EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO - TC # 278

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  • Опубліковано 11 січ 2025

КОМЕНТАРІ • 16

  • @emilioasael1117
    @emilioasael1117 Рік тому +2

    sin duda el Dr. guido absolviendo y siendo concreto en cada concepto.
    muchas gracias .

    • @TribunaConstitucional
      @TribunaConstitucional  Рік тому

      Apreciado Emilio: Muchas gracias por ser parte de la familia de "Tribuna Constitucional"...!!!

  • @abgdo.rudesindocaldeiroyes7277
    @abgdo.rudesindocaldeiroyes7277 2 роки тому +3

    Dr. Guido Aguila, muy buenos días; aunque no siempre me es posible redactarle mi continua felicitación por sus disertaciones, no me pierdo cada una de ellas, por lo que ahora hago propicia la oportunidad de agradecerle su generosidad para compartir y difundir su conocimiento, Mil Bendiciones, le escucho y veo el día de mañana 👌👍

    • @TribunaConstitucional
      @TribunaConstitucional  2 роки тому

      Apreciado Abogado Rudesindo:
      Muy agradecido por sus palabras. Las valoro mucho y son el permanente combustible para que día a día tratemos de brindar un mejor contenido para la comunidad jurídica.
      Ruego difundir el canal en México.
      Un gran abrazo inca.
      Dios lo bendiga...!!!

  • @SaulValdez.
    @SaulValdez. 2 роки тому +6

    Que bien ha abordado este tema tan importante, doctor. Me gustó el preámbulo, fue adecuado.
    Le envío un saludo desde la Universidad de la policía de la Ciudad de México (Facultad de Derecho). Éxito.

    • @TribunaConstitucional
      @TribunaConstitucional  2 роки тому

      Apreciado Saúl:
      Muy agradecido por tu comentario.
      Ruego puedas difundir el canal en tu país.
      Un gran abrazo inca hasta México...!!!

  • @viajeslokos
    @viajeslokos 2 роки тому +4

    Doctor Guido cómo siempre brindándonos la mejor enseñanza en sus cátedras, estoy estudiando la carrera de Derecho y algún día me encantaría ser su alumno.

    • @TribunaConstitucional
      @TribunaConstitucional  2 роки тому

      Apreciado Viajes Locos:
      Muy agradecido por tus palabras.
      A mi también me encantaría tener alumnos que como tú tienen una gran inquietud académica.
      Ruego difundir el canal para que llegue a un mayor número de personas.
      Dios te bendiga...!!!

  • @LuisMontalvoVila
    @LuisMontalvoVila 9 місяців тому +1

    Muy buena explicación ✨ despejo mis dudas

  • @fredymatheus5421
    @fredymatheus5421 2 роки тому +2

    En la administración de justicia, la declaración del niño y los peritajes psicológicos son tomados en cuenta pero de manera superficial y se privilegia las normas procesales por encima de los principios que usted ha mencionado

    • @TribunaConstitucional
      @TribunaConstitucional  2 роки тому

      Apreciado Fredy Matheus:
      Lamentablemente, es verdad lo que señala. Aún no se ha internalizado en el país la importancia de los principios relacionados a los menores.
      Muy agradecido.
      Cordial saludo...!!!

  • @albertinasanchezmanayay8439
    @albertinasanchezmanayay8439 2 роки тому +2

    También tenemos la Observación General N° 14. Sobre el Interés Superior del Niño del Comité de los Derechos del Niño.

    • @TribunaConstitucional
      @TribunaConstitucional  Рік тому

      Apreciada Albertina: Muy agradecido por su aporte a "Tribuna Constitucional"...!!!

  • @carmenpenafiel2682
    @carmenpenafiel2682 2 роки тому +2

    Diferencia entre protocolo, convención y opinión consultiva.

    • @TribunaConstitucional
      @TribunaConstitucional  2 роки тому +2

      Apreciada Carmen Peñafiel:
      Gracias por ser parte de Tribuna Constitucional.
      Van las diferencias:
      • Convención o Tratado o Pacto: Es un acuerdo ratificado por cada uno de los países y se convierte en obligatorio.
      • Protocolo: Es el desarrollo específico de lo estipulado en la Convención.
      • Opinión Consultiva: Es la respuesta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos a una pregunta de uno de los países que han ratificado el Pacto de San José de Costa Rica.
      Cordial saludo...!!!