DECLARACIÓN DE IMPUESTO A LA RENTA PARA PERSONAS NATURALES - FORMULARIO 102 - SRI 2021 CASO 1
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- Опубліковано 2 лис 2024
- Que tal mi gente de UA-cam, venimos con un video actualizado de como tienen que realizar su declaración de IMPUESTO A LA RENTA PARA PERSONAS NATURALES EN EL RESPECTIVO FORMULARIO 102.
Este es el primer caso referente a este tipo de declaración y es cuando la persona natural pertenece al RÉGIMEN IMPOSITIVO PARA MICROEMPRESA y solo mantiene en su RUC actividades actividades microempresariales.
Es importante que revisen este tutorial ya que así van a poder realizar de manera adecuada su declaración que la tienen que presentar hasta el mes de marzo de acuerdo al noveno dígito de su RUC.
Les invito a que se suscriban a mi canal y activen la campanita ya que se van a subir videos con diferentes casos referentes a estas declaraciones que son las mas importantes de cada año.
Declaración de renta Personas Naturales Caso 2: tinyurl.com/y7...
Declaración de renta Personas Naturales Caso 3: tinyurl.com/y8...
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Los datos que ocupados para la realización del video fueron autorizados por el Contribuyente.
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Gracias, gracias, gracias, me encantó tu video, útil y oportuno.
Muchas gracias por tu apoyo, no olvides compartir para que mas gente se beneficie de estos videos
Buenas Tardes. Tenga la bondad, si suspendí mi RUC tipo rimpe negocio popular, a los 42 dias de haceber sido creado, y no genere ingresos ni facturas, ni notas de venta. ¿Tengo que Declarar el impuesto a la renta en cero, es decir pagar los 60$ en marzo del proximo año o puedo declarar y pagar este impuesto a la renta antes de esa fecha? Y una vez realizado esta delcaración de impuesto a la renta ya dejaria de seguir pagando esos 60$ semestrales? Le agradezco de ante mano su respuesta.
la ley dice de 0 a 20000 se paga 60 el tiempo q sea q haya sido abierto
Yo tengo una tienda de abarrotes bajo rimpe con inicio de actividades el 12/07/22 ¿la declaración la hago a finales de este mismo año o al 11/07/23?
impuesto a la renta se declara ne marzo de cada año
Saludos, gracias por el video, por favor sera posible que me ayudes con unas preguntas?..... Soy una persona que trabajó bajo dependencia hasta septiembre del 2019, pero recien desde el 2021 empece a recibir mi pension jubilar (mi trámite se demoro como 2 años) la misma que es un valor superior a los $11.315 al año, adicional tengo un pequeño negocio de papeleria, al momento tengo un aviso que tengo que hacer la declaracion del IR para personas naturales del 2021, yo ya realice la declaracion del IR para Microempresas, entonces, cual es mi caso para llenar el formulario?, que detalles debo considerar para llenarlo?...Gracias por tu ayuda
Inge buenas tardes de pronto algun video de la DECARACION PATRIMONIAL
Ya en estos días lo cargo, ya lo estoy preparando para ustedes
Muchas gracias ING
Un gusto
Gracias Ing.
Un gusto poder ayudarles
Hola que tal, una consulta si una persona sacó factura electrónica y empezó a emitir desde junio 2021 para una entidad pública prestando servicios profesionales, debe declarar el impuesto a la renta y puede acceder a devolución del mismo? ya que mensualmente si retienen el 10% . Les agradecería su respuesta
Claro q podrías pedir devolución siempre y cuando al hacer impuesto a la renta te saliera saldo a favor
Ing por favor una consulta, el SRI m notificó que debo realizar el form 102, tengo empleados dond debo registrar el gasto de sueldos ???
si eres no obligada debes sumar a los gastos deducibles normales
Hola q tal, x el año 2020 hice la declaración en el formulario 102a, deduje gastos del negocio y personales y tuve un saldo a favor x retenciones, x lo cual hice petición d devolución, q aún está en revisión, el caso es que no sabía que estaba en el régimen microempresario x lo que me sale un mensaje q no he pagado el impuesto en este régimen... Qué debo hacer en este caso y qué pasa con ésta declaración q ya hice? Ayuda x favor, gracias
Muy buen video. Tengo una duda ing. si soy una persona que esta en el régimen de microempresa y que realiza servicios de honorarios profesionales y en un servicio que preste a mi empresa me retuvieron el 10% el impuesto a la renta en que formulario debería declarar esa retención que me efectuaron, para que al año me genere crédito tributario y retirar ese dinero? Espero su respuesta y en que fechas debería hacer si lo quiero hacer mensual ya que puedo también hacerlo semestral.
