buenas tardes, tambien seria bueno que se tome en un ejemplo las instalaciones fijas o permanentes que tambien se consideran para los ejercicios fiscales
Una aclaración, de los 3 casos en los señalas que se debe presentar la declaracion jurada, la segunda no es correcta, la obligacion de presentar declaracion jurada actualmente ya no es de quien vende sino unicamente del que adquiere
me encantó tu video, tengo una consulta, el predio en el qué vivo es multifamiliar de 200mts2 estamos en el proceso de independización, aún asi cada titular del lote está pagando autovalúo por 5 lotes qué es la división de los 200 mts 2, qué podria hacer para solo pagar el autovalúo de mi predio que realmente me corresponde??
Una pregunta porque el Autovaluo de terrenos iriasos es muy alto donde solamente se pasta el ganado solamente 3 meses o temporada de lluvia el terreno es de 450 Hectarias y tengo que pagar 886 soles gracias
Hola, una consulta, en mi PU indica que la casa es de 70m, pero en el certificado literal dice 80m, se tiene que actualizar el PU? y cómo y cuanto demora?
Buen día, si tengo un departamento con cochera debería pagar los arbitrios por el departamento y aparte por la Cochera? En los años anteriores la cochera era monto cero pero a partir de 2022 me están cobrando es correcto eso?
🤔Espero alguien pueda ayudarme y aclarar mi duda. Mi abuelo, de 73 años, falleció hace unas semanas, debido al covid. El tiene 4 hijos, 2 en el extranjero y 2 en Perú. Yo soy su nieto,e encuentro con mi papá y hermanos en su casa,mientras se realiza la Sucesión intestada. Acaba de llegarnos el cuadernillo del contribuyente 2021 de la municipalidad provincial de Callao. Y según e leído, al ser mayor de 60 y solo contar con esta propiedad,no paga el impuesto predial. Es decir, este 2021 lo deberíamos pagar creo. Mi duda, que son varias,es relacionado a: -¿como se si debe pagos tributarios o impuestos de años anteriores? -¿como se cuanto debo pagar de tributos? -¿existe alguna forma virtual de poder ver que pagos estaría debiendo?
Acerca de tus dudas, primero si tu abuelo era el propietario y así figuraba en la municipalidad, se entiende que todos los tributos estaban a nombre de él; al haber fallecido, sus herederos deben acudir a la municipalidad a presentar la declaración jurada para inscribir la sucesión indivisa y de esa manera los tributos sean pagados como sucesión (recordemos que ya no deberían realizarse pagos a nombre de un fallecido), ese tramite lo puede hacer incluso solo uno de los herederos porque no siempre se encuentran todos juntos (como en el caso de tu papá y sus hermanos) y para ello bastaría con que lleve la partida de defunción de tu abuelo y la partida de nacimiento de tu papá, en la municipalidad le harán firmar una declaración jurada tributaria y quedará registrada la sucesión, acto seguido la municipalidad debería dar de baja al código de tu abuelo de manera automática, si no lo hicieran automáticamente (aunque deberían hacerlo porque actualmente ya es por norma) tu papá podrá presentar igualmente una declaración jurada de descargo. Ahora bien, recuerda que lo que van a inscribir es la sucesión indivisa de tu abuelo y no a tu papá como propietario único, y así pagarán hasta que eventualmente salga la sucesión intestada (en la que el juez o notario declarará quienes son los herederos), recién a partir de la sucesión intestada con declaratoria de herederos cada uno de estos podrá declarar ante la municipalidad el porcentaje que le corresponda. De otro lado, es importante saber que en el caso del impuesto predial es un tributo anual, por lo que el obligado al pago de todo el año es quien sea propietario al 01 de enero del año que corresponda, de modo que si al 01 de enero de este año el propietario era tu abuelo aún en vida, es él quien era responsable del pago del impuesto predial 2021 (todo el año). En el caso de arbitrios, por lo general es mensual y el responsable del pago es quien sea propietario al 01 de cada mes, si tu abuelo falleció en mayo 2021, hasta este mes era obligado al pago por arbitrios. En el caso de la sucesión (indivisa) que vayan a inscribir, esta asumirá el pago del impuesto predial a partir del 01 de enero de 2022 y por arbitrios a partir de junio de 2021, esto siempre que aún no salga la sucesión intestada. Ahora, en lo que respecta al beneficio del impuesto predial para adulto mayor, en tanto se encuentre registrada la sucesión, no podría aplicarse a tu papá, o en todo caso sería muy difícil poder establecer de que manera beneficiarlo solo a el, considera que el impuesto se calcula sobre la base del autoavaluo (el valor total del predio). De otro lado, sobre tus preguntas: 1. Puedes acompañar a tu papá a la municipalidad y pedir el estado de cuenta a nombre de tu abuelo, allí debe salir si tiene alguna deuda pendiente de pagar de años anteriores e incluso las de este año. 2. El cálculo de cuánto debe pagar un propietario por impuesto predial se realiza sobre la base del autoavaluo (valor de la propiedad según las construcciones declaradas) a ese valor se le aplican porcentajes (alícuotas) por tramos, eso está en la ley de tributacion municipal; para el caso de arbitrios el cobro se realiza según las tasas de las ordenanzas de cada municipalidad, es un poco más complejo porque hay que calcular considerando varios aspectos como uso de la propiedad, frente lineal, ubicación respecto de áreas verdes, zona de peligrosidad y varios etc. 3. Depende de la municipalidad, en Lima la mayoría tienen implementados sistemas para que los propietarios puedan acceder a su información de manera virtual con un usuario y clave que le llega en la cuponera que notifican todos los años en enero y febrero. Espero te sirva la información, saludos.
