Hay que quitar los aforos a los políticos. Porque así se creen con impunidad para malversar fondos, prevaricar etc…… y encima los que tenemos que exprimirnos, solo somos los ciudadanos.
Teníamos que manifestarnos más salir a las calles y hacernos oír es la única manera de conseguir algo de estos políticos corruptos y ladrones que tenemos😢
Aqui los unicis q se jubilan con el 100% son los políticos y eso sin haber llegado a los 15 años cotizados , por eso el refran es muy sabio , quien hizo la ley hizo la trampa, valientes sinvergüenzas, hay q hecharlos a todos y poner gente q verdaderamente sepa sobre el tema y no robe como ellos, ademas ya lo dice la constitucion: la soberania reside en el pueblo y no en ellos
Para poder cambiar estas injusticias lo suyo es manifestarse y exigir condiciones dignas e iguales para todos.Basta ya de privilegios para los funcionarios y politicos. Pero aquí no se mueve ni el Tato.
No se preocupe. La gente empezará a mover el culete cuando empiecen los cortes de luz, por ejemplo. O cuando vean que se les va medio sueldo en comprar arroz, pasta y lentejas.
Lamentablemente, solo computa si te prejubilas, pero si te falta algunos años para cobrar el 100% no cuenta. Parece ser que los que hicimos la mili somos discriminados en según que casos.
Si, y los políticos una vez jubilados pueden trabajar y no pierden la jubilación y a nosotros cada vez nos suben los años para poder jubilarnos y cobrando una mierda y sin poder hacer otra actividad para poder redondear un sueldo digno porque si no nos quitan la jubilación, una vergüenza
Y las de los funcionarios que se jubilan con 55 guardias, policías etc es decir quien puede estar cuidando una puerta , o ejercer de administrativo pues pones seguridad privada externalización , y los currantes de verdad se jubilarán con 70 años ya lo veremos 10 añitos más y luego a colocarse el pijama de madera para dormir en el cementerio y eso sí los políticos y funcionarios , de paseo en cruceros para viejos
Si seguimos siendo corderos que nos creemos sus patrañas y no somos audaces para hacer como se hizo en Argentina con Milei, aquí habría que hechas a los zurdos, que de socialistas un pepino
Hola Ignacio. Éste capitulo me interesa mucho pq tengo una situación muy particular. Te haré consulta por la web y hablaremos. Es muy importante tu canal y su contenido para millones de trabajadores/as. Un saludo.
Muchas gracias por la información y por todos los vídeos que has hecho. Enhorabuena. Ayudan mucho al conocimiento general y luego ya cada uno que lo aplique a su caso que en estos temas es muy personal. Gracias
Bravo! Deberían poner este canal en las escuelas! Pregunta: sería posible en algún momento hacer un vídeo ahondando más en en el caso de cotizaciones en varios países? He leído tu artículo pero me quedan dudas. Gracias.
@@alexa9771¡Y cuándo! Yo he intentado pedir información en el extranjero pero no he tenido suerte, y no me queda claro si es algo que se pueda empezar a tramitar antes de la jubilación o no, dado que los trámites con el extranjero pueden demorarse más.
Esto ya es que es alucinante. Hay una persona que pierde su tiempo en hacer videos para informar y dar claridad a muchas dudas que se suelen tener,y lo que hay que leer en los comentarios son estupideces de algunos que su tiempo y su cerebro no llega para mas. Como siempre,muchas gracias Ignacio.
Desde luego que tiene mucho mérito hoy día hacer videos interesantes, que no sean de peloteo a la política o similares. También se lo agradezco a Ignacio.
@@fernandoalonso909 el trabajo de Ignacio es impecable. Ahora súbete tú a un camion y haces transporte internacional hasta los 67 o más, haber que te parece y luego no lo cuentas. Adios.
fernandoalonso, Hola, bueno, hay personas de todo tipo, unos comprenden mejor que otras. y se les envuelve sus mentes en dudas a su propia situación, eso no significa que no se fían o no valoran la explicación que da el Sr, del vídeo, algunas personas al no entender bien por mas que repitan el vídeo, por eso hay muchas personas que hacen preguntas y preguntas. Yo también soy muy cazurro de mentalidad, y a veces me cuesta comprender las cosas, Saludos
@@jacinto6348 una cosa es que no se comprenda algo y se pregunte,cosa que es muy lógica y que a cualquiera nos pasa con según que tecnicismos,y otra muy diferente es que el comentario, no solo no sea una consulta sino que suele rozar muy próxima a la crítica destructiva. Por cierto por ese adjetivo que te has puesto de Cazurro casi aseguraría que somos de la misma región o provincia, Zaragoza.
Perdone señor , pero quizás x algún momento se a puesto a pensar , que quizás no todo el mundo tiene la capacidad de entender ciertos términos de complexión,o quizás usted ya nació con sabiduría, un respeto x los demás Sr.Sabio
Hay que enterarse ya de que este sistema es una estafa para el ser humano, y cada vez más descarada. Investigar por vuestra cuenta. El problema es que no queremos enterarnos que nos han estado engañando toda la vida, es duro pero así es.
Nosotros con 70 después de haber cotizado 30 y los políticos a los 50 con paga vitalicia después de haber cotizado 4 años de presidencia . Seguid votando.
Solo tienen "paguita" vitalicia los presidentes de gobierno central y autonomicos. Los ministros, cuando dejan el cargo, tienen derecho a cobrar, si lo solicitan, un periodo de transición hasta que trabajen en otro destino, creo que es hasta dos años, esto último no lo tengo muy claro. Y en cuanto a lo que cotizan para la jubilación, los diputados y senadores, tienen derecho a la pensión máxima cuando lleguen por edad.
Lo que sí es cierto es que estamos perdiendo poder anquisitivo muy lentamente, por eso la población no se está dando cuenta, porque nos estamos empobreciendo muy lentamente, perdiendo calidad de vida y trabajando para pagar y consumir en cosas innecesarias realmente,
Felicidades por el vídeo. Ha quedado bastante claro todo. Vivimos en una cárcel. Es prácticamente imposible jubilarse antes de los 63-67 años Si alguien quiere jubilarse con 55, con 58 , etc, por el motivo que sea, no puede hacerlo aunque le quede una pensión pequeña. Una cárcel.
Buenas tardes, tengo 55 años y tengo cotizados 30 años y me dicen en la seguridad social que tengo que cotizar dos años mínimo en los últimos 10 años y que si no cotizó no me quedaría pencion. Mi pregunta es si es verdad y porque mi cotizaciones no sirven para nada
Mi lema es ,NO SE PUEDE DAR DINERO POR NO HACER NADA EN EDAD DE TRABAJAR .TAMPOCO SE PODRA ESCATIMAR LA PENSION A LAS PERSONAS QUE YA NO ESTAN EN EDAD DE TRABAJAR. PARA LLEVAR A CABO ESTAS IDEAS ,PAGAMOS A LOS POLÍTICOS.