La declaración de IVA si la haces mensual todo el año se mantiene así, y ese valor de renta q te retuvieron al hacer tu declaración de renta del 102 el año q viene si te sale saldo a favor, en ese momento podrás solicitar la respectiva devolucion
@@contabilidadytributacionat3447 osea que la retención que me hicieron por mi servicios profesionales debo declarar en el formulario 102 teniendo en cuenta que soy una persona que trabaja bajo la relación de dependencia y que sólo preste servicios con iva 0% (venta) pero no hago compras. Me ayuda con las dudas?
@@stevenhinojosa4632 son servicios profesionales entonces ahí se declara
@@contabilidadytributacionat3447 a ya debo de llenar solo en donde dice "actividades no empresariales" que es en el casillero 612 creo. Muchas gracias y ya me Suscribí a tu canal.
Espero hagas un video referente solo a los servicios profesionales. Saludos crack.
@@stevenhinojosa4632 gracias por el apoyo y no olvides compartir y ya se viene mucho más contenido
muchas gracias
Un gusto
Inge y despues para solicitar la devolucion de ese saldo a favor de retenciones 2020 a mi cuenta lo hago normalmente, como se viene haciendo ?????
El proceso de devolución si estás en el régimen micro ahí debes realizarlo de manera física porq el sistema no está validando el proceso en línea
una pregunta, soy médico que trabaja bajo facturas por CONSULTA Y TRATAMIENTO POR MÉDICOS GENERALES Y ESPECIALISTAS EN CONSULTORIOS PRIVADOS.y sobrepaso la base, debo realizar la declaración? gracias de antemano
si sobrepasas la base y facturas por tus servicios profesionales de medico si es obligatoria la declaracion
Inge buenas noches, aquí atrasada, osea no sólo se llenaba el 125,se debía llenar el 102a y que más? Osea anexos o que más?
BUENAS NOCHES, GRACIAS POR SU OPORTUNA RESPUESTA, TENGO 2 ADVERTENCIAS EN EL PORTAL, LA 1RA CORRESPONDE AL CASILLERO 864 DEL IMPUESTO A LA RENTA CAUSADO, TENGO ENTENDIDO QUE CORRESPONDE AL 2 % DEL MONTO GRAVADO PERO SE DEBIO HABER CANCELADO CON ANTERIORIDAD PARA QUE LO COJA EL FORMATO 102, TENGO DUDAS, Y LA OTRA ADVERTENCIA ES EL CASILLERO 845 A LAS RETENCIONES, CUALES MONTOS CORRESPONDEN A ESOS CASILLEROS... ESTAN VACIO , Y ME PIDE VALORES..??? AYUDA POR FAVOR.
son solo informativos
@@contabilidadytributacionat3447 SON INFORMATIVO?? PERO CUANDO HAGO MI DECLARACION, ME SALE EN EL PORTAL QUE TENGO 2 ADVERTENCIA , QUE SON LAS QUE LE INDIQUE ?? Y AMBOS CASILLEROS ESTAN VACIOS, QUE PASA SI LE DOY SIGUIENTE Y HAGO LA DECLARACIÒN, TENDRE CONSECUENCIAS?? GRACIAS POR SU ASISTENCIA.
Buenos días disculpe está declaración del impuestos a la renta se la realiza en el último mes del año???? Y otra pregunta es que mi actividad económica es la venta de material vegetal ( flores) está dentro de este caso verdad???
Que tal un gusto, si es flores y no material de flores te puedes acoger a la declaración por actividades agropecuarias y te puedes basar en el caso 5 de lo contrario aplicas este caso, y está declaración la realizas en el mes de marzo de acuerdo a tu noveno digito del ruc, por ejemplo si es 1 hasta el 10, si es dos hasta el 12 y así de dos en dos sube este plazo
Hola ing...excelente video...gracias...una consulta la información fiscal de las retenciones no me coincide...me falta la retención del mes de diciembre de una obra que ejecute...tengo las retenciones que saque del propio sistema del sri...que debo hacer...gracias de antemano...
Que tal un gusto, en lo que respecta a los datos fiscales son referenciales, si no coincide es porque todavía no existe el cruce de información entre lo que subió la empresa q te emitió la retención con los datos del Sri entonces lo que tu debes hacer es colocar los valores que tu ya tienes claros, esto se da ya que los cruces de información meses de enero y diciembre se realizan hasta fines del mes de enero.
