Consulta. Si quiero formar una cooperativa de trabajo con 3 asociados. Como sería el organismo social. Con el tema del consejo de administración?. Me confunde con el tema de presidente secretario y tesorero.
Hola. El consejo de administración estaría formado por los/as 3 asociados/as que forman la coop. Un/a presi, un/a teso y un/a secre. En este caso no habría síndico/a.
En el caso inicial de crear una cooperativa. Si con el 5% de la cuota social de cada asociado, no alcanza para equipar la cooperativa. Que se hace en ese caso? Se pide un aporte extra de cada asociado?
¡Hola! Si bien se debe aportar un 5% de la cuota social al ingresar, y luego hay un máximo de 5 años para aportar el 95% restante, nada prohibe que ustedes puedan aportar el 95% restante (o una parte) antes de ello. Conozco coops que le piden a sus asociados/as que aporten el 100% al ingresar. Incluso, si el 100% de sus cuotas sociales no llegan a constituír un capital social que pueda equipar bien la coop, pueden reunirse y aumentar el monto de sus cuotas sociales. ¡Buena suerte!
hola buenas una consulta una cooperativa de vivienda se puede armar con 6 integrantes ? y cuales serian consejo administracion presidente secretario tesorero y consejo fiscalizacion dos sindicos y dos suplentes ?
Hola. Tengo entendido que la única coop que se puede formar con un mínimo de 6 asociados es la coop de trabajo. El resto requiere un mínimo de 10 asociados fundadores. Más info acá: www.argentina.gob.ar/sites/default/files/vivienda_aspectos_basicos.pdf
Buenas tardes. En cualquier tipo de cooperativa, si sobra dinero (la diferencia entre los ingresos y los egresos), y las/os asociados lo deciden, se puede repartir entre ellos/as. Eso no se puede en las asociaciones civiles, mutuales y fundaciones. Por eso la ventaja de las coops. Al dinero que sobra no le decimos Ganancias, sino Excedentes. En cualquier momento de pueden unir más personas a la cooperativa, por la razón que sea (para reemplazar a alguien que se fue o, simplemente, para seguir creciendo). ¡Saludos!
@@andresgrad Hola, muchas gracias por tu respuesta y compromiso . Yo trabajo en una escuela de educación especial que lleva a cabo un plan de formación laboral y queríamos alquilar un lugar para poner una cooperativa de serigrafía , para vender productos de serigrafía . Sería una coooperativa escolar o de trabajo ? Porque la ganancia iría a los alumnos .
@@monicalozano399 Hola Mónica. Es un placer poder asesorar un poco. En principio, podría ser cualquiera de las dos: coop de trabajo o coop escolar. El tema es que las coops escolares tienen menos legislación. Yo soy de Río Negro, y aquí hay una resolución provincial que reconoce la personería jurídica de las coops escolares. Desconozco cómo es en otras provicias. Yo iría por lo más seguro y desarrollado: la coop de trabajo. Allí, toda persona que trabaje es asociado/a (léase dueño/a), y por ende tiene derecho a acceder a la distribución de excedentes mes a mes. Además, si alguien deja la escuela, se recibe, pero quiere seguir trabajando, en una coop de trabajo puede hacerlo tranquilamente. Aclaro una cosa: en el mundo del cooperativismo no decimos "ganancias". Decimos "excedentes". Recomiendo que sigas investigando en la web del INAES (organismo que otorga matrícula a las coop). ¡Suerte!
Te pueden echar de una cooperativa de vivienda si no pagas la cuota? Pero otros socios no pagaron siendo más morosos que yo y no actuaron de la misma forma? Además el síndico no hizo cumplir el estatuto y nunca mostraron el balance ni los movimientos contables, al ser vivienda no me están sacando el derecho a la vivienda?
Sí, un asociado puede ser echado por el consejo de administración de una cooperativa si es que no cumple las disposiciones del estatuto y de los reglamentos internos. El asociado echado tiene derecho y puede solicitar que la próxima reunión de asamblea en la que participan todos los asociados revise la situación, y voten a favor de echarlo o no. El derecho a la vivienda es un derecho humano, sin embargo, uno accede a este por medio de la cooperativa de vivienda aceptando todo lo que está escrito en el estatuto y los reglamentos internos. Aconsejo consultar en el INAES o en un órgano local de control de cooperativas de su provincia. ¡Saludos!
@@andresgrad si pero si los demás socios no cumplen con el estatuto y la comisión y el síndico no actúa como debe no pueden hacer eso y menos amenazar con echarte en las asambleas
hola. te hago una consulta. existe la posibilidad de que sea una asociado q paga la cuota pero no se presente a trabajar? osea que pague su cuota pero que no tenga ninguna función en la cooperativa mas q pagar su cuota..
muchisimas gracias! explicas muchísimo mejor que mis profesores, ,e estas re salvando el final de sociedades. Un saludo desde Catamarca
Consulta. Si quiero formar una cooperativa de trabajo con 3 asociados. Como sería el organismo social. Con el tema del consejo de administración?. Me confunde con el tema de presidente secretario y tesorero.
