Así los policías de tránsito del EdoMex (leer descripción)
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- Опубліковано 26 вер 2024
- Esto sucedió el domingo 6 de marzo 2016 en una de las carreteras del Estado de México cuando regresaba de comprar una sala en Lerma.
1. No se siguió el protocolo de actuación por parte de los agentes de tránsito (artículo 116).
2. La camioneta venía cargada pero nunca fuera de las dimensiones que permite el reglamento de tránsito vigente del Estado de México. (artículo 70).
3. La placa trasera se veía perfectamente, a la distancia. De hecho, la misma patrulla me rebasó por la derecha unos kilómetros antes, en el supuesto caso de que la placa estuviese obstruida, ¿por qué no me detuvieron desde ese momento?
Nos dejaron ir. Una vez más se demuestra que el videograbar es nuestra mejor arma en contra de autoridades corruptas que buscan inventar infracciones a quien se deje y a quien no conozca sus derechos. Juzguen ustedes mismos.
Ponganse buzos, compartan y haganlo viral!
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Según los agentes de tránsito, este fué el artículo que supuestamente infringí. Turbo WTF!
Artículo 56.- Quienes ejecuten obras en las vías públicas están obligados a instalar los dispositivos
auxiliares para el control de tránsito en el lugar de la obra, así como en su zona de influencia, la que nunca será inferior a 20 metros, cuando los trabajos interfieran o hagan peligrar el tránsito seguro de
peatones y vehículos.
Artículo 70. Se prohíbe la circulación de vehículos de carga cuando ésta rebase las dimensiones
laterales del mismo, sobresalga de la parte posterior en más de un metro, dificulte la estabilidad o
conducción del vehículo, estorbe la visibilidad lateral del conductor, se derrame o esparza la carga en
la vía pública, oculte las luces y placas del vehículo, no se encuentre debidamente cubierta
tratándose de materiales a granel y no esté debidamente sujeta con los amarres necesarios.
Los vehículos que transporten perecederos o sustancias tóxicas o peligrosas no pueden ser remitidos
al depósito por violación a lo establecido en el presente Reglamento. En todo caso, el agente debe
entregar el documento de la infracción correspondiente y retener la tarjeta de circulación, la licencia
del conductor o la placa de matrícula del vehículo, únicamente cuando no sea posible realizar el pago
inmediato, permitiendo que el vehículo continúe su marcha.
Artículo 116. Los agentes de tránsito, en el caso de que los conductores contravengan alguna de las
disposiciones de este reglamento, deberán proceder en la forma siguiente:
I. Indicar al conductor, en forma ostensible, que debe detener la marcha del vehículo y estacionarlo
en algún lugar en donde no obstaculice el tránsito;
II. Identificarse con nombre y número de placa;
III. Señalar al conductor la infracción que ha cometido, mostrando el artículo infringido en el
presente reglamento, así como la sanción a que se hace acreedor;
IV. Indicar al conductor que muestre su licencia y/o permiso para conducir vehículos, tarjeta de
identificación personal para operadores de transporte público, tarjeta de circulación, y en su caso
permiso de ruta de transporte de carga riesgosa;
V. Una vez efectuada la revisión de los documentos y de la situación en la que se encuentra el
vehículo, si éstos están en orden, el agente procederá a la formulación del documento impreso por la
terminal electrónica en el que consten la infracción y la sanción que el agente de tránsito expida.
Para el caso de infracciones detectadas a través de la información obtenida con equipos y sistemas
tecnológicos de Seguridad Pública, se estará a lo dispuesto en este Reglamento.
VI. Derogada.
VII. Desde la identificación del agente de tránsito hasta la expedición de la infracción, se de berá
proceder sin interrupción.
Las autoridades de tránsito se abstendrán de retener la tarjeta de circulación del vehículo con el que
se cometa una infracción, la licencia del conductor y la placa de matriculación del vehículo, salvo los
casos previstos por el artículo 8.19 fracción II del Código Administrativo del Estado de México y las
demás disposiciones relativas.
muchos pendejos opinan y atacan al conductor por sertirse "prepotente" cuando lo que hizo fue un ejemplo de como aunque no sepamos al 100% los reglamentos, debemos saber deferdernos de corruptos tan grandes como los transitos del estado de mexico, bien por ti!!! por cierto, SOLO pueden retener tu documentación o placa (siempre es la placa) cuando TU no te encuentras presente para pagar la multa
el desconocimiento de la ley no te exime de la falta, como lo dice la oficial todos debemos conocer el reglameto los agentes de tránsito no son escuelas ambulantes no mamen ponganse a leer y sean pederos a lo.pendejo
+julian bolanos 78?????? no mames , pobre pendejo no sabe ni madres, bueno americanista y chaquetin!!!!
Gilberto Andrade errror de dedo camarada,.
julian bolanos sale pues camarada, suerte!
julian bolanos jajaja pinche chaquetin, te sentiste?? Sorry pero... Eres un chaquetin, ahi nos vemos , sigue con tu aficion al futbol, felicidades!! Eres un triunfador (pobre pendejo)
que la detención no era x traer la placa tapada y después le sale con q exeso de carga
q ineptitud deberás!
diganme mejor con que celular grabaron? graba chingon!
iPhone 6, saludos!
estan más chidos sus lentes son inteligentes se colocan solos smart glasses
+Aleks Cabrera. Buenísimo !
ahuevo yo pensé lo mismo jajaja
jaja
Me sorprende la ignorancia de muchos de los comentarios, ya que demasiados tachan de "burro" al señor , cuando él hizo algo que estuvo correcto. Veo que les hace falta informarse como es debido.
Hizo lo que pocas personas saben hacer bien. Y chicos no es "prepotencia" o "ignorancia" por parte del señor, es que él sí sabe valer sus derechos y responsabilidades de manera correcta.
+Sebastian Hernandez jaja hablas de educación e ignorancia pero si ni escribir sabes, no seas incoherente si vas a comentar algo así y no sabes escribir busca diccionario (espero sepas lo que es) y ya después podrás comentar sobre vencer la ignorancia sin demostrar que aún tu no logras eso.
+Sebastian Hernandez jaja wow me siento muy ofendido se ve que ti cabeza no da para argumentos y sólo tienes que utilizar insultos, eres muy inteligente y soy lo que quieras para que no te sientas mal en tu pequeño mundo ignorante y en tu mente con iq de 20 espero sepas que es iq si no te lo explico aunque quizá no entiendas.
