Defensa Posesoria de los Bienes del Estado
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- Опубліковано 8 вер 2024
- 🚨 A propósito de los actos de #violencia de las últimas semanas…
⚠️ ¿El Estado ha aplicado correctamente los mecanismos legales de los que goza para defender la #posesión de sus #bienes?
⚠️ ¿Es cierto que la intervención del Estado solo es posible cuando median #delitos o cuando los hechos criminales son #flagrantes?
👉🏽 La ley 30230 faculta al Estado a recuperar la posesión de sus bienes de manera directa sin la necesidad de la constatación de un delito ni de flagrancia, a través de la Policía Nacional y sin la intervención de un juez.
👉🏽 Por tanto, esta es la facultad que debe utilizar el Estado para hacer valer su fuerza lícita y recuperar los espacios invadidos y ocupados ilegalmente, sin excepciones.
Excelente tema. Felicidades Dr. Martín Mejorada.
La 30230 se aplica sólo a invasores o a precarios y esta ley no es retroactiva por lo tanto el estado puede caer en usurpación, cuando hace defensa extrajudicial a posesionarios que tienen a su favor la prescripción adquisitiva de dominio.