La Audiencia Preparatoria | Santiago Trespalacios.
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- Опубліковано 8 вер 2024
- Bienvenidos a este espacio donde tratamos todos los temas del Derecho Penal.
Hoy hablaremos de derecho procesal penal, concretamente abordando la audiencia preparatoria. Ya hablamos de la audiencia de formulación de acusación, ahora seguimos en este camino con los 8 momentos de la etapa procesal que le antecede al juicio oral.
Los invitamos a darle like al video si les ha gustado, igualmente a compartirlo y comentar qué quieren que tratemos en los próximos espacios.
Por favor en próximo programa , hablar de diferencias de Exclusión , inadmisión ,y rechazo de elementos de prueba
De una. En el próximo de procesal lo tendremos en cuenta.
Igual concuerdo que se hable del tema de ser posible, es un tema importante igual acá en Mexico
Mil felicidades por tan majestuosa intervención.
PROFE, SOY CAPITAN PENSIONADO DE LA PONAL Y ABOGADO, ME HE APOYADO MUCHO EN USTED Y LAS ENSEÑANZA DEL DOCTOR JAIRO ELBERT RODRIGUEZ GONZALES, USTEDES SON EXCELENTES ACADEMICOS, LO SALUDO DESDE NEIVA
Un abrazo gigante, Capitán, mil gracias por estar ahí.
Excelente profesor !! Las facultades necesitan más profes así ! Que tengan pedagogía!
¡Gracias!
Excelente explicación, estos son los profesores que valen oro
¡Mil gracias!
Es de incalculable valor esta catedra de derecho
¡Mil gracias!
Yo soy víctima, y sus videos me dan muchísima luz en mi caso, muchas gracias. Lo admiro.
Muchas gracias por compartir con nosotros su opinión.
Mi apreciado doctor santiago punto 5. Que el acusado manifieste si acepta o no los cargos. Excelente explicación gracias
¡Excelente punto!
Muchísimas Gracias por compartir su conocimiento y experiencia, para los estudiantes de estas materias nos resulta muy valioso este tipo de videos 🙏🏽
¡Mil gracias!
Dr. Muchas gracias por sus contenidos, podría hablar en otro vídeo del rechazo, la inadmisión, la exclusión y los recursos, por favor.
Excelente imagen ,sonido y pedagogía
¡Gracias! Ahí vamos mejorando.
Buen día doctor, muchas gracias por la realización de estos vídeos y de ayudar a las personas qué están ingresando al derecho penal, por favor sería de mucha ayuda cuando se refiere a la jurisprudencia poner una imagen qué indique el número de la sentencia.
Excelente idea.
Doctor por favor hacer una charla sobre técnicas de interrogatorio y contra interrogatorio excelente sus recomendaciones muy juridico
¡Lo haremos!
Si , Dr sería muy interesante que hable sobre la inadmisión y demás
¡Listo!
Excelente Dr gracias
Perfecto para preparatorio de penal, muchas gracias muy efectivo
Nos cuenta cómo le fue.
Dr. Mil gracias por estos videos, son de mucha ayuda para la comprension del derecho, me gustaria un video sobre La Prueba y todo lo q ella representa e implica dentro del proceso.
Muy buena catedra, mil gracias, por favor nos explicas mas de Exclusión , inadmisión ,y rechazo de elementos de prueba
¡Pronto!
Saludos cordiales,
Le agradezco muchísimo este tipo de contenidos, de verdad son fundamentales para retroalimentar esta Audiencia tan compleja; espero continúe realizando muchos videos con relación a los diferentes recursos.
Gracias.
Lo intentaremos seguir haciendo.
Explicación clara .
Gracias doctor. Continúes divulgando estos contenidos para que otros también puedan aprender estos temas importantes 😊
¡Mil gracias!
Excelente video.
Doc, que opinión le merece que actualmente los Jueces de Control de Garantías y los del Circuito (en apelación); ahora adoptaron la posición de no conceder libertad por el término establecido en el #4 del artículo 317 C.P.P. alegando que independientemente de que el término se hubiese vencido y la defensa radicara oportunamente la solicitud de audiencia de libertad, con anterioridad a la presentación extemporánea del escrito acusatorio; solo basta con que la fiscalía radique el escrito de acusación antes de la celebración de la audiencia de términos; para despachar negativamente la pretensión liberatoria, escudándose en qué ya el hecho ha sido superado?
En Cúcuta es la posición que adoptaron los jueces y ya nadie sale en libertad por ese término; pues en cuanto los fiscales se les notifica de la fecha de la audiencia de términos, corren a radicar el escrito, pasa luego en audiencia alegar que subsanaron la casual de libertad, a lo que los jueces acceden y niegan la libertad.
