En el derecho público los órganos de fiscalización determinan una responsabilidad resarcitoria por el incumplimiento de una obligación sin que se actualice un daño y sobre todo, sin señalar el nexo causal entre la conducta y tal daño. ¿Puede considerarse legal este actuar? Saludos
En conclusión, el derecho peruano es m..r...d. La doctrina y jurisprudencia solo entorpecen la definición y estabilidad de los conceptos, aún cuando sus intenciones son las contrarias. Lo que se entiende por resarcimiento, reparación e indemnización está dividido por unas líneas tan difusas que no permiten a NADIE poder entenderlas apropiadamente.
DOCTOR MORALES EL MÁXIMO REPRESENTANTE DEL DERECHO CIVIL PERUANO! EXCELENTE VIDEO
Gracias profe
Excelente dr!. Gracias por la aclaración
Excelente, saludos desde Santiago
Wow. Excelente
Muy importante
En el derecho público los órganos de fiscalización determinan una responsabilidad resarcitoria por el incumplimiento de una obligación sin que se actualice un daño y sobre todo, sin señalar el nexo causal entre la conducta y tal daño. ¿Puede considerarse legal este actuar? Saludos
Grande dr romulo excelente
Entonces, la órbita del resarcimiento es más amplia, menos taxativa, por llamarla de alguna manera, que la indemnización.
Excelente!
Con fé termino el resumen :'(
Fe nunca lleva tilde😅
En conclusión, el derecho peruano es m..r...d. La doctrina y jurisprudencia solo entorpecen la definición y estabilidad de los conceptos, aún cuando sus intenciones son las contrarias. Lo que se entiende por resarcimiento, reparación e indemnización está dividido por unas líneas tan difusas que no permiten a NADIE poder entenderlas apropiadamente.