Excelente video. Siganos, por favor, nutriendo más de conocimiento. Soy estudiante de Derecho y voy para el quinto semestre, pero ya para el próximo año deseo con gran ahínco poder fungir como dependiente judicial.
Exelente video, 😊 dr En la diligencia de secuestro el poseedor o propietario de un 75% de un inmueble puede atender esa diligencia solo o acompañado de un abogado, muchas gracias
Buenos días que pasa cuando a la que embargaron está fallecida y ella tenía a su nombre cosas en este caso una moto está embargado pero la señora está fallecida
Doctor, se puede oponer a la entrega de un bien adjudicado por remate judicial, si no se hizo el embargo y secuestro de un anexo del inmueble embargado?. únicamente se embargo la totalidad del lote que se encuentra registrado en el folio xxxx, pero no se especificó sobre ese anexo (casa de habitación de 100 m2), la cual fue construida después de haberse realizado una hipoteca sobre el lote.
Es ilógico este tema, cualquier persona ajena a la demandada puede oponerse al secuestro y con el solo hecho de que una persona diga como testimonio que el opositor si es el poseedor material del bien, ya con solo eso se demuestra la posesión y levantan el embargo sin tener en cuenta ningún tipo de tiempo transcurrido de haber hecho la supuesta posesión. Dicen que esta figura es para proteger al opositor pero desamparan al acreedor que en un proceso aparte ya ha demostrado la obligación con el demandante inicial...
Gracias por la informacion, estoy buscando jurisprudencia respecto de la entrega del bien en un proceso donde ya se acepto la oposicion al secuestro y esta en manos del poseedor, mas sin embargo el juez acepta la entega del bien, aun cuando ya hay un derecho de posesion consolidado, si tiene algo algo que me pueda compartir, le agradezco.
Dr.un saludo cordial, gracias por compartir sus conocimientos sobre el tema,mi pregunta es sobre la práctica de la diligencia de secuestre en un proceso Divisorio es el mismo procedimiento del proceso ejecutivo? También se puede refutar, se puede pedir que se le dejé el bien a los copropietarios tenedores y la práctica de la diligencia,como se origina en este proceso. gracias
Si la parte demandada solo tiene el 50% dentro de unos derechos de cuota del inmueble, sin existir un divisorio, se podria secuestrar el bien, afectando al que tiene el otro 50% que no tiene parte en el proceso, o no procederia. En ese caso el incidente de oposición a la diligencia pierde efecto y habría que demostrar?
Dr. Hernán, buenos días. Excelente vídeo. Una pregunta, si en un proceso de Pertenencia en que el juzgado admitió la demanda y mandó a registrar en el Certificado de Tradición y libertad el proceso, ya el juzgado "elaboró un oficio" ¿Ellos se encargan de enviarlo a las entidades? ¿O es el abogado apoderado el que debe hacer esa diligencia? o quizá la parte demandante? Agradezco su respuesta
Ellos realizan el oficio lo envían con copia a los interesados, pero, debes ir a pagar el arancel de registro para que se registre y quedé en el historial del certificado en instrumentos públicos.
Es ilógico este tema, cualquier persona ajena a la demandada puede oponerse al secuestro y con el solo hecho de que una persona diga como testimonio que el opositor si es el poseedor material del bien, ya con solo eso se demuestra la posesión y levantan el embargo sin tener en cuenta ningún tipo de tiempo transcurrido de haber hecho la supuesta posesión. Dicen que esta figura es para proteger al opositor pero desamparan al acreedor que en un proceso aparte ya ha demostrado la obligación con el demandante inicial...
Buenos días como esta Doctor? Mi consulta es la siguiente, mi esposo bendio una casa lote la casa es prefabricada el lote tiene 12 x 70mts. El comprador nos adelanto $115 millones el resto quedó de pagarlo en cuotas de 3 millones cada 2 meses, esto quedó por escrito en la promesa de compra benta, el comprador ya hizo un año más exactamente el 3 de mayo del 2023 fue la última cuota que nos pagó y de hay en adelanto y hasta la fecha no hemos recibido nada, este señor contrato a un abogado, y nos tiene con este proceso. Para el 2 de mayo del presente año 2024, le puso una demanda a mi esposo, por que los inquilino. Se fueron y mi esposo cambió guardas este señor abogado le exige a mi espos que tiene que hacerle escrituras a su cliente, alegando que este predio no contestas la cantidad que quedó por escrito el la promesa de compra benta
En el proceso divisorio antes de rematar también hay que secuestrar. No sólo en los ejecutivos. No habló nada de la insistencia qué hay que presentar cuando encontramos oposición de poseedor, a fin de que la autoridad que practica la diligencia continúe con dicha diligencia una vez el poseedor haya presentado sus pruebas.
Excelente video. Siganos, por favor, nutriendo más de conocimiento. Soy estudiante de Derecho y voy para el quinto semestre, pero ya para el próximo año deseo con gran ahínco poder fungir como dependiente judicial.
😊😊😊⁰❤
Muchas gracias dr. Hernán por la ilustración.
Exelente video, 😊 dr En la diligencia de secuestro el poseedor o propietario de un 75% de un inmueble puede atender esa diligencia solo o acompañado de un abogado, muchas gracias
Buen día
Para demostrar la posesión simplemente se puede hacer con declaraciones ante notaria de personas que den fe de esa posesión?
