Se trata de un proceso ejecutivo que se inicia con u documento idóneo y con fundabilidad, en la primera conciliación el monto adeudado se rebaja a mas de l mitad y eso queda registrado en el acta de acuerdo transaccional que tiene calidad de cosa juzgada, y pero en ese documento se establecen obligaciones reciprocas para ambas partes. La pregunta es, este nuevo titulo no tiene la calidad de ejecutivo porque no cumple con los requisitos del titulo ejecutivo, por tener obligaciones pendientes de las partes. Por consiguiente al ser un titulo infundado pese a ser una sentencia cabe la petición de la ordinarización de ese proceso dentro del mismo?? Ojala pueda absolver mi pregunta, pero gracias anteladas.
Se trata de un proceso ejecutivo que se inicia con u documento idóneo y con fundabilidad, en la primera conciliación el monto adeudado se rebaja a mas de l mitad y eso queda registrado en el acta de acuerdo transaccional que tiene calidad de cosa juzgada, y pero en ese documento se establecen obligaciones reciprocas para ambas partes.
La pregunta es, este nuevo titulo no tiene la calidad de ejecutivo porque no cumple con los requisitos del titulo ejecutivo, por tener obligaciones pendientes de las partes. Por consiguiente al ser un titulo infundado pese a ser una sentencia cabe la petición de la ordinarización de ese proceso dentro del mismo??
Ojala pueda absolver mi pregunta, pero gracias anteladas.
Colega buenas tardes,
Tengo una consulta para usted.
Asi cono ponen en sus despacho, Toda consulta se paga😊
Nunca respondió 😅