Hola buenas tardes, podrías hacer un vídeo explicando la jubilación de los bomberos, somos un colectivo de bomberos y algunos llevamos mas de 30 años cotizados como bomberos, teniendo edades comprendidas entre 59 y 60 años. Gracias y un saludo.
Chapeau por tus vídeos informativos. Existe la posibilidad de que puedas informar a través de un video sobre las jubilaciones para las personas que trabajaron hasta el 1 de abril 2013 ? Saber si ... la cláusula Salvaguarda seguirá en vigor para el 2025 ? Conocer los coeficientes reductores para las personas que deseen anticipar su jubilación !! Muchas gracias, un saludo
Solución ahorrar , ahorrar lo que se pueda. El Estado siempre ahogando y aplicando la estafa piramidal de las pensiones . Las cotizaciones son para mantener las pensiones de los actuales pensionistas y solo te da derecho y si cumples los requisitos para acceder si entonces hay dinerito para tu pensión ...
Hola veo tus vídeos y me encantan por favor podrías hacer un video hablando de la jubilación de los funcionarios de carrera de la Junta de Andalucía? Te lo agradecería muchísimo. Un saludo
Felicidades por el canal, es muy ilustrativo.Tengo una duda: para jubilarse a los 65 años en 2027, se precisan 38 y 6 meses .Eso sería en la fecha exacta en que cumple el trabajador o se podría acceder con 65 y 6 meses, fecha en que el trabajador cumpliría esa premisa de tiempo necesario?Gracias.
Enhorabuena por el canal. Recientemente he estado en seguridad social del mar para informarme sobre mi futura jubilación y me han comentado algo que me ha causado extrañeza. Me dicen que después de 2027 todos pasaremos a jubilarnos con 67 aunque tengamos más de 38 años y 6 meses cotizados, según me dicen "porque cambia la ley". ¿Puedes aclarar este detalle? . Perdona otro detalle, observo que no revisas los comentarios de tu canal con lo cual... ¿para qué comentar?
Hay algo que no me quedó nunca claro, yo habré cotizado en el año 2027 más de 38 años y 6 meses, pero si me quiero jubilar a los 63 años, no habré llegado todavía a los 38 años cotizados... sin embargo en el simulador sí me permite jubilarme con 63 años. Gracias anticipadas y gracias por tus enriquecedores vídeos.
Te puedes jubilar a los 63 pero con una penalización. Para ello tienes unas tablas para jubilación anticipada. Dependiendo de los años cotizados (siempre más de 35 años) y la cuantía que has estado cotizando se aplicará una tabla u otra.
@@mariajosecorrales1194 para la jubilación anticipada te cuenta la cotización en la sombra... las años que te quedan hasta los 65 años también te cuentan en este caso especifico... ejemplo...si tienes 61 años y 35 cotizados, el simulador considera que tienes 39 cotizados, sólo a efectos de cumplir el requisito de cotización...y poder jubilarte antes...
También podrías hacer un video, relativo al Subsidio de Desempleo para mayores de 52 años y las rentas percibidas por los cónyuges, acerca de las diferencias que hay entre un ciudadano/a de Cataluña o Baleares, a quienes su Derecho Civil otorga el régimen matrimonial de separación de bienes, y cualquier ciudadano/a del resto de España, que normalmente tienen régimen de gananciales. Todo lo anterior a la hora de que los interesados o beneficiarios de este subsidio conozcan la, bajo mi modesto punto de vista, desigualdad entre españoles que debería estar amparada por el artº 14 de la Constitución. Si eres catalán o balear y los ingresos del cónyuge superan el límite establecido por el SEPE, no te extinguirán el subsidio, pero si eres de cualquier otra comunidad autónoma y, por tanto, el régimen económico del matrimonio es el de gananciales, te lo quitarán, te exigirán la devolución de las cantidades que ye hayan abonado, desde el momento en que se superan esos ingresos, y te anularán las cotizaciones a la Seguridad Social desde ese momento. A mi juicio es un agravio intolerable que debería movilizar un recurso de inconstitucionalidad y, llegado el caso, ante el Tribunal de Justicia de la UE.
Simplemente, eso no es asi...para el subsidio de 52 años no se tiene en cuenta los ingresos de la unidad familiar...sólo los ingresos del peticionario...desde Madrid para que no haya dudas...
@@angelgonzalez5174exacto con Rajoy yo fui una, como mi marido trabajaba yo no tuve derecho, contaban sus ingresos de la unión familiar, tócate la flor, el parado era yo
@@a.a-b.6441Efectivamente, el requisito de rentas no tiene nada que ver con la vecindad civil del perceptor de este subsidio . Rige la misma normativa se resida en Cataluña, Navarra o Andalucía.
En primer lugar agradezco todas las explicaciones que nos das xq para mí han sido muy resolutivas. Lo único que no veo claro es si para el cálculo de la base reguladora de la pensión de jubilación, actualmente se puede calcular contando los últimos 27 años y desechar los 2 que sean menos favorables. Si alguien lo sabe me haría un favor...... contestandome. Gracias
En junio del 2007 en una empresa constructora tuve un despido improcedente. A partir del 2008 se podía añadir 2 años de cotización en la Tesorería de la S. Social por un Real Decreto de crisis? Es así? Si el despido fue en junio del 2007 se puede solicitar algún beneficio a la Seguridad Social?
Buenos días, tengo una duda, no lo he entendido, el pluriempleo no aumenta tiempo de cotización, pero, ¿influye en la base reguladora? ¿Se suman salarios?
Un video por favor, como puedo saber la fecha de mi jubilacion, yo pregunte al inss me dieron una fecha erronea y en la pagina la misma y cuando presento mi jubilación en esta fecha me jubilan involuntariamente con 23 años cotizados con solo 6 meses de retroactividad. Ni la seguridad social haciendome gestiones se supueron la fecha real de mi jubilación
muy instructivo. Me gustaría saber como influyen los hijos a efectos de integrar lagunas de cotización y brecha de género. Si pueden aplicarse estos conceptos de modo independiente al padre/madre. La cuestión es que mi primer hijo cubre una laguna mía y el segundo de mi mujer, pero a mi no me computa mi primer hijo por brecha de género. Gracias
Muy bien explicado la verdad, pero que hace un señ@r subido en un camion a 2 metros de altura amarrando una estructura con 67 años, pero es que no hay sindicato que defienda esto??
Ahora la siempre divina ministra de trabajo ha puesto sobre la mesa la reducción de la jornada laboral, como si eso nos fuese a arreglar la vida. Al menos yo, preferiría trabajar un poco más cuando tengo energía y salud para hacerlo y después jubilarme un poco antes. Porque de qué me sirve trabajar 35 horas semanales si voy a tener que estar al pie del cañón hasta los 70.... 😠
Ellos subiendose sus sueldos cuando les viene en gana.. y alargando nuestras jubilaciones de igual manera... Ke nuestra vida sea simplemente trabajar hasta la edad de morirnos directamente...