Incluso, se han presentado Habeas Corpus y Acciones de Tutela, ante dichas decisiones y el Tribunal de Cúcuta, respalda la posición de los A quo.
Alguna sugerencia para atacar este esperpento ?
Podría hacer un vídeo al respecto?
(Si no es mucho pedir 😁)
Planearé un video al respecto. Desde ya puedo decirle que es una de las posiciones que más me entristece. Es una violación evidente de los derechos de la persona privada de la libertad.
@@SoyDefensor que desperdicio que se use ese conocimiento para favorecer a individuos que han tenido una conducta delictiva. Deben importar los derechos de la víctima, no del victimario, este sistema penal acusatorio es muy garantista con el delincuente. Propiciando impunidad al final del camino.
Gran video, profesor Santiago. Muy claro, ameno y pedagógico. Sin embargo, faltó mencionar un momento de la audiencia preparatoria que los jueces no podemos soslayar: "Que el acusado manifieste si acepta o no los cargos" (Art. 356 num. 5º CPP)
Indispensable, mil y mil gracias.
Si señor, muy de acuerdo la diferencia entre rechazo, inadmisión y exclusión en los elementos de prueba no es un tema comúnmente abordado.
Así lo haremos.
Dr. Muy respetuosamente le solicito que algo alguna ves hiciera un vídeo para personas que acabamos de salir y que no sabemos para donde vamos, por qué fuera es un lío.
Anotado
Muy buena su exposición
Muchas gracias por sus contenidos,Por favor en próximo programa , hablar de diferencias de Exclusión , inadmisión ,y rechazo de elementos de prueba
¡Agendado!
Excelente video, la calidad, la explicación, muchas gracias ❤
Buenisima Por favor en próximo programa , hablar de diferencias de Exclusión , inadmisión ,y rechazo de elementos de prueba
En este video lo mencionó, pero puede profundizarse con ejemplos de la praxis
Muchas gracias por compartir con nosotros su opinión.
Doctor SANTIAGO TRESPALACIOS, muy interesante su Conferencia sobre la AUDIENCIA PREPARATORIA. Le agradezco de antemano un video sobre “La exclusión - El Rechazo - La Inadmisión - Sobre los Recursos”. Carlos Arturo Arias Villa.
¡Ese video tiene que salir!
Excelente Profe.
¡Gracias!
Agradecería un vídeo sobre rechazo, inadmisión y exclusión. Gracias
Haremos tres videos, uno de cada tema. Iniciamos este sábado con admisión/inadmisión, el otro sábado rechazo y al otro exclusión. Quedamos atentos a cualquier comentario.
Excelente contenido, muy nutrido y muy profesional DR CARRASQUILLA
Mil y mil gracias
Excelente... contenido...no dejar de seguir creando más....
¡Mil gracias!
Excelente exposición! La claridad de la exposición le permite a uno entender la temática desarrollada!
Mil gracias
Gracias Doctor por aportar sus conocimientos.
¡Mil gracias!
Profe, muchísimas gracias por la excelente explicación 🎉DIOS TE BENDIGA 🙏😊propongo un video acerca de la audiencia de solicitud medida de aseguramiento 😊
Lo tengo presente
Doctor, Gracias por compartir sus conocimientos, Miles de Bendiciones 🙏
¡Gracias!
que belleza de exposicion
¡Gracias!
Gracias por compartir su conocimiento y dar Luz.
Mil y mil gracias
excelente explicación.
¡Gracias!
Gracias dr.
Excelentes videos y explicaciones. Agradecería una explicación sobre exclusión, inadmisión y rechazo de elementos de prueba y sobre estipulaciones probatorias.
Ese va pronto, creo que dividido en tres videos.
Infinitas gracias por compartir su conocimiento y sabiduría .Dios lo bendiga profe
¡Gracias!
Sería muy interesante que se hable en un video a profundidad sobre justicia premial
Así es.
Gracias por el video Doctor, sería espectacular sobre la exclusión, rechazo e inadmision de la prueba
Este sale ahora en marzo
Buenas noches, profe.
Por favor explique la diferencia entre ilicitud e ilegalidad. Muchas gracias
Listo
Excelente, saludos desde Valledupar.
¡Un abrazo!
Hola profesor Trespalacios. Podrías ampliar sobre qué pruebas puede introducir y solicitar la defensa sin investigador
Excelentes videos, favor hablar de la preclusión
Listo
Dr sobre la carga argumentativa , podría profundizar!
Tiene razón. Queda anotado.