Sebastian Hernandez tienes razón soy ignorante, por que cada vez que aprendo una cosa parecen más y me doy cuenta lo pequeño que soy al ver que hay muchas cosas por descubrir.
NO INVENTES, UN IGNORANTE DEFENDIENDO A OTRO QUE HACE PÚBLICA SU IGNORANCIA, REVISA EL REGLAMENTO, ARTÍCULO 27 SEGUNDO PÁRRAFO Y EL 90 FRACCIÓN XVIII, NO ES CORRUPCIÓN, ES FALTA DE CONOCIMIENTO, LÁSTIMA QUE LA OFICIAL DESCONOCE SU TRABAJO, DE LO CONTRARIO, CON EL LIBRITO QUE TRAÍA EN SUS MANOS HUBIERA TRABADO AL CONDUCTOR.NOS FALTA LEER Y CONOCER NUESTRAS LEYES Y REGLAMENTOS
Los policias están obligados a señalar en su reglamento el articulo que se ha violado, ademas de mostrar la tabla de sanciones con los montos a pagar. Tu también tienes que leer mi Rober, ponte verga, si no se los pides te van a engañar.
00:19 el turn down for what más rápido que he visto
Jajajaja
+EyE SL jajajaja es que es chida
jajajajajajajaja 😂
ja ja ja ja ja ja ja ja ja
😂😂😂😂😂😂😂😂😂😂😂😂😂😂😂
tenía todo para ganar el oficial pero no puedo por qué desconoce la ley y por la flojera de no leer el reglamento que mal están los oficiales y pues que bien por el señor que se supo defender y la libro
La corrupción en el Estado de México COMIENZA DESDE LOS MANDOS, ya que son LOS SUPERIORES los que les EXIGEN a los policías de tránsito CUMPLIR con sus CUOTAS.
+kalikrates71 y aqui quien esta hablando de corrupcion''¿¡
ViralesMundiales En efecto, pero hay gente como julian que aunque se lo muestres son incrédulos o tal vez participan en dicha corrupción.
coahuila tijuana no.mamames we
REVISA EL REGLAMENTO, ARTÍCULO 27 SEGUNDO PÁRRAFO Y EL 90 FRACCIÓN XVIII, NO ES CORRUPCIÓN, ES FALTA DE CONOCIMIENTO, LÁSTIMA QUE LA OFICIAL DESCONOCE SU TRABAJO, DE LO CONTRARIO, CON EL LIBRITO QUE TRAÍA EN SUS MANOS HUBIERA TRABADO AL CONDUCTOR.NOS FALTA LEER Y CONOCER NUESTRAS LEYES Y REGLAMENTOS
+Roberto Castaneda bien dicho
Artículo 70.- Se prohíbe la circulación de vehículos de carga cuando ésta rebase las dimensiones
laterales del mismo, sobresalga de la parte posterior en más de un metro, dificulte la estabilidad o
conducción del vehículo, estorbe la visibilidad lateral del conductor, se derrame o esparza la carga en
la vía pública, oculte las luces y placas del vehículo, no se encuentre debidamente cubierta
tratándose de materiales a granel y no esté debidamente sujeta con los amarres necesarios.
Juan Perez simplemente sobresalía, y no era más de un metro...
estas en lo cierto...la rampa...se caera...y podra un accidente...y matar gentes
si no indica el artículo de la infracción, ni si quiera se le deben de mostrar los documentos!!!
de que estoy enfermo Doctor???Usted firme el consentimiento para operarlo,hay luego busco en mi libro de medicina de que lo voy a curar,jajajaja
Excelente tu postura, que bien que te defendiste correctamente de estos ladrones con licencia.
Si lo dejaron ir fue porque no había motivo real de la detención y porque su procedimiento tuvo errores desde el principio.
La oficial de transito no supo argumentar su función, ni sabe los artículos para justificar una multa. que mal por ella.
Bien por el ciudadano que no se dejo intimidar, supo exigir su derecho correctamente.
que buena está la definición de la camara. qué celular es?
iPhone 6, saludos!
+Andres Castro que buena esta la vieja de donde es?
+maximus decimus Morelos
+Andres Castro jaja lo mismo pense
+Aleks Cabrera mi J5 graba así ...
Yo lo único que quiero saber es con que cámara grabaste? Porque la verdad está muy chingona la calidad
hay casos donde los policías te remiten al MP argumentando falsificación de documentos (licencia y tarjeta) por eso no los aflojen.
El articulo que habla sobre las dimensiones del vehículo es el
Artículo 70.- Se prohíbe la circulación de vehículos de carga cuando ésta rebase las dimensiones laterales del mismo, SOBRESALGA LA PARTE POSTERIOR EN MAS DE UN METRO, dificulte la estabilidad o conducción del vehículo, estorbe la visibilidad lateral del conductor, se derrame o esparza la carga en la vía pública, oculte las luces y placas del vehículo, no se encuentre debidamente cubierta tratándose de materiales a granel y no esté debidamente sujeta con los amarres necesarios.
sabiendo esto, la tapa trasera de una Tornado no llega a esa medida por lo tanto no lo pueden infraccionar, bien por ti amigo no hay que dejarse
No sean Güeyes !!
ARTICULO 16. NADIE PUEDE SER MOLESTADO EN SU PERSONA, FAMILIA, DOMICILIO, PAPELES O POSESIONES, SINO EN VIRTUD DE MANDAMIENTO ESCRITO DE LA AUTORIDAD COMPETENTE, QUE FUNDE Y MOTIVE LA CAUSA LEGAL DEL PROCEDIMIENTO.
TODA PERSONA TIENE DERECHO A LA PROTECCION DE SUS DATOS PERSONALES, AL ACCESO, RECTIFICACION Y CANCELACION DE LOS MISMOS, ASI COMO A MANIFESTAR SU OPOSICION, EN LOS TERMINOS QUE FIJE LA LEY, LA CUAL ESTABLECERA LOS SUPUESTOS DE EXCEPCION A LOS PRINCIPIOS QUE RIJAN EL TRATAMIENTO DE DATOS, POR RAZONES DE SEGURIDAD NACIONAL, DISPOSICIONES DE ORDEN PUBLICO, SEGURIDAD Y SALUD PUBLICAS O PARA PROTEGER LOS DERECHOS DE TERCEROS
Yo no se para que tanta chachara desde un principio yo me los quito de encima.
