Es increíble la manera que tienes de explicar, todo un profesional, muchísmas gracias, ojala hagas el Estatuto de Asturias, que somos vecinos jeje, un saludo
Hola! Cual es el matiz entre el articulo 28 y el 29 del Estatuto? El primero dixe desarrollo legislatico y ejecución de la legislación del Estado y el 29 pone " ejecución de la legislación del Estado (...)?. Gracias
Me encanta esta forma de repaso.
Gracias mil
Enhorabuena por tu trabajo
Me alegro mucho de que te guste!
Muchísimas gracias por tus explicaciones, sin duda tienes un don porque lo cuentas con tanta naturalidad que hasta me parecen bonitas las leyes 😊
Muchas gracias Rita!!
Gracias Manuel. Todas tus aportaciones son excelentes !!!
Me alegro de que te gusten José Luis!
Eres un fenómeno, que manera de explicar tan entretenida, me gustaría saber si vas a hacer videos explicando el estatuto de Galicia
Muchas gracias Carlos! y sobre lo que comentas, si que tengo pensado subir alguna cosa mas. Saludos!
Muy bien explicado, podías hacer vídeos explicando el estatuto de galicia, auque fuera por partes, sería de gran ayuda ;)
Buenas Marta! sobre el Estatuto, puede que en el futuro suba alguna clase larga explicando algún título entero. Saludos!
Es increíble la manera que tienes de explicar, todo un profesional, muchísmas gracias, ojala hagas el Estatuto de Asturias, que somos vecinos jeje, un saludo
Muchas gracias Carla!! y preciosa tierra la tuya! saludos
Hola! Cual es el matiz entre el articulo 28 y el 29 del Estatuto? El primero dixe desarrollo legislatico y ejecución de la legislación del Estado y el 29 pone " ejecución de la legislación del Estado (...)?. Gracias
Hola! la diferencia es que el artículo 28 permite aprobar normas con rango de ley y el 29 solo de rango reglamentario. Saludos!
Muchas gracias
De nada!!
Moi ben explicado. Máis vídeos, porfi 👌
Graciñas María!
Gracias por a túa axuda! Transmites e explicas moi ben, co cal faise doado afianzar conceptos!
Graciñas a ti María!
Podrías hacer un vídeo para memorizar las competencias recogidas en el Estatuto? Porfa!!
Tomo nota de la sugerencia Susana!