La ponente tiene un sesgo de género. Presupone en toda su alocución que la parte demandante siempre será del género femenino y que el demandado será siempre del masculino. No hay ninguna referencia a las demandas de filiación interpuestas por el padre. La ley 30628 se viene aplicando literalmente y de manera restringida discriminando al padre.
Una consulta, el procediiento para la demanda sigue igual de simplificado, sin firma de abogado y también por vía web? O eso solo fué por Pandemia. Atento a su respuesta. Gracias.
Y cuando la figura es al revés? Osea que es el Padre que quiere realizar la filiación extra matrimonial?
La ponente tiene un sesgo de género. Presupone en toda su alocución que la parte demandante siempre será del género femenino y que el demandado será siempre del masculino. No hay ninguna referencia a las demandas de filiación interpuestas por el padre. La ley 30628 se viene aplicando literalmente y de manera restringida discriminando al padre.
Te entiendo me pasa lo mismo.
Sugiero que la entrevistadora no interrumpa o corte a la dra. Cuando habla, más respeto y atención a la invitada😐 👍
Mi hija tiene 29 años y quiere demandar a su padre para que la firme o reconozca. Que puede hacer
Abogado Rubio y Sotelo buenos abogados en Chorrillos. Recomendado vale la pena pagar un poco por abogados
Q pasa si va a la audiencia y no pago ni señalo laboratorio
Una consulta, el procediiento para la demanda sigue igual de simplificado, sin firma de abogado y también por vía web? O eso solo fué por Pandemia. Atento a su respuesta. Gracias.
Ley 28456
Hablan a la vez no se entiende