Si ha fallecido intestado deben inscribir (declarar) la sucesion indivisa ante la municioalidad hasta que se haga la sucesion intestada via judicial o notarial y se declare el o los herederos, hasta que eso se realice deben pagar sus tributos como sucesion indivisa.
@@cristianmoran1054 una consulta si el dueño tenia el beneficio como Jubilado y falleció, los herederos x sucecion intestada pagan apartir de la fecha del fallecimiento del dueño o apartir de la fecha en que se realizó la sucesión intestada?. Gracias
@@ricardocruz1204 hay que tener en cuenta lo siguiente: Al fallecer el propietario sin testamento los herederos deberian tramitar ante notario o judicialmente la sucesion intestada para que se declaren quienes son los herederos, sin embargo esto puede demorar meses o años o incluso nunca llegar a hacerse, por ello lo que corresponde hasta que salga la sucesion intestada es inscribir en la municipalidad el 50% a nombre del conyuge sobreviviente y el otro 50% a nombre de la sucesion "indivisa", que a diferencia de la intestada se genera automaticamente al fallecer el causante; en el caso que no haya conyuge sobreviviente se debe inscribir el 100% como sucesion indivisa y como tal esta obligada al pago del impuesto predial a partir del año siguiente al fallecimiento del causante, sin embargo si hubiera deuda generada a nombre del causante hasta el año de su fallecimiento, quienes deben asumir esa obligacion son igualmente los herederos aunque la municipalidad deberá atribuir primero la responsabilidad solidaria en caso los herederos no lleguen a ponerse de acuerdo para pagar esa deuda del fallecido. Es importante saber que para inscribir la sucesion indivisa no es necesario conocer a todos los herederos, para que se inscriba dicha sucesion indivisa basta con que uno de ellos acredite serlo (la viuda con su partida de matrimonio o un hijo con su partida de nacimento por ejemplo). Ahora bien, si posteriormente llega a salir la sucesion intestada y ya se conocen quienes son todos los herederos, pueden inscribir cada uno su porcentaje de derechos y acciones en la municipalidad y pagar cada quien sus tributos segun corresponda, en ese caso el pago individual si deberá considerarse a partir de la sucesion intestada, puesto que antes estuvieron tributando en calidad de sucesion indivisa.
@@cristianmoran1054 Muchas Gracias Cristian Morán por atender mi consulta y compartir tus conocimientos, ya me quedo muy claro. Que tengas buenos Días! GRACIAS
hola una consulta, en la zona rural la chacra se considera un predio? aclaro que la chacra no tiene titulo de propiedad sino acta de compra y venta o testamento.
El tributo es anual y el pago puede realizarse al contado o en forma fraccionada en 4 cuotas. El vencimiento del pago al contado (todo el año) es hasta el último día hábil de febrero, y si se opta por pagar de manera fraccionada los vencimientos de las 4 cuotas son los últimos días hábiles de febrero, mayo, agosto y noviembre.
