Describir como contrato de obra publica como "INMUEBLE", creo que no es lógico, por que si es un puente, pavimentación, etc... diría mejor que es un contrato de construcción o mejoramiento de una infraestructura física.....
Hola Pedro y gracias por visitar el canal. Claro que es lógico, así lo describe el artículo 32 de la Ley 80 de 1993, que reza: "(...) Son contratos de obra los que celebren las entidades estatales para la construcción, mantenimiento, instalación y, en general, para la realización de cualquier otro trabajo material sobre bienes inmuebles, cualquiera que sea la modalidad de ejecución y pago". Saludos.
Hola, te pregunto, presenté propuesta para un contrato de obra, yo no soy ingeniero y la presenté sin el aval de un ingeniero o arquitecto en construcción, me pueden descartar en la evaluación por esa situación o es subsanable, gracias
Gracias.
Describir como contrato de obra publica como "INMUEBLE", creo que no es lógico, por que si es un puente, pavimentación, etc... diría mejor que es un contrato de construcción o mejoramiento de una infraestructura física.....
Hola Pedro y gracias por visitar el canal. Claro que es lógico, así lo describe el artículo 32 de la Ley 80 de 1993, que reza: "(...) Son contratos de obra los que celebren las entidades estatales para la construcción, mantenimiento, instalación y, en general, para la realización de cualquier otro trabajo material sobre bienes inmuebles, cualquiera que sea la modalidad de ejecución y pago". Saludos.
Hola, te pregunto, presenté propuesta para un contrato de obra, yo no soy ingeniero y la presenté sin el aval de un ingeniero o arquitecto en construcción, me pueden descartar en la evaluación por esa situación o es subsanable, gracias