Conocí hace poco al profesor por este canal, verdaderamente es el único que me hizo entender la materia. Ni siquiera los profes de mi cátedra dan estas clases magistrales. A eso le sumo que di mi final hace unos días y estudie solamente de sus videos y filminas de facebook, con lo cual aprobé. Ojalá nunca deje de dar estas clases que para mí hoy se convirtieron en esenciales. La dedicación y pasión con la que explica lo es todo. Gracias por tanto profesor.
gracias profesor!! habia hecho mis propios resúmenes leyendo de los libros y de internet, pero ni aun así estan tan bien explicados como acá!! tengo parcial mañana, espero aprobar ;/
Saludos cordiales bendiciones julio Alvarez a seguir dando buenas enseñanzas para evitar las maldades e injusticias de gentes personas sin humanidad y no hacen bien su oficio profesión.hay que desenmascarar para destituir por personas que si dan justo uso a su oficio profesión con veracidad sin alteración mentiras abuso engaños.🙏😔✋🔏
Florência, un poco tarde mi respuesta! Quizá ya has rendido! Lo que pasa, es que la materia administrativa es de competencia provincial. Especialmente en el proceso de formación. Cada provincia tiene sus normas específicas. Donde estudias?
Muy bueno todos los videos tengo que hacer un monografia sobre el poder ejecutivo y esta muy completa la informacion, estudiare de este canal para el examen muy buen contenido .
*Duda/inquietud Por qué los convencionales constituyentes que reformaron la Constitución en el 94 permitieron "contradicciones" en la misma. Introdujeron definiciones/palabras "ambiguas" siempre como supuesto de excepción a la regla. Es decir, lo que al principio de un artículo se prohíbe en el siguiente renglón se habilita. Esto nos lleva por ejemplo a los Decretos Delegados que me parecen una contradicción en sí misma. Si el Congreso "delega" facultades al P.E. por NO PODER llevar a cabo el trámite ordinario por cierta situación excepcional, una vez que el mismo P.E la lleva a cabo, el Congreso puede derogar esa Ley que delegó, es decir vuelve al Congreso para ser tratada, o por ejemplo vuelve al Congreso para ser refrendada por la Comisión Bicameral Permanente, o sea analizarla en el mismo Congreso esa misma Ley. (Al final se podía o no se podía) La pregunta sería con qué motivo delegó una ley que apriori podía sesionar ordinariamente sin ningún problema? Es un punto, cuanto menos contradictorio, el art. 76 es ejemplo de ello. El mismo debería ser reformado casi en su totalidad. Yo mantendría la primera parte que dice: "Se prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo...". ¡¡¡Punto!!! lo demás lo borraría de un plumazo. Ni hablar de los DNU, que me parecen sumamente innecesarios e inconstitucionales. En fin, no debería existir excepción a la regla en La Constitución y mucho menos que esas excepciones recaigan en el Poder Ejecutivo, es peligroso en un sistema hiperpresidencialista como el nuestro. Si hay una división de poderes se debe respetar y hacerse cargo de tales atribuciones, y nunca poner en juego el equilibrio de la "balanza".
Hay un decreto 595/23 Pero no está reglamentado los beneficiarios de este decreto quieren saber que pasa si no lo regálamentan si ya esta vigente en el boletin ofecial??
Stefano, en cuanto pueda, subo uno sobre ese tema exclusivamente. Hay un esquema, un poco básico, en el video sobre los nuevos derechos y garantías. Quizá para un repaso general te sirva.ua-cam.com/video/pOInEjO_X8c/v-deo.html
Un capo, rindo hoy y me esta ayudando mucho, gracias por estos videos y por su compromiso con la educación
Clarísimo. Excelente su exposición Dr. Gracias.
Gracias a vos Luciana! Suerte en el examen!
Siempre tan claro con sus explicaciones. Desde la Uba Derecho. Gracias
Muchas gracias! Suerte en el final y saludos a los chicos de la UBA,
Conocí hace poco al profesor por este canal, verdaderamente es el único que me hizo entender la materia. Ni siquiera los profes de mi cátedra dan estas clases magistrales. A eso le sumo que di mi final hace unos días y estudie solamente de sus videos y filminas de facebook, con lo cual aprobé. Ojalá nunca deje de dar estas clases que para mí hoy se convirtieron en esenciales. La dedicación y pasión con la que explica lo es todo. Gracias por tanto profesor.
Me alegro que hayas aprobado!