Hola👋🏻 He cotizado años en dos regímenes diferentes (Cuenta ajena y autónoma) aunque no simultáneamente ¿Se suman esos años de cara a la jubilación? ...o tengo que acumular años para cobrar de cada régimen por separado. Muchas gracias y enhorabuena por el canal!👌🏻🌹
Entonces si no cotizá 38 cobras 800 euros y si has cotizado menos de 15 años cobras 570 euros que gran estímulo para trabajar 😢😢 esto para los plebes y para (elegidos que se supone que cuidan los ciudadanos y velan por sus intereses como dicen ellos con letras grandes se van ha jubilar después de 4 años solo de trabajo ) Que democracia tan GRANDE
Puede haber gente que no haya tenido la suerte de haber trabajado tantos años pq en su comunidad escasea como es el caso de la mía. Y ahora diras pues vete a otra comunidad, como si tofo fuera tan facil...
@@pilarlopezmartin6415si has cotizado 15 años cobrarás si o si, si no has cotizado solo cobrarás segun lo que cobren tus familiares que vivan en tu casa , osea nada
tengo 56 años, me acogí a un ERE en Ago 2019, y acúmulo 31 años y 7 meses cotizados, mi pregunta es si me puedo jubilar a los 63 años, hacen falta 33 años cotizados, me contarían como cotizaciones a la sombra esos 4 años que anticipo la JAI? Muchas gracias
Hola...super aclarado.... Te puedo hacer una pregunta. Yo he trabajado en varias actividades laborales durante seis años y posteriormente aprobé una oposición de maestro. Llevo 20 años de maestro. Tengo 44 años y mi intención es jubilarme lo antes posible. Cual sería mi edad de jubilación mínima. Es decir, podría jubilarme a los 60-65....gracias por tu canal divulgativo
Y alguien sabe decirme… cuando tenga 60 años tendré 37 años trabajados…puedo esperar a la edad que me corresponda sin trabajar para cobrar la pensión que me corresponda? Es claro q esos 6-7 años tendré q vivir de mis ahorros hasta q me paguen mi pensión? Q hay q tener en cuenta en el supuesto q planteo? Gracias
Gracias por este video tan bien explicado..y,puffff,no tengo la mas minima gana de seguir trabajando...no m extraña la cantidad de bajas a los 60y pico....total,vas a cobrar lo mismo
Hola tengo 65 años 5 meses y estoy en incapacidad permanente absoluta desde 2004. Solo he cotizado algo más de 27 años. Con que edad pasó a pasar a situación de jubilacion por edad?. Gracias de antemano y saludos
buenas noches, tengo 69 años y sigo trabajando en la actualidad con contrato fijo desde hace 24 años cotizando todos estos años. tengo conocimiento que si extendía mi jubilación me corresponderia un porcentaje por año, osea que si debi haberme jubilado a los 65 o 67 años, es posible que me corresponda un importe adicional a mi liquidación final?
Muy interesante el video Ignacio. Lo que no me ha quedado claro del todo es, que los años trabajados a media jornada a la hora de la jubilación se contabilice como completa. Como bien dices, en la vida laboral aparece contabilizado como años de cotización a jornada completa y si lo haces a menor tiempo de la jornada completa, se reduce el tiempo cotizado en proporción, a pesar de q cotices un año entero. Me parece acertado que se haya cambiado, ya que en el gremio de la enseñanza puedes tardar años en obtener un contrato a jornada completa durante todo el curso cuando eres eventual y estás en listas. Evidentenente ésto afecta al tiempo cotizado e imposibilita a muchos plantearse la prejubilación. Lo que me gustaría saber es si tengo que ir presencialmente a la INSS para que me hagan el cálculo exacto, ya que en la vida laboral dices que no aplican el cambio.
¿Entonces se pueden sumar las cotizaciones de España y Alemania y poder jubilarme con 9 años en España y 6 años en Alemania y tener los 15 años y pedir la jubilación en régimen Comunitario gracias un saludo desde Barcelona gracias
15 años, 50%...siguientes 49 meses se suma un 0,21%...y a partir de ahí, 0,19%, en resumen para dejartelo mascado... 35 años, te corresponde un 96,56%...
buenas tardes y muchas gracias por tus videos porque son de mucha utilidad .quisiera preguntarte si tienes alguna prevision de cuando pondran en el simulador de jubilacion el doble calculo porque para los que nos jubilaremos en el 2031 seria muy importante saberlo.gracias y un saludo
Hola y feliciddes por el canal, en mi caso tengo cotizdos 17 años del 84 al 2001, tengo derecho a la minima ? lo digo por el tema de las lagunas de cotizacion, despues tengo diez años cotizados afuera en un pais con convenio. gracias
Una persona que se ha visto afectada por un ere en el COVID, año 2021, y que se jubile a los 63 años, habiendo cotizado 37 años, se le suma la cotización a la sombra? Y esto le hace que a efectos de jubilación se le compute la edad de 65 años,?
lo de 2dias cotizados eso habria que mirarlo con abogados (para el calculo de la pension) hay gente que ha ganado juicios con eso ya que si cobran de 2 veces por dia tienen que sumar 2 veces por dia (la seguridad social dice que suma y divide por 2 pero eso no lo hace a la hora de cobrar la seguridad social que cobra los 2)
Te quería preguntar una inquietud que yo tengo mi marido cuando tenga 63 años y los 40 años cotizados si la empresa le lleva al paro como contabiliza la pension muchas gracias tengo tu libro pero no lo se ver gracias.
la cotización durante los dos años de paro será la media de los seis últimos meses de cotización, que te conste en la nómina...respecto a cotización no perderá nada...sólo perderá sueldo...durante esos dos años...
Sería interesante que hicieras un video (pienso que es algo que afecta a muchas personas y no hay información sobre ello), en el que, una persona que esté cobrando el subsidio para mayores de 52 años y tenga un plan de pensiones, o una EPSV (País Vasco), como afecta al subsidio en caso de tener que rescatarla a modo de pequeños pagos mensuales, ya que repercute en el IRPF al ser rentas de trabajo, y ninguno de ellos, (Subsidio y Plan de pensiones/EPSV), tiene retenciones. Así como hay personas que lo están pasando realmente mal y piensan que al cobrarla se extinguiría el subsidio, y con el la cotización para la jubilación, al no saber que según la sentencia 65/2016 del TS pueden hacerlo ya que no se considera incremento patrimonial. Un saludo.
