Vigilante que abandona un servicio (infracción)

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  • Опубліковано 3 гру 2024

КОМЕНТАРІ • 1

  • @Rafaelito88
    @Rafaelito88 5 днів тому

    Buenas Compañero
    Por poner un ejemplo, estas de turno de (N) de 22:00 a 06:00 y tu relevo se queda dormido y tampoco te coge el teléfono. En este caso, si tu una vez que has finalizado tu servicio, no estás abandonando el servicio porque tu jornada ha finalizado, el problema le tiene el "Compañero" que no se ha presentado y la Empresa que está obligada por Ley (Ley 5/2014, de 4 de Abril de Seguridad Privada) ha proporcionarte el relevo. En este caso, la Empresa está obligada a proporcionarte el correspondiente relevo una vez se los hayas notificado, de no proporcionarte relevo estaría la Empresa incurriendo en una sanción grave de la (Ley 5/2014).
    Ante esta casuística, lo que tiene que hacer el (VS) es avisar a su Jefe de Servicios y notificar la incidencia, de no proporcionarle relevo alguno la Empresa, el (VS) puede marcharse porque su servicio ha finalizado. Eso sí, anotando en el parte las correspondientes incidencias, ya que las Empresas cometen más infracciones a diario que un (VS) pero de largo vamos.
    Un saludo