Toda acción judicial debe estar fundada y motivada , abusados cabrones.
Gracias por exponer LA INGNORANCIA Y POCO PROFESIONALISMO de nuestros servidores públicos y por compartir la forma en que podemos defendernos.
Esta jodida la situación entre "autoridades" que no conocen su reglamento de tránsito, el conductor tampoco sabe ni conoce sus derechos y su obligación, el hecho de que traiga exceso de carga y traiga abierta la cajuela, que es de alto riesgo dentro de la vía con esa actitud de los dos que se nota que no saben, ni a donde llegar, peor aún creer que es muy buen conductor por que pudo con la policía de tránsito nefastos los dos.
+ishabelyzury Justamente porque los conozco es que no me deje.
Le dejo el artículo que ellos debían haber fundamentado.
"Artículo 70.- Se prohíbe la circulación de vehículos de carga cuando ésta rebase las dimensiones laterales del mismo (AL FINAL DEL VIDEO SE VE POR EL ESPEJO QUE LA VISIBILIDAD HACIA LA PARTE POSTERIOR ES CLARA), sobresalga de la parte posterior en más de un metro (LA TAPA ABIERTA MIDE 60 CM), dificulte la estabilidad o conducción del vehículo, (LA CARGA NO REBASABA MÁS DE 60 CM SOBRE EL TOLDO) estorbe la visibilidad lateral del conductor (AL FINAL DEL VIDEO SE VE POR EL ESPEJO QUE LA VISIBILIDAD HACIA LA PARTE POSTERIOR ES CLARA), se derrame o esparza la carga en la vía pública, oculte las luces y placas del vehículo (LA PLACA AÚN CON LA TAPA ABIERTA ERA PERFECTAMENTE VISIBLE), no se encuentre debidamente cubierta tratándose de materiales a granel y no esté debidamente sujeta con los amarres necesarios."
+Aleks Cabrera muy bien y encima el problema inicial era que no se veía la placa
+Aleks Cabrera viejo ridículo y payaso.
+Aleks Cabrera en eso estoy totalmente de acuerdo contigo yo trabajo en la central de abasto de la ciudad de México y los unicos que nos molestan son los agentes del estado de mexico y traigo una pick up igual a la tuya una chevrolet tornado 2008 pues como te ven con carga pues te quieren estar pidiendo mordidas solo una ves les dii pero por que me dijeron ya de plano para el refresquito joven y pues como traigo todos los papeles en regla pues ya no hacen nada
+Seguridad Privada Bueno ni como hablar de ignorancia cuando se ve que no te acuerdas de tus clases de español /:
El desconocimiento de la ley no exime su cumplimiento
Castillo10 Ok Arne
Castillo10 eso lo escribes refiriendote a la policia, verdad?
No muestras en tu video si tu placa esta visible o no, en caso de no estarlo si es una falta al reglamento, y si tu carga ecxede las dimensiones del vehiculo tambien es falta al reglamento... Si bien el oficial debe conocer con certeza el reglamento, tu estas obligado a cumplirlo. Evadir una infraccion haciendote pasar por conocedor de la ley no te convierte en ciudadano ideal. Mal los oficiales y mal tu.
+Irvin Edgardo Vera Guadarrama pero mas mas el,,,, los ooficiales le dijeron lo que estaba mal,, al buen entendedor pocas palabras, y segun este señor se las sabe de todas todas,
+Irvin Edgardo Vera Guadarrama Si mexico esta mal por policias corruptos, asi esta mas mal con gente como este ciudadano que se la da de muy conocedor. Entrega los putos papeles y se acabo el problema. Digo que si hiciste la infraccion de tapar la placa con la carga que traia pues que asuma las consecuencias!! #MeDuelesMexico #PorEsoVivoEnUSA
La policía del Edo. México de las tres mas corruptas de México.
0:18 El primer turn down for what sin edición que e visto
Burro contra burra iguales los dos no serán carnales
+David Medina SI DAVID estan bien pendejos los dos pero este baboso se pone pendejo y nisiquiera sabe sus obligaciones como conductor debes entregar tus documentos pero no significa que te los vayan a retener
jaja
+alan vargas Tengan en cuenta que al entregarle sus documentos la vieja le va a poner la multa,por eso queria darle el ticket awebo pero se la pelo.
+alan vargas en ningún lugar del reglamento dice q tengas mostrar tus documentos salvo q exista una orden o estés cometiendo una falta, x cierto no tener la placa visible si es una falta aunk desconozco si sea infracción
+alan vargas dbr rmtregarlas pero hasta que te enseñe su articulo por el cual se esta deteniendo y sin un motivo por asi decirlo no te pueden retener cierto tiempo no seas pendejo tu
se nota que ninguno conoce el reglamento, te recomiendo leas el artículo 27 y te lo anoto para que lo leas: Artículo 27.- Las placas de matriculación se instalarán en el lugar del vehículo destinado para ello por los fabricantes, en la parte media, de manera tal que vaya una en la parte delantera y otra en la parte posterior, excepto en los vehículos que requieran de una sola placa, en cuyo caso esta se colocará en la parte posterior. La calcomanía correspondiente deberá ser adherida en el cristal posterior y a la falta de éste, en el parabrisas, excepto en los trolebuses, vehículos de las fuerzasarmadas y vehículos con los colores, distintivos y/o de control oficial adscrito a las
corporaciones de policía o de tránsito.
Las placas se mantendrán en buen estado de conservación y libres de objetos y distintivos, de rótulos, micas opacas o dobleces que dificulten o impidan su legibilidad; en caso contrario la autoridad podrá obligar al propietario a su reposición.Y TAMBIEN AHÍ TE VA EL ARTÍCULO EN EL QUE DEBES ENTREGAR TUS DOCUMENTOS artículo 90 fracción XVIII. En caso de infracción hacer entrega a los agentes de tránsito que lo soliciten de la licencia y/o permiso para conducir vehículos, de la tarjeta de identificación personal para operadores de transporte público, de la tarjeta de circulación y, en su caso de la placa para que procedan a la formulación de la boleta correspondiente.