Hay que separar la normativa de la AEAT y la normativa del SEPE. Fiscalmente, el rescate de un PP tributa como rendimiento de trabajo, pero a efectos del SEPE solamente repercute en lo relativo a cumplir el requisito de carencia de rentas, la plusvalía o rendimiento que ese plan haya generado. Si se rescata un PP, hay que dividir entre 12 ese rendimiento o plusvalía (NO la totalidad del plan, puesto que , como dice el TS, las cantidades aportadas al plan ya formaban parte del patrimonio del interesado). La entidad gestora del PP debe emitir un certificado al interesado en el momento de rescatar el plan, indicando claramente, qué se ha aportado y qué beneficio/rentabilidad se ha obtenido. Si el resultado de esa división NO supera el límite actual de rentas brutas mensuales, no supone estar en un supuesto de suspensión del subsidio; por tanto, no hay obligación de informar al SEPE.( se entiende que no tiene ningún ingreso o renta más, o aun teniéndolo, tampoco supera dicho límite). Si el rescate se hiciera no en forma de pago único sino en forma de pago mensual, dicha cantidad mensual bruta tampoco implicaría un supuesto de suspensión si es inferior al límite actual de rentas. Finalmente, si el beneficio del plan al rescatarlo en su totalidad superara el límite, el SEPE suspenderá el subsidio un mes (junto a la cotización de ese mes) y al mes siguiente, habrá que aplicar el interés explícito o presunto de esa cantidad, para saber si se sigue superando el límite mensual de rentas o no. Recuerden que una vez se comunique una situación que suponga la suspensión del subsidio y ésta se haga efectiva, debe ser el propio interesado el que solicite la reactivación del mismo al mes siguiente. Por último, si el incumplimiento del requisito mensual de rentas se prolonga más de doce meses consecutivos, se extingue el subsidio.
@@resol-td1oz De éso nada. Soy un perceptor más de este subsidio que, por desgracia como tantos, tiene mucho tiempo para intentar estar al corriente de toda la actualidad de este subsidio. La labor de Laborateca es importante, pero hay que ser conscientes de que no puede atender desde aquí las dudas de todos.
@@hellawaits9396 Así es, por ello digo rescatarlo a pequeños pagos mensuales, ya que al ser para Hacienda un rendimiento de trabajo y carecer de retención sería un pago importante el que tendría que hacer el perceptor, y efectivamente, el SEPE solo mira lo que le haya rentado, y si esa renta supera el 75% del SMI se lo suspenderían 1 mes; tu lo has expuesto mas claro que yo, pero yo a lo que voy es que sería interesante esto que comentamos verlo en un video, ya que seguro que hay personas en esta situación y por desconocimiento lo están pasando mal y no están aprovechando esa inversión que tienen. Muchas gracias por el comentario y espero que le sirva a la gente que lo lea, o lo vea, en caso de hacer un video y así tener una mayor difusión.
@@resol-td1oz Yo tampoco soy profesional, sino otro perceptor, como @hellawaits9396 al cual le agradezco enormemente su participación, ya que veo que el se ha sabido expresar mucho mejor que yo, solo espero que esto le haya servido a algunas personas a, dentro de lo malo, estar lo mejor posible y que no tengan al menos tantas necesidades, como se que tienen algunas personas.
Hay que quitar los aforos a los políticos. Porque así se creen con impunidad para malversar fondos, prevaricar etc…… y encima los que tenemos que exprimirnos, solo somos los ciudadanos.
Teníamos que manifestarnos más salir a las calles y hacernos oír es la única manera de conseguir algo de estos políticos corruptos y ladrones que tenemos😢
Aqui los unicis q se jubilan con el 100% son los políticos y eso sin haber llegado a los 15 años cotizados , por eso el refran es muy sabio , quien hizo la ley hizo la trampa, valientes sinvergüenzas, hay q hecharlos a todos y poner gente q verdaderamente sepa sobre el tema y no robe como ellos, ademas ya lo dice la constitucion: la soberania reside en el pueblo y no en ellos
@@pedronunez6211 pues hazte político si tan fácil es
Ser un ladrón no es facil
Tiene que saltar 😂@@mariajosegar8047
Debemos exigir la crucifixión boca abajo de éstos elementos
Los demás si nos falta que nos den por hay
Gracias. Pocos como tú. Explicas mucho, bien y en poco tiempo. Un diez. Enhorabuena por el canal!!!
Muchísimas gracias Ignacio.
Eres un excelente profesional. 👌
Lo que es una vergüenza es que con 63 años y 41 cotizados te quiten un 17%. Eso es de ladrones.
No, es de políticos!!!!! No hay por qué ofender a los ladrones.
@@joseperez-ed4yl 🤣🤣🤣🤣🤣🤣
Pues a mí me quitan un 19 por ciento por tener solo 39 años y no me cuentan los 5 años que estuve sirviendo en la Legión
@@ceciliofernandezmartinez6654 míratelo porqué yo fui militar profesional 5 años y si cuenta aunque hay que hacer papeleo eso si
Será una mala ley, pero no de ladrones
¡Gracias!
Muchas gracias 😊
Muchas gracias Ignacio💝, una información valiosísima y excelentemente explicada👌
Para poder cambiar estas injusticias lo suyo es manifestarse y exigir condiciones dignas e iguales para todos.Basta ya de privilegios para los funcionarios y politicos. Pero aquí no se mueve ni el Tato.
Ni el tato ni nosotros.ni los comegambas que se entiende que defiende a los trabajadores.😂 Los SINDICATOS.que se jubilan.prntro.😂
Condiciones dignas si, pero para todos dependiendo lo que cada uno haya cotizado.
No se preocupe. La gente empezará a mover el culete cuando empiecen los cortes de luz, por ejemplo.
O cuando vean que se les va medio sueldo en comprar arroz, pasta y lentejas.
Lo de la mili, es una auténtica vergüenza. Tendría que aparecer en la vida laboral y computar para todos los efectos
Lamentablemente, solo computa si te prejubilas, pero si te falta algunos años para cobrar el 100% no cuenta. Parece ser que los que hicimos la mili somos discriminados en según que casos.
Si, y los políticos una vez jubilados pueden trabajar y no pierden la jubilación y a nosotros cada vez nos suben los años para poder jubilarnos y cobrando una mierda y sin poder hacer otra actividad para poder redondear un sueldo digno porque si no nos quitan la jubilación, una vergüenza
Muchas gracias me he enterado de bastantes cosas que no sabía,muy clarificador
Y los políticos con sueldos vitalicios y jubilaciones anticipadas de miles de euros!!!
Mentira, busca la información.
Así es, qué información?
No,sólo el presidente.Como puedes imaginar lo estableció Felipe González,otro vividor
Olvidaros de los politicos ,son aparte.
@@emiliasoria8918 Por tú comentario parece ser que tengas un paga vitalicia
Aquí solo pagamos las jubilaciones de los políticos porque un político tiene que tener un paga vitalicia, esto algún dia explotará,
Y las de los funcionarios que se jubilan con 55 guardias, policías etc es decir quien puede estar cuidando una puerta , o ejercer de administrativo pues pones seguridad privada externalización , y los currantes de verdad se jubilarán con 70 años ya lo veremos 10 añitos más y luego a colocarse el pijama de madera para dormir en el cementerio y eso sí los políticos y funcionarios , de paseo en cruceros para viejos
Si seguimos siendo corderos que nos creemos sus patrañas y no somos audaces para hacer como se hizo en Argentina con Milei, aquí habría que hechas a los zurdos, que de socialistas un pepino
Hola Ignacio.