Hola. El consejo de administración estaría formado por los/as 3 asociados/as que forman la coop. Un/a presi, un/a teso y un/a secre. En este caso no habría síndico/a.
En el caso inicial de crear una cooperativa. Si con el 5% de la cuota social de cada asociado, no alcanza para equipar la cooperativa. Que se hace en ese caso? Se pide un aporte extra de cada asociado?
¡Hola! Si bien se debe aportar un 5% de la cuota social al ingresar, y luego hay un máximo de 5 años para aportar el 95% restante, nada prohibe que ustedes puedan aportar el 95% restante (o una parte) antes de ello. Conozco coops que le piden a sus asociados/as que aporten el 100% al ingresar.
Incluso, si el 100% de sus cuotas sociales no llegan a constituír un capital social que pueda equipar bien la coop, pueden reunirse y aumentar el monto de sus cuotas sociales. ¡Buena suerte!
Muchas gracias Andrés, muy claras y concretas las explicaciones
hola buenas una consulta una cooperativa de vivienda se puede armar con 6 integrantes ? y cuales serian consejo administracion presidente secretario tesorero y consejo fiscalizacion dos sindicos y dos suplentes ?
Hola. Tengo entendido que la única coop que se puede formar con un mínimo de 6 asociados es la coop de trabajo. El resto requiere un mínimo de 10 asociados fundadores. Más info acá: www.argentina.gob.ar/sites/default/files/vivienda_aspectos_basicos.pdf
Hola, en las cooperativas se reparte las ganancias entre los que la componen? se puede unir otras personas en el caso qeu alguna se de de baja?
Buenas tardes. En cualquier tipo de cooperativa, si sobra dinero (la diferencia entre los ingresos y los egresos), y las/os asociados lo deciden, se puede repartir entre ellos/as. Eso no se puede en las asociaciones civiles, mutuales y fundaciones. Por eso la ventaja de las coops. Al dinero que sobra no le decimos Ganancias, sino Excedentes.
En cualquier momento de pueden unir más personas a la cooperativa, por la razón que sea (para reemplazar a alguien que se fue o, simplemente, para seguir creciendo).
¡Saludos!
@@andresgrad Hola, muchas gracias por tu respuesta y compromiso . Yo trabajo en una escuela de educación especial que lleva a cabo un plan de formación laboral y queríamos alquilar un lugar para poner una cooperativa de serigrafía , para vender productos de serigrafía . Sería una coooperativa escolar o de trabajo ? Porque la ganancia iría a los alumnos .
@@monicalozano399 Hola Mónica. Es un placer poder asesorar un poco. En principio, podría ser cualquiera de las dos: coop de trabajo o coop escolar. El tema es que las coops escolares tienen menos legislación. Yo soy de Río Negro, y aquí hay una resolución provincial que reconoce la personería jurídica de las coops escolares. Desconozco cómo es en otras provicias. Yo iría por lo más seguro y desarrollado: la coop de trabajo. Allí, toda persona que trabaje es asociado/a (léase dueño/a), y por ende tiene derecho a acceder a la distribución de excedentes mes a mes.
Además, si alguien deja la escuela, se recibe, pero quiere seguir trabajando, en una coop de trabajo puede hacerlo tranquilamente.
Aclaro una cosa: en el mundo del cooperativismo no decimos "ganancias". Decimos "excedentes". Recomiendo que sigas investigando en la web del INAES (organismo que otorga matrícula a las coop). ¡Suerte!
@@andresgrad Mil gracias ! Muy claro !!!
Te pueden echar de una cooperativa de vivienda si no pagas la cuota? Pero otros socios no pagaron siendo más morosos que yo y no actuaron de la misma forma? Además el síndico no hizo cumplir el estatuto y nunca mostraron el balance ni los movimientos contables, al ser vivienda no me están sacando el derecho a la vivienda?
Sí, un asociado puede ser echado por el consejo de administración de una cooperativa si es que no cumple las disposiciones del estatuto y de los reglamentos internos. El asociado echado tiene derecho y puede solicitar que la próxima reunión de asamblea en la que participan todos los asociados revise la situación, y voten a favor de echarlo o no.
El derecho a la vivienda es un derecho humano, sin embargo, uno accede a este por medio de la cooperativa de vivienda aceptando todo lo que está escrito en el estatuto y los reglamentos internos.
Aconsejo consultar en el INAES o en un órgano local de control de cooperativas de su provincia. ¡Saludos!
@@andresgrad si pero si los demás socios no cumplen con el estatuto y la comisión y el síndico no actúa como debe no pueden hacer eso y menos amenazar con echarte en las asambleas
hola.
te hago una consulta. existe la posibilidad de que sea una asociado q paga la cuota pero no se presente a trabajar?
osea que pague su cuota pero que no tenga ninguna función en la cooperativa mas q pagar su cuota..
Muy bien video gracias
Muy bueno