Aquí en España, solamente por no haberle mostrado la documentación del vehículo y permiso de conducir ya te hubieran arrestado, por cierto, una actitud muy mala la del conductor, no coopera nada con la agente.
por lo que entendi si dice algo de entregar cuando eres de otro lugar, pero cuando te muestren la infracción o la falta que cometiste.
la policia solo queria sacar para sus chicles ya que por estar masticando chicle no 0udo encontrar el articulo que le pidio el conductor, felicidades amigo bien hecho!! 👌👍👍
no es posible que ese tipo de policias nos esten cuidando, no saben los articulos, entonces como llenaria la boleta de infraccion. buen video. saludos..
NO estoy seguro porque no se ve como va la carga de tu vehículo pero el articulo 70 del reglamento de transito del estado de mexico dice:
Artículo 70.- Se prohibe la circulación de vehículos de carga cuando ésta rebase las dimensiones
laterales del mismo, sobresalga de la parte posterior en más de un metro, dificulte la estabilidad o
conducción del vehículo, estorbe la visibilidad lateral del conductor, se derrame o esparza la carga en
la vía pública, oculte las luces y placas del vehículo, no se encuentre debidamente cubierta
tratándose de materiales a granel y no esté debidamente sujeta con los amarres necesarios.
Los vehículos que transporten perecederos o sustancias tóxicas o peligrosas no pueden ser remitidos
al depósito por violación a lo establecido en el presente Reglamento. En todo caso, el agente debe
entregar el documento de la infracción correspondiente y retener la tarjeta de circulación, la licencia
del conductor o la placa de matrícula del vehículo, únicamente cuando no sea posible realizar el pago
inmediato, permitiendo que el vehículo continúe su marcha.
A mi parecer a partir del minuto 15:05 se ve que tu carga efectivamente REBASA los limites laterales. La desgracia es que ellos no conocen el reglamento ni tienen a la mano las facilidades de un buscador digital.
Pero de hecho estas leyendo en el 126 que se deben entregar los documentos una vez que se te haya informado del artículo infringido, no te están mostrando tal artículo, por eso no procede la infracción no por que hayan qurido quitarte los documentos eso es muy diferente
+RichardMarch5!! Ok solo tu te entendiste.
m16pig
Ese amigo mio, ese es el problema, creo que deberíamos tener cierta cultura para leer respetar el reglamento, aquí vemos la triste ignorancia del elemento policiaco y una infracción de tránsito que queda impune. :/
+m16pig
Los demas si le comprendimos, solo personas con un reducido cerebro como el tuyo no, hay que explicarte con manzanitas!
+RichardMarch5!! el articulo 126 menciona que te regresen tus documentos una vez hecha la infracción que cometiste y al ser de fuera te retienen ya sea placa licencia o tarjeta de circulación y teregresan el resto de los documentos, esto para garantizar que pagaras. pero antes de todo primero va así: te detiene y se identifica te dice que articulo infringiste le muestras tus documentos para ver que estén al día y levanta la infracción no tiene por que tomarlos con sus manos en ningún momento. en este caso los oficiales del estado de México como siempre se quieren pasar de vivos para extorsionar con la típica mordida y se inventan cosas que no vienen en el reglamento
Solo por Trollear
pero cometió la infracción, no hay excusa, en verdad que lamento la ignorancia de los elementos policiacos pero esa multa se debió levantar, el ciudadano por su parte sabe que está cometiendo la infracción (Él dice: sé cómo traigo la cajuela) sin embargo se escuda en la ignorancia de los oficiales para librarse de la multa, en dónde queda entonces la aplicación de la ley? esa es una vil manipulación del reglamento a conveniencia.
Te tenia que quitar la tarjeta de circulación, la placa o licencia para garantizar el pago de la infracción. Por eso quería que se los dieras. Por otro lado, la oficial no sabía, aparentemente, por qué iba a infraccionar. En fin.
iguales A Los policías de aquí de Colombia ... No saben De absolutamente Nada De código de circulación ni Transito Y Aún Así llevan una placa y andan repartiendo Comparendos A diestra y siniestra , Solo Por que ellos Lo Quieren Y Ya !!
Fácil y rápido, si se quieren evitar este tipo de problemas con reglamentos de tránsito pedorros de cualquier entidad.
ARTICULO 16 CONSTITUCIONAL: NADIE PUEDE SER MOLESTADO EN SU PERSONA, FAMILIA, DOMICILIO, PAPELES O POSESIONES, SINO EN VIRTUD DE MANDAMIENTO ESCRITO DE LA AUTORIDAD COMPETENTE, QUE FUNDE Y MOTIVE LA CAUSA LEGAL DEL PROCEDIMIENTO.
OJO: ninguna ley, código o reglamento, están por encima de la constitución.
me desespera su pinche chicle!!!
jejeje se puso nerviosa y no paraba con el chicle.
Andrea Reyesvel parecía vaca
si tienes razón jajajaja
si la verdad si desespera
tu vídeo es estúpido descubres a lo.ignorante tu te debes saber también tu reglamento de transito como conductor en e el artículo 163 de transito Federal te lo dice ignorante
Tienes razón Aleks Cabrera, no fue el Articulo 56 fue el 70 del reglamento de transito Capitulo IV de las reglas generales para el transito de vehículos en el cual dice lo siguiente
Se prohíbe la circulación de vehículos de carga cuando ésta rebase las dimensiones
laterales del mismo, sobresalga de la parte posterior en más de un metro, dificulte la estabilidad o
conducción del vehículo, estorbe la visibilidad lateral del conductor, se derrame o esparza la carga en
la vía pública, oculte las luces y placas del vehículo, no se encuentre debidamente cubierta
tratándose de materiales a granel y no esté debidamente sujeta con los amarres necesarios.
Los vehículos que transporten perecederos o sustancias tóxicas o peligrosas no pueden ser remitidos
al depósito por violación a lo establecido en el presente Reglamento. En todo caso, el agente debe
entregar el documento de la infracción correspondiente y retener la tarjeta de circulación, la licencia
del conductor o la placa de matrícula del vehículo, únicamente cuando no sea posible realizar el pago
inmediato, permitiendo que el vehículo continúe su marcha.