@@contabilidadytributacionat3447 Que tal amigo, mi caso es que tengo actividad de alquiler de vivienda y las retenciones que me han realizado no coinciden con las de informacion fiscal ya que me aparece valor menor a las que me hicieron, ya han pasado muchos meses y no se actualiza, sera que ya nos las van a declarar?. como puedo saber que contribuyente no las ha reportado para pedirles que lo hagan ya que necesito pedir devolucion y el sistema no me permite hacerlo por internet. las retenciones son fisicas y electronicas. le agradezco su ayuda
@@lucimerino2391 la información fiscal no siempre es exacta a lo que tú tienes, tu problema es q tu quieres hacer la devolución en línea y así nunca te la van hacer porq no coincide, pero eso no es problema, solicita la información en físico ya que tienes todos los comprobantes demuestran tus valores y así te dan paso la devolución, nunca debes confiarte de la información a el sri tiene en la información fiscal, por algo tu eres el dueño de tu propia información
Gracias por responder, ahora en fisico es mas complicado solictar la informacion porque revise un video suyo donde hay que hacer validaciones para enviar la informción y pedir la devolucion, aparte que es mas demorado pero tendre que hacerlo. Que sucede si se me extravio una retencion fisica de un mes, el contribuyente que la emitio puede certificarmen una copia para hacer el tramite o existe otro mecanismo, muchas gracias por su aporte
@@lucimerino2391 tu debes tener la retención original pero la cuestión es q podrías ponerlo en el listado de retenciones q muestro en el video ya que no es necesario que lleves las retenciones físicas al Sri, pero deberías encontrar ese documento ya q en un proceso de revisión te podrían solicitar esos documentos
Inge muchisimas gracias, no tienes idea como busque videos de COMO LLENAR EL FORMULARIO 102 PARA MICROEMPRESARIOS y al fin encontrè tu video, muy didàctico , como para gente que empieza desde CERO, ya me suscribì, ya le di un like , me explicas por favor a que se refiere con UNIRSE......para ver si me uno tambièn
Me escribes al WhatsApp de la descripción y te explico a q se refiere de mejor manera
Hola. Y si tiene un crédito tributario del año 2019 y solo tiene actividad microempresarios, se podrá usar para cruzar con el 2% x pagar?
Que tal un gusto, para la declaración 2020 no se puede utilizar para bajar el impuesto, eso lo podrán utilizar para la declaración del 2021 ya que eso dice el nuevo decreto
Ing. Tengo una duda hice una sustitutiva del 125 por mucho menos valor a pagar y la llene la parte de los pagos que hice con la diferencia por esta declaración y me aparece el saldo a favor, es posible recuperar estos valores de manera virtual sin problemas, son valores justificados cómo pagos previos
Que tal un gusto, si en tu declaración te quedó un saldo a favor si puedes solicitar devolución, pero eso no se podrá recuperar vía internet, tienes q hacer el formulario 102 y ya declarado todo con el valor a favor tendrías que ingresar un trámite en el sri para solicitar la devolución x físico
EXCELENTE ING
Gracias por el apoyo
Algun video del impuesto a la renta sociedades
si tengo varios videos de ello
Buenos días una consulta por favor si ya declare en el 125 y me salió valor a pagar y ya lo cancele pero yo pertenecía al regimen agropecuario podría solicitar ese valor pagado
Que tal un gusto, ya pagaste el valor del 2%?
Disculpe y si no hice el anexo de gastos personales, tendría que mandar en cero o si se podría digital al momento de hacer el Impuesto a la Renta
Si no tienes gastos personales no es necesario realizar el anexo en cero
muchisimas gracias por el video, una pregunta si no llega a la base grabada debe declara el impuesto a la renta o no??? gracias.
Si tienes solo actividades microempresariales y estas en el régimen micro solo debes hacer el formulario 125, ahora si tienes actividades microempresariales y actividades excluyentes al régimen si lo debes hacer y por ultimo si eres solo parte del régimen general o tienes solo trabajo bajo relación de dependencia no es necesario porque no superas la fracción básica
@@contabilidadytributacionat3447 esta en el régimen microempresa y también trabaja bajo relación de dependencia en este caso le tocaría o no hacer esta declaración, gracias.
@@tato82ful si le tocaría hacer y justo tengo ese caso q es el número 2 de los vídeos de impuesto a la renta
Hola, me encanto tu video muy bien explicado. Como cambia el formulario en el caso que el contribuyente su tenga una persona bajo relacion de dependencia. Muchas gracias.
