Gracias, me dejaron de tarea investigar los impuestos de RD y ya leí la ley solo me faltaba ver un caso o ejemplo. Sigue así, impartiendo tus conocimientos.
Coño mano, por fin un video que hace que uno entienda. Ya entendí la vuelta. Creeme que cada video que hay explicando los impuestos hacen que uno quiera entrarle a tiros a la pc, pero este explica bien en verdad.
Un informático que trabaja configurando software, ¿el servicio es técnico o profesional? (lo digo porque nosotros le llamamos soporte técnico dentro de la industria)
hola tengo una pegunta, si una empresa (persona jurídica) le hace un servicio técnico especializado a nos equipos en otra empresa como se categoriza y cuanto debe retenerle???
Pero hay cosas que no entiendo, esas faturas de esos servicios que yo solicito se supone debo pagarlas yo por ende ellos mismos hacen su fatura, entonces esos calculos no vienen detallados en la factura? 🤔 Es que tengo que hacelo yo al momento de reportarlo en el 607?
@@rddebito Sí gracias. Lo que pregunto es si el cálculo de las retenciones no vienen detallados en la factura? Debo hacerlo yo mientras lleno el formato??
@@sahirysjimenez5474 en algunas ocasiones tendrá el detalle. La mayor parte del tiempo no lo tendrá. Si te hacen la retención te puedes guiar con el pago que te hicieron. Si te toca a ti hacerla puedes seguir los pasos de este video.
Saludo hermano, hice el curso de auxiliar en contabilidad, hace ya un tiempo por lo que estoy prácticamente un poco lejos de lo que aprendi; ¿Que videos tuyos me recomiendas?. Gracias.
Hola juan, depende de lo que quieras aprender, en el canal tenemose videos sobre el 606 (mu usado en la parte fiscal), 607, 608, 609 el it-1(presentacion del ITBIS) y el IR-1 E IR-2 (DECLARACION DEL ISR) Tambien puedes suscribirte y te mantienes actualizado de todos los videos nuevos que voy subiendo.
@@rddebito Gracias por tu respuesta, en verdad tu respuesta a mi comentario es realmente lo que necesito como persona física que soy; mi otra pregunta es: ¿puedo hacer esos reportes sin contar con un licenciado en contabilidad? dado que solo soy técnico en contabilidad.
Saludos tengo una inquietud con respecto a que como empresa de servicios de seguridad tengo un cliente que me hace uns carta de retención de itbis a cual de los dos esta favoreciendo mas al momento declarar
Saludos hermano algo que no entiendo del 2% es lo siguiente cuando se contrata una compañia procesadora de pagos en la República Dominicana Cualquiera de estas dado que son Retenedoras epro no logro entenderla en base a la venta de productos físicos ojo no soy contador solo busco conocer de esto.
Hola Jorge, si la empresa vende un producto físico no se le retiene ISR, ahora bien, si es una persona física la que lo hace se le debe retener el 2% de ISR y el 100% de ITBIS.
@@rddebito Saludos hermano muy agradecido por responder, Me explico Una empresa Registrada mediante las leyes de RD la misma teniendo cualquiera de las tres principales procesadoras de pagos electrónicos ellos retienen un 2%
Hola, debes de comunicarte con el banco para que te den un comprobante de esas transferencias, o podrías reportarlo en el 606 como una factura de gasto menor (b13), en dado caso te recomiendo que llames a la DGII y le comuniques esa duda.
Hola Gracias por el video. Hice un trabajo de consultora de ingenieria en RD. Viaje a Rep Dom y el trabajo fue financiado por mi al 100%. Y ahora resulta que me tienen que retener el 27%. Y como residente de USA también tengo que pagar un 25% en USA. Me puedes ayudar?
Gracias, me dejaron de tarea investigar los impuestos de RD y ya leí la ley solo me faltaba ver un caso o ejemplo. Sigue así, impartiendo tus conocimientos.
Coño mano, por fin un video que hace que uno entienda. Ya entendí la vuelta. Creeme que cada video que hay explicando los impuestos hacen que uno quiera entrarle a tiros a la pc, pero este explica bien en verdad.
jajajajajajajj
Jajajajaja!
Por fin un video con tanta claridad ya entendí por fin lo de la retención del 30% - a personas jurídicas
Un informático que trabaja configurando software, ¿el servicio es técnico o profesional? (lo digo porque nosotros le llamamos soporte técnico dentro de la industria)
Hola, no, sería profesional. Ya que no es un servicio manual como tal y depende de una profesión para brindarlo.
hola tengo una pegunta, si una empresa (persona jurídica) le hace un servicio técnico especializado a nos equipos en otra empresa como se categoriza y cuanto debe retenerle???
Hola, si es un servicio de empresa a empresa se retiene el 30% de ITBIS.
