Angel Zerpa A, Sentido practico de la audiencia preliminar en el proceso penal venezolano y el COPP.

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  • Опубліковано 6 вер 2024
  • El profesor Angel Zerpa Aponte diserta frente a sus alumnos de la Universidad Central de Venezuela, UCV, de Caracas, sobre el sentido practico de la audiencia preliminar en el proceso penal venezolano regulado por el Código Orgánico Procesal Penal; disertación realizada el 9-2-24. azerpaponte@yahoo.es 58 4143161940
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КОМЕНТАРІ • 7

  • @manuelregnaut3488
    @manuelregnaut3488 2 місяці тому

    Siempre refrescante el sentido y alcance de la Audiencia Preliminar en el Proceso Penal.

  • @yajairavelasquez6954
    @yajairavelasquez6954 5 місяців тому

    gracia magistrado, excelente, estoy en ese proceso audiencia preliminar, en donde la victima no esta en el pais, y como medio de prueba el Fiscal del Ministerio Publico, solo tiene el dicho de l victima segundaria, no bien determinado , estoy en un proceso judicial con el solo dicho de la testigo referencia, estoy argumentado como medio de prueba la inexistencia probatoria, busco el Sobreseimiento, la falta de cualidad y elementos probatorio de la ubicacion del sujeto pasivo a quien recae la accion delitual, agradezco mucho su atencion, dios le bendiga siempre

  • @valeriabalza
    @valeriabalza 9 годин тому

    Gracias Profesor por tan clara disertación. Le pregunto, cuanto tiempo puede postergarse la celebración de la audiencia preliminar por falta de asistencia de la parte acusatoria? Muchas gracias.

  • @yhancarlosfuenmayor7042
    @yhancarlosfuenmayor7042 6 місяців тому +1

    Saludos, profesor cuando le dan una medida cautelar, y la fiscalía pasa años y no a dicta archivo, sobreseimiento ni acusación, que procede?

    • @azerpa
      @azerpa  6 місяців тому

      Solicitarlo por el 295 COPP

    • @yhancarlosfuenmayor7042
      @yhancarlosfuenmayor7042 6 місяців тому +1

      @@azerpa gracias 🫂

    • @yajairavelasquez6954
      @yajairavelasquez6954 5 місяців тому

      en la nueva reforma del COPP. articulo 295 esta muy bien explicado, y verifica bien en el articulo 296 dispone el vencimiento de ese lapso, que debes aprovecharlo en beneficio del cliente imputado del hecho factico ,