Así es su sucia política pagas hasta por respirar cuando se dejará de robar del recojo de basura puede que debes pagar pero de tus cosas propias inaceptable
Depende de la municipalidad del distrito donde vive el propietario, en Lima la mayoría de municipalidades cuentan con módulos informáticos que permiten al propietario acceder a su información tributaria declarada para obtener el valor de su propiedad (autoavaluo), se accede con el usuario y clave que se encuentra en la declaración mecanizada (cuponera) que llega a su domicilio cada año.
Si hay alguna construccion en la azotea como por ejemplo parapetos, alguna lavanderia, algun techo ligero, un pequeño deposito, etc, si se considera un nivel y se suma a la demas area construida.
El autovaluo es la suma de los tres valores, valor de terreno, valor de construcción y valor de obras complementarias, pero si tiene por ejemplo alguna deducción está se aplica y luego sobre el valor que queda (que vendría a ser el autovaluo afecto) se calcula el impuesto predial.
Aquí en Arequipa estan los terrenos sobre soooobreeee sobreeeee soooooobreeee valorados 😡 uno tiene que trabajar 40 años a mas depende lo que uno gane para conprar un terreno estoy pidiendo un préstamo al banco y no me dan para conprar el terreno 😡
Te recomiendo ciudad Salaverry en Arequipa, es cierto que los terrenos son caros, pero en comparación a la ubicación y costo de otros lugares es mejor compralo ahí. Saludos desde Arequipa. 😊👍
Si te refieres a quiénes están inafectos al pago, puedes revisar el Artículo N° 17 de la Ley de Tributación Municipal. Si te refieres a las deducciones de 50 UIT del valor afecto, se encuentran los mayores de edad (60) y los pensionistas, los cuales en ambos casos tienen que cumplir con algunos requisitos.
@José Luis Laura Hola estimado, tomando el caso que presentan en el vídeo, podemos apreciar que la base imponible es de 242,000.00; de ahí se deduce los 50 UIT (50 x 4,300 = 215,000), entonces la nueva base imponible sería la diferencia de 242,000 - 215,000 = 27,000. Ahora como este (27,000) no supera los 15 UIT, se encontraría en el primer tramo, por lo que corresponde aplicar el 0.2% para calcular el Impuesto Predial Anual. ¿Cuánto pagaría? Rspta. S/54.00
Gracias si me ayudo a entender, me fue muy util ❤
FELICIDADES buen material y buena explicación.
Muchas gracias :)
buenas tardes, tambien seria bueno que se tome en un ejemplo las instalaciones fijas o permanentes que tambien se consideran para los ejercicios fiscales
Teoría y ejemplo para practicar.
Gracias.
Gracias a ti
que buena tema me interesa mas conocer este información
Lo máximo,bien explicado
Pero como calculan el autovaluo?
Una aclaración, de los 3 casos en los señalas que se debe presentar la declaracion jurada, la segunda no es correcta, la obligacion de presentar declaracion jurada actualmente ya no es de quien vende sino unicamente del que adquiere
me encantó tu video, tengo una consulta, el predio en el qué vivo es multifamiliar de 200mts2 estamos en el proceso de independización, aún asi cada titular del lote está pagando autovalúo por 5 lotes qué es la división de los 200 mts 2, qué podria hacer para solo pagar el autovalúo de mi predio que realmente me corresponde??
Te felicito, bien minucioso. buen trabajo!
Muchas gracias a ti :)
Una pregunta porque el Autovaluo de terrenos iriasos es muy alto donde solamente se pasta el ganado solamente 3 meses o temporada de lluvia el terreno es de 450 Hectarias y tengo que pagar 886 soles gracias
Consulta, yo tributo a la municipalidad de surco , pero también me notifican de san juan, q puedo hacer.
Aplica tambien a los municipios menores y centros poblados?
Hola, una consulta, en mi PU indica que la casa es de 70m, pero en el certificado literal dice 80m, se tiene que actualizar el PU? y cómo y cuanto demora?
Se puede pagar el predio urbano en dos municipios
Gracias 😊
De nada :)
Buen día, si tengo un departamento con cochera debería pagar los arbitrios por el departamento y aparte por la
Cochera? En los años anteriores la cochera era monto cero pero a partir de 2022 me están cobrando es correcto eso?
🤔Espero alguien pueda ayudarme y aclarar mi duda.
Mi abuelo, de 73 años, falleció hace unas semanas, debido al covid.
El tiene 4 hijos, 2 en el extranjero y 2 en Perú.