Tomando en cuenta que uno solo es espectador y nunca haces una toma de la unidad para ver si efectivamente infringiste este articulo solo dejas a criterio de 50 y 50,aunque con la mala fama que se cargan los agentes de transito yo diría que tienes ventaja, y asi como se exige hacer valer la ley tambien hay que respetarla y saber asumir las concecuencias cuando uno comete una falta,un saludo
+Dani Dav El articulo indica como tu dices cuando la carga impida tener lectura de la placa, ahora bien el circular con la tapa en posición horizontal no lo hac, ya que todas las pick ups están diseñadas para circular de esta manera sin bloquear la visibilidad de la misma, el mismo fabricante te invita así emplearla hasta con la colocación de aditamentos que aumentan la capacidad de volumen de carga, mismo diseño que fue aprobado por las normas NOM-041 y NOM-042
Muy buen comentario, eso es clave en todo este asunto, la agente "trata" de encontrar un articulo donde diga que es infracción traer la "cajuela abierta". Cuando el conductor al principio le pregunta cual es la infracción, la agente contesta "estamos chocando su carga, esa es el motivo por el cual se le molesta."
No supo el delito que cometio? por más que hojea el código no hay artículo que lo sancione!
Por eso hay que traer siempre ya sea en físico o virtual un reglamento de tránsito para poder fundamentar lo que los policías dicen, si están en lo correcto pues más que bien y si no se puede hacer el reporte correspondiente en contra de por incapacitación
No es obligación del oficial mostrarle el reglamento de tránsito, como usuario de un vehículo es obligación de usted contar con un reglamento de tránsito (el desconocimiento de la ley no exime su cumplimiento), lo que si debe explicar el oficial es el artículo que se está violando y el contenido de dicho artículo
Ese Fedelobo es un desmadre!!! 😂😂😂
bien hecho por estos ciudadanos actuaron exactamente como debe ser haciendo valer sus derechos, en todas las entidades federativas o estados que es lo mismo, deben los agentes de transito identificarse y mostrar en el reglamento el articulo infringido, además es anticonstitucional actuar asi pues el articulo 16 de nuestra carta magna o constitución dice ,QUE NADIE PUEDE SER MOLESTADO EN SU PERSONA, FAMILIA, DOMICILIO,PAPELES O POSECIONES,SINO EN VIRTUD DE MANDAMIENTO ESCRITO DE LA AUTORIDAD COMPETENTE, QUE FUNDE Y MOTIVE LA CAUSA LEGAL DEL PROCEDIMIENTO. También en todos los reglamentos de transito de cada estado siempre hay un articulo donde dice que ningún agente de transito puede detener a ningún automovilista si no se ha cometido ninguna infraccion y también que esta prohibido pedir los documentos por parte de ellos ,todo esto esta basado en el articulo 16 constitucional que esta por encima de las constituciones locales o estatales y por mucho esta por encima de los reglamentos de transito.ABUSADOS NO SE AMEDENTREN
El Necio y la Chilindrina.
Sorprendente la falta de preparación de los oficiales y la total ignorancia del reglamento,el articulo violado fue el 70,pero como no pudo fundar ni motivar la infracción,no le quedó otra más que dejarlo ir,bien por el conductor que puso a la oficial a leer un poco y que mal por la oficial que no supo qué artículo invocar.
"Ya se lo estoy haciendo sabedor" jajajajaja
también me cague de risa con eso jajaja
Como no conoces bien las palabras the burlas, que Tonto eres.
se lo estamos haciendo sabedor en bes de se lo estamos asiendo saber
the burlas ? Oh, que bien rectificas.
+Erick Avalos tocayo te ries de como hablan y tu q onda con tu ortografia
Articulo 56.- Quienes ejecuten obras en las vías públicas están obligados a
instalar los dispositivos auxiliares para el control de tránsito en el lugar de la obra,
así como en su zona de influencia, la que nunca será inferior a 20 metros, cuando
los trabajos interfieran o hagan peligrar el tránsito seguro de peatones y vehículos.
Traer la placa sin visibilidad es infracción, no hacer uso correcto del vehículo si esta extendiéndose de las dimensiones permitidas es infracción, la oficial tan fácil era mostrar su maldito reglamento y lo hizo hasta que se le dio la gana. Te falta carácter oficial y mucha ética que deshonestos me parecen los dos oficiales.
ESTO FUE DOCUMENTADO EN EL ESTADO DE MEDICO, A UNOS MINUTOS DEL POBLADO DE SANTIAGO TIANGUISTENCO.
PARECE SER EL BULEVAR "HANK GONZALEZ" PERTENECIENTE A TIANGUISTENCO.
Pero si te mostro el artículo que hablaba sobre tu carga riesgosa, hubiera sido más creíble si nos hubieras mostrado que es lo que llevabas y que efectivamente tu placa si era visible
PERMITEME FELICITARTE ALEKS, LO MANEJASTE MUY BIEN Y CON RESPETO. ES OBLIGACIÓN DE LOS OFICIALES, IDENTIFICARSE "AMABLEMENTE" CON SU NOMBRE Y NUMERO DE PLACA, LA CUAL NO MENCIONÓ Y POR SUPUESTO INDICAR EL ARGUMENTO LEGAL QUE JUSTIFICA LA INFRACCIÓN, EN ESTE CASO EL ARTICULO CORRESPONDIENTE.
NO PODEMOS EXIGIR A NUESTROS GOBERNANTES RESPETO A NUESTROS DERECHOS, SI NO LOS CONOCEMOS.