Que tal un gusto, muchas gracias, en tu caso puedes revisar mi vídeo del caso número dos y no le tomes en cuenta lo de actividades de régimen micro y ahí no habría ningún problema lo haces todos con lo de relación de dependencia
Ing otra pregunta yo en enero para hacer el 125 tenía de retención d $178 en la información fiscal hoy q reviso p el impuesto a la renta (tengo credito ahi) me sale q las retenciones han sido de $400, tengo q hacer sustituva de la empresarial? no pago todavía lo del 125 le puse pagar x partes
Pediste facilidades de pago?
@@contabilidadytributacionat3447 si
@@rosera3159 debes realizar la sustitutiva y hacer q te eliminen la original porque me imagino que está como deuda
@@contabilidadytributacionat3447 si muchas gracias Ing
Buenas tardes me podria indicar si costo para hacrme la declaración para persona natural no obligada a llevar contabilidad con discapacidad 50%
Escribeme a los teléfonos de la descripción
Tengo 2 actividades una en relación de dependencia y la otra es microempresa. Antes podia solicitar por declaraciones del 102 la devolucion del imp. a la renta por las retenciones del negocio. Ahora ya no las podre hacer?? Y al contrario ya pague en el 125 por los ingresos a pesar de haber tenido perdida. Es decir antes me devolvian ahora yo pago al SRI??
Que tal un gusto, el pago del 2% es obligatorio independientemente de haber tenido perdida o ganancia, si ya te ocupaste todas las retenciones para deducir el pago del formulario 125 eso en el formulario 102 no podrías solicitar devolución xq no habría saldo a tu favor
Entonces no debia deducirme las retenciones en el formulario 125 para solicitar la devolución en en el 102???
@@marbacuilima2473 estas mal en lo que dices, no es q no debes utilizarte para después pedir devolución, lo que debes hacer es declararlo en el 125 y en el 102 solo pones los valores informativos nada mas
buenas tardes, disculpe el valor del impuesto causado q ubico en est formulario es el valor del formulario 125 ahi ubicamos el valor del primer semestre o segundo semestre o la suma de los dos semestres del 2020, grcias
Es la suma de los dos semestres, el año pasado solo se hizo una declaración micro era un único valor q se debía arrastrar
Buenas noches, yo estoy en el regimen microempresa pero facturo por servicios profesionales, fui al SRI y ya me cambiaron de actividad (SERVICIOS PROFESIONALES) porque en mi RUC constaba como SERVICIOS VARIOS, la pregunta es: tengo que hacer la declaracion de renta del regimen de micoempresas en 0 ó tengo que declarar el formulario 125 con mis valores declarados de mi actividad. Por favor su ayuda
Toda declaración es en base a tu actividad, en tu caso lastimosamente debes declarar como micro por lo q tenías servicios varios q es actividad incluyente al régimen, q partir de este año q ya tienes servicios profesionales ya cambia la cosa, ahí si vas a declarar en cero el 125
@@contabilidadytributacionat3447 muchas gracias por la ayuda
@@veronicaquilumbaquinespino9903 un gusto ayudar
Amigo, tengo una pregunta, espero que me puedas responder. Es que este tema no entiendo muy bien. Yo me saqué el ruc en sept 2021, he realizado 2 facturas ofreciendo mis servicios (prof. indepen. freelancer), pero no sé si debo declarar impuesto a la renta atrasado de ese año, ya que mis ingresos ni llegan a los 11.000 aprox que indican en la tabla. Mi pregunta es, debo hacer esta declaración? En ese mismo formulario? Gracias de antemanos.
si formabas parte del régimen general y tus ingresos no han superado los 11212 para el 2021 no hay obligación de hacer la declaración a menos q tengas retenciones a tu favor para pedir devolución
Me vi todos los caso y aun sigo teniendo unas dudas por favor. Le comento mi caso: Yo poseo facturas como "Servicios diversos" y genere facturas hasta Agosto del 2020 pero en mis facturas no venia impreso "Contribuyente régimen microempresas", a partir del mes de octubre saque nuevas facturas y ya me vino impreso eso y con las que genere ingresos hasta diciembre 2020. Mi duda es si para la declaración del formulario 125 ( segundo semestre) tomo en consideracion solo las facturas que vienen impreso "Contribuyente régimen microempresas" ? o considerando que es semestral tendria que incluir las de julio y agosto a pesar de no tener ese logo de "Contribuyente régimen microempresas" ?. Y otra duda que tengo es que como soy de "Servicios diversos" para el formulario 102 deberia regristrar todos mis ingresos del año (que ahora corresponden al regimen de microempresas) en el casillero 611 ?. Gracias
Que tal un gusto, escribeme al WhatsApp q está en el descripción del vídeo y te lo explico con un audio de manera fácil y rápida
Buenos días, disculpe si tengo un saldo a favor es decir crédito tributario, como hago para que me ayuden con la devolución de ese dinero ?