Éste capitulo me interesa mucho pq tengo una situación muy particular.
Te haré consulta por la web y hablaremos.
Es muy importante tu canal y su contenido para millones de trabajadores/as.
Un saludo.
Muchas gracias, claro ,conciso y contundente mil saludos😊
Las personas que tengamos 40 años o más cotizados no teníamos que tener penalizaciones ni nada pero estamos en el país que estamos
Me encanta lo bien que explicas todo...gracias
Muchísimas gracias....
Pues gracias a ti podemos entender estas cuestiones tan importantes para las personas trabajadoras.
Salud y mucha fuerza 💪🏼
Muchas gracias por la información y por todos los vídeos que has hecho. Enhorabuena. Ayudan mucho al conocimiento general y luego ya cada uno que lo aplique a su caso que en estos temas es muy personal. Gracias
Gracias como siempre claro y conciso .
Gracias por tus vídeos tan bién explicados, adelante!!!
Muchas grácias, sigo sus vídeos desde que empezó. Y es de agradecer, la información que proporciona. Un saludo.
Muchas gracias María Cruz 🙂
@@LaborotecaTendría que quitar algún comentatio, como la persona que quiere quitar derechos a los pensionistas, diciendo que son egoístas.
Gracias por aclarar tantas dudas.
Muchas gracias por la información
Siempre agradecido por el contenido de tus vídeos. Muy interesantes e instructivos
Gracias 🙏🏻. Muchos funcionarios quisieran saber expresarse cómo usted. Mis más grandes felicitaciones. Gran PROFESIONAL Y COMUNICADOR 👍🏻. Subscrita.
Bravo! Deberían poner este canal en las escuelas! Pregunta: sería posible en algún momento hacer un vídeo ahondando más en en el caso de cotizaciones en varios países? He leído tu artículo pero me quedan dudas. Gracias.
Me uno. Añadiendo paises que tienen convenio y sobre todo, qué documentación habría que aportar
@@alexa9771¡Y cuándo! Yo he intentado pedir información en el extranjero pero no he tenido suerte, y no me queda claro si es algo que se pueda empezar a tramitar antes de la jubilación o no, dado que los trámites con el extranjero pueden demorarse más.
Esto ya es que es alucinante.
Hay una persona que pierde su tiempo en hacer videos para informar y dar claridad a muchas dudas que se suelen tener,y lo que hay que leer en los comentarios son estupideces de algunos que su tiempo y su cerebro no llega para mas.
Como siempre,muchas gracias Ignacio.
Desde luego que tiene mucho mérito hoy día hacer videos interesantes, que no sean de peloteo a la política o similares.
También se lo agradezco a Ignacio.
@@fernandoalonso909 el trabajo de Ignacio es impecable. Ahora súbete tú a un camion y haces transporte internacional hasta los 67 o más, haber que te parece y luego no lo cuentas. Adios.
fernandoalonso, Hola, bueno, hay personas de todo tipo, unos comprenden mejor que otras. y se les envuelve sus mentes en dudas a su propia situación, eso no significa que no se fían o no valoran la explicación que da el Sr, del vídeo, algunas personas al no entender bien por mas que repitan el vídeo, por eso hay muchas personas que hacen preguntas y preguntas. Yo también soy muy cazurro de mentalidad, y a veces me cuesta comprender las cosas, Saludos
@@jacinto6348 una cosa es que no se comprenda algo y se pregunte,cosa que es muy lógica y que a cualquiera nos pasa con según que tecnicismos,y otra muy diferente es que el comentario, no solo no sea una consulta sino que suele rozar muy próxima a la crítica destructiva.
Por cierto por ese adjetivo que te has puesto de Cazurro casi aseguraría que somos de la misma región o provincia, Zaragoza.
Perdone señor , pero quizás x algún momento se a puesto a pensar , que quizás no todo el mundo tiene la capacidad de entender ciertos términos de complexión,o quizás usted ya nació con sabiduría, un respeto x los demás Sr.Sabio
Tenemos lo que nos merecemos…Aquí nadie nos movemos para cambiar todo esto
Hay que enterarse ya de que este sistema es una estafa para el ser humano, y cada vez más descarada. Investigar por vuestra cuenta. El problema es que no queremos enterarnos que nos han estado engañando toda la vida, es duro pero así es.
Muchas gracias. Muy bien explicado todo. Enhorabuena por tus vídeos
Nosotros con 70 después de haber cotizado 30 y los políticos a los 50 con paga vitalicia después de haber cotizado 4 años de presidencia .
Seguid votando.
pues haber estudiado
Solo tienen "paguita" vitalicia los presidentes de gobierno central y autonomicos. Los ministros, cuando dejan el cargo, tienen derecho a cobrar, si lo solicitan, un periodo de transición hasta que trabajen en otro destino, creo que es hasta dos años, esto último no lo tengo muy claro. Y en cuanto a lo que cotizan para la jubilación, los diputados y senadores, tienen derecho a la pensión máxima cuando lleguen por edad.
@@Sicoliricsestudiado??? Soy licenciada y sin empleo
@@nube5953 habran mejores que tu, que estes licenciada no te da derecho a tener mas privilegios que otra persona.
Presentaros para políticos...claro...venga !!
Lo que sí es cierto es que estamos perdiendo poder anquisitivo muy lentamente, por eso la población no se está dando cuenta, porque nos estamos empobreciendo muy lentamente, perdiendo calidad de vida y trabajando para pagar y consumir en cosas innecesarias realmente,
Lentamente no creo, rápidamente diría yo
Trabaja 40 años por si llegás vivo a jubilarte y si no llegas tus contribuciones se los quedarán los políticos.😢
Felicidades por el vídeo. Ha quedado bastante claro todo. Vivimos en una cárcel. Es prácticamente imposible jubilarse antes de los 63-67 años Si alguien quiere jubilarse con 55, con 58 , etc, por el motivo que sea, no puede hacerlo aunque le quede una pensión pequeña. Una cárcel.
Muchas gracias
Exigimos odontología gratis a partir de los 60 años sin límite. Por la dignidad de comer decentemente.
Como distingue uno entre un español, un alemán y un noruego etc....... pues les dices una sonrisa y el sin dientes o boca destrozada es el español.
Y gafas, la vista es fundamental. Dientes y ojos son mucho más importantes que hormonas y cambios de sexo y eso lo contempla la SS.
No tenéis los abuelos suficientes ventajas ya… que queréis más. Asco infinito 🤮
@@mgarcia-iz9si Es obvio que so lo dice alguien que no quiere llegar a viejo. Ya te verás en esa situación...si llegas.
Muchos mayores tienen pensiones bajas, incluso con muchos años trabajados. Ya veremos los más jóvenes qué les espera@@mgarcia-iz9si. Infórmate mejor.
Muy interesantes sus aclaraciones. Gracias!
Muchas Gracias Ignacio
Muchas gracias por el video.