Yo soy su nieto,e encuentro con mi papá y hermanos en su casa,mientras se realiza la Sucesión intestada.
Acaba de llegarnos el cuadernillo del contribuyente 2021 de la municipalidad provincial de Callao.
Y según e leído, al ser mayor de 60 y solo contar con esta propiedad,no paga el impuesto predial.
Es decir, este 2021 lo deberíamos pagar creo.
Mi duda, que son varias,es relacionado a:
-¿como se si debe pagos tributarios o impuestos de años anteriores?
-¿como se cuanto debo pagar de tributos?
-¿existe alguna forma virtual de poder ver que pagos estaría debiendo?
Acerca de tus dudas, primero si tu abuelo era el propietario y así figuraba en la municipalidad, se entiende que todos los tributos estaban a nombre de él; al haber fallecido, sus herederos deben acudir a la municipalidad a presentar la declaración jurada para inscribir la sucesión indivisa y de esa manera los tributos sean pagados como sucesión (recordemos que ya no deberían realizarse pagos a nombre de un fallecido), ese tramite lo puede hacer incluso solo uno de los herederos porque no siempre se encuentran todos juntos (como en el caso de tu papá y sus hermanos) y para ello bastaría con que lleve la partida de defunción de tu abuelo y la partida de nacimiento de tu papá, en la municipalidad le harán firmar una declaración jurada tributaria y quedará registrada la sucesión, acto seguido la municipalidad debería dar de baja al código de tu abuelo de manera automática, si no lo hicieran automáticamente (aunque deberían hacerlo porque actualmente ya es por norma) tu papá podrá presentar igualmente una declaración jurada de descargo.
Ahora bien, recuerda que lo que van a inscribir es la sucesión indivisa de tu abuelo y no a tu papá como propietario único, y así pagarán hasta que eventualmente salga la sucesión intestada (en la que el juez o notario declarará quienes son los herederos), recién a partir de la sucesión intestada con declaratoria de herederos cada uno de estos podrá declarar ante la municipalidad el porcentaje que le corresponda.
De otro lado, es importante saber que en el caso del impuesto predial es un tributo anual, por lo que el obligado al pago de todo el año es quien sea propietario al 01 de enero del año que corresponda, de modo que si al 01 de enero de este año el propietario era tu abuelo aún en vida, es él quien era responsable del pago del impuesto predial 2021 (todo el año). En el caso de arbitrios, por lo general es mensual y el responsable del pago es quien sea propietario al 01 de cada mes, si tu abuelo falleció en mayo 2021, hasta este mes era obligado al pago por arbitrios. En el caso de la sucesión (indivisa) que vayan a inscribir, esta asumirá el pago del impuesto predial a partir del 01 de enero de 2022 y por arbitrios a partir de junio de 2021, esto siempre que aún no salga la sucesión intestada.
Ahora, en lo que respecta al beneficio del impuesto predial para adulto mayor, en tanto se encuentre registrada la sucesión, no podría aplicarse a tu papá, o en todo caso sería muy difícil poder establecer de que manera beneficiarlo solo a el, considera que el impuesto se calcula sobre la base del autoavaluo (el valor total del predio).
De otro lado, sobre tus preguntas:
1. Puedes acompañar a tu papá a la municipalidad y pedir el estado de cuenta a nombre de tu abuelo, allí debe salir si tiene alguna deuda pendiente de pagar de años anteriores e incluso las de este año.
2. El cálculo de cuánto debe pagar un propietario por impuesto predial se realiza sobre la base del autoavaluo (valor de la propiedad según las construcciones declaradas) a ese valor se le aplican porcentajes (alícuotas) por tramos, eso está en la ley de tributacion municipal; para el caso de arbitrios el cobro se realiza según las tasas de las ordenanzas de cada municipalidad, es un poco más complejo porque hay que calcular considerando varios aspectos como uso de la propiedad, frente lineal, ubicación respecto de áreas verdes, zona de peligrosidad y varios etc.
3. Depende de la municipalidad, en Lima la mayoría tienen implementados sistemas para que los propietarios puedan acceder a su información de manera virtual con un usuario y clave que le llega en la cuponera que notifican todos los años en enero y febrero.
Espero te sirva la información, saludos.
Si he comprado un inmueble de 2do uso,con crédito hipotecario y aun esta a nombre del banco, como puedo pagar en la municipalidad?
Consulta que pasa cuando el propietario del predio a fallecido y el heredero es menor de edad, como se hace el pago de los impuesto??
