Gracias por el video. ¿Cómo sé a qué subasta estoy aplicando cuando hago un reinversión? La misma que tiene fecha de emisión el día se amortizaría el importe que reinvierto ¿verdad?
Hola Christian, la reinversión es para la anunciada que es la próxima al vencimiento de la tuya . Se encadena una con otra. Un saludo y gracias por seguir al canal
Gracias, Eduardo. Anotaría el pequeño detalle de que en el ejemplo del cálculo del interés de la subasta, éste es anual, pero nos devolverían la parte sobrante de manera proporcional a la duración de nuestra letra 3M-6M-9M-12M, 1/4-1/2-3/4-4/4, respectivamente. El cálculo realizado es para una duración de 1 año (creo)
Buenas tardes Eduardo: He realizado los pasos que dices para REINVERTIR. He llegado al paso final donde aparecen los dos titulares de la reinversión, mi mujer y yo. Yo soy el titular y gestor de la cuenta y estado firmado, mi mujer, titular y estado no firmado. Mi mujer también tiene firma electrónica. Si le doy a autofirma, firmar con autofirma se supone que está firmado por los dos. ! el documento como es preceptivo. ES ASI ? Muy agradecido. Muchas gracias Mi mujer también tiene firma digital
No lo sé Juan, exactamente vuestro caso ya que yo hago las operaciones en una cuenta unipersonal. Entiendo que si eres el gestor de la cuenta te dejará hacerlo. Si te aparece al final, que está pendiente de firma de tu mujer que lo intente firmar. De todas formas la operación si está ok te saldrá, operación concluida o realizada . Siento no poderte ayudar más. Muchas gracias por seguir al canal y tus comentarios. Un abrazo
Hola, por favor, por que me da la opcion de reinvertir unas letras en una subasta que se produce 3 dias antes de la fecha de amortizacion de laletras, es decir la amortizacion es el 8/9 y la subasta el 5/9 sin embargo me ofrece la posibilidad de reinvertir, me aplicara menos dias de inversion? Muchas gracias
Hola Mario, no sé si entiendo bien la pregunta , si te ofrece la posibilidad de reinversión es porque es posible por los plazos. El motivo es porque primero se hace la subasta y se adjudica y posteriormente se carga el importe a tu cuenta y pasan días. El Tesoro ya cuenta con tu dinero. En la segunda parte de tu pregunta entiendo que NO te ofrece la posibilidad. Un saludo
Hola Antonio, En la aplicación del Tesoro en el menú junto opciones como compra, venta, posición integral, te aparece una que dice REINVERSIÓN. Pulsando en ella te indica que algunas de tus posiciones ya las puedes reinvertir. Entiendo que con unas semanas o incluso más de un mes lo puedes realizar. Yo he mirado unas posiciones que vencen en 3 meses y aún no me da la opción. Muchas gracias por tu consulta . Un abrazo Eduardo
muchas gracias por el tutoria. lo que no me queda claro al reinvertir es, ¿si me finaliza una letra a 100000 y reinvierto los 100000, tengo que relizar alguna trasferencia para el deposito previo? como cuando inviertes.(Al invertir 100000, transfieres 101000). un saludo.
Gracias por tu pregunta. Cuando nos adjudican una letra (1.000€) nos ingresan en nuestra cuenta la diferencia, porque se compra al descuento. Cuando llega el vencimiento, nos devolverán el principal ( 1.000€ ) menos la comisión. Si haces la reinversión, antes de que se produzca la devolución, no tienes que hacer ninguna aportación ya que el principal ya está en el Tesoro ingresado.Espero haberte aclarado la duda. Recuerda que las nuevas reinversiones son para periodos de 6 o más meses. Un saludo Eduardo
Hola. He hecho las gestiones para invertir en letras del Tesoro. Hice la transferencia al banco de España y en principio es hoy cuando salian a subasta......como sé si me las han adjudicado? En la página de Posición Integral no veo la opción de valores adjudicados y emitidos, que es donde se supone que aparece........muchas gracias.