No
Buenos días que pasa cuando a la que embargaron está fallecida y ella tenía a su nombre cosas en este caso una moto está embargado pero la señora está fallecida
Gracias por el video y la información.. me recomienda algún abogado e la ciudad de armenia.. no tengo mucho dinero
Doctor, se puede oponer a la entrega de un bien adjudicado por remate judicial, si no se hizo el embargo y secuestro de un anexo del inmueble embargado?. únicamente se embargo la totalidad del lote que se encuentra registrado en el folio xxxx, pero no se especificó sobre ese anexo (casa de habitación de 100 m2), la cual fue construida después de haberse realizado una hipoteca sobre el lote.
Y en los declarativos de unión marital también o divorcio también
Dr. Que pasa en el PROCESO DIVISORIO ??
Entonces que caso tiene solicitar un secuestro de un inmueble, si permiten que una persona que no es propietario pueda oponerse a esa medida. ??
pero debe cumplir ciertos requisitos.,
Se puede insistir y resolver en el incidente si si es un bn poseey
Es ilógico este tema, cualquier persona ajena a la demandada puede oponerse al secuestro y con el solo hecho de que una persona diga como testimonio que el opositor si es el poseedor material del bien, ya con solo eso se demuestra la posesión y levantan el embargo sin tener en cuenta ningún tipo de tiempo transcurrido de haber hecho la supuesta posesión. Dicen que esta figura es para proteger al opositor pero desamparan al acreedor que en un proceso aparte ya ha demostrado la obligación con el demandante inicial...
Gracias por la informacion, estoy buscando jurisprudencia respecto de la entrega del bien en un proceso donde ya se acepto la oposicion al secuestro y esta en manos del poseedor, mas sin embargo el juez acepta la entega del bien, aun cuando ya hay un derecho de posesion consolidado, si tiene algo algo que me pueda compartir, le agradezco.
Dr.un saludo cordial, gracias por compartir sus conocimientos sobre el tema,mi pregunta es sobre la práctica de la diligencia de secuestre en un proceso Divisorio es el mismo procedimiento del proceso ejecutivo? También se puede refutar, se puede pedir que se le dejé el bien a los copropietarios tenedores y la práctica de la diligencia,como se origina en este proceso. gracias
Dr una demanda de pertenencia supende una de sucesión?
Si la parte demandada solo tiene el 50% dentro de unos derechos de cuota del inmueble, sin existir un divisorio, se podria secuestrar el bien, afectando al que tiene el otro 50% que no tiene parte en el proceso, o no procederia. En ese caso el incidente de oposición a la diligencia pierde efecto y habría que demostrar?
Los 20 días son hábiles o calendario?
Urgente. Dr por favor me informa si el dueño del inmueble ha fallecido y durante esa semana han hecho esté proceso, eso es legal?
Dr. Hernán, buenos días. Excelente vídeo. Una pregunta, si en un proceso de Pertenencia en que el juzgado admitió la demanda y mandó a registrar en el Certificado de Tradición y libertad el proceso, ya el juzgado "elaboró un oficio" ¿Ellos se encargan de enviarlo a las entidades? ¿O es el abogado apoderado el que debe hacer esa diligencia? o quizá la parte demandante? Agradezco su respuesta
Ellos realizan el oficio lo envían con copia a los interesados, pero, debes ir a pagar el arancel de registro para que se registre y quedé en el historial del certificado en instrumentos públicos.
Esto quiere decir que, quien no ha pagado una deuda, no pague lo que debe con sus bienes.
también para el proceso de sucesión
Es ilógico este tema, cualquier persona ajena a la demandada puede oponerse al secuestro y con el solo hecho de que una persona diga como testimonio que el opositor si es el poseedor material del bien, ya con solo eso se demuestra la posesión y levantan el embargo sin tener en cuenta ningún tipo de tiempo transcurrido de haber hecho la supuesta posesión. Dicen que esta figura es para proteger al opositor pero desamparan al acreedor que en un proceso aparte ya ha demostrado la obligación con el demandante inicial...
Hola Carlos donde lo puedo contactar
Osea, no notifican de la diligencia? Hay tan chévere... definitivamente la "ley" hace con la gente lo qe se les antoja.!!
Noo, es mentira, en el proceso divisorio si proceden los secuestros. Garrafal error. Te pause el video ahí.
Verdad, y error en los terminos es 20 y 5 dias.
Son 20
Buenos días como esta Doctor? Mi consulta es la siguiente, mi esposo bendio una casa lote la casa es prefabricada el lote tiene 12 x 70mts. El comprador nos adelanto $115 millones el resto quedó de pagarlo en cuotas de 3 millones cada 2 meses, esto quedó por escrito en la promesa de compra benta, el comprador ya hizo un año más exactamente el 3 de mayo del 2023 fue la última cuota que nos pagó y de hay en adelanto y hasta la fecha no hemos recibido nada, este señor contrato a un abogado, y nos tiene con este proceso. Para el 2 de mayo del presente año 2024, le puso una demanda a mi esposo, por que los inquilino. Se fueron y mi esposo cambió guardas este señor abogado le exige a mi espos que tiene que hacerle escrituras a su cliente, alegando que este predio no contestas la cantidad que quedó por escrito el la promesa de compra benta
En el proceso divisorio antes de rematar también hay que secuestrar. No sólo en los ejecutivos.
No habló nada de la insistencia qué hay que presentar cuando encontramos oposición de poseedor, a fin de que la autoridad que practica la diligencia continúe con dicha diligencia una vez el poseedor haya presentado sus pruebas.
Como es la oposición cuando el secuestro es sobre un establecimiento de comercio (inventario de bienes muebles )