Si ha fallecido intestado deben inscribir (declarar) la sucesion indivisa ante la municioalidad hasta que se haga la sucesion intestada via judicial o notarial y se declare el o los herederos, hasta que eso se realice deben pagar sus tributos como sucesion indivisa.
@@cristianmoran1054 una consulta si el dueño tenia el beneficio como Jubilado y falleció, los herederos x sucecion intestada pagan apartir de la fecha del fallecimiento del dueño o apartir de la fecha en que se realizó la sucesión intestada?. Gracias
@@ricardocruz1204 hay que tener en cuenta lo siguiente:
Al fallecer el propietario sin testamento los herederos deberian tramitar ante notario o judicialmente la sucesion intestada para que se declaren quienes son los herederos, sin embargo esto puede demorar meses o años o incluso nunca llegar a hacerse, por ello lo que corresponde hasta que salga la sucesion intestada es inscribir en la municipalidad el 50% a nombre del conyuge sobreviviente y el otro 50% a nombre de la sucesion "indivisa", que a diferencia de la intestada se genera automaticamente al fallecer el causante; en el caso que no haya conyuge sobreviviente se debe inscribir el 100% como sucesion indivisa y como tal esta obligada al pago del impuesto predial a partir del año siguiente al fallecimiento del causante, sin embargo si hubiera deuda generada a nombre del causante hasta el año de su fallecimiento, quienes deben asumir esa obligacion son igualmente los herederos aunque la municipalidad deberá atribuir primero la responsabilidad solidaria en caso los herederos no lleguen a ponerse de acuerdo para pagar esa deuda del fallecido. Es importante saber que para inscribir la sucesion indivisa no es necesario conocer a todos los herederos, para que se inscriba dicha sucesion indivisa basta con que uno de ellos acredite serlo (la viuda con su partida de matrimonio o un hijo con su partida de nacimento por ejemplo).
Ahora bien, si posteriormente llega a salir la sucesion intestada y ya se conocen quienes son todos los herederos, pueden inscribir cada uno su porcentaje de derechos y acciones en la municipalidad y pagar cada quien sus tributos segun corresponda, en ese caso el pago individual si deberá considerarse a partir de la sucesion intestada, puesto que antes estuvieron tributando en calidad de sucesion indivisa.
@@cristianmoran1054 Muchas Gracias Cristian Morán por atender mi consulta y compartir tus conocimientos, ya me quedo muy claro. Que tengas buenos Días! GRACIAS
@@ricardocruz1204 de nada.
Si soy dueño de los aires, solo pagaría por la construcción? O como se considera ahí el costo del terreno?. Gracias por el video
solo como terreno vacio amigo
Ola una consulta puede pagar el autovalu otra persona que no sea el dueño y hacer un nuevo testamento...?? Por favor si me puede explicar..🙏🏻
Cuánto se paga de autovaluo de una casa un ejemplo de 100 metro cuadrado ??
hola una consulta, en la zona rural la chacra se considera un predio? aclaro que la chacra no tiene titulo de propiedad sino acta de compra y venta o testamento.
Así es, se considera un predio y está afecto al impuesto predial.
se confunde al final dice 242mil a 142 mil medio raro
Yo tambien me di cuenta esta mal restada
Igual
Los departamento s pogan impuesto prediial,?
El pago de autovaluo es trimestral o anual ?
El tributo es anual y el pago puede realizarse al contado o en forma fraccionada en 4 cuotas. El vencimiento del pago al contado (todo el año) es hasta el último día hábil de febrero, y si se opta por pagar de manera fraccionada los vencimientos de las 4 cuotas son los últimos días hábiles de febrero, mayo, agosto y noviembre.
Si coloco ceramica parte de mi casa sube el autovaluo????
Así es su sucia política pagas hasta por respirar cuando se dejará de robar del recojo de basura puede que debes pagar pero de tus cosas propias inaceptable
Que indica la 27972
GRACIAS BRO GRACIAS!!!!!!
en qué momento me ponen la multa!!!
se confunde en los montos, con los descritos en los cuadros del excel
Yo deseo saber si aun no tengo titulo de propiedas solo constancia o compra_ venta debo pagar el autovaluo??
Así es, en caso de no determinar propietario (o no contar con título de propiedad), el poseedor del terreno es el que asume.
una consulta el autovaluo es el predio ??
