Lo que yo estoy pasando es eso, resulta que tuve una relación con una chica, y esta chica a dicho que la hostigo, que la amenazo via redes sociales, que la acoso, pero esta chica lo dice de palabra no tiene prueba alguna contra mi pero ella va a fiscalia y dice que soy yo, ya me hicieron 2 allanamientos y me quitaron el teléfono a mi y a mi familia lo cual peritaron y no salio nada o sea esta chica me hizo 2 causas penales y bueno hoy estoy por denunciarla por calumnia e injurias, daño y perjuicios, hostigamiento, amenazas, difamación. Todo lo que ella denunció está todo en fiscalia, y todo las entrevistas también están en un informe, y bueno aparte de eso a molestado a mi familia, parejas también he perdido un trabajo por culpa de todos esos problemas de los cual me acuso. En fin mi idea es denunciar por calumnia e injurias, daño moral, difamación, amenazas hacia a mi y mi flia, hostigamiento, daños y perjuicio, y también iba a pedir una orden alejamiento de por vida o por un 2 años por lo menos
Y si se calumnia a una persona que además perdió un hijo único,y esa persona lo sabe, y dice falsedades explicando que se lo contaba el hijo fallecido?Me está pasando eso y no sé qué hacer porque se suma al dolor de la pérdida.
Los muertos para el derecho penal no son personas, son cosas. No hay tutela para los afectados colateralmente, dado que los muertos no son personas, no tienen un honor reconocido por el derecho y por ende, no tienen tutela jurídica., No pueden las cosas tener o no "honor". De todas formas, si esas cosas que se dicen son verdaderamente graves y hay una sutil referencia a una persona que vive, podría plantearse el caso.
Si lo puedes probar, puedes iniciar acciones civiles por daño moral (art. 1741 del CCyC); incluso, en caso de tener sentencia a tu favor, podés pedir la retractación de la ofensa (art. 1740). Pero penalmente no se puede hacer nada porque el bien jurídico que se protege es el honor y éste se considera que termina con la muerte de la persona.
como querellante inicias el proceso mediante un fiscal (Ministerio publico fiscal) es la persona encargada que vela por tus derechos ya que es de carácter público, no asi privado.
La calumnia es moneda corriente, particularmente en los pueblos.
Gracias Dr! No encontraba material actual sobre este tema que me gusta muchísimo
Lo que yo estoy pasando es eso, resulta que tuve una relación con una chica, y esta chica a dicho que la hostigo, que la amenazo via redes sociales, que la acoso, pero esta chica lo dice de palabra no tiene prueba alguna contra mi pero ella va a fiscalia y dice que soy yo, ya me hicieron 2 allanamientos y me quitaron el teléfono a mi y a mi familia lo cual peritaron y no salio nada o sea esta chica me hizo 2 causas penales y bueno hoy estoy por denunciarla por calumnia e injurias, daño y perjuicios, hostigamiento, amenazas, difamación. Todo lo que ella denunció está todo en fiscalia, y todo las entrevistas también están en un informe, y bueno aparte de eso a molestado a mi familia, parejas también he perdido un trabajo por culpa de todos esos problemas de los cual me acuso. En fin mi idea es denunciar por calumnia e injurias, daño moral, difamación, amenazas hacia a mi y mi flia, hostigamiento, daños y perjuicio, y también iba a pedir una orden alejamiento de por vida o por un 2 años por lo menos
Gracias
Alguien sabe como puedo denuciar esto en argentina?
Debes presentarte con abogados y iniciar una querella, si o si con abogado porque la denuncia no vale.
Muy buena información
ALAN URIEL LOPEZ FLORES MEXICO LUPITA GUERRERO
Y si se calumnia a una persona que además perdió un hijo único,y esa persona lo sabe, y dice falsedades explicando que se lo contaba el hijo fallecido?Me está pasando eso y no sé qué hacer porque se suma al dolor de la pérdida.
Los muertos para el derecho penal no son personas, son cosas. No hay tutela para los afectados colateralmente, dado que los muertos no son personas, no tienen un honor reconocido por el derecho y por ende, no tienen tutela jurídica., No pueden las cosas tener o no "honor". De todas formas, si esas cosas que se dicen son verdaderamente graves y hay una sutil referencia a una persona que vive, podría plantearse el caso.
Si lo puedes probar, puedes iniciar acciones civiles por daño moral (art. 1741 del CCyC); incluso, en caso de tener sentencia a tu favor, podés pedir la retractación de la ofensa (art. 1740). Pero penalmente no se puede hacer nada porque el bien jurídico que se protege es el honor y éste se considera que termina con la muerte de la persona.
TOTALMENTE INJUSTO PARA EL ACTOR DE CALUMNIAS
Cómo se deberá actuar, quién es la persona encargada de presentar?. Gracias.
como querellante inicias el proceso mediante un fiscal (Ministerio publico fiscal) es la persona encargada que vela por tus derechos ya que es de carácter público, no asi privado.
Si se toma indirectas de supuestas calumnias pero no se coloca el nombre de la supuesta víctima tiene culpabilidad?
COMO QUE EL QUERELLADO QUEDARÁ EXCENTO DE PENA????