Que tal un gusto, si ya realizaste tú declaración y tienes tu saldo a favor debes ingresar a la parte de servicios en línea donde dice devoluciones tarefund y escoges la opción renta y mandas la solicitud y después en un día revisas si está acepta o fallida
muchas gracias por la explicacion, en otras palabras si se tiene solo una actividad microempresarial no tiene sentido sacar facturas de alimentación, vivienda, etc porque sirven para generar crédito trjbutario?
Que tal un gusto, justo lo que dices, no hay necesidad de gastos personales por el motivo de que en régimen micro no se toma en cuenta gastos para el cálculo
@@contabilidadytributacionat3447 q pena gracias Ing lindo día😘
Hola excelente video... Tengo un salgo a favor del 2019 y tmbn haciendo la declaración de impuestos para el 2020... Mi pregunta es si en la declaración del 2020 en la casilla de crédito tributario se puede agregar el saldo a favor del 2019 para luego pedir la devolución de los dos años?
Te recomiendo pedir por separado la devolución para que no tengas inconvenientes
@@contabilidadytributacionat3447 es decir la del 2020 la puedo pedir en linea en el mismo sistema y la del 2019 trámite físico?
@@byronreinoso3235 exacto así mismo y si de repente no te deja la 2020 en línea, tendrías q pedir las dos vía físico cuando el SRI atienda
@@contabilidadytributacionat3447 xq razón no están atendiendo? Sabes tal vez una fecha estimada para ingresos físicos de devolución de saldo a favor?
@@byronreinoso3235 no te puedo dar fecha y es por el estado de excepción q se dio de un mes por eso todas las oficinas están en teletrabajo
Muy buena información mi amigo. Una pregunta, en mi caso yo facturo bajo servicios varios y estoy sujeto a Regimen de Microempresa, estoy por realizar la Declaración de Impuesto a la renta no oblig. A llevar contabilidad, tengo varias retenciones que me han hecho, pero no sé en dónde se refleja todas esas retenciones acumuladas que me han hecho, ayúdame por favor con es información. Gracias
De q periodo es tu declaración q me comentas
@@contabilidadytributacionat3447 Perdiodo fiscal: Año 2020
@@juanpedrocazarhidalgo debes hacer el formulario 125 primero, después de ello debes hacer el 102 donde puedes arrastrar el crédito tributario a favor q tengas
@@contabilidadytributacionat3447 Perfecto, entonces en el 125 lleno toda la información con respecto a mis ingresos, gastos, retenciones etc y despúes trasladarlo al 102, mi pregunta es esas retenciones que me han hecho como puedo saber el total para trasladarlas al 125? o aparece ya automaticamente en el 125?
@@juanpedrocazarhidalgo en lo q tiene q ver con retenciones si todas son electrónicas puedes descargar todas del mismo portal del SRI
Hola tu video es excelente pude entender muchas gracias, pero sucede que mis gastos son mayores que mis ingresos que tuve en el 2021 entonces e sale esa advertencia, estuve investigando y vi que los gatos no deben superar el 50% de los ingresos entonces estoy algo confundida osea debo poner la mitad del valor de mis ingresos? Me ayudarías mucho aclarandome esa duda
El 50% de los gastos de los q comentas corresponden a gastos personales no a gastos de la actividad comercial o empresarial
@@contabilidadytributacionat3447 gracias por responder, entonces en ese casillero debo colocar solo los gastos que correspondan a mi actividad los personales no?
@@jazminmora8004 tienes el casillero de gastos deducibles ahí corresponden solo gastos de la actividad y existen los otros q son gastos personales ahí colocas lo que compras para ti de manera personal, vestimenta, alimentación, etc.
@@contabilidadytributacionat3447 Listo muchas gracias muy amable
@@jazminmora8004 un gusto
A mi papá le dicen que el no declara al estado, pero tiene rise. ¿Por qué?
Una pregunta: como se hace el pago del impuesto a la renta? hay alguna cuenta bancaria para hacer deposito? o de ley hay que ir al banco
Tu eliges la forma de pago, puede registrar un convenio de débito y ahí automáticamente se descuenta de tu cuenta bancaria y la otra opción q dice otras formas de pago y ahí te toca asistir al banco o sino se paga por medio de la banca móvil con el número de serie del comprobante
Buenas tardes, en mi caso tengo 2 actividades; una en el régimen de microempresarios y otra actividad de prestación de servicios profesionales que pertenece al régimen general. En el mes de enero hice la declaración del régimen de microempresas y ahora me tocaría declarar los servicios profesionales, en la cual no tuve ingresos en el año 2020, ¿debo hacer la declaración tal como dice el video?.