Pero hay cosas que no entiendo, esas faturas de esos servicios que yo solicito se supone debo pagarlas yo por ende ellos mismos hacen su fatura, entonces esos calculos no vienen detallados en la factura? 🤔 Es que tengo que hacelo yo al momento de reportarlo en el 607?
Hola, no entiendo tu pregunta. Si es un servicio que solicitas lo pones en el 606, si tú brindas el servicio lo pones en el 607.
@@rddebito Sí gracias. Lo que pregunto es si el cálculo de las retenciones no vienen detallados en la factura? Debo hacerlo yo mientras lleno el formato??
@@sahirysjimenez5474 en algunas ocasiones tendrá el detalle. La mayor parte del tiempo no lo tendrá. Si te hacen la retención te puedes guiar con el pago que te hicieron. Si te toca a ti hacerla puedes seguir los pasos de este video.
@@rddebito Ok. Muchas gracias!
Saludo hermano, hice el curso de auxiliar en contabilidad, hace ya un tiempo por lo que estoy prácticamente un poco lejos de lo que aprendi; ¿Que videos tuyos me recomiendas?. Gracias.
Hola juan, depende de lo que quieras aprender, en el canal tenemose videos sobre el 606 (mu usado en la parte fiscal), 607, 608, 609 el it-1(presentacion del ITBIS) y el IR-1 E IR-2 (DECLARACION DEL ISR) Tambien puedes suscribirte y te mantienes actualizado de todos los videos nuevos que voy subiendo.
@@rddebito Gracias por tu respuesta, en verdad tu respuesta a mi comentario es realmente lo que necesito como persona física que soy; mi otra pregunta es: ¿puedo hacer esos reportes sin contar con un licenciado en contabilidad? dado que solo soy técnico en contabilidad.
@@JuanAlberto-xo8tr Asi es juan, lo puedes hacer (hasta el momento), solo que no podras firmar estados financieros, ya que no tienes el exequatur.
@@rddebito OK HRMANO GRACIAS, ME GUSTARIA CONTACTARTE PARA UNA ACESORIA.
@@JuanAlberto-xo8tr Hola, puedes contactarme a éste número: 809-299-6331
Hola tengo una duda, no se de donde sacaste el monto de ITBIS, osea los $7,200.00 pesos. Me puedes explicar ese detalle por fa.
Hola, el monto del ITBIS es el 18% del subtotal, o sea, de 40,000.
SI LA EXPRESA ES EXENTA DE ITB, DEBE RETENER ITB A UNA PERSONA JURÍDICA QUE LE ALQUILO UN LOCAL?
Hola, si, aunque este exenta puede retener y pagar el ITBIS retenido.
@@rddebitoEntre personas jurídicas no aplica la retención por alquiler del local
Hola.Deseo saber si como persona fisica puedo retenerle a un proveedor informal ISR e ITBIS?
Hola, no, la persona fisica no es agente de retencion
Saludos tengo una inquietud con respecto a que como empresa de servicios de seguridad tengo un cliente que me hace uns carta de retención de itbis a cual de los dos esta favoreciendo mas al momento declarar
Hola, ese ITBIS no tendrás que pagarlo así que no es nada malo.
Saludos hermano algo que no entiendo del 2% es lo siguiente cuando se contrata una compañia procesadora de pagos en la República Dominicana Cualquiera de estas dado que son Retenedoras epro no logro entenderla en base a la venta de productos físicos ojo no soy contador solo busco conocer de esto.
Hola Jorge, si la empresa vende un producto físico no se le retiene ISR, ahora bien, si es una persona física la que lo hace se le debe retener el 2% de ISR y el 100% de ITBIS.
@@rddebito Saludos hermano muy agradecido por responder, Me explico Una empresa Registrada mediante las leyes de RD la misma teniendo cualquiera de las tres principales procesadoras de pagos electrónicos ellos retienen un 2%
@@sr.polanco si le pagan a alguien registrado como persona física, si, deberían retenerle.
Excelente
Gracias
Y LOS PAGOS DE COMISIONES BANCARIAS Y PAGOS DEL .0015 DE TRANSFERENCIAS DONDE LO PUEDO REPORTAR
Hola, debes de comunicarte con el banco para que te den un comprobante de esas transferencias, o podrías reportarlo en el 606 como una factura de gasto menor (b13), en dado caso te recomiendo que llames a la DGII y le comuniques esa duda.
Excelente!!
Hola Gracias por el video. Hice un trabajo de consultora de ingenieria en RD. Viaje a Rep Dom y el trabajo fue financiado por mi al 100%. Y ahora resulta que me tienen que retener el 27%. Y como residente de USA también tengo que pagar un 25% en USA. Me puedes ayudar?
Hola, por supuesto, mándame más información a rddebito@gmail.com