PROCESO DE REFORMA CONSTITUCIONAL.

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  • Опубліковано 25 кві 2020
  • PROCESO DE REFORMA CONSTITUCIONAL
    Explicamos el procedimiento de reforma constitucional de la Constitución Nacional Argentina.
    Un materia de lectura completa sobre el tema, y la presentación en Power Point están disponibles en:
    www.marcelodistefano.com
    Un podcast sobre este mismo tema, está disponible en mi canal de Spotify "Fallos y Curiosidades del Derecho"

КОМЕНТАРІ • 46

  • @patoantin5666
    @patoantin5666 2 роки тому +4

    Gracias Marcelo di stefano, estoy en 1 er año de abogacia y su aporte es de gran ayuda !!!! excelente

  • @Neo-mt3bg
    @Neo-mt3bg 3 роки тому +8

    Estoy en segundo año del secundario y este video me sirvió muchisimo, gracias por la excelente explicación.

  • @francocr1740
    @francocr1740 Рік тому +4

    Gracias profe!! muy clara su explicación. Me alegra que tengamos profesores tan buenos y comprometidos como usted en Argentina. Saludos.

  • @victoriagarciamaidana2436
    @victoriagarciamaidana2436 10 місяців тому +1

    Gracias Profesor! Soy estudiante de Cs. de la Comunicación de la UNT y en la materia ética y legislación nos enseñan estos temas. Su vídeo me ayudó a comprender mucho mejor, saludos!

  • @pilarjerez6336
    @pilarjerez6336 7 місяців тому +1

    Muchas gracias profesor! Realmente explica muy bien y pude entender el tema. Soy estudiante de 1er año de notariado en la Ucasal y su video me sirvió muchísimo para derecho constitucional

    • @marcelodisok
      @marcelodisok  7 місяців тому

      Buenísimo que te sirvió. Muchas gracias

  • @ludmi_7054
    @ludmi_7054 Рік тому +2

    Estoy en 1er año de sec. Me sirvió un montón para la materia de construcción de la ciudadanía

  • @EXOQUIEL1
    @EXOQUIEL1 3 роки тому +1

    Excelente !!! me aclaro demasiado el panorama !!! bien explicado y resumido ,ahora me queda leer y leer asi lo comprendo mejor -

  • @matiasmartin9192
    @matiasmartin9192 4 роки тому +3

    Lo felicito explica muy bien

  • @marianoolea158
    @marianoolea158 Рік тому +1

    La clase como monologo esta muy buena!

  • @AngelesSuarezSilva
    @AngelesSuarezSilva 2 місяці тому +1

    Buenas noches Dr. Muchas GRACIAS por su video. Le tengo una pregunta, puede el Poder Ejecutivo VETAR la reforma?

    • @marcelodisok
      @marcelodisok  2 місяці тому

      Excelente pregunta:
      En ppio te diría que no existe una norma explícita que dé respuesta a este posible conflicto en el texto de la CN, con lo cual sería una discusión abierta a la interpretación jurídica, aunque claro, es muy poco probable que se dé el caso debido a la mayoría requerida 2/3 de ambas Cámaras, es un hecho muy difícil de configurarse sin el concurso del oficialísimo. Dicho esto, yo comenzaría mi análisis inclinándome hacia la imposibilidad del veto presidencial atento a que la convocatoria a la reforma es un resorte exclusivo del Poder Legislativo.

  • @milagrosflores958
    @milagrosflores958 11 місяців тому

    Me encanto! Estoy terminando el cbc.
    Podría hacer uno del derecho administrativo, por favor. Muchas gracias.

  • @JavierMoix
    @JavierMoix 4 роки тому +1

    Estimado Dr. DiStefano, soy estudiante de la Universidad Siglo 21, agradezco mucho por su trabajo y esto ayuda a complementar el restos de mis etapas de aprendizaje. Gracias nuevamente por su trabajo.

    • @johnfante7911
      @johnfante7911 Рік тому

      Universidad sin prestigio :v

    • @cesareletti2097
      @cesareletti2097 Рік тому

      Me sumo al agradecimiento Dr. Muy clara la explicación.

    • @wadewilson2172
      @wadewilson2172 Рік тому

      @@johnfante7911 FANTASMA

    • @johnfante7911
      @johnfante7911 Рік тому

      @@wadewilson2172 vos virgo

    • @wadewilson2172
      @wadewilson2172 Рік тому

      @@johnfante7911 cuando puedas pagar la Siglo 21 ahí recién hablamos jajaja

  • @marcelodisok
    @marcelodisok  2 місяці тому

    Ciudadanos comunes que cumplan con los requisitos para ser Dip Nac. Pero…quienes los postulan son los partidos políticos habilitados en sus listas.
    Suelen integrarse con un mix de políticos y abogados reconocidos.

  • @sofiadiaz3736
    @sofiadiaz3736 2 роки тому +1

    Buenisimo video, a todo esto me surgio una duda al momento en el que se debe declarar la necesidad de reforma por el congreso se hace por el voto de las dos terceras partes, pero ¿de los miembros ,o de los que estan en ejercicio? En caso de que sean de los miembros que ocurria con por ejemplo los diputados que se encuntran en licencia o fallecieron y aún no fueron reemplazados, ¿ en ese caso que cantidad se tendría en cuenta?. Muchas gracias por el video.