El autoavaluo es el valor del predio según lo declarado por el mismo propietario, auto = por uno mismo, valuo = valor.
como puedo saber el valor del autovaluo de manera virtual ?
Depende de la municipalidad del distrito donde vive el propietario, en Lima la mayoría de municipalidades cuentan con módulos informáticos que permiten al propietario acceder a su información tributaria declarada para obtener el valor de su propiedad (autoavaluo), se accede con el usuario y clave que se encuentra en la declaración mecanizada (cuponera) que llega a su domicilio cada año.
Por un solo predio todo ese monto,significa que recaudan sumas millonarias los municipios,que hacen con tanto dinero.
2023 , Este año subió el 7.6% 😨😱 UIT ,
Entonces del 2020 ya debem pegar su autovaluo??
Así es. Al menos las 2 de 4 primeras cuotas.
Se tiene q tener solo r una propiedad en lima para acceder a este beneficio la persona de tercera edad
Y si se tiene otra en otra parte del peru
El autovaluo se paga aparte o es junto alos arbitrios de la municipalidad?
Buen día ..tengo una casa de cinco pisos...se paga impuesto también de la azotea?..me pusieron como piso 6
Si hay alguna construccion en la azotea como por ejemplo parapetos, alguna lavanderia, algun techo ligero, un pequeño deposito, etc, si se considera un nivel y se suma a la demas area construida.
Pero es raro, mi autovaluo afecto no es igual a la suma del valor del terreno y la construcción.
para el calculo del impuesto predial, se toma el valor de la construccion, el valor del terreno, y las instalaciones fijas o permanentes.
Puede tratarse de un predio rústico, donde para el cálculo del impuesto predial solo se toma el 50% del valor total.
El autovaluo es la suma de los tres valores, valor de terreno, valor de construcción y valor de obras complementarias, pero si tiene por ejemplo alguna deducción está se aplica y luego sobre el valor que queda (que vendría a ser el autovaluo afecto) se calcula el impuesto predial.
Si el autovaluo no esta a mi nombre pero el terreno si, se me considera dueña?
no entendi nada
Se paga por año¿
Si
Like si lo ves 2022
Psdt: Gracias master, muah xd
buen video bro, te entendi todo
Gracias, saludos!
Aquí en Arequipa estan los terrenos sobre soooobreeee sobreeeee soooooobreeee valorados 😡 uno tiene que trabajar 40 años a mas depende lo que uno gane para conprar un terreno estoy pidiendo un préstamo al banco y no me dan para conprar el terreno 😡
Te recomiendo ciudad Salaverry en Arequipa, es cierto que los terrenos son caros, pero en comparación a la ubicación y costo de otros lugares es mejor compralo ahí. Saludos desde Arequipa. 😊👍
@@elvisronyramirezrodriguez3315 😮
😃
porque pedo tenemos que pagar autovalu de mi casa si ellos ni .... me dan para construir mi casa
Así es este mundo cochino y nos dan a esos políticos que se cometen tu plata
No se q decir lo q se es q se paga x vivir q desgracias es esta maldita realidad si fuera cierto q iria para realizar obras
En conclusion, si en el estado quieren aumentarse los sueldos, aumenta los impuestos a las personas jujuajua. bien explicado man
L
Quienes están exonerados del pago del impuesto. Predial
Si te refieres a quiénes están inafectos al pago, puedes revisar el Artículo N° 17 de la Ley de Tributación Municipal. Si te refieres a las deducciones de 50 UIT del valor afecto, se encuentran los mayores de edad (60) y los pensionistas, los cuales en ambos casos tienen que cumplir con algunos requisitos.
@José Luis Laura Hola estimado, tomando el caso que presentan en el vídeo, podemos apreciar que la base imponible es de 242,000.00; de ahí se deduce los 50 UIT (50 x 4,300 = 215,000), entonces la nueva base imponible sería la diferencia de 242,000 - 215,000 = 27,000. Ahora como este (27,000) no supera los 15 UIT, se encontraría en el primer tramo, por lo que corresponde aplicar el 0.2% para calcular el Impuesto Predial Anual. ¿Cuánto pagaría? Rspta. S/54.00
Me estan cobrasdo mas de lo debido, ya es abuso el costo de arbitro que me viene por mi predio
Que buen video xd
Muchas gracias :)
escuche a tortugas xD
Puedo recuperar un terreno de hace 20 años
Es válido para predios rústicos también?