@j.r.coaquira8278, bienvenido al servicio de mensajería: El Régimen de Reintegro del IVA (Re-IVA), alcanza a las personas naturales que perciban un ingreso promedio mensual igual o menor a Bs. 9.000.- (Nueve mil 00/100 bolivianos) por los siguientes conceptos: a) Salario en relación de dependencia (DEPENDIENTES) b) Pensiones o rentas en calidad de beneficiario de la Seguridad Social de Largo Plazo (JUBILADOS) c) En calidad de independientes o por cuenta propia (INDEPENDIENTES). Para realizar el Registro al reintegro del RE-IVA realice el siguiente procedimiento: - Ingrese al siguiente enlace fiva.impuestos.gob.bo/gpri/public/inicioCaptcha.xhtml - Seleccionar el Tipo de Persona Natural: DEPENDIENTE: Contempla empresas públicas y privadas, entidades públicas JUBILADO: Personas jubiladas acorde a lo establecido en reglamentación de AFPs INDEPENDIENTE: Cualquier persona natural (Empresa unipersonal, Profesional Independiente, Consultor en Línea, Régimen Especial, etc.) NÚMERO DE DOCUMENTO: Debe registrar solo el número de su Carnet de Identidad. COMPLEMENTO CÉDULA DE IDENTIDAD: El complemento sólo corresponde para las personas que tiene el Carnet de Identidad duplicado, NO corresponde registrar el lugar extensión del documento de identidad. NÚMERO DE NUA O CUA: Número asignado al momento de registro a las AFPs, verificar el Formulario de registro ahí encontrará el número de NUA o CUA asignado a cada dependiente. NÚMERO DE MATRÍCULA: Número asignado al momento de realizar la jubilación está en verificación al tratarse de un código alfanumérico. NOTA: Realizar el registro con los datos de su CARNET IDENTIDAD Gracias por contactarse con nosotros, fue un placer atenderlo, la información que usted acaba de recibir no tiene carácter vinculante, para fines legales.
@olgalubyaliaga9841, bienvenida al servicio de mensajería: Agradecemos su consulta, en su caso si la boleta de pago no genera importe a pagar significa que no tiene pago adeudado, no obstante, también puede confirmar la información por nuestras oficinas en la gerencia distrital que le corresponde y solicita la impresión del Extracto de Adeudos Tributarios. Gracias por contactarse con nosotros, fue un placer atenderla, la información que usted acaba de recibir no tiene carácter vinculante, para fines legales. "
Buenas tardes hice el procedimiento y me salio el siguiente mensaje SEÑOR CONTRIBUYENTE NO TIENE OBLIGACIONES PENDIENTES DE PRESENTACIÓN, SI DESEA VERIFICAR OTRO TIPO DE DEUDAS EMITIDAS por la administración tributaria, deberá avergonzarse a su dependencia Ooerativa"
@IsabelZabala-wb7sn, bienvenida al servicio de mensajería: Agradecemos su consulta, puede realizar la verificación desde el buzón tributario ingrese al siguiente enlace con sus credenciales: buzon.impuestos.gob.bo/ Asimismo, puede realizar la verificación desde el portal del siat realizando el siguiente procedimiento. - Ingresar al siguiente enlace: siat.impuestos.gob.bo/Autenticacion/index.xhtml - Ingrese con sus credenciales NIT USUARIO Y CONTRASEÑA - Seleccione el ICONO de DECLARACIONES JURADAS - En el menú de la izquierda seleccione MIS DECLARACIONES JURADAS Y DEUDAS TRIBUTARIAS - En la parte del medio tendría las opciones para verificar o PAGOS EN DEFECTOS o OMISIÓN A LA PRESENTACIÓN o PRESENTACIÓN FUERA DE PLAZO También puede aproximarse a plataformas de Servicio de Impuestos Nacionales para solicitar el Extracto Tributario. Gracias por contactarse con nosotros, fue un placer atenderla, la información que usted acaba de recibir no tiene carácter vinculante, para fines legales.
Buenas quisiera saber sobre la devolución del RC -iva 5% por compras
@j.r.coaquira8278, bienvenido al servicio de mensajería:
El Régimen de Reintegro del IVA (Re-IVA), alcanza a las personas naturales que perciban un ingreso promedio mensual igual o menor a Bs. 9.000.- (Nueve mil 00/100 bolivianos) por los siguientes conceptos:
a) Salario en relación de dependencia (DEPENDIENTES)
b) Pensiones o rentas en calidad de beneficiario de la Seguridad Social de Largo Plazo (JUBILADOS)
c) En calidad de independientes o por cuenta propia (INDEPENDIENTES).
Para realizar el Registro al reintegro del RE-IVA realice el siguiente procedimiento:
- Ingrese al siguiente enlace fiva.impuestos.gob.bo/gpri/public/inicioCaptcha.xhtml
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DEPENDIENTE: Contempla empresas públicas y privadas, entidades públicas
JUBILADO: Personas jubiladas acorde a lo establecido en reglamentación de AFPs
INDEPENDIENTE: Cualquier persona natural (Empresa unipersonal, Profesional Independiente, Consultor en Línea, Régimen Especial, etc.)
NÚMERO DE DOCUMENTO: Debe registrar solo el número de su Carnet de Identidad.
COMPLEMENTO CÉDULA DE IDENTIDAD: El complemento sólo corresponde para las personas que tiene el Carnet de Identidad duplicado, NO corresponde registrar el lugar extensión del documento de identidad.
NÚMERO DE NUA O CUA: Número asignado al momento de registro a las AFPs, verificar el Formulario de registro ahí encontrará el número de NUA o CUA asignado a cada dependiente.
NÚMERO DE MATRÍCULA: Número asignado al momento de realizar la jubilación está en verificación al tratarse de un código alfanumérico.
NOTA: Realizar el registro con los datos de su CARNET IDENTIDAD
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Una consulta y cómo se llena cuando todo es cero.
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Agradecemos su consulta, en su caso si la boleta de pago no genera importe a pagar significa que no tiene pago adeudado, no obstante, también puede confirmar la información por nuestras oficinas en la gerencia distrital que le corresponde y solicita la impresión del Extracto de Adeudos Tributarios.
Gracias por contactarse con nosotros, fue un placer atenderla, la información que usted acaba de recibir no tiene carácter vinculante, para fines legales.
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Buenas tardes hice el procedimiento y me salio el siguiente mensaje SEÑOR CONTRIBUYENTE NO TIENE OBLIGACIONES PENDIENTES DE PRESENTACIÓN, SI DESEA VERIFICAR OTRO TIPO DE DEUDAS EMITIDAS por la administración tributaria, deberá avergonzarse a su dependencia Ooerativa"
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Agradecemos su consulta, puede realizar la verificación desde el buzón tributario ingrese al siguiente enlace con sus credenciales: buzon.impuestos.gob.bo/
Asimismo, puede realizar la verificación desde el portal del siat realizando el siguiente procedimiento.
- Ingresar al siguiente enlace: siat.impuestos.gob.bo/Autenticacion/index.xhtml
- Ingrese con sus credenciales NIT USUARIO Y CONTRASEÑA
- Seleccione el ICONO de DECLARACIONES JURADAS
- En el menú de la izquierda seleccione MIS DECLARACIONES JURADAS Y DEUDAS TRIBUTARIAS
- En la parte del medio tendría las opciones para verificar
o PAGOS EN DEFECTOS
o OMISIÓN A LA PRESENTACIÓN
o PRESENTACIÓN FUERA DE PLAZO
También puede aproximarse a plataformas de Servicio de Impuestos Nacionales para solicitar el Extracto Tributario.
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