Uso, Usufructo y habitación

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  • Опубліковано 28 вер 2024
  • Derechos reales de uso, usufructo y habitación

КОМЕНТАРІ • 20

  • @cesarchavarria3438
    @cesarchavarria3438 3 роки тому +5

    Excelente tema maestro, breves y de mucha ayuda! nuevo suscriptor

  • @cristianrujavier3021
    @cristianrujavier3021 3 роки тому +1

    Muchas Gracias por su trabajo, habemos muchos que no entendemos a la primera y sus videos realmente son de gran ayuda.
    Gracias infinitas!!!

  • @EdithdelosCobos
    @EdithdelosCobos 2 роки тому +1

    Gracias por la explicación, saludos

  • @Andrea-ss6ih
    @Andrea-ss6ih 3 роки тому +1

    Gracias por estos videos!

  • @mauricioaldana332
    @mauricioaldana332 4 місяці тому +2

    Muy bien explicado lic. Muchas gracias se le entiende a la perfección ✨️

  • @cristiansantillan4839
    @cristiansantillan4839 Рік тому +1

    Sería el un contrato de comodato abogado en el caso de la habitación en donde no se cobraría por hacer el uso

    • @DerechoCivilparaEstudiantes
      @DerechoCivilparaEstudiantes  Рік тому

      El comodato es un contrato más amplio, el inmueble puede ser destinado para mas usos; la habitación solo para habitar

  • @arielmunoz1954
    @arielmunoz1954 2 роки тому +1

    Que excelente introducción

  • @srburns774
    @srburns774 3 місяці тому

    Buenas tardes maestro buen video , podría darme algún ejemplo del uso que lo pueda respaldar con el código civil de mi estado

    • @DerechoCivilparaEstudiantes
      @DerechoCivilparaEstudiantes  3 місяці тому

      Legislación del Estado de Hidalgo, México:
      Artículo 1122.- El uso da derecho para percibir de los frutos de una cosa ajena, los que basten a las necesidades del usuario y su familia, aunque ésta aumente.
      Nota mía: El uso en términos prácticos es "prestarle" o permitirle usar algo a una persona, con los frutos que produce hasta por la necesidad del usuario. Cualquier bien puede ser objeto de uso

  • @syru31
    @syru31 Рік тому +1

    Que sucede si solo puede tener uso y habitación del 50% , y tiene viviendo a mas personas con ella, el dueño puede vender el otro 50, o rentar una parte?

    • @DerechoCivilparaEstudiantes
      @DerechoCivilparaEstudiantes  Рік тому +1

      El dueño puede vender o rentar si, no solo todo el inmueble sino también la parte que decida; sólo tiene que respetar el uso y habitación ya constituido

  • @tatozeta223
    @tatozeta223 Рік тому +1

    terrible no enseña nada

  • @yahiralfonsohernandez184
    @yahiralfonsohernandez184 2 роки тому +5

    Muy buena explicación, realmente me ayudó a comprender el tema

  • @marthaguzman8344
    @marthaguzman8344 2 роки тому +2

    Muy bien explicado muchas gracias

  • @MauricioH.
    @MauricioH. 2 роки тому +1

    Excelente video, me sirvio demasiado

  • @dianastefany6412
    @dianastefany6412 Рік тому +1

    Gracias, muy buena explicación!!!