Buenas tardes, tengo 55 años y tengo cotizados 30 años y me dicen en la seguridad social que tengo que cotizar dos años mínimo en los últimos 10 años y que si no cotizó no me quedaría pencion. Mi pregunta es si es verdad y porque mi cotizaciones no sirven para nada
Hola, no conocía el derecho a la integración de lagunas ni como se aplicaba. Mucas gracias.
Hola buenas noches gracias por sus videos tan importantes para los que no sabemos nada de esto
Mi lema es ,NO SE PUEDE DAR DINERO POR NO HACER NADA EN EDAD DE TRABAJAR .TAMPOCO SE PODRA ESCATIMAR LA PENSION A LAS PERSONAS QUE YA NO ESTAN EN EDAD DE TRABAJAR. PARA LLEVAR A CABO ESTAS IDEAS ,PAGAMOS A LOS POLÍTICOS.
Vamos a ir en cachaba a trabajar ahora dar paso a los jóvenes
Perdone yo no estoy pidiendo ninguna pencion ahora, la pido a la edad correspondiente de jubilación, pues he estado cotizando 30 años
Hola buenas tardes, podrías hacer un vídeo explicando la jubilación de los bomberos, somos un colectivo de bomberos y algunos llevamos mas de 30 años cotizados como bomberos, teniendo edades comprendidas entre 59 y 60 años. Gracias y un saludo.
Chapeau por tus vídeos informativos.
Existe la posibilidad de que puedas informar a través de un video sobre las jubilaciones para las personas que trabajaron hasta el 1 de abril 2013 ?
Saber si ... la cláusula Salvaguarda seguirá en vigor para el 2025 ?
Conocer los coeficientes reductores para las personas que deseen anticipar su jubilación !!
Muchas gracias, un saludo
Muchas gracias!
JUBILACIÓN...???
Cuando nos den EL PIJAMA DE MADERA ( EL ATAUD)😂😂😂😂
Será en tu país
@@rosalianunez1535Pues al ritmo que vamos, trabajar hasta los 70, muchos llegarán al "pijama" antes que a la jubilacion.
@@kaylaap399 😅otra adivina
Hola! ¿Viendo la vida laboral, habiendo trabajado unos años en jornada reducida, cómo podemos calcular los días completos cotizados? Muchas gracias
Solución ahorrar , ahorrar lo que se pueda. El Estado siempre ahogando y aplicando la estafa piramidal de las pensiones . Las cotizaciones son para mantener las pensiones de los actuales pensionistas y solo te da derecho y si cumples los requisitos para acceder si entonces hay dinerito para tu pensión ...
no, la solución no es ahorrar... es aprender a invertir. lo de ahorrar era en los 70...🧐
Osea que la no contributiva sin CV otizar cobras casi lo mismo que si as cotizado trenta y cinco es alucinante. Que bien hecho está todo
Eso sí los ingresos de la unidad familiar no superan una miseria
Hola veo tus vídeos y me encantan por favor podrías hacer un video hablando de la jubilación de los funcionarios de carrera de la Junta de Andalucía? Te lo agradecería muchísimo. Un saludo
Felicidades por el canal, es muy ilustrativo.Tengo una duda: para jubilarse a los 65 años en 2027, se precisan 38 y 6 meses .Eso sería en la fecha exacta en que cumple el trabajador o se podría acceder con 65 y 6 meses, fecha en que el trabajador cumpliría esa premisa de tiempo necesario?Gracias.
Enhorabuena por el canal. Recientemente he estado en seguridad social del mar para informarme sobre mi futura jubilación y me han comentado algo que me ha causado extrañeza. Me dicen que después de 2027 todos pasaremos a jubilarnos con 67 aunque tengamos más de 38 años y 6 meses cotizados, según me dicen "porque cambia la ley". ¿Puedes aclarar este detalle? . Perdona otro detalle, observo que no revisas los comentarios de tu canal con lo cual... ¿para qué comentar?
Gracias por esta información valiosa
Muchas gracias, estupendamente explicado.
Saludos José de Barbate Cádiz 35 años cotizados y 4 y 5meses de coe
Hay algo que no me quedó nunca claro, yo habré cotizado en el año 2027 más de 38 años y 6 meses, pero si me quiero jubilar a los 63 años, no habré llegado todavía a los 38 años cotizados... sin embargo en el simulador sí me permite jubilarme con 63 años. Gracias anticipadas y gracias por tus enriquecedores vídeos.
Eso se llama cotización en la sombra.
@@Laborotecaqué significa?
Te puedes jubilar a los 63 pero con una penalización. Para ello tienes unas tablas para jubilación anticipada. Dependiendo de los años cotizados (siempre más de 35 años) y la cuantía que has estado cotizando se aplicará una tabla u otra.
@@mariajosecorrales1194 para la jubilación anticipada te cuenta la cotización en la sombra... las años que te quedan hasta los 65 años también te cuentan en este caso especifico... ejemplo...si tienes 61 años y 35 cotizados, el simulador considera que tienes 39 cotizados, sólo a efectos de cumplir el requisito de cotización...y poder jubilarte antes...
@@Laboroteca Gracias... Me ha quedado claro.
Ante todo FELIZ AÑO . Que se entiende por base reguladora?
Magnífico, muy bien explicado
Genial como siempre!🎉
Muchas gracias 🙂
También podrías hacer un video, relativo al Subsidio de Desempleo para mayores de 52 años y las rentas percibidas por los cónyuges, acerca de las diferencias que hay entre un ciudadano/a de Cataluña o Baleares, a quienes su Derecho Civil otorga el régimen matrimonial de separación de bienes, y cualquier ciudadano/a del resto de España, que normalmente tienen régimen de gananciales. Todo lo anterior a la hora de que los interesados o beneficiarios de este subsidio conozcan la, bajo mi modesto punto de vista, desigualdad entre españoles que debería estar amparada por el artº 14 de la Constitución. Si eres catalán o balear y los ingresos del cónyuge superan el límite establecido por el SEPE, no te extinguirán el subsidio, pero si eres de cualquier otra comunidad autónoma y, por tanto, el régimen económico del matrimonio es el de gananciales, te lo quitarán, te exigirán la devolución de las cantidades que ye hayan abonado, desde el momento en que se superan esos ingresos, y te anularán las cotizaciones a la Seguridad Social desde ese momento. A mi juicio es un agravio intolerable que debería movilizar un recurso de inconstitucionalidad y, llegado el caso, ante el Tribunal de Justicia de la UE.
Simplemente, eso no es asi...para el subsidio de 52 años no se tiene en cuenta los ingresos de la unidad familiar...sólo los ingresos del peticionario...desde Madrid para que no haya dudas...