Te llegará una carta del Banco de España comunicado que te han adjudica si solicitaste subasta no competitiva. Voy a subir estos días un vídeo corto sobre las comunicaciones que envía el Banco de España. Saludos
Hola Joaquín, hace unos días publique un vídeo sobre las LETRAS y la correspondencia donde hablo de las cartas que envia el Banco de España comunicando los plazos y entre ellos esta la de reinversión. También puedes hacerlo por la web en el apartado de reinversión . Suelen avisarte sino un mes antes . De todas manera entra en la web en ese apartado y te da las opciones . Un abrazo y gracias por tu consulta.
Buenas, otra pregunta: tengo una letra a 6 meses con el estado pero no me aparece reinversion, entiendo que cuando se hacerque el plazo me aparecera la posibilidad de reinversion. Creo que ahora me faltan 2 o 3 meses para que finalice el plazo de la letra.
Buenos dias, No acabo de ver como funciona el cobro de tasas en la reinversión... Al reinvertir y llevarse a termino la subasta el estado nos devuelve el % en que se subasta la letra, la ganancia que tendremos. Pero este % de ganancia que ha benido de una reinversion tiene la retencion del 19% o lel cargo del 0,15% del banco de españa. Y si no es asi cuando se tiene en cuenta cuando ya no volvieramos a reinvertir mas?
El pago de impuestos lo haces por cada pago q te hace el Tesoro. Recuerda que compras al descuento y por tanto, al hacer la compra ya te han pagado por adelantado. El lo que reinviertes es el nominal osea 1000€ y cuando hagas las reinversión de devolverán en su momento el diferencial. Saludos
Hola! H reinvertido unas letras pero no me queda claro si a la fecha de la nueva subasta, cuando se reinvertirán, me ingresarán los intereses obtenidos por el periodo previo... Gracias!
Las Letras del Tesoro son al descuento, eso quiere decir que cuando te adjudican las Letras en la subasta te hacen un ingreso en cuenta por los interéses y cuando vence la Letra te ingresan el principal. Por tanto, lo intereses ya te los han liquidado. Si reinviertes la operación se vuelve a repetir. En caso que no lo hagas, como hemos comentado te devuelven el principal menos comisión. Un saludo
Hay que declarar los intereses de letras a vencimiento aunque los cobre en el año anterior??? Ejemplo cobro los intereses en 2022 y vencimiento en 2023. Y si reinvierto tendre que declarar solo los interes sin comision???
Buena pregunta Francisco, Si no recuerdo mal se pagan al vencimiento de la Letra . Por tanto , si el vencimiento coincide con el año tendrás que tributar en el ejercicio correspondiente y a los tipos correspondientes al nivel de importante ganado. Las Letras no llevan retención a cuenta, pero están sujetas al IRPF del año correspondiente a su vencimiento. Por tanto, lo que sea del 2024 lo tendrás que tributar en los impuestos de 2024 que los presentarás en 2025. Espero haberte ayudado en tus dudas, pero como comento en mis vídeos no soy un asesor fiscal. Un abrazo
he cambiado la cuenta de abono y he firmado con la autofirma pero meda que falta firmar , pero miro en ellateral dercho miro donde pone pendiente de firmar y me dice que no tengo nada pendiente de firmar, como en un sitio me dice que pendiente de firma y en el otro me dice que no tengo nada pendiente de firmar ,un saludo.
Es importante hacer las operaciones con los datos que nos vacilitan para que se hagan las operaciones correctamente. No sé bien a que te refieres con lo de que has cambiado la cuenta de abono. Un saludo
Buenas, tengo una duda Si reinviertes una letra de 12 meses (1000€) que tenias con un interés del 3% ¿Al reinvertirla al año siguiente sigues teniendo el interés inicial del 3% que te pusieron al comprarla o se cambia según el mercado a la hora de reinvertirla al año siguiente? Gracias y un saludo
La finalidad de mi pregunta es que si reinvierto en esas condiciones durante por ejemplo cada año durante 5 años, si voy a seguir teniendo ese 3% de interés o va variando todos los años que reinvierto... gracias :)
me referia en comentario que cambie la cuenta de mi banco y firme con la autofirma y me dice que esta pendiente de firma,pero en el lteral dereco donde pone en color ambar pendiente de firma puiso y me dice que no tengo nada pendiente de firma . UN SALUDO
Hola , refresca la pagina o entra otra vez y ver si persiste el aviso. Entiendo que te enviaran las correspondientes cartas ( ver el vídeo de correspondencia) y podrás ver el estado de la operación o sino en la propia web. Un abrazo y gracias por tu consulta
Hola! ¿Hay que esperar a que te reintegren el principal para reinvertir? Por ejemplo, te llega la carta de que puedes reinvertir en enero, tus letras vencen el 10 de febrero, y optas por reinvertir en la subasta del 7 de febrero ... ¿te aceptarían la reinversión?
