КОМЕНТАРІ •

  • @GermanTorres137
    @GermanTorres137 3 роки тому

    excelente clase magistral

  • @adelaperezdelviso1
    @adelaperezdelviso1 4 роки тому

    Excelente explicacion, Dr. Molina Sandoval. Gracias.

  • @marianelamelisacampagnucci1715
    @marianelamelisacampagnucci1715 4 роки тому

    Buenas noches....excelente su explicación del tema. Tengo una duda en cuanto al fuero de atracción en este instituto. ¿Se aplica exactamente lo mismo que en concurso preventivo?, es decir, se aplica fuero de atracción a todos los juicios de contenido patrimonial contra el deudor que se suspendan y NO se aplica fuero de atracción a las exclusiones del artículo 21 de la LCQ?, desde ya muy agradecida!!!!

  • @yesicarominafernandez5837
    @yesicarominafernandez5837 2 роки тому

    Esta bueno, solo que habla muy rapido...