@@a.a-b.6441ahora, con la reforme de Rajoy a más de uno nos hicieron comulgar con rueda de molino 🤨
@@a.a-b.6441desde Andalucía tampoco, son los ingresos del q cobra el subsidio,no hay diferencia entre comunidades
@@angelgonzalez5174exacto con Rajoy yo fui una, como mi marido trabajaba yo no tuve derecho, contaban sus ingresos de la unión familiar, tócate la flor, el parado era yo
@@a.a-b.6441Efectivamente, el requisito de rentas no tiene nada que ver con la vecindad civil del perceptor de este subsidio . Rige la misma normativa se resida en Cataluña, Navarra o Andalucía.
En primer lugar agradezco todas las explicaciones que nos das xq para mí han sido muy resolutivas. Lo único que no veo claro es si para el cálculo de la base reguladora de la pensión de jubilación, actualmente se puede calcular contando los últimos 27 años y desechar los 2 que sean menos favorables.
Si alguien lo sabe me haría un favor...... contestandome. Gracias
En junio del 2007 en una empresa constructora tuve un despido improcedente. A partir del 2008 se podía añadir 2 años de cotización en la Tesorería de la S. Social por un Real Decreto de crisis? Es así? Si el despido fue en junio del 2007 se puede solicitar algún beneficio a la Seguridad Social?
Extraordinarias explicaciones.
Muchísimas gracias.
Buenos días, tengo una duda, no lo he entendido, el pluriempleo no aumenta tiempo de cotización, pero, ¿influye en la base reguladora? ¿Se suman salarios?
Un video por favor, como puedo saber la fecha de mi jubilacion, yo pregunte al inss me dieron una fecha erronea y en la pagina la misma y cuando presento mi jubilación en esta fecha me jubilan involuntariamente con 23 años cotizados con solo 6 meses de retroactividad. Ni la seguridad social haciendome gestiones se supueron la fecha real de mi jubilación
muy instructivo. Me gustaría saber como influyen los hijos a efectos de integrar lagunas de cotización y brecha de género. Si pueden aplicarse estos conceptos de modo independiente al padre/madre. La cuestión es que mi primer hijo cubre una laguna mía y el segundo de mi mujer, pero a mi no me computa mi primer hijo por brecha de género. Gracias
Me moriré antes para que preocuparse, esto está perdido ya...
Que hombre mas inteligente.
Gran información 👀👀👍👍
Gracias por la información
Muy bien explicado la verdad, pero que hace un señ@r subido en un camion a 2 metros de altura amarrando una estructura con 67 años, pero es que no hay sindicato que defienda esto??
Los sindicatos se convirtieron al servicio de la patronal y el estado desde que empezaron a recibir dinero publico
@@mariajeriva5690
Ya lo sabemos todos, lo triste es que lo estamos viendo y no hacemos nada, país de ......
Y en una fábrica un andamio de vigilante.lo mismo
Ahora la siempre divina ministra de trabajo ha puesto sobre la mesa la reducción de la jornada laboral, como si eso nos fuese a arreglar la vida.
Al menos yo, preferiría trabajar un poco más cuando tengo energía y salud para hacerlo y después jubilarme un poco antes. Porque de qué me sirve trabajar 35 horas semanales si voy a tener que estar al pie del cañón hasta los 70.... 😠
Ellos subiendose sus sueldos cuando les viene en gana.. y alargando nuestras jubilaciones de igual manera... Ke nuestra vida sea simplemente trabajar hasta la edad de morirnos directamente...
Hola👋🏻 He cotizado años en dos regímenes diferentes (Cuenta ajena y autónoma) aunque no simultáneamente ¿Se suman esos años de cara a la jubilación? ...o tengo que acumular años para cobrar de cada régimen por separado. Muchas gracias y enhorabuena por el canal!👌🏻🌹
Entonces si no cotizá 38 cobras 800 euros y si has cotizado menos de 15 años cobras 570 euros que gran estímulo para trabajar 😢😢 esto para los plebes y para (elegidos que se supone que cuidan los ciudadanos y velan por sus intereses como dicen ellos con letras grandes se van ha jubilar después de 4 años solo de trabajo ) Que democracia tan GRANDE
Puede haber gente que no haya tenido la suerte de haber trabajado tantos años pq en su comunidad escasea como es el caso de la mía. Y ahora diras pues vete a otra comunidad, como si tofo fuera tan facil...
Cuánto cobrarías por 4 años cotizados ? Estoy leyendo los comentarios - gracias
Y si trabajo 15 años y me queda lo mismo que quien no ja trabajado nada, es justo??
@@pilarlopezmartin6415si has cotizado 15 años cobrarás si o si, si no has cotizado solo cobrarás segun lo que cobren tus familiares que vivan en tu casa , osea nada
@@palopiti nada
tengo 56 años, me acogí a un ERE en Ago 2019, y acúmulo 31 años y 7 meses cotizados, mi pregunta es si me puedo jubilar a los 63 años, hacen falta 33 años cotizados, me contarían como cotizaciones a la sombra esos 4 años que anticipo la JAI? Muchas gracias
Buen resumen, saludos
Muchas gracias❤
Hola...super aclarado....
Te puedo hacer una pregunta. Yo he trabajado en varias actividades laborales durante seis años y posteriormente aprobé una oposición de maestro. Llevo 20 años de maestro. Tengo 44 años y mi intención es jubilarme lo antes posible. Cual sería mi edad de jubilación mínima. Es decir, podría jubilarme a los 60-65....gracias por tu canal divulgativo
Cuando cumpla 58 años tendré 38.5 años cotizados,si dejo de cotizar,tendré derecho a cobrar el 100% a las 65 años ?
Gracias
Muchas gracias, muy bien explicado.
Y alguien sabe decirme… cuando tenga 60 años tendré 37 años trabajados…puedo esperar a la edad que me corresponda sin trabajar para cobrar la pensión que me corresponda? Es claro q esos 6-7 años tendré q vivir de mis ahorros hasta q me paguen mi pensión? Q hay q tener en cuenta en el supuesto q planteo? Gracias
Gracias por este video tan bien explicado..y,puffff,no tengo la mas minima gana de seguir trabajando...no m extraña la cantidad de bajas a los 60y pico....total,vas a cobrar lo mismo
Muchas Gracias
Buena información, muchas gracias.
Hola tengo 65 años 5 meses y estoy en incapacidad permanente absoluta desde 2004. Solo he cotizado algo más de 27 años. Con que edad pasó a pasar a situación de jubilacion por edad?. Gracias de antemano y saludos
buenas noches, tengo 69 años y sigo trabajando en la actualidad con contrato fijo desde hace 24 años cotizando todos estos años. tengo conocimiento que si extendía mi jubilación me corresponderia un porcentaje por año, osea que si debi haberme jubilado a los 65 o 67 años, es posible que me corresponda un importe adicional a mi liquidación final?
Muy interesante el video Ignacio. Lo que no me ha quedado claro del todo es, que los años trabajados a media jornada a la hora de la jubilación se contabilice como completa.
Como bien dices, en la vida laboral aparece contabilizado como años de cotización a jornada completa y si lo haces a menor tiempo de la jornada completa, se reduce el tiempo cotizado en proporción, a pesar de q cotices un año entero.