Dr. Trespalacios. Me gustaría un vídeo donde explicara la forma de sustentación de las causales 1 y 3 del Art. 332 C.P.P. como causales objetivas de preclusión. Además de demostrar objetivamente, por ejemplo, la inexistencia del hecho (el clásico ejemplo del documento que se señalaba destruido y aparece incólume) o la imposibilidad de continuar el ejercicio de la acción penal (Art 82 C.P) ¿Se requiere hacer un análisis de los EMP, EF e ILO relacionadas por la fiscalía en el escrito de acusación para argumentar sobre la imposibilidad de sostener la acusación; o esa actividad es tema de juicio oral? Saludos.
Excelente. Así lo haremos.
@@SoyDefensor Muchas gracias doctor.
Excelente doctor.. son de mucha ayuda sus videos..
Mil gracias.
excelente profe
Un abrazo
Gracias profe, pendiente para su próximo video
Estamos subiendo un video cada viernes a las 10:00 A.M. Mil gracias por estar pendiente.
sres, excelente contenido. Sugiero que para cada tema se indiquen los artículos que soportan las etapas, esto ayuda mucho para la argumentación en audiencias. Aun asi, excelente trabajo!!!
Perfecto, mil gracias por la sugerencia.
puedes explicar la indagatoria, y tambien como funciona en casos de flagrancia el proceso?
Dr
Buenos dias. Acerca del efecto suspensivo hay pronunciamiento de la Corte
Muy bueno el contenido, tal vez sería excelente complementar la información con jurisprudencia (saber qué sentencia cita), adicional a sus muy oportunos comentarios para cada momento. Muchas gracias.
Excelente profe, gracias !!!
¡Gracias!
Excelente video doctor!!!
Mil gracias
Por favor hablar de la pertinencia, conducencia, utilidad y legalidad
Pendiente del video de este sábado.
Me encanta sus videos
¡Gracias!
Sugiero se hable en un video sobre la exclusión de pruebas... Mil gracias
Anotado, así lo haremos.
Muchas gracias profesor por compartir tan valiosa informacion y de manera tan clara. Me surge una pregunta: aceptar los cargos significa aceptar responsabilidad penal? mi pregunta surge porque usted manifiesta que no se puede estipular responsabilidad penal y no comprendo la razon de esta prohibicion. Muchas gracias!
Las estipulaciones son probatorias. Para aceptar la responsabilidad existen los allanamientos y acuerdos, con sus propias reglas.
Profesor Trespalacios muchas gracias por sus valiosa y muy clara explicación, por otra pare, sobre el tema de la audiencia preparatoria quisiera saber cual es la mejor forma de hacer las solicitudes probatorias cuando hay diversidad de documentos y testigos, se empieza haciendo referencia por el documento indicando que testigo lo va a introducir o empiezo por el testigo indicando que introducirá?.
Yo comienzo por documentos y después testigos.
Gracias
ME gustaría una clase de que elementos probatorios puede presentar la defensa en la preparatoria
Buena idea. Vamos a pensar cómo montarla.
Por favor hablemos de la exclusión, rechazo e inadmisión
Anotado
Buen día Dr. Por favor un video de concurso de conductas punibles. Gracias
Excelente.
Exlenete muchas gracias!
¡Gracias!
Respetuoso saludo profesor. Saludos desde Amazonas. Podría por favor hablar de como SENTAR BASES PROBATORIAS E INCORPORACIÓN DE PRUEBAS. Gracias
Es un tema bastante importante.
Pls el juicio oral, ya solo falta ese para la Trinidad.
Ya lo subimos ¿pudo verlo?
Excelente profe
¡Mil gracias!
Doctor gracias por sus videos, son de mucha ayuda. Tengo una pregunta en qué sentencia o concepto la Corte habla que lo que determina el decreto de la práctica de la prueba es la pertinencia? Gracias !
Varias, entre las que se encuentra: Rad. 63.679 del 16 de agosto de 2023.
HOLA SOY DOCENTE EN CRIMINALISTICA Y ME GUSTARÍA QUE HABLARA DE LA LABOR DEL PERITO EN LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Excelente. Queda anotado el tema.
Excelente, graciasss
Muchas gracias por compartir con nosotros su opinión.
Exelente explicación,
Doctor como se hace para objetar una preclucion de parte de un fiscal, salidos
Si es el representante de víctimas, puede asistir a la audiencia y oponerse.
@@SoyDefensor doctor en este caso la víctima soy yo por un abuso de policía y el fiscal pide preclucion pareciera estar más a favor de ellos que mio y yo con mis pruebas a mi favor!
Profe un vídeo sobre las pruebas por favor.
Excelente tema.
