Petición de suspensión de la coactiva en demanda de excepciones

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  • Опубліковано 31 гру 2024

КОМЕНТАРІ • 6

  • @Goitar29
    @Goitar29 16 днів тому +2

    Muchas gracias por la clase estimado Dr. Ortega, clara y gráfica su explicación. Saludos cordiales

  • @diogenes8868
    @diogenes8868 16 днів тому +1

    Excelente video, aunque me queda una duda práctica, como procedería si la Entidad no quiere pronunciarse sobre el valor a consignar? o por lo menos no lo hace de forma pronta, teniendo el cuenta el término que se tiene para presentar la demanda de excepciones a la coactiva.
    Podría simplemente uno mismo calcularle el 10% de la obligación.

    • @fernandoortegacardenas
      @fernandoortegacardenas  16 днів тому

      Justamente ese problema práctico es el que saco a la luz porque las entidades públicas no entienden que ellas deben calcular el valor y recibir la consignación. Espero que este video lo vean los ejecutores. Lo que habría que hacer es uno mismo calcular y depositarlo. De hecho el TDCA no puede saber cuál es el valor y aceptará la consignación. El problema es que las entidades ejecutoras aún mantienen el sistema anterior, en que la consignación se hacía en el TDCA.

  • @reneeeguez7774
    @reneeeguez7774 15 днів тому +1

    Dr., si el tribunal niega la suspensión, el ejecutante devuelve esa consignación?

    • @fernandoortegacardenas
      @fernandoortegacardenas  15 днів тому

      Una vez hecha la consignación esa debería quedar pendiente hasta la resolución judicial. Sin embargo el TDCA no tiene porque negar la suspensión