Buenos días Natalia, Puedes dar la orden de reinvertir antes no tienes que esperar al vencimiento. Si lo tienes claro lo puedes dejar ya hecho y evitas que te devuelvan el principal con la comisión correspondiente. Muchas gracias por tu pregunta. Saludos Eduardo
Hola..., tengo una pregunta que resultará obvia pero creo que mucha gente al principio la tendría..; - Si invierto por ejemplo 1000€, no sería mejor hacerlo a 3 meses e ir reinvirtiendo, aunque sea algo mas bajo el interés, pero cada 3 meses tendré un 3%, me tendría que esperar un año (12 meses) para tener un 3.80%. - O sea..., en un año habré tenido 4 veces un 3% frente a 1 vez un 3.8%... - Aunque la reinversión no lo permita, seria mejor pagar la comisión y obtener 4 veces un 3% no?? Gracias por adelantado...
El interés es anual. El pago de los intereses es al principio de la operación por tanto, no tienes que esperar a terminar el periodo para cobrarlos. Es una posibilidad ponerte a 3 meses e ir reinvirtiendo . Sólo tienes que tener en cuenta la comisión .
Muchas gracias
Gracias a ti Fco. Por seguir el canal y tus preguntas y comentarios.
Un abrazo
Gracias por el video. ¿Cómo sé a qué subasta estoy aplicando cuando hago un reinversión? La misma que tiene fecha de emisión el día se amortizaría el importe que reinvierto ¿verdad?
Hola Christian, la reinversión es para la anunciada que es la próxima al vencimiento de la tuya . Se encadena una con otra. Un saludo y gracias por seguir al canal
Gracias, Eduardo. Anotaría el pequeño detalle de que en el ejemplo del cálculo del interés de la subasta, éste es anual, pero nos devolverían la parte sobrante de manera proporcional a la duración de nuestra letra 3M-6M-9M-12M, 1/4-1/2-3/4-4/4, respectivamente. El cálculo realizado es para una duración de 1 año (creo)
Efectivamente Javier el cálculo es anual .
Un abrazo
Buenas tardes Eduardo:
He realizado los pasos que dices para REINVERTIR.
He llegado al paso final donde aparecen los dos titulares de la reinversión, mi mujer y yo. Yo soy el titular y gestor de la cuenta y estado firmado, mi mujer, titular y estado no firmado.
Mi mujer también tiene firma electrónica.
Si le doy a autofirma, firmar con autofirma se supone que está firmado por los dos. ! el documento como es preceptivo.
ES ASI ?
Muy agradecido. Muchas gracias
Mi mujer también tiene firma digital
No lo sé Juan, exactamente vuestro caso ya que yo hago las operaciones en una cuenta unipersonal. Entiendo que si eres el gestor de la cuenta te dejará hacerlo. Si te aparece al final, que está pendiente de firma de tu mujer que lo intente firmar. De todas formas la operación si está ok te saldrá, operación concluida o realizada . Siento no poderte ayudar más. Muchas gracias por seguir al canal y tus comentarios. Un abrazo
Hola, por favor, por que me da la opcion de reinvertir unas letras en una subasta que se produce 3 dias antes de la fecha de amortizacion de laletras, es decir la amortizacion es el 8/9 y la subasta el 5/9 sin embargo me ofrece la posibilidad de reinvertir, me aplicara menos dias de inversion? Muchas gracias
Hola Mario, no sé si entiendo bien la pregunta , si te ofrece la posibilidad de reinversión es porque es posible por los plazos. El motivo es porque primero se hace la subasta y se adjudica y posteriormente se carga el importe a tu cuenta y pasan días. El Tesoro ya cuenta con tu dinero. En la segunda parte de tu pregunta entiendo que NO te ofrece la posibilidad. Un saludo
Buenas, ¿con qué antelación, se puede hacer la operación de reinvertir en la web?