Me parece acertado que se haya cambiado, ya que en el gremio de la enseñanza puedes tardar años en obtener un contrato a jornada completa durante todo el curso cuando eres eventual y estás en listas. Evidentenente ésto afecta al tiempo cotizado e imposibilita a muchos plantearse la prejubilación.
Lo que me gustaría saber es si tengo que ir presencialmente a la INSS para que me hagan el cálculo exacto, ya que en la vida laboral dices que no aplican el cambio.
En el simulador de jubilación te sale recalculado.
¿Entonces se pueden sumar las cotizaciones de España y Alemania y poder jubilarme con 9 años en España y 6 años en Alemania y tener los 15 años y pedir la jubilación en régimen Comunitario gracias un saludo desde Barcelona gracias
Sería posible una tabla con los años cotizados desde 15 hasta 35 años?. Gracias por tu labor.
15 años, 50%...siguientes 49 meses se suma un 0,21%...y a partir de ahí, 0,19%, en resumen para dejartelo mascado... 35 años, te corresponde un 96,56%...
buenas tardes y muchas gracias por tus videos porque son de mucha utilidad .quisiera preguntarte si tienes alguna prevision de cuando pondran en el simulador de jubilacion el doble calculo porque para los que nos jubilaremos en el 2031 seria muy importante saberlo.gracias y un saludo
Hola y feliciddes por el canal, en mi caso tengo cotizdos 17 años del 84 al 2001, tengo derecho a la minima ? lo digo por el tema de las lagunas de cotizacion, despues tengo diez años cotizados afuera en un pais con convenio. gracias
Una persona que se ha visto afectada por un ere en el COVID, año 2021, y que se jubile a los 63 años, habiendo cotizado 37 años, se le suma la cotización a la sombra? Y esto le hace que a efectos de jubilación se le compute la edad de 65 años,?
Mi mujer tiene 15 años cotizados pero no están dentro de los 15 últimos. Se puede coger al derecho a la integración de lagunas ?
lo de 2dias cotizados eso habria que mirarlo con abogados (para el calculo de la pension) hay gente que ha ganado juicios con eso ya que si cobran de 2 veces por dia tienen que sumar 2 veces por dia
(la seguridad social dice que suma y divide por 2 pero eso no lo hace a la hora de cobrar la seguridad social que cobra los 2)
Te quería preguntar una inquietud que yo tengo mi marido cuando tenga 63 años y los 40 años cotizados si la empresa le lleva al paro como contabiliza la pension muchas gracias tengo tu libro pero no lo se ver gracias.
la cotización durante los dos años de paro será la media de los seis últimos meses de cotización, que te conste en la nómina...respecto a cotización no perderá nada...sólo perderá sueldo...durante esos dos años...
Sería interesante que hicieras un video (pienso que es algo que afecta a muchas personas y no hay información sobre ello), en el que, una persona que esté cobrando el subsidio para mayores de 52 años y tenga un plan de pensiones, o una EPSV (País Vasco), como afecta al subsidio en caso de tener que rescatarla a modo de pequeños pagos mensuales, ya que repercute en el IRPF al ser rentas de trabajo, y ninguno de ellos, (Subsidio y Plan de pensiones/EPSV), tiene retenciones. Así como hay personas que lo están pasando realmente mal y piensan que al cobrarla se extinguiría el subsidio, y con el la cotización para la jubilación, al no saber que según la sentencia 65/2016 del TS pueden hacerlo ya que no se considera incremento patrimonial.
Un saludo.
Hay que separar la normativa de la AEAT y la normativa del SEPE. Fiscalmente, el rescate de un PP tributa como rendimiento de trabajo, pero a efectos del SEPE solamente repercute en lo relativo a cumplir el requisito de carencia de rentas, la plusvalía o rendimiento que ese plan haya generado. Si se rescata un PP, hay que dividir entre 12 ese rendimiento o plusvalía (NO la totalidad del plan, puesto que , como dice el TS, las cantidades aportadas al plan ya formaban parte del patrimonio del interesado). La entidad gestora del PP debe emitir un certificado al interesado en el momento de rescatar el plan, indicando claramente, qué se ha aportado y qué beneficio/rentabilidad se ha obtenido. Si el resultado de esa división NO supera el límite actual de rentas brutas mensuales, no supone estar en un supuesto de suspensión del subsidio; por tanto, no hay obligación de informar al SEPE.( se entiende que no tiene ningún ingreso o renta más, o aun teniéndolo, tampoco supera dicho límite). Si el rescate se hiciera no en forma de pago único sino en forma de pago mensual, dicha cantidad mensual bruta tampoco implicaría un supuesto de suspensión si es inferior al límite actual de rentas. Finalmente, si el beneficio del plan al rescatarlo en su totalidad superara el límite, el SEPE suspenderá el subsidio un mes (junto a la cotización de ese mes) y al mes siguiente, habrá que aplicar el interés explícito o presunto de esa cantidad, para saber si se sigue superando el límite mensual de rentas o no. Recuerden que una vez se comunique una situación que suponga la suspensión del subsidio y ésta se haga efectiva, debe ser el propio interesado el que solicite la reactivación del mismo al mes siguiente. Por último, si el incumplimiento del requisito mensual de rentas se prolonga más de doce meses consecutivos, se extingue el subsidio.
@@hellawaits9396 👏🏻👏🏻Se refleja en tus respuestas que eres profesional 😉
@@resol-td1oz De éso nada. Soy un perceptor más de este subsidio que, por desgracia como tantos, tiene mucho tiempo para intentar estar al corriente de toda la actualidad de este subsidio. La labor de Laborateca es importante, pero hay que ser conscientes de que no puede atender desde aquí las dudas de todos.
@@hellawaits9396 Así es, por ello digo rescatarlo a pequeños pagos mensuales, ya que al ser para Hacienda un rendimiento de trabajo y carecer de retención sería un pago importante el que tendría que hacer el perceptor, y efectivamente, el SEPE solo mira lo que le haya rentado, y si esa renta supera el 75% del SMI se lo suspenderían 1 mes; tu lo has expuesto mas claro que yo, pero yo a lo que voy es que sería interesante esto que comentamos verlo en un video, ya que seguro que hay personas en esta situación y por desconocimiento lo están pasando mal y no están aprovechando esa inversión que tienen.
Muchas gracias por el comentario y espero que le sirva a la gente que lo lea, o lo vea, en caso de hacer un video y así tener una mayor difusión.
@@resol-td1oz Yo tampoco soy profesional, sino otro perceptor, como @hellawaits9396 al cual le agradezco enormemente su participación, ya que veo que el se ha sabido expresar mucho mejor que yo, solo espero que esto le haya servido a algunas personas a, dentro de lo malo, estar lo mejor posible y que no tengan al menos tantas necesidades, como se que tienen algunas personas.
Quién calcula mi pensión si tengo años trabajados en el extranjero, a quién tengo que llamar para que me haga ese cálculo?