POR DESGRACIA, ESTOS APERENTES REPRESENTANTES DE LA AUTORIDAD, PORQUE NO SON LA LEY, ESTAN TAN ACOSTUMBRADOS A TRATAR CON PAISANOS QUE COLABORAN CON LA CORRUPCIÓN OFRECIENDOLES DINERO, QUE YA NI SIQUIERA SE OCUPAN DE CONOCER EL REGLAMENTO. TODO OFICIAL PUEDE SER DENUNCIADO JUDICIALMENTE ANTE ASUNTOS INTERNOS SI: 1 DESEA INDAGAR DE DONDE VIENES O A DONDE TE DIRIGES? 2 QUE CARGAS? 3 INFRINGIR SU PROPIO REGLAMENTO AL NO IDENTIFICARSE CORRECTAMENTE. 4 PEDIRTE QUE BAJES DE TU VEHICULO. 5 EXIGIR DOCUMENTOS CUANDO NO SE HA COMETIDO INFRACCIÓN ALGUNA. 6 DEJARTE IR SIN ENTREGARTE UNA INFRACCIÓN, HABIENDO SIDO HOSTIGADO Y CON ABUSO DE TU TIEMPO, PUES LA MISMA CONSTITUCIÓN MENCIONA QUE LA LEY DEBE SER CLARA Y EXPEDITA. Y PARA TERMINAR. NO TIENEN DERECHO ALGUNO A PEDIRTE QUE NO LOS GRABES O APAGUES TU CAMARA, LO HACEN PORQUE SABEN QUE PUEDEN SER DENUNCIADOS POR ABUSO DE AUTORIDAD Y POR ESO SON TAN MIEDOSOS Y COBARDES. SOMOS POCOS LOS MEXICANOS QUE CONOCEMOS NUESTROS DERECHOS Y AUN MENOS, LOS QUE ESTAMOS DISPUESTOS A DEFENDERLOS. TE REITERO MIS FELICITACIONES. SEÑORES! SI NO SE QUEJAN, NO QUE QUEJEN! SALUDOS
kerian pal chesco JAJAJAJAJAJA
Procedió bien el conductor. Nunca mencionó la elemento de tránsito que infracción cometió, solo le mostró los artículos donde se menciona como deben de proceder las oficiales de tránsito para levantar la infracción. De hecho la elemento no procedió como lo estipula el reglamento de tránsito vigente del Edo México. A mi parecer, procedió muy bien el conductor, nunca se negó a la infracción, solo pidió la fundamentación jurídica. A mi también ya me pasó, me detuvieron según porque no circulaba mi coche, yo iba a en la carretera que va de Xochimilco a Oaxtepec, a la altura del municipio de Juchitepec, y me querían llevar al corralon, siendo que ese municipio no entra en el programa hoy no circula y además eran policía masculinos y con uniforme negro con franjas verdes en su guerrera. Les pedí que me mostraran el reglamento y se negaban dándole vueltas al asunto, yo insistí hasta que me lo mostraron. Yo ya sabía que mi vehículo si circulaba en ese municipio y si aún procediera la infracción, lo único que podían hacer era retener la placa y levantar la infracción. Yo les dije que procedieran conforme al reglamento y uno me dice que iba a ver a su comandante y al regresar me dice que me iban a dar la atención y que dejara para el refresco. Lean el reglamento, así se evitan que los extorcionen. En este video, muy mal la actuación de la policía, dice que uno debe de saber el reglamento y ni ellos lo conocen...
esto lo haces en estados unidos y te llevas la multa de tu vida :'v
lástima de autoridad policiaca que tenemos en México
El reglamento de transito es para consulta, no para saber todos los articulos de memoria, y el mismo indica que: 1 El agente de transito se identificara con nombre y placa. 2. Te indicara en base a reglamento que articulo infringiste y a que multa es acreedora. 3.- Se solicitara al conductor del vehículo licencia y tarjeta de circulación ( o permiso de ser el caso). En ese orden. No que por lo general se brincan al ultimo.
Que celular usaron para grabar?
Oye con que celular o con que camara grabaste el video? esta muy chida la toma de imagen, porfa pasame ese dato.
iPhone 6, saludos!
+ISAIOSO Bear Force Eso no es un iphone 6, tengo uno y no graba igual, quizá sea por el ajuste automático del iso respecto a la luz que había en ese momento? Subiste el vídeo desde pc o app? Gracias..
+Javier Garza por supuesto que es iPhone y subí el video desde mac. Si lo haces desde la app de youtube sube con un máximo 720 de calidad. Saludos!
creo yo que alos policias les hacen algun tipo de examen nop? para saber cundo te pueden detener pero creo que ellos no conocen nada de eso . bueno entonces como es que son policias?
bien alex cabrera que no se deje de estos policias que ni el reglamento saben
Muy bien por ti! Asi debemos actuar todos.
Es lo malo de que los oficiales no estén bien preparados.
el reglamento de tránsito dice q el oficial se debe identificar con nombre completo y una identificación que lo identifique como autoridad competente, y al solicitar los documentos el conductor está obligado a proporcionarlos. El conductor debe permanecer en todo momento dentro del vehículo (también lo dice el reglamento) no se pueden retener documentos (licencia y/o tarjeta de circulación... Pero no importa por lo menos la obligaste a q hiciera un poquito bien su trabajo
Se supone no puedes traer tu tapa abajo, ya que hay un limite de 20 cm donde puede quedar salido el vehiculo.
Muy mal la persona que "grabo" ya que el igual deberia conocer el reglamento GENERAL! No el de la delegscion o ciudad
ella tuvo razon al decirle ke si trae una licencia es por ke save el reglamento ke la placa no deve de estar tapada.. la. neta ay ke reconocer cuando nosotros estamos mal
Exacto, el esta en lo incorrecto, se me hace algo absurdo que haya subido su video
soloveoymiro m. como tu ortografía xD
David Bautista jaja lo bueno k entendistes lo que k dije saludos...
este chofer ya se paso, el debe entregar sus documentos, no tienen que hacer perder tiempo a la agente haciendole que le muestre los articulos del reglamento de transito. Ella no le esta pidiendo mordida ni nada. EL TIPO DEBE CUMPLIR y si ella abusa debe demandarla y punto.
mm ay beces ke si se pasan pero este vato.. la cago todos savemos perfectamente ke al traer la placa tapada es por algo .. aki le doy la razon a la poli
soloveoymiro m. No sabemos si estaba tapada o no. Despues hizo el comentario de que llevaba carga excesiva.
Artículo Constitucional 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento. Artículo 7o. Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos...
se paso de vuenda onda la muchacha.. ya me doy cuenta porque otros policías se portan mal. por gente como el
A claro y por ser buena onda vas a dejar que te infraccione por algo que no cometiste, por agachones como tu los policias y transitos hacen lo que les da la gana
Alejandro Rodriguez jajaja pe dejo si yo nunca estado en mexico. Tijuana a cojer viejas nomas
vdjpepper ,com Disculpa no entendi lo que escribiste, si puedes regresarte a la escuela y despues comentas
Alejandro Rodriguez I said I've never been to Mexico I've only been to DJ to fuck with some female
Alejandro Rodriguez mi español esta mucho mejor q el ingles de tu. de ttuu precidente jajajajaja mexicanito
el Artículo que violo fue el 85 fracción II, por lo que otra vez quedó impune esta infracción. yo que el policía le decía el Artículo, no le enseñaba el reglamento por qué el sabe el reglamento y no es una cátedra y si tiene una inconformidad lo aclare ante el Juez. pero el policía ya emitió la infracción y se despidan deseándole buen día.
