Buenas, hace un año aprox que inicié un juicio de guarda y custodia, obtuve gracias a Dios la custodia temporal durante todo este tiempo que se llevó acabo las audiencias, su madre es drogadicta y no se presentó a la audiencia de pruebas y alegatos, pero después de todo esto mis abogados se equivocaron en un número de mi domicilio, en lugar de poner 1025 escribieron 1085 metieron una promoción de cambio de domicilio ante un juez por el error de solamente un número de mi domicilio, hay alguna consecuencia? O problema?
Hola su Señoría buenas tardes, soy el Lic. Adrián López, espero se encuentre bien, tengo una duda y espero me pueda ayudar a resolverla, ¿Si el padre custodio cambia de domicilio de manera injustificada, el padre no custodio puede iniciar la vía de apremio ante el mismo juzgado que conoció del asunto, en términos del numeral 2.158 del CPCEM, o sería mediante juicio autónomo? saludos...!!!
@@IUSETjorge70 pero en caso de que el padre no custodio, sólo quiera que se respete el lugar donde se ejerce la guarda y custodia del menor, sería en vía de apremio, ante el juez del conocimiento..?
En este supuesto,¿ tiene caso llevar a cabo el juicio en la vía de apremio ejecución de convenio? Para agotarlo o ¿cómo acreditar para solicitar el cambio de la situación, para cambiar la custodia?
Hola su Señoría! Tengo una duda, si se ha decretado la custodia definitiva y a acontece ese supuesto, considero que sería válido iniciar un incidente de cumplimiento, pero hay quienes sostienen que debe ser mediante nuevo juicio, considera esto correcto, pues no entraña una modificación sobre el particular?
Hola, muy didáctico, mi hija tiene 18 años y un niño de 1 año y medio, ella ingreso a la guardia nacional en Marzo del año pasado, casi un mes después de cumplir la mayoria de edad y el padre del niño se quedó al cuidado, ahora ellos están separados porque el muchacho no trabaja y lo mantiene su mamá, están en Monterrey todo y ahora pretenden demandar por alimentos a mi hija, la pregunta aquie es, que es lo más recomendable en este caso? Gracias.
Es un deber de ambos padres contribuir al desarrollo de l menor y si en este caso el señor lo tiene, corresponde a ella dar una pensión a su favor y deben determinar en forma clara la estancia del menor es decir , quien ejercerá su custodia y se establezca un régimen de convivencia
Como puedo obtener la custodia total de mis hijos para poder vivir con ellos en el extranjero y el otro padre esta de acuerdo con ello
Saludos, estimado maestro!!
Buenas, hace un año aprox que inicié un juicio de guarda y custodia, obtuve gracias a Dios la custodia temporal durante todo este tiempo que se llevó acabo las audiencias, su madre es drogadicta y no se presentó a la audiencia de pruebas y alegatos, pero después de todo esto mis abogados se equivocaron en un número de mi domicilio, en lugar de poner 1025 escribieron 1085 metieron una promoción de cambio de domicilio ante un juez por el error de solamente un número de mi domicilio, hay alguna consecuencia? O problema?
No lo creo, ya se salvó esa corcunsrancia
Hola su Señoría buenas tardes, soy el Lic. Adrián López, espero se encuentre bien, tengo una duda y espero me pueda ayudar a resolverla, ¿Si el padre custodio cambia de domicilio de manera injustificada, el padre no custodio puede iniciar la vía de apremio ante el mismo juzgado que conoció del asunto, en términos del numeral 2.158 del CPCEM, o sería mediante juicio autónomo? saludos...!!!
Es de manera autónomo porque pediría el cambio de Guarda y custodia eso se sitúa en lo que establece el numeral 1,213 del cpc
@@IUSETjorge70 pero en caso de que el padre no custodio, sólo quiera que se respete el lugar donde se ejerce la guarda y custodia del menor, sería en vía de apremio, ante el juez del conocimiento..?
En este supuesto,¿ tiene caso llevar a cabo el juicio en la vía de apremio ejecución de convenio? Para agotarlo o ¿cómo acreditar para solicitar el cambio de la situación, para cambiar la custodia?
@@IUSETjorge70 Buenas noches su Señoría, , en este supuesto ¿se configura una sustracción de menor?
Hola su Señoría! Tengo una duda, si se ha decretado la custodia definitiva y a acontece ese supuesto, considero que sería válido iniciar un incidente de cumplimiento, pero hay quienes sostienen que debe ser mediante nuevo juicio, considera esto correcto, pues no entraña una modificación sobre el particular?
Hola, muy didáctico, mi hija tiene 18 años y un niño de 1 año y medio, ella ingreso a la guardia nacional en Marzo del año pasado, casi un mes después de cumplir la mayoria de edad y el padre del niño se quedó al cuidado, ahora ellos están separados porque el muchacho no trabaja y lo mantiene su mamá, están en Monterrey todo y ahora pretenden demandar por alimentos a mi hija, la pregunta aquie es, que es lo más recomendable en este caso? Gracias.
Es un deber de ambos padres contribuir al desarrollo de l menor y si en este caso el señor lo tiene, corresponde a ella dar una pensión a su favor y deben determinar en forma clara la estancia del menor es decir , quien ejercerá su custodia y se establezca un régimen de convivencia
@@IUSETjorge70 muchas gracias.