Aunque notoriamente menos desarrollado en comparación con la legislación animalista británica y estadounidense, los países latinoamericanos han ido implementando en sus ordenamientos jurídicos normas jurídicas tendientes a la protección y defensa de los derechos animales. La legislación al respecto se ha desarrollado, principalmente, a lo largo de la segunda mitad del siglo XX, muy lejano a lo revisado respecto del Reino Unido y los Estados Unidos en que ya en las primeras décadas del siglo anterior se esbozaban las primeras leyes sobre protección animal. No obstante en Colombia, según investigaciones realizadas por el profesor Carlos Andrés Muñoz López, en el Código Penal de los Estados Unidos de Colombia del año 1873 se penalizó por primera vez el maltrato a cualquier animal en Latinoamérica. Las Cinco Libertades de los animales han sido reconocidas por Perú, Bolivia, Brasil, Uruguay, Chile, Argentina, Venezuela, Costa Rica, Colombia, México y República Dominicana, como principios generales para un trato digno hacia los animales. Las legislaciones animalistas latinoamericanas se caracterizan por ser un conjunto de normas que buscan sancionar ciertos comportamientos sobre la base de la moral y la consideración moral de los animales, buscan responder a requerimientos comerciales y productivos y presentan imprecisiones en cuanto a si se refieren al «bienestar animal» o a su simple «protección». En términos de cooperación internacional, destaca especialmente la OIE, Organización Mundial de Sanidad Animal, en cuyo plan estratégico figura el bienestar animal como una de las tareas más demandantes y necesarias a potenciar a nivel latinoamericano. La OIE reconoce que solo cuatro países de la región tienen una legislación basada en los principios del bienestar animal: México, Paraguay, Uruguay y Colombia, siendo los temas que presentan mayores falencias el control de animales vagabundos, el uso de animales para deportes, las riñas de animales y su utilización en laboratorios, circos y espectáculos. A lo anteriormente dicho hay que sumar la regulación específica de ciertas provincias, estados o ciudades, así como legislaciones particulares como leyes, de caza, pesca, transporte de animales, tenencia responsable, locales comerciales de venta de animales, animales exóticos, circos y zoológicos, hospedaje de animales, clínicas veterinarias y centros de investigación.
Hola buenos días me pudieras con Siderar para donarme tu ropa soy una persona de bajos recursos Telo agra desearía soy del Márquez Querétaro colonia los heroes
Pueden mandar un saludo para mis hijos de menfis y mis hijos de sinaloa ❤
Buenos dias Saludos desde Napa California , Feliz Año Nuevo
Cuándo regresan los conductores de antes?
Mi comentario en el 9:56 😁😁
Ana luu guapísima!!
Aunque notoriamente menos desarrollado en comparación con la legislación animalista británica y estadounidense, los países latinoamericanos han ido implementando en sus ordenamientos jurídicos normas jurídicas tendientes a la protección y defensa de los derechos animales. La legislación al respecto se ha desarrollado, principalmente, a lo largo de la segunda mitad del siglo XX, muy lejano a lo revisado respecto del Reino Unido y los Estados Unidos en que ya en las primeras décadas del siglo anterior se esbozaban las primeras leyes sobre protección animal. No obstante en Colombia, según investigaciones realizadas por el profesor Carlos Andrés Muñoz López, en el Código Penal de los Estados Unidos de Colombia del año 1873 se penalizó por primera vez el maltrato a cualquier animal en Latinoamérica.
Las Cinco Libertades de los animales han sido reconocidas por Perú, Bolivia, Brasil, Uruguay, Chile, Argentina, Venezuela, Costa Rica, Colombia, México y República Dominicana, como principios generales para un trato digno hacia los animales.
Las legislaciones animalistas latinoamericanas se caracterizan por ser un conjunto de normas que buscan sancionar ciertos comportamientos sobre la base de la moral y la consideración moral de los animales, buscan responder a requerimientos comerciales y productivos y presentan imprecisiones en cuanto a si se refieren al «bienestar animal» o a su simple «protección».
En términos de cooperación internacional, destaca especialmente la OIE, Organización Mundial de Sanidad Animal, en cuyo plan estratégico figura el bienestar animal como una de las tareas más demandantes y necesarias a potenciar a nivel latinoamericano. La OIE reconoce que solo cuatro países de la región tienen una legislación basada en los principios del bienestar animal: México, Paraguay, Uruguay y Colombia, siendo los temas que presentan mayores falencias el control de animales vagabundos, el uso de animales para deportes, las riñas de animales y su utilización en laboratorios, circos y espectáculos.
A lo anteriormente dicho hay que sumar la regulación específica de ciertas provincias, estados o ciudades, así como legislaciones particulares como leyes, de caza, pesca, transporte de animales, tenencia responsable, locales comerciales de venta de animales, animales exóticos, circos y zoológicos, hospedaje de animales, clínicas veterinarias y centros de investigación.
Yo recibo la donacion de ropa k mencionaron saludos
Wow esa de la faldita negra mmm k guapa❤❤
Todos los días mure gente por culpa de del gobierno y lo primero q escucho. Un perito 😂😂😂😂
Hola mi mami compro roscota
Hola buenos días me pudieras con Siderar para donarme tu ropa soy una persona de bajos recursos Telo agra desearía soy del Márquez Querétaro colonia los heroes
cuando regresan los otros conductores,gracias estubo medio aburrida las noticias mejor le cambie
La de faldita negra k guapa es mía