Q materia es?
exelente másterclas muchas gracias por la explicación
El Presidente Miley? DEBE HACER USO DE LOS DECRETOS QUE QUIERA Y PUEDA PARA LIMPIAR LA CORTE!!!!❤
Lo que no entendi en 2 años entendi en 20 min, lo amo
Me alegro Melanie! Suerte en los exámenes!
Sabe usted mucho
Tengo un trabajo práctico respecto a los tipos de decretos. Me es de mucha ayuda, además que usted explica muy bien! Muchas gracias😊
Me son de mucha ayuda sus explicaciones, gracias por compartir!
Que excelente oralidad. Gracias por este video 🙏🏻
Gracias a vos!
gracias profesor!! habia hecho mis propios resúmenes leyendo de los libros y de internet, pero ni aun así estan tan bien explicados como acá!! tengo parcial mañana, espero aprobar ;/
💪
Saludos cordiales bendiciones julio Alvarez a seguir dando buenas enseñanzas para evitar las maldades e injusticias de gentes personas sin humanidad y no hacen bien su oficio profesión.hay que desenmascarar para destituir por personas que si dan justo uso a su oficio profesión con veracidad sin alteración mentiras abuso engaños.🙏😔✋🔏
Sus videos me fueron de suma utilidad, aprobé Derecho Constitucional con un 9. Su dinámica forma de explicar es excelente. Saludos!
Felicitaciones Maria Luján!!!💪
Profe, tiranos un centro con los contratos administrativos en particular!
Florência, un poco tarde mi respuesta! Quizá ya has rendido! Lo que pasa, es que la materia administrativa es de competencia provincial. Especialmente en el proceso de formación. Cada provincia tiene sus normas específicas. Donde estudias?
Muy bueno todos los videos tengo que hacer un monografia sobre el poder ejecutivo y esta muy completa la informacion, estudiare de este canal para el examen muy buen contenido .
*Duda/inquietud
Por qué los convencionales constituyentes que reformaron la Constitución en el 94 permitieron "contradicciones" en la misma. Introdujeron definiciones/palabras "ambiguas" siempre como supuesto de excepción a la regla. Es decir, lo que al principio de un artículo se prohíbe en el siguiente renglón se habilita. Esto nos lleva por ejemplo a los Decretos Delegados que me parecen una contradicción en sí misma. Si el Congreso "delega" facultades al P.E. por NO PODER llevar a cabo el trámite ordinario por cierta situación excepcional, una vez que el mismo P.E la lleva a cabo, el Congreso puede derogar esa Ley que delegó, es decir vuelve al Congreso para ser tratada, o por ejemplo vuelve al Congreso para ser refrendada por la Comisión Bicameral Permanente, o sea analizarla en el mismo Congreso esa misma Ley. (Al final se podía o no se podía)
La pregunta sería con qué motivo delegó una ley que apriori podía sesionar ordinariamente sin ningún problema? Es un punto, cuanto menos contradictorio, el art. 76 es ejemplo de ello. El mismo debería ser reformado casi en su totalidad. Yo mantendría la primera parte que dice: "Se prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo...". ¡¡¡Punto!!! lo demás lo borraría de un plumazo. Ni hablar de los DNU, que me parecen sumamente innecesarios e inconstitucionales.
En fin, no debería existir excepción a la regla en La Constitución y mucho menos que esas excepciones recaigan en el Poder Ejecutivo, es peligroso en un sistema hiperpresidencialista como el nuestro. Si hay una división de poderes se debe respetar y hacerse cargo de tales atribuciones, y nunca poner en juego el equilibrio de la "balanza".
Muy buenas tus observaciones Oscar. Y comparto la mayoría. Abzo.
Hay un decreto 595/23 Pero no está reglamentado los beneficiarios de este decreto quieren saber que pasa si no lo regálamentan si ya esta vigente en el boletin ofecial??
Genio
Consulta se puede recurrir judicialmente a los decretos ejecutivos?
Buen video.
Cuando repasamos habeas data profe??
Stefano, en cuanto pueda, subo uno sobre ese tema exclusivamente. Hay un esquema, un poco básico, en el video sobre los nuevos derechos y garantías. Quizá para un repaso general te sirva.ua-cam.com/video/pOInEjO_X8c/v-deo.html
Buenos días Doctor, soy exalumna de la universidad Champagnat quería pedirle su mail para hacerle una consulta.
Muchas gracias!
que grande
Te dejo esquema de repaso. facebook.com/groups/552799175417917/permalink/777661636265002