Lo deberías haber echa para netear valores por el motivo que si tienes diferentes actividades la ley te dice así
Estimado, excelente explicacion, una consulta si yo me equivoqué sin volver a digitar los valores de microempresa en informativo, puedo realizar una declaración sustitutiva para corregir ese error ? porque básicamente no es que vaya a bajarme el impuesto a pagar o subir valor de retenciones eso ya saldé en el 125
Que tal un gusto, si no pusiste en el casillero informativo de micro si necesitas hacer la sustitutiva porq ahí se Netea la transacción de ingresos y gastos micro
@@contabilidadytributacionat3447 Claro por lo que estoy viendo es necesario aparte porque me quedó un credito tributario y no lo consideré, en cuantos días me validarían la nueva declaración si tiene nocion de eso me podría indicar?
@@angitaapl21 tu envías la sustitutiva y después de 24 a 48 horas ya está todo sin inconvenientes
@@contabilidadytributacionat3447 muchas gracias estimado c:
@@angitaapl21 un gusto, no olvides compartir para q más gente lo verifique
Buenas tardes y para el que de una persona natural que declarar porque tiene un saldo a favor para pedir devolución, como se haría la declaración?
Que tal un gusto, tienes un ruc y perteneces al régimen micro??
EXCELENTE
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Y si tengo que registrar en las preguntas que si tengo colaborares en que varia?
El SRI con ello se entera q tiene empleados y así sabe q los gastos extras q tengas aparte de las compras de tu actividad es por los pagos a ellos
Buenas tardes, una consulta primero se hace el formulario 102 y después el 125? O se debe realizar cualquiera de los dos
Que tal un gusto, el 125 es primero y después el 102
@@contabilidadytributacionat3447 Gracias otra consulta
entonces el valor que si se debe cancelar es el que sale en el 102 , por que yo tengo total de ingresos $79000 y en retenciones en la fuente $568
@@janiinaquiinatoa3155 mira el vídeo como lo hago ahí, xq te estás confundiendo
@@contabilidadytributacionat3447Hola disuclpa, esta parte no entendi, por que se deberia hacer los dos formularios? no seria solo el 125? le agradezco su ayuda
@@leonardojoelcandotoapanta1360 si ya hiciste el 125 debes hacer solo el 102 si tus ingresos superaron los 11315 de lo contrario no sería necesario o si tienes actividades combinadas entre micro agropecuarias y excluyentes tal y como lo comenté en el vídeo
Aqui vamosss
Como debe ser
Buenas noches amigo ayúdeme con algo por favor, tengo un saldo a favor de retenciones del 125 al realizar el 102, colocó en el casillero 864 el impto que pague y en el 866 el impuesto que tengo a favor pero en el casillero 869 me sale cero, no me sale nada de saldo a favor del contribuyente no me suma 🥺
Que tal un gusto, eso es un error del formulario que esta arrojando, cárgale nomas como me acabas de comentas y solicita la devolución por físico ya que todos los contribuyentes micro no van a poder solicitar ese saldo a favor por internet
ah ya ok amigo muchísimas gracias su ayuda y su respuesta, me a servido mucho los vídeos, gracias por compartir 👌💯
@@carolinaherrera817 un gusto, no olvides ayudarme con tu suscripción y compartiendo para que mas gente se beneficie de estos videos
@giovanny ivan hernandez tumbaco peor que error te sale
Buenos días Ingeniero de pronto podría hacer una declaración solo de relación de dependencia de empleados Gracias por su ayuda
Que tal un gusto, ya lo planificare, pero te podrías guiar en base al caso dos y le descartas la parte correspondiente a régimen micro
Buen día amigo los ingresos de microempresas tienen que ser netas o brutas?
Que tal un gusto, es el total de tus ventas brutas, es decir ingresos totales sin tomar en cuenta los gastos
@@contabilidadytributacionat3447 gracias por el dato, amigo quiero empezar otra actividad económica que seria venta al por menor de bebidas alcoholicas, mi duda es que formularios debería llenar para empezar esta actividad? Se aumentan los impuestos y los formularios o es igual que la actividad económica venta al por menor de gran variedad de productos en tiendas?
Agradezco tu respuesta
@@alexisortiz9339 tú puedes colocar lo que quieras en tu Ruc y debes declarar en base a tus ingresos, las obligaciones son las mismas
@@contabilidadytributacionat3447 si pero me refiero a que si tendría que llenar otros formularios como el ICE? o pagar más impuestos? , o eso es para otras actividades?
