Respecto a las garantías que se constituyen en función del PBL al calcularse el precio en función de las precios unitarios por los componentes de la prestación o unidades ejecutadas finalmente, y como esta es precisamente la forma prioritaria de fijar el precio en los proyectos de los contratos de obras (la excepción en obras son las ejecutadas a tanto alzado o precio cerrado -art 241 LCSP-), me surge la duda de si la garantía debería calcularse de esta forma también para los contratos de obras, en función del PBL, es decir del importe del proyecto y no del importe de adjudicación. En el ejemplo del vídeo sobre el contrato de suministro de máscarillas, si bien no se conoce el importe exacto, si existirá una estimación del gasto,, que es lo mismo que ocurre con el contrato de obras, dónde se hace una estimación en el proyecto y al final se liquida en función de unidades medidas. No veo que en obras se pida garantía definitiva del 5% del PBL, sino del precio de adjudicación, pero viendo el vídeo me surge la duda. Gracias por la ayuda
Si necesitáis el Libro " Temario de la Ley de contratos del Sector Público para oposiciones: Especialmente para AGE y GACE": amzn.eu/d/3Jdrhw0
Millón de gracias Almudena por tu valiosísima ayuda en explicarnos y clarificarnos siempre esta Ley de Contratos!!. Eres increíble!!.
Yo también oposito a A1, para esta ley estos videos son fundamentales. Mil gracias.
Mil gracias no sabes lo necesario que es tu canal, oposito a A1 y es una delicia
Mil gracias Almudena por tus videos, ayudas muchísimo explicando los detalles de esta ley. Un saludo
GRACIAS
Respecto a las garantías que se constituyen en función del PBL al calcularse el precio en función de las precios unitarios por los componentes de la prestación o unidades ejecutadas finalmente, y como esta es precisamente la forma prioritaria de fijar el precio en los proyectos de los contratos de obras (la excepción en obras son las ejecutadas a tanto alzado o precio cerrado -art 241 LCSP-), me surge la duda de si la garantía debería calcularse de esta forma también para los contratos de obras, en función del PBL, es decir del importe del proyecto y no del importe de adjudicación. En el ejemplo del vídeo sobre el contrato de suministro de máscarillas, si bien no se conoce el importe exacto, si existirá una estimación del gasto,, que es lo mismo que ocurre con el contrato de obras, dónde se hace una estimación en el proyecto y al final se liquida en función de unidades medidas. No veo que en obras se pida garantía definitiva del 5% del PBL, sino del precio de adjudicación, pero viendo el vídeo me surge la duda. Gracias por la ayuda
Perdoname la pregunta, ¿pero en que video puedo encontrar el tema de las garantias?
Llevo a penas 2 meses y estoy poco perdido.
Mil gracias.