Hola Antonio,
En la aplicación del Tesoro en el menú junto opciones como compra, venta, posición integral, te aparece una que dice REINVERSIÓN. Pulsando en ella te indica que algunas de tus posiciones ya las puedes reinvertir. Entiendo que con unas semanas o incluso más de un mes lo puedes realizar. Yo he mirado unas posiciones que vencen en 3 meses y aún no me da la opción. Muchas gracias por tu consulta .
Un abrazo
Eduardo
muchas gracias por el tutoria. lo que no me queda claro al reinvertir es, ¿si me finaliza una letra a 100000 y reinvierto los 100000, tengo que relizar alguna trasferencia para el deposito previo? como cuando inviertes.(Al invertir 100000, transfieres 101000).
un saludo.
Gracias por tu pregunta. Cuando nos adjudican una letra (1.000€) nos ingresan en nuestra cuenta la diferencia, porque se compra al descuento. Cuando llega el vencimiento, nos devolverán el principal ( 1.000€ ) menos la comisión.
Si haces la reinversión, antes de que se produzca la devolución, no tienes que hacer ninguna aportación ya que el principal ya está en el Tesoro ingresado.Espero haberte aclarado la duda. Recuerda que las nuevas reinversiones son para periodos de 6 o más meses.
Un saludo Eduardo
Hola. He hecho las gestiones para invertir en letras del Tesoro. Hice la transferencia al banco de España y en principio es hoy cuando salian a subasta......como sé si me las han adjudicado? En la página de Posición Integral no veo la opción de valores adjudicados y emitidos, que es donde se supone que aparece........muchas gracias.
Te llegará una carta del Banco de España comunicado que te han adjudica si solicitaste subasta no competitiva. Voy a subir estos días un vídeo corto sobre las comunicaciones que envía el Banco de España. Saludos
Hola un saludo. a mi me vencen en febrero del 2024 . cuando puedo hacer la reinversion??? me refiero a la fecha tres meses antes o solo unos dias???
Hola Joaquín, hace unos días publique un vídeo sobre las LETRAS y la correspondencia donde hablo de las cartas que envia el Banco de España comunicando los plazos y entre ellos esta la de reinversión. También puedes hacerlo por la web en el apartado de reinversión . Suelen avisarte sino un mes antes . De todas manera entra en la web en ese apartado y te da las opciones . Un abrazo y gracias por tu consulta.
Buenas, otra pregunta: tengo una letra a 6 meses con el estado pero no me aparece reinversion, entiendo que cuando se hacerque el plazo me aparecera la posibilidad de reinversion. Creo que ahora me faltan 2 o 3 meses para que finalice el plazo de la letra.
Si, te llegará una carta dándote opción o directamente puedes proceder a solicitarlo en si momento.Saludos
Buenos dias, No acabo de ver como funciona el cobro de tasas en la reinversión... Al reinvertir y llevarse a termino la subasta el estado nos devuelve el % en que se subasta la letra, la ganancia que tendremos. Pero este % de ganancia que ha benido de una reinversion tiene la retencion del 19% o lel cargo del 0,15% del banco de españa. Y si no es asi cuando se tiene en cuenta cuando ya no volvieramos a reinvertir mas?
El pago de impuestos lo haces por cada pago q te hace el Tesoro. Recuerda que compras al descuento y por tanto, al hacer la compra ya te han pagado por adelantado. El lo que reinviertes es el nominal osea 1000€ y cuando hagas las reinversión de devolverán en su momento el diferencial. Saludos
Hola! H reinvertido unas letras pero no me queda claro si a la fecha de la nueva subasta, cuando se reinvertirán, me ingresarán los intereses obtenidos por el periodo previo... Gracias!
Las Letras del Tesoro son al descuento, eso quiere decir que cuando te adjudican las Letras en la subasta te hacen un ingreso en cuenta por los interéses y cuando vence la Letra te ingresan el principal. Por tanto, lo intereses ya te los han liquidado. Si reinviertes la operación se vuelve a repetir. En caso que no lo hagas, como hemos comentado te devuelven el principal menos comisión. Un saludo
Hay que declarar los intereses de letras a vencimiento aunque los cobre en el año anterior??? Ejemplo cobro los intereses en 2022 y vencimiento en 2023. Y si reinvierto tendre que declarar solo los interes sin comision???