@@alexisortiz9339 no habria que hacer el ice xq lo tuyo solo seria compra y venta de bebidas alcohólicas, si tuvieras producción o elaboración ahí si sería adicional el ice
Como se presentaría este formulario 102 si una persona natural obligada a llevar contabilidad que está bajo este regimen microempresarial y en enero del 2021 presentó su formulario 125 en 0
Si eres obligado a llevar contabilidad lo que debes hacer es subir de acuerdo a tu balance y neteas valores en los casilleros micro, justamente hoy termino un vídeo de eso y lo subo sobre obligados ya que cambian los casilleros
@@contabilidadytributacionat3447 muchas gracias por la información 👍👍👍
@@carolinatroya9857 un gusto
Para que sirve la información de la pestaña de información fiscal?
es una guía para q hagas tus declaraciones mas no quiere decir q es de ocupar de manera obligatoria esos datos
Para el caso de un obligado a llevar contabilidad que pertenece al régimen microempresa, se deben detallar los gastos no deducibles en la conciliación tributaria, porque al hacerlo y ser mayores a la fracción básica me calcula impuesto a la renta. Que se debe hacer? Gracias
En el caso de no obligados así mismo tienen casilleros específicos para entrar valores y no aplicarían gastos no deducibles porq no se pueden utilizar los mismos
@@contabilidadytributacionat3447 mi caso es de un obligado a llevar contabilidad, al poner los gastos no deducibles me calcula impuesto causado, o solo debo incluirlos en los gastos y no detallar en la conciliación tributaria.?
@@vanessariera471 esos los debes poner en la conciliación tributaria y te aumenta la base grabada
Por favor un número de contacto para una consulta profesional
En la descripción de mis videos tengo los medios de contacto
B. DIAS, UN VIDEO DONDE ESTA OBLIGADO A LLEVAR CONTABILIDAD Y ES MICROEMPRESA Y REG. GENERAL. GRACIAS
EL video ya esta planificado para estos días
buenos dias ing. una consulta tengo un valor por retenciones de 1035,01, en el formulario 125 me sale un valor a pagar de 290,85 me tomaría de las retenciones solo ese valor?? y la diferencia de 744,16 solicito la devolución mediante el 102?? es un contribuyente microempresa, supera la base de 11.315...
Que tal un gusto, es xacto lo que me comentas, en el 125 declaras y se calcula el 2% y ese saldo a favor q te queda lo solicitas mediante el formulario 102
BUENAS NOCHES ING. UNA CONSULTA PERSONAS QUE NO LLEVAN CONTABILIDAD Y ESTAN EN MICRO Y ADEMAS ESTAN EN RELACION DE DEP. LA PREGUNTA ES QUE SI COMPRAN UN VEHICULO SE LO PUEDE TOMAR COMO GASTO EN MICRO YA QUE AHI LE VAN A MAS DAR USO . EN EL 104 SE LO DECLARO DE COMPRA DE ACTIVO. GRACIAS POR SU RESPUESTA
Que tal un gusto, las personas no obligadas a llevar contabilidad no se puede deducir como gasto, eso solo aplica para obligados ya q ellos registran cómo activo y la depreciación es el gasto
la verdad es que me enrede y le hice una pregunta bien bruta. claro asi es. gracias ing
@@marianitasoledadgomezpache1551 un gusto ayudar
Hola, con la declaración del formulario 125 un microempresario era suficiente, si no tiene más actividades por qué? debe declarar el 102? osea es doble declaración? ya me perdí, pensé que el 102 se declaraba sí tiene más actividades o ingresos a parte de ser micro o cuando tenía saldo a favor, si no es así con el 125 era suficiente
Si sus ingresos superan la fracción básica, se debe realizar la declaración para que no quede pendiente nada
@@liliconstante7191 no tengo oficina , solo mi canal y con esto ayudo a la gente
Buenos días amigo
los ingresos de la base imponible son brutos o netos?
Que tal un gusto, Son los ingresos brutos, es decir el total de las ventas sin tomar en cuenta gastos, pero de w casillero me hablas?
@@contabilidadytributacionat3447 Es que en mi caso me sale de información física que tengo ingresos de $31,154 y de gastos deducibles $28,503.61 (todos con comprobantes de compra a mi nombre) que son los que es declarado mensualmente, mi duda es si es que tengo que hacer esta declaración o no ?