Las placas deben de ser visibles ,,, ya ,,,
Por su puesto la seudo oficial de transito debio de aclararle y decirle donde se estipula el supuesto exceso de cargar. Tambien que muestre donde dice que el cubrir la placa te hace acredor de una multa ( ya se que si es motivo para infraccionarlo, solo digo que debieron enseñarle donde esta la letra de esa ley )
Yo quisiera saber de que sabor era el chicle de la Poli, aparentemente se miraba que sabía bueno!
+Hernán Cortez
Sabor caca de seguro.
+lvlarihuano lvlarihuanísimo casi no les encanta...
jajajajajaja si, se ve que estaba bueno el chicloteee!! XD
SE DEVE DIRIGIR MAS O MENOS ASI. HOLA BUENOS DIAS TARDES O NOCHE SOY FULANA....SE LE DETUVO POR VIOLAR EL ART. TAL MARCADO EN REGLAMENTO TAL Y FIN
la verdad brother todo conductor deber saber los reglamentos de transito y tu no sabes la oficial tenia razon
Es correcto, los funcionarios públicos tienen la obligación de mostrarte en su reglamento de tránsito cuál fue el motivo por el cual procedieron a detenerlos.. Cuando haya sucedido eso, es obligación del conductor mostrar los documentos.... Pero mientras el oficial no te diga exactamente por qué te detuvo y te muestre su reglamento, usted no debe mostrar sus documentos ni descender del vehículo..punto
la policía habla de leyes pero no las conoce jajajaja
rampa, carga pesada, ¿ que carajo tiene que ver eso? no escuche nada sobre eso en el reglamento
IMPORTANTE
El Ejercicio de Documentación
El ejercicio del documentación que pueden llevar a cabo los ciudadanos a través de la fotografía o la filmación, es parte del derecho a la libertad de expresión, la protección cobra una especial relevancia en tiempos en donde los medios de comunicación audiovisual predomina, y cuando se trata de la actuación de servidores públicos o asuntos de interés público, este ejercicio posee un estándar de protección aún más alto.
Recomendacion 11/2014 de la CDHDF pagina 14.
Recuerden que si existe alguien que este interesado en servir a su comunidad documentando labores publicas y que están relacionadas con servidores públicos es muy recomendable que hagan una copia de esta ley o se la aprendan de memoria para poder tener mas herramientas y exigir nuestros derechos que todos los ciudadanos tenemos.
Claro que no hay que dejarse, pero en éste caso, si aplicaba la infraccion del art.70, no por la carga sino por no tener visible la placa....si la hubiese movido para ser visible, tambien la aplican diciendo que no es el lugar destinado por el fabricante.....
VERGA pinche descripción largototota mejor me pongo a leer un libro :V jajajajaja broma
lo felicito por poner en su lugar ese tipo de policias
tienen razon simplemente por tener otras placas . pero igual no puede dar los papeles de transito ya que ellos no cumplieron un articulo anterior de presentarse y decir exactamente la falta de reglamento q hacen contra la ley de transito . ya q no puede simplemente esplicarte una rason con otras palabras q no esten registradas ala orden xD solo antes de grabar leaan un poco que no cuesta
El articulo 126 dice que puede retener los documentos cuando el conductor no pueda pagar la multa. No dice que le debe dar los documentos para revisarlos. Son situaciones diferentes.
ta comiendo un chicle jajaja
¿tu en tu chamba no cagas, fumas, eructas y mascas chicle, y hasta verga?
si pero igual la policia le hace una multa sin argumento o no?
Leo Lopez bueno, pero tu tema es el chicle.
deja de defender a esa manga de policias que lo unico que hacen es sacarle plata a la gente!
jajajajaja
Hiciste bien por una sencilla razón, SI SE TRABAJA EN ALGO DEBES SABER EL REGLAMENTO DEL ÁMBITO EN EL QUE LABORAS, y ni modo, la atacaste con eso, por no saber un artículo que supuestamente debería saber, no sabía ni por donde buscar, que vergüenza. Y el policía tuvo miedo de haber sido grabado, pienso yo que quería extorsionarte y al ver la camara pensó "ya no me salió, mejor que se largue". Saludos.
Art 56. Quienes ejecuten obras en las vías públicas están obligados a instalar los dispositivos
auxiliares para el control de tránsito en el lugar de la obra......ese articulo no tiene nada que ver con lo que hiciste.
El articulo correspondiente es el Artículo 70.- Se prohíbe la circulación de vehículos de carga cuando ésta rebase las dimensiones laterales del mismo, sobresalga de la parte posterior en más de un metro, dificulte la estabilidad o
conducción del vehículo, estorbe la visibilidad lateral del conductor, se derrame o esparza la carga en
la vía pública, oculte las luces y placas del vehículo, no se encuentre debidamente cubierta
tratándose de materiales a granel y no esté debidamente sujeta con los amarres necesarios.
Los vehículos que transporten perecederos o sustancias tóxicas o peligrosas no pueden ser remitidos
al depósito por violación a lo establecido en el presente Reglamento.
En todo caso, el agente debe
entregar el documento de la infracción correspondiente y retener la tarjeta de circulación, la licencia
del conductor o la placa de matrícula del vehículo, únicamente cuando no sea posible realizar el pago
inmediato, permitiendo que el vehículo continúe su marcha.
Fuente. ces.edomex.gob.mx/sites/ces.edomex.gob.mx/files/files/marco%20juridico/06%20Reglamentos/07%20Reglamento%20de%20Tr%C3%A1nsito%20del%20Estado%20de%20M%C3%A9xico.pdf
creo que si estabas cometiendo una infracción. de igual manera no muestras en tu vídeo la parte de atrás de tu camioneta. Los policías de transito no supieron interpretar el reglamento de transito y por eso te saliste con la tuya, aunque no dudo que querían su mordida y te salvaste compañero, para la próxima si quieres que la gente del youtube te crea muestra pruebas contundentes y que avalen que efectivamente no estabas violando el reglamento.