    • @marcelodisok
      @marcelodisok  2 роки тому

      De los miembros. Es una mayorìa especial, no se descuenta del quórum a quienes estàn con licencias.

  • @gonzaloramirez6312
    @gonzaloramirez6312 4 роки тому

    Hola profe, el proceso solo necesita media sancion para llevarse a cabo? O tiene que ser aprobado por ambas camaras?

  • @mariac.sanchezelgarte4234
    @mariac.sanchezelgarte4234 4 роки тому

    hola profer, la ley de declaración de necesidad de la reforma entonces es dictada por el congreso en primera instancia para habilitar la segunda instancia o en que momento aparece?

    • @marcelodisok
      @marcelodisok  4 роки тому +4

      María C. Sánchez Elgarte hola María desarrollá un poco más la pregunta porque no entiendo de que primera o segunda instancia hablás. La ley de necesidad de reforma contiene el temario y requiere de 2/3 de la totalidad de los miembros de ambas Cámaras (media sanción de diputados, y media de senadores). Luego se llama a elecciones de Convencionales Constituyentes, quienes una vez electos discuten y aprueban la Reforma Constitucional.

  • @kiaraamicone8554
    @kiaraamicone8554 2 роки тому

    Cual es la diferencia de lo explicado en el video con los artículos desde 206 a 209 de la constitucion de las provincias de Buenos aires?

  • @francolocicero8364
    @francolocicero8364 3 роки тому +2

    Buenas profesor! Una pregunta: si el art. 30 de la CN menciona que ésta puede ser reformada en EL TODO o en cualquiera de sus partes. ¿Por qué hablamos de contenidos pétreos? saludos!

    • @keidi.35
      @keidi.35 3 роки тому +1

      Hola colega, no implicaría que el hecho de poder ser reformada en el TODO signifique que no existen los contenidos petreos?

    • @roxannarodriguez6164
      @roxannarodriguez6164 2 роки тому +1

      Nuestra CN en el art. 30 consagra la rigidez de nuestra constitución y para reformarla, tiene dos etapas en cuanto al procedimiento, que ya lo explica el profe y otra en cuanto a la materia que se encuentra dichos contenidos pétreos, el cual no se pueden reformar suprimir, abolir, ni sustituir por otros opuestos ( Bidart Campos) tal petreidad surge del carácter tradicional historicista de nuestra Constitución de 1853-1860 . un ejemplo de ello es que ninguna reforma constitucional podría incluir la pena de muerte. Los Contenidos pétreos son: 1) La Forma Federal del Estado. 2) La Forma Republicana de Gobierno. 3) La Democracia como Forma de Estado. 4) La Confesionalidad del Estado.

  • @nattusol
    @nattusol 2 роки тому

    Buenas tardes cómo es el nombre de esta presentación xq no logré encontrarla en la página? Gracias

  • @cloedabrowski1321
    @cloedabrowski1321 2 місяці тому +1

    Buenos días profesor, le consulto, quienes son esas personas convencionales constituyentes que se postulan? No logro entender, gracias

    • @marcelodisok
      @marcelodisok  2 місяці тому +1

      Se llama a una elección de convencionales constituyentes. Es como una elección de Diputados Nacionales.
      Cada partido político presenta listas, se vota, y quedan electos proporcionalmente en cada distrito.

    • @cloedabrowski1321
      @cloedabrowski1321 2 місяці тому

      @@marcelodisok si Dr! Pero lo que yo no entiendo es si son ciudadanos comunes y corrientes o para poder postularse debes antes haber ejercido algún cargo.

  • @axelinsaurralde9467
    @axelinsaurralde9467 3 роки тому

    hola profe queria hacerle una pregunta, cuantas etapas tiene el sistema de reforma ?

    • @marcelodisok
      @marcelodisok  3 роки тому

      Te diría 1 Declaración de necesidad de la Reforma (ley c mayoría 2/3 de ambas cámaras), 2 elección de constituyentes, 3 debate en la constituyente, 4 aprobación de reforma. Claro que esta es mi opinión.

    • @axelinsaurralde9467
      @axelinsaurralde9467 3 роки тому

      @@marcelodisok muy bien profe, otra preguntita que poder del estado le corresponde la facultad de reforma la constitucion?

    • @marcelodisok
      @marcelodisok  3 роки тому +1

      El Poder Legislativo tiene la facultad de declarar la necesidad de la reforma, pero la reforma en sí es debatida y aprobada por un órgano especial, la Asamblea Constituyente.

    • @axelinsaurralde9467
      @axelinsaurralde9467 3 роки тому

      @@marcelodisok ultima pregunta profe, Cuales son los fundamentos que determinan la posibilidad de una reforma constitucional.

  • @alfahygiatelos
    @alfahygiatelos 8 місяців тому

    Es una pena que la reforma de la constitución responda solo a una mayoria de un cuerpo político. Porque es evidente que los representantes de la república no responden a las necesidades del pueblo. Deberíamos tener un derecho de suprema libertad, que nos permita al pueblo, independiente de la perspectiva del Estado, convocar a un plebiscito para poder proponer la modificación de la constitución y la forma de gobierno del Estado.