Información fiscal*
@@alexisjavierortiz6768 si la debes realizar por q tus ingresos superan los 11315 dólares q es la fracción básica para el año 2020
@@contabilidadytributacionat3447 pero tengo que colocar los gastos de $28,503.61 ?
O solo es 50% de los ingresos ?
Buen dia, amigo podria suministrar el formato de excel, para realizar el calculo ??
escríbeme a los contactos de la descripción para pasarte
Que buen canal :3
Gracias por el apoyo, no olvides ayudarme a compartir para q más gente pueda ver los vídeos
Ingeniero lo molesto impto a renta pero para un doctor que trabaja en hospital y factura ayudeme
Mantente atenta ya voy a subir un vídeo de actividades profesionales
Una pregunta, qué pasa si es de régimen de microempresas y se contesta en la pregunta cómo “no” al momento de responder las preguntas pasa algo ?
Que tal un gusto, si respondes con no, no se te habilitan los casilleros para poner lo que corresponde a ingresos y gastos micro y así no puedes netear los valores para que no se te duplique el impuesto que ya pagaste en el 125.
En teoria entiendo que este seria mi caso creo. Hasta que fecha se debe declarar esto?
Justo este mes de marzo, de acuerdo al noveno dígito de tu RUC
Tu eres ecuatoriano
@@datos_intersantes6836 exacto todo el contenido del canal corresponde a ecuador
@@contabilidadytributacionat3447 enserio me ayudaria mucho
@@datos_intersantes6836 si ahí puedes ver todo en el canal es muy completo
* al realizar la declaración en el formulario 125 de una Persona Natural ,también tengo que realizar la declaración en el formulario 102A y en este caso los gastos personales también le incluiría en el formulario .
* Una Persona Natural No obligada a llevar contabilidad en su RUC esta como micro por su actividad de empresarial que no a habido movimiento, pero si existe ingresos por Servicios Profesionales. Mi consulta es debe declarar en cero en el Formulario 125 y en 102A realizar sus ingresos y sus gastos mas sus gastos Personales.
Que tal un gusto, en tu caso es tal como dices, si no tienes ingresos micro declaras en cero el 125 y en el 102 declaras todo lo correspondiente a servicios profesionales ya que esa actividad es excluyente y de ser el caso de superar la base imponible si te puedes ocupar tus gastos personales sin ningún problema.
Hola le comento que hice todos los pasos pero en advertencias sale el casillero864 supongo q es por el valor que se está informando
Que tal un gusto, si es por los valores q vas colocando, siempre van a salir advertencias ya que nunca va a cuadrar lo de información fiscal con lo q colocas manualmente en otros casilleros del régimen micro
@@contabilidadytributacionat3447 Muchas gracias porque con su video salí de la duda de ese casillero. Así es fácil entender con ejemplos claros sigue subiendo videos para aprender más la verdad es q todo se aprende con práctica, y actualización de las normas Saludos!!
@@nathalytutiven5815 un gusto, no olvides suscribirte y ayudarme compartiendo para que mas gente vea estos videos y ya voy a subir 4 casos mas
@@contabilidadytributacionat3447 listo suscrita y comparto en mi facebook e Instagram conocí su canal gracias a unos colegas!!!
@@nathalytutiven5815 muchas gracias por el apoyo
Inf para asesorias
contactos en la descripción
una pregunata los ingresos y costos y gastos son de los 2 semestres y las retenciones son de los 2 semestres confirme y necesito un numero de Whatsapp para llamarlo y pasarle un mensaje escrito y hablado por favor
En la descripción del vídeo están mis contactos
MUY BUENA EXPLICACION PERO PORFAVOR PUEDE HABLAR MAS LENTO
los nuevos videos ya son mas pausados
quien llena el formato 125??
todos los q estuvieron catalogas hasta el 2021 como régimen microempresas
Pero Dios mioooooooo si es un video de que requiere de mucha atención porque porque ponen música, la verdad no entiendo.
Ya estoy corrigiendo la música no te preocupes, lo últimos vídeos ya están corregidos y ya seguiré cargando más contenido para actualizado en el día a día
Hola Ing. Si tengo crédito tributario 2019 a favor puedo trasladarlo al 102??? Es un valor de 2500,00 para seguir arrastrándolo al 2021
Que tal un gusto, formas parte del régimen general o eres microempresa?
@@contabilidadytributacionat3447 es micro
@@analabanda6410 ese credito tributario que tienes puedes ocupar para tu declaracion primer semestre micro
@@contabilidadytributacionat3447 entonces no sería necesario que haga el 102 porque yo le iba a hacer para arrastrar ese valor
no seria necesario porq lo que arrastras es regimen general mas no micro