¿Con qué cámara grabaste?
es molesto que te molesten los policías, pero no hay que perder de vista que los conductores debemos de cumplir nuestras obligaciones, y si infringimos la ley debemos de ser responsables, y no hacernos los dignos, hay que ser congruentes.
se los puede retener segun el articulo siempre y cuando no se pueda garantizar el pago en el momento
gabriel cortez ñ
muy buena la jugada, excelente.
En otros países lo que hace el conductor se consideraría una desobediencia grave. Puede ser detenido. Es obligación del conductor conocer el reglamento de tránsito.
como todo la corrupción esto es mexico
Esto es un claro caso de corrupción. Se ve que sólo querían su mochada. 'ora sí que el que se apendeje primero es el que pierde...
el otro wey vio q estaban grabando y se abrio a la verga jajaja
la gente no esta obligada a mostrar documentos. por protección a los datos personales
Y esto es solo una infracción de tránsito! Ahora imaginen que sucede cuando estos oficiales hacen la presentación de un delincuente ante el MP, desde ese momento se tuerce el asunto. En fin, si los oficiales estuvieran bien capacitados con la mano en la cintura le recitan de memoria el reglamento (que es su deber saber porque es su chamba) y le levantan la infracción, tan simple.
Con su chiclote la tránsito
con que celular grabaste?????????, esta excelente la calidad hd
primero dejaria de mascaar chicle asi y peinarce jaja
lo bueno es que tú en tu chamba ni un pedo te tiras. Eres todo un dandy.
JosAnto Cuevas soy menor de edad carnal no hago ninguna de las mamadas que tu dices, pero por como escribes parece que te hecharon patitas a la calle por un ciudadano que defendia sus derechos y te denuncio pinche ex-policia ardido
JosAnto Cuevas felicidades por fin ganaste en algo espero y te sirva a dejar de ser miserable por un momento en tu vida
Daniel CH ¿TÚ vives para ganar? Yo no.
Pobre miserable, pseudo DIALOGANTE.
JosAnto Cuevas se ve que eres un conformista mas, que no hace mas que vivir amargado toda su vida, espero y puedas encontrar algo mejor de lo que tienes porque al expresarte parece que eres un amargado de la vida
¿en qué municipio fue? / están haciendo lo mismo en donde comienza la López Portillo en Chilpan Tultitlán... me pasó igual solo porque no traía placas del Edo.Mex. les apliqué la misma..
Luego esta muy nervioso, si le dijo que se bajara para ver lo de ( Atras ) no al interior del coche ah que men tan bruto. Una cosa es defender tus derechos y otra nomas decir lo mismo sin sentido
EL ARTICULO 126 DICE QUE SE RETENDRÁN LA TARJETA DE CIRCULACIÓN, PLACA EN A VEHÍCULOS FORÁNEOS EN GARANTÍA DE PAGO DE LA INFRACCIÓN, INFRACCIÓN LA CUAL NO HABÍA SIDO LEVANTADA POR EL OFICIAL POR DESCONOCIMIENTO DEL REGLAMENTO DE TRANSITO.
jajaja bien mi chavo solo que pinches polis tanto tiempo en su patrulla mínimo lean el pinche reglamento
Que poca madre!!!!! Con razón no encuentro servicio domestico, chale!!! Las sirvientas (con todo respeto a las sirvientas) las contrataron en la SSP. recontra chale!!!!
la oficial tuvo razon. Yo se que aveces abusan de su autoridad pero en este caso ella supo responderle al conductor de este vehiculo. El no supo como responderle y se refugio con preguntas como; y donde esta el articulo" cuando ella ya se lo habia explicado.
-Lee el artículo amigo, te lo resumo "Cuando el vehículo sobre pase por mas de un metro de las dimensiones normales"
Claramente si dice que debe entregar su tarjeta si es de otro estado pero el le preguntaba cual era el artículo por el cual se le detuvo si el le daba la tarjeta sin que le dijeron el motivo se lo hubieran chingado pero como no había razón para detenerlo lo dejaron ir
claro que está mal la oficial desde el principio, debe comenzar identificándose con nombre y número de placa y explicar el motivo de la detención"mostrando" el artículo transgredido , y reteniendo documentos de otro estado solo si no se realiza el pago inmediato, en ese orden y la señora no sabe ni encontrar un artículo como pensaba meterlo en la maquinita de infracción electrónica?, acaso el aparato adivina el artículo?
en realidad ... dice que tiene que decir el.artículo y luego formular el recibo de la infracción.... y después de que ya se hizo la infracción ella se puede quedar con los papeles..... como forma de asegurar el pago de la multa...... Si tenia que explicarle el artículo primero
Lo que sucede es que ella no le decía cual era el motivo de la infracción el era lo que exigía pero ella de aferraba al exceso de dimensiones lo cual el decía que estaba bien, después ella decía que eran las placas cambiando el motivo de la infracción con eso podemos afirmar que ella solo que extorsiónar por eso pedía los papeles x que ella teniendo la tarjeta de circulación el no podría hacer nada el acepta darle los papeles siempre y cuando le diga el artículo que rompió y al no haber ninguno lo deja ir
La policía tiene razón, ella no está obligada a mostrar el reglamento de tránsito, uno tiene que tener conocimiento de el si, va a circular con algún vehículo motorizado.
pero la policía debería estar capacitada..
Y lo está amigo, ella le hizo saber el motivo y hasta el conductor leyó sin comprender cuando en voz alta dijo, que en el artículo 126 o algo así, el policía de tránsito tenía la Facultad de retenerle sus documentos para poder levantar la infracción en su sistema :)
Si leíste? . . . . "Artículo 116 - III. Señalar al conductor la infracción que ha cometido, MOSTRANDO EL ARTÍCULO INFRINGIDO EN EL PRESENTE REGLAMENTO, así como la sanción a que se hace acreedor . . ."
Pues si, no lo hizo desde un principio, pero después se le hizo leer en voz alta donde específica que puede retener sus documentos si no es del Estado de México, ya que es de Morelos, Cuernavaca, mal la policía en un inicio pero con razón y mal conductor por no circular en buenas condiciones su vehículo.
as de ser policía o hijo d uno, policía son enforzadores de la ley, no son la ley, son servidores públicos, ellos trabajan para nosotros, no nosotros tenemos que hacer lo que se les plasca, si un ciudadano le pide algo, el servidor público está obligado a ayudarle,
mande? , mande? mando? sale guapo