Tipos de contratos: del sector publico: Obra y Concesión de Obra. (Art. 13 y 14)

Поділитися
Вставка
  • Опубліковано 21 січ 2025

КОМЕНТАРІ • 10

  • @lorenroca525
    @lorenroca525 2 роки тому +1

    Muy bien explicado, así parece hasta fácil. Muchas gracias!

  • @silviatarano9232
    @silviatarano9232 2 роки тому +1

    Gracias, Lumi!

  • @neginsalehi3449
    @neginsalehi3449 Рік тому

    gracias a dios

  • @Jrbeeast
    @Jrbeeast 2 роки тому

    Ole ahí la lumi salvandonos del suspenso en 5 min

  • @Mar.1900-1
    @Mar.1900-1 2 роки тому +1

    Gracias, Lumi, muy claro y conciso.
    Me surge una duda, a ver si puedes ayudarme. El contrato de obras supone el contratista se compromete a realizar el proyecto + la obra. Mi pregunta es: si se tratase exclusivamente de un contrato para llevar a cabo el proyecto, se trataría entonces de un contrato de servicios??? Así lo entiendo porque se contratarían asesores, arquitectos, en este caso. Es así? Gracias!

    • @odeivp8916
      @odeivp8916 2 роки тому +2

      exactamente, sería contrato de servicios

  • @aymimadreelbicho5077
    @aymimadreelbicho5077 2 роки тому +2

    más vídeos de la LCSP!!!!

  • @LisandroLamas
    @LisandroLamas 2 роки тому

    Gracias por la explicación. ¿Podrías darme un ejemplo de una concesión de obra en una instalación deportiva?
    Gracias de antemano

    • @AnaOteyza
      @AnaOteyza 9 місяців тому

      De concesión de servicios sería una sala de masajes tailandeses, para relajar después del footing, y la pasta que pague el cliente directa que va al concesionario. Con obra, sería lo mismo, pero con algún tipo de obra digo yo.