Buena pregunta Francisco,
Si no recuerdo mal se pagan al vencimiento de la Letra . Por tanto , si el vencimiento coincide con el año tendrás que tributar en el ejercicio correspondiente y a los tipos correspondientes al nivel de importante ganado. Las Letras no llevan retención a cuenta, pero están sujetas al IRPF del año correspondiente a su vencimiento. Por tanto, lo que sea del 2024 lo tendrás que tributar en los impuestos de 2024 que los presentarás en 2025. Espero haberte ayudado en tus dudas, pero como comento en mis vídeos no soy un asesor fiscal. Un abrazo
he cambiado la cuenta de abono y he firmado con la autofirma pero meda que falta firmar , pero miro en ellateral dercho miro donde pone pendiente de firmar y me dice que no tengo nada pendiente de firmar, como en un sitio me dice que pendiente de firma y en el otro me dice que no tengo nada pendiente de firmar ,un saludo.
Es importante hacer las operaciones con los datos que nos vacilitan para que se hagan las operaciones correctamente. No sé bien a que te refieres con lo de que has cambiado la cuenta de abono. Un saludo
Buenas, tengo una duda
Si reinviertes una letra de 12 meses (1000€) que tenias con un interés del 3%
¿Al reinvertirla al año siguiente sigues teniendo el interés inicial del 3% que te pusieron al comprarla o se cambia según el mercado a la hora de reinvertirla al año siguiente?
Gracias y un saludo
La finalidad de mi pregunta es que si reinvierto en esas condiciones durante por ejemplo cada año durante 5 años, si voy a seguir teniendo ese 3% de interés o va variando todos los años que reinvierto... gracias :)
El interés de fija en cada subasta.
Se fija en cada subasta.
me referia en comentario que cambie la cuenta de mi banco y firme con la autofirma y me dice que esta pendiente de firma,pero en el lteral dereco donde pone en color ambar pendiente de firma puiso y me dice que no tengo nada pendiente de firma . UN SALUDO
Hola , refresca la pagina o entra otra vez y ver si persiste el aviso. Entiendo que te enviaran las correspondientes cartas ( ver el vídeo de correspondencia) y podrás ver el estado de la operación o sino en la propia web. Un abrazo y gracias por tu consulta
Hola! ¿Hay que esperar a que te reintegren el principal para reinvertir? Por ejemplo, te llega la carta de que puedes reinvertir en enero, tus letras vencen el 10 de febrero, y optas por reinvertir en la subasta del 7 de febrero ... ¿te aceptarían la reinversión?
Buenos días Natalia,
Puedes dar la orden de reinvertir antes no tienes que esperar al vencimiento. Si lo tienes claro lo puedes dejar ya hecho y evitas que te devuelvan el principal con la comisión correspondiente. Muchas gracias por tu pregunta. Saludos Eduardo
@@inversorsinfronteras gracias!
Hola..., tengo una pregunta que resultará obvia pero creo que mucha gente al principio la tendría..;
- Si invierto por ejemplo 1000€, no sería mejor hacerlo a 3 meses e ir reinvirtiendo, aunque sea algo mas bajo el interés, pero cada 3 meses tendré un 3%, me tendría que esperar un año (12 meses) para tener un 3.80%.
- O sea..., en un año habré tenido 4 veces un 3% frente a 1 vez un 3.8%...
- Aunque la reinversión no lo permita, seria mejor pagar la comisión y obtener 4 veces un 3% no??
Gracias por adelantado...
El interés es anual. El pago de los intereses es al principio de la operación por tanto, no tienes que esperar a terminar el periodo para cobrarlos. Es una posibilidad ponerte a 3 meses e ir reinvirtiendo . Sólo tienes que tener en cuenta la comisión .
Hola buenas, has dicho que el 3%es anual ,entonces si invierto a 3 meses divido ese 3% por 4 no? Y a 6 meses lo divido por 2, es así?