Muy buena contribución Licenciado.
Gracias por compartir.
Y las resoluciones unánimes adoptadas fuera de asamblea cómo se tramitan??
Las resoluciones unánimes las pueden preparar los accionistas, para que sean válidas tienen que estar contempladas en estatutos sociales y constar por escrito.
Muchas gracias por el video! Excelente explicación. Una duda Licenciado, ¿por qué la ley hace tanto hincapié en que necesariamente sea en el domicilio social de la empresa, hasta declarar nulas aquellas que no se sigan de esa manera? ¿qué se pretende con ese requisito?
Hola Lillián, buena observación. Ese requisito ha quedado en la ley desde su origen, la LGSM es de 1934 y quizá este sea un tema que haya quedado desde esa época donde se pretendía dar a los accionistas la seguridad de que las asambleas se iban a celebrar en determinada localidad cuando la movilidad o comunicación era más difícil. Es un tema que se tiene que actualizar sin duda pero eso depende del legislador.
@@EduNiloLegal Muchísimas gracias por su respuesta Licenciado! Excelente contenido :)
Gracias!! Tengo una duda, la reforma al artículo 2713 del código civil en la cual se permite la incorporación de medios remotos para la celebración de asamblea a qué tipo de sociedades aplica? Gracias por su respuesta.
Hola José. Comparto tu opinión. Tengo muchos clientes extranjeros que me piden, a fuerza, incluir en estatutos que las asambleas sean vía ZOOM, aunque no sean en domicilio social y la verdad pienso que la ley nos lo impide.
Me gustaría saber tu opinión respecto al voto transfronterizo a que se refiere el G20 y la OCDE, ya que empresas transaccionales (sobre todo de EEUU) solicitan esto.
Hola Edgar, como bien apuntas, los Principios de Gobierno Corporativo de la OCDE hacen recomendaciones para facilitar el voto transfronterizo inclusive recomendando el uso de medios tecnológicos. Dos puntos me gustaría destacar: (i) al hablar de voto transfronterizo, dichos principios, parecen enfocarse únicamente a las acciones listadas en bolsa y sobre ese tema, nuestro marco jurídico si tiene algunos mecanismos para facilitar el voto mediante poderes "proxys" en términos del artículo 49 fracción III de la Ley del mercado de valores; (ii) dichos principios son recomendaciones a los legisladores y en este sentido, no se trata de algún tratado internacional que pudiera tener efectos vinculantes, entiendo que los legisladores mexicanos tienen un par de iniciativas sobre el uso de medios electrónicos en asambleas de accionistas pero aún no han sido aprobadas.
@@EduNiloLegal Gracias por tu respuesta, José. Te felicito por tus vídeos.
@@EdgarReina2 Qué buen crossover :v los dos cracks del corporativo