Si profe haga un vídeo sobre el recurso y si puede haga un análisis a la reciente desicion de la corte sobre el cohecho que NO es un delito de ejecución permanente, sino de estado, aunque no recuerdo de la radicado de la corte, pero es de marzo de 2023 si no estoy mal😂😂🤦
Excelente. Queda anotado.
Doctor, podría usted aclararme sobre como allego en la audiencia un vídeo y que se necesita para que el mismo no vaya a ser rechazado por el juez.
Mil gracias.
Excelente tema. Queda anotado.
Profe me puede por favor decir la providencia que habla sobre la pertinencia como único requisito de argumentación para solicitar pruebas.
Rad. 63.679 del 16 de agosto de 2023. Ahí citan otras.
Hablar sobre testigos mutuos, interrogatorio iniciado es o no pertinente en juicio
Excelente
Puede salir en libertad en esta audiencia preparatoria
La libertad se decide en audiencias ante el juez de control de garantías. No en estas de conocimiento.
Doctor buenas tardes... Excúseme por favor pero en el articulo 250 de la constitución Política de Colombia que usted refiere, el enunciado de que la fiscalía debe entregar todas las pruebas a la defensa no lo encuentro taxativo, quizás debo verlo tácito? o quizás no estoy leyendo bien? Sucede en el minuto 10:18... Por favor excúseme y aprovecho para agradecerle por compartir con nosotros su conocimiento.
Buenas tardes doctor una pregunta después de terminar un proseso donde ubo tantas falencias por parte del abogado que representaba mi familiar que se hace para pedir el expediente del proseso y a quien se le pide ese expediente ya mi hijo le dictaron sentencia y el abogado no lo ayudó como esperamos le agradezco mucho su ayuda por favor
Ecxelente
Gracias
Dr. Trespalacios, sería de mucha ayuda que a la hora de enunciar qué parte del video se hizo conforme a la jurisprudencia, lo ideal sería decir los radicados de las mismas y la alta corte que la profirió. Gracias por estos espacios.
Muchas gracias por compartir con nosotros su opinión.
Dr PREGUNTA UNA PRUEBA SOBREVINIENTE SE PUEDE INCLUIR ASI YA HAYA PASADO LA PREPARATORIA
Sí, pero con unas características especiales.
Buen vídeo, sin embargo, se robustecería la calidad del contenido si se relacionaran los radicados cuando se hace referencia a cambios jurisprudenciales sobre aspectos puntuales.
Mil gracias. Anotado.
Buenas en que etapa como estrategia puedo pedir nulidad por atipicidad del delito
En que consiste la teoría del caso y en que momento debo presentarla?
Tenemos un video específico sobre esto.
profesor, cual es la sentencia que solo permite la pertinencia en la preparatoria ???
Gracia profe por estos videos tan importantes - pero porfa un poco más despacio. 😅😅
Gracias por la sugerencia.
Que es un allanamiento a cargó???
Aceptar la hipótesis de la fiscalía.
Dr Trespalacios permítame por favor hacer una pregunta: ¿El representante de víctimas puede, de manera autónoma, hacer descubrimiento? ¿Y cuál es el momento procesal en el que el representante de víctimas hace ese descubrimiento probatorio? A descubrimiento autónomo me refiero que no tenga que ser por medio de la fiscalía.
Muchas gracias por su respuesta
Sí, señor, el descubrimiento se hace en la acusación.
TENGO UNA DUDA, QUÉ PASA SI EL ACUSADO SOLO PUEDE DEMOSTRAR SU INOCENCIA CON UNA PRUBA ILEGAL O ILICITA?
Es un gran dilema.
Donde estan
Quienes?
Profe, hay algun video suyo hablando de los hechos juridicamente relevantes pero no recuerdo en qué página lo vi, usted me puede ayudar con el enlace? Mil gracias❤
Estamos preparando uno para dentro de poco.
Maestro TRESPALACIOS: Disculpe una pregunta! En la preparatoria solicite y me fue decretado como " testigo comun" con la Fiscalia la declaración de la " VICTIMA"! Al momento del interrogatorio, tengo que interrogar en forma " directa""o puedo cambiar a CONTRAINYERROGATORIO! Puedo combinar ambas formas de interrogar es decir " DIRECTO " y CONTRSINTERROGATORIO"!
Primero te darán la oportunidad de contrainterrogar (tras el interrogatorio de la fiscalía) una vez se termine (incluyendo interrogatorio, contra, redirecto y recontradirecto) habrá una nueva oportunidad de traerlo para interrogarlo, pero si con el contra fue suciente entonces puedes desistir.
Gracias maestro TRESPALACIIS! Muy amable!
Como ago para abra con uste
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