Tema 53. La ley orgánica 5/2000, de responsabilidad penal del menor.
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- Опубліковано 15 тра 2022
- La LORPM se aplica para exigir la responsabilidad derivada de la comisión de delitos por mayores de 14 años y menores de 18 años.
A los menores de 14 años se les aplica lo dispuesto en las normas sobre protección de menores en el Código Civil, en la LO 1/1996 de Protección Jurídica del Menor y demás disposiciones vigentes.
A estos efectos, las edades deben entenderse referidas al momento de la comisión de los hechos, sin que tenga incidencia alguna rebasar las mismas antes de comenzar el procedimiento o durante su tramitación.
Fijémonos especialmente en el trámite del procedimiento.
Tus explicaciones son magníficas! 👍☺️💜
Muchas gracias.
minuto 29, todos los expedientes se archivaran en una cajita de cartón... el expediente electrónico quizás para 2030?
Gracias por el vídeo. Solo una cosa, el MF tendrá 48 y para resolver desde la detención, no 24+48
Ciertamente, art. 17.5 LORPM. Gracias.
Hola, existe el video con la explicación de la primera parte del tema?
Hola María, sí. hay videos de todos los temas. Pero claro esto es una academia y para visualizarlos todos hay que estar matriculado.
No obstante te dejo mi mail y lo comentamos si quieres.
aleioposiciones@gmail.com
Gracias por pasarte por el canal.