de la siguiente manera cita una jurisprudencia de la suprema corté de justicia y desarrolla un comentario personal aplicable a la materia financiera
lo felicito por la explicacion que ha hecho ud podria hablarme sobre la interpretcin de lo derechos humanos internacional saludo y es buena informacion soy estudiante en venezuela de estudios juridicos
Profesor , buenas tardes! Estoy empezando a estudiar derecho y me tocó hablar de algo relacionado de la Jurisprudencia y no se cómo hacerlo, como lo puedo hacer
Usted en 20 minutos me resolvió la clase que no me pudieron explicar con claridad (para estudiantes) en hora y media... Muchísimas gracias, profe.
Felicito y agradezco ampliamente al maestro Reyna por su presentación sobre el tema de la jurisprudencia, toda vez que lo hace exponiendo los conceptos pertinentes de madera clara y precisa, a la vez que lo hace, como propiamente lo debe hacer un abogado, con cautela y atingencia. Lo anterior, porque cuando es procedente hacer afirmaciones o aseveraciones absolutas, las pronuncia con ese carácter, en tanto que cuando no procede una aseveración absoluta, lo aclara señalando en carácter presunción al de las ase estaciones que tienen dicho carácter. Aprecio y valoro mucho que el maestro Reyna comparta sus conocimientos jurídicos en bien de quienes tenemos la oportunidad de acceder a sus exposiciones o presentaciones magistrales.
Mi admiración y respeto para usted Dr. Reyna le entendí muy bien y rápido a su explicación de la Jurisprudencia, que el profesor que me dió clases.
Profe soy costarricense y le agradezco como ud nos enseña tan claro y convincente gracias bendiciones a
Le expresó mis respetos. Lo felicito por sus exposiciones en materia del derecho no se retire siga así gracias
Este video es antiguo, antes de la reforma de 2021. Mira uno más reciente que tengo en mi canal.
Hola me agrada mucho su canal licenciado explica muy bien y hay temas muy interesantes voy en 3er semestre de Derecho en la UNAM y me han dejado tareas sobre este tema de jurisprudencia me ayudo mucho este video gracias.📚
Gracias, no deje de subir videos por favor 🤭
Gracias Doctor, por compartir su conocimiento juridico en favor de la Comunidad Juridica.
Gracias por tan amplia y clara explicación. No soy estudiante de Derecho, estudio un posgrado en Fiscal y me sirvió muchísimo escucharlo, gracias.
Solo toma en cuenta que ese vídeo es antiguo. Te recomiendo busques el vídeo de jurisprudencia que subí recientemente, pues ya contempla la reforma de 2021.
Wow me encantó tu explicación muy completa,me atrevo a decir que es la más completa en todo internet me quede impresionando 😮👍
Muy importante, no soy abogado, LRI, pero da tristeza, la violación de los derechos constitucionales y los derechos que se integran a la codificación a través de las jurisprudencias. Una ponencia: Clara, Precisa y sin Titubeos...Felicidades Mtro.
Mis respetos licenciado se ve que usted si estudió y sabe su profesión. Esto estudiando derecho pero no creo que yo fuera a ser tan bueno como usted.
Gracias profesor excelente licenciado es de profesión interesante por su sabiduría que A dios le dio
5:10 La jurisprudencia es la interpretación obligatoria de la Ley, ergo, si la interpretación da como resultado algo que se aparta del propio texto (sentencia manipulativa, y sí, súper cuestionable pero también intentan hacerla tendencia) para efectos prácticos, el texto de la Ley ya no puede ser aplicado, ahora en lugar de eso, el juzgador tendrá que acudir al texto de la norma jurisprudencial que lo interpreta. Aún en jurisprudencia no manipulativa es lo mismo y siendo así, la jurisprudencia cierto no sustituye a la Ley pero sí la secuestra y suplanta su identidad, la Ley queda en estado vegetativo, pero nientras viva y no sea abrogada o derogada, la jurisprudencia suplantadora tendrá la vida que le corresponde a la Ley, asume sus funciones y recibe sus elogios como si fuera la Ley, aunque no lo sea. Ciertamente se parece más, mucho más, q una sustitución que a una no sustitución. Ley que es visitada por la jurisprudencia, no vuelve a ser la misma, jamás. Saludos. Pablo B. Toscano.
Mil gracias, estoy empezando la licenciatura en línea y por más que leo no me quedaba claro. Pero ya con su video aclaro mi duda. Gracias
Solo ten cuidado porque estr video es viejo y no tiene la reforma de 2021. Mira un short que hice hace poco
Profe buenas tardes , me presento:soy Antonio Cano, solo para agradecer su video me ayudó mucho para entender que es la jurisprudencia, soy estudiante de derecho y se usan muchos términos al cuáles uno no está acostumbrado por lo cual se dificulta más su entendimiento, pero con su video me quedo claro
Dc. Buena explicación, saludos desde Perú
Gracias mí Lic. Por su importante aportación !!
@@ismaelgalindoibarra7506 este video es antiguo. Tengo uno más reciente. La jurisprudencia tuvo modificaciones en 2021. Mira mi último video y muchas gracias
@@EdgarReina2 gracias Dr. soy un seguidor en sus redes, porque permite el diálogo abierto y estoy aprendiendo a pesar de ser una persona mayor !!
Tomar catedra con usted es fuera es de otro mundo, le mando un fuerte abrazo
Gracias por sus videos Lic ...una forma clara y entendible de todo los temas que aborda soy estudiante de esta bella y noble profesión .Me queda claro y entendido con sus explicaciones ,que con algunos de mis profes ...gracias ..!! Quedo a la orden....saludos.
Toma en cuenta que este video es antes de la reforma 2021. Es importante 🙏🏻
Interesante su disertacion sobre Jurisprudencia. Gracias por compartir.
¡Profe! ¿creé usted que pueda hacer un vídeo en dónde explique por favor los organismos? suprema corte de justicia de la nación, poder judicial de la federación, consejo de la judicatura, tribunales colegiados de circuito, etc. etc. Nos ayudaría mucho para los que vamos empezando la licenciatura y también trabajamos todo el día.
Siiiiiiiiiii esto!
Yo estoy estudiando contabilidad y finanzas pero llevo la materia de derecho y escuchando al abogado hasta me dan ganas de cambiar de carrera . La verdad es muy emocionante o interesante todo lo de las leyes y el derecho
Lic muchas gracias, excelente explicación.
¿No sustituye a la Ley? Entonces, si sobre determinada disposición legal ya existe jurisprudencia que la interpreta y dicha interpretación no está precisamente apegada al texto de la Ley, yo Juez podría resolver aplicando la letra de la Ley, ¿o eso ya me estaría vedado?
Me encanta mucho la manera como explica la clase queda claramente
Gracias, me explica tan facil este tema ya lo segui y tmb soy un estudiate en derecho
Licenciado yo soy de Guatemala estudiante de la carrera de Derecho que me gustaría tenerlo a usted como catedrático, usted lo enamora a uno más de la carrera. Gracias por su aporte
Quiero decir que soy Lic. En Relaciones Internacionale. Y si me queda claro lo antes expuesto en mi comentario, han abusado al tenor del perjuicio los abogados con las Jurisprudencias...Mtro. Honor a quién Honor Merece...se lo ha Ganado Mtro.
Espero no sea la última
Le agradezco, me ayudó mucho!
Tiene un nuevo suscriptor.
Gracias! Solo toma en cuenta la reforma judicial de 2021, ya que mi video es anterior.
Me gusta su explicación de Venezuela
Gracias Dr cada vez aprendo mas escuchandolo
Muchas gracias por el video, excelente explicación
Solo toma en cuenta que este video es anterior a la reforma de 2021
Excelente explicación, cómo no lo tuve como maestro en la universidad.
Solo ten cuidado porque este bideo es de 2020. Tengo uno más reciente
@@EdgarReina2 muchísimas gracias, lo voy a buscar, sus videos son muy buenos. No deje de hacer esta gran labor, son de gran ayuda.
¡Muy bien explicado! Un MAESTRO.
Solo toma en cuenta la reforma de 2021. Este video es anterior 🙏🏻
Excelente clase maestro 👍
Gracias por la explicación....osea que la jurisprudencia solo aplica para quien promueve ?
Excelente explicación, gracias.
Excelente explicación maestro
Gracias, solo toma en cuenta que este video es previo a la reforma de 2021. Por ello, te sugiero actualizar el tema
Gracias lic...miuy profesional
Buenas tardes maestro, usted cree viable y posible que en los cuerpos normativos estatales y federales en su determinado articulo del caso en concreto, y desde su publicación pudieran inscribir al menos el rubro de las jurisprudencias (definida o por reiteración) ya que esta es vinculante y obligatoria, con el fin de hacer del conocimiento a las partes de un proceso que desde el propio ordenamiento tendrán un eficaz y mejor herramienta, para obtener sentencias justas y obtener el mejor derecho para la parte o las partes ? y así tener procesos mas breves, informados, equitativos y justos; ya que por lo que entiendo en su exponencia la jurisprudencia da mas certeza y claridad de la ley a un caso concreto, a parte de ser obligatoria. saludos maestro
Hola abogada me puede ayudar con esta tarea pues yo no tengo esperiencia en esta materia pero si me gustaría que me explicará está situación 🤔
Dice de la siguiente manera cita una jurisprudencia de la suprema corté de justicia y desarrolla un comentario personal aplicable a la materia financiera
Muy bien video!
Muy buen video, excelente
Gracias por regalarnos su conocimiento. 🙏
Abogado, gracias.
lo felicito por la explicacion que ha hecho ud podria hablarme sobre la interpretcin de lo derechos humanos internacional saludo y es buena informacion soy estudiante en venezuela de estudios juridicos
Gracias...
de nada
Profesor , buenas tardes! Estoy empezando a estudiar derecho y me tocó hablar de algo relacionado de la Jurisprudencia y no se cómo hacerlo, como lo puedo hacer
Tengo un video reciente sobre ello y un curso en la sección de membresías
USTED SI ES ABOGADO NO COMO ALGUNOS LITIGANTES QUE DESPUES DE UNA DEMANDA YA NO SABEN QUE HACER
P
Erga obnes, o sea como dijo la viejita direron que a todas !!
Gracias.