КОМЕНТАРІ •

  • @SLASH-_-
    @SLASH-_- 3 роки тому +4

    Muchas gracias Maestro, tengo que hacer una síntesis del código fiscal, específicamente de las disposiciones generales, y su explicación me ayudó muchísimo

  • @julionogueron
    @julionogueron 3 роки тому +3

    Es muy interesante su análisis, continúen con esta labor que es muy loable para el mejor entendimiento de este cff. Gracias.

  • @XxfirexXInTeK
    @XxfirexXInTeK 8 місяців тому

    Art. 1 Obligación de las personas físicas y morales a contribuir al gasto público de manera proporcional y equitativa.
    Art. 2 Clasificación de las Contribuciones: Impuestos, Aportaciones de Seguridad Social, Contribuciones de Mejora y Derechos
    Art. 3 Aprovechamientos
    Art. 4 Créditos Fiscales
    Art. 5 Aplicación de las disposiciones fiscales en cuanto se refiere al sujeto, objeto, base, tasa o tarifa.
    Art. 6 Causación de las contribuciones
    Art. 7 Inicio de vigencia de las disposiciones fiscales
    Art. 8 Concepto de México, de país y territorio nacional
    Art. 9 Residencia en territorio nacional
    Art. 10 Domicilio Fiscal
    Art. 11 Ejercicios Fiscales
    Art 12 Cómputo del Plazo
    Art. 13 Diligencias en días y horas inhábiles
    Art. 14 Enajenación de bienes
    Art. 15 Arrendamiento financiero
    Art. 16 Definición de actividades empresariales
    Art. 17 Actualización de las contribuciones y aprovechamientos

  • @ericgerardocastrohernandez4774
    @ericgerardocastrohernandez4774 3 роки тому +1

    10:36 QUE LLEVAMOS
    Que se entiende por las personas físicas o morales obligadas al pago de contribuciones
    Artículo 2 Código Fiscal de la Federación: Señala y clasifica las contribuciones
    Artículo 3 CFF: Aprovechamientos
    Artículo 4 CFF: Concepto de Créditos Fiscales
    Dentro de las Contribuciones se hace referencia a los Accesorios los cuales participan de la naturaleza de la Contribución.
    Recargo y actualización van a participar de la naturaleza de una Contribución, NO serán aprovechamientos, NO serán productos
    Artículo 4o.- Son créditos fiscales los que tenga derecho a percibir el Estado o sus organismos
    descentralizados que provengan de contribuciones, de sus accesorios o de aprovechamientos,
    incluyendo los que deriven de responsabilidades que el Estado tenga derecho a exigir de sus
    funcionarios o empleados o de los particulares, así como aquellos a los que las leyes les den ese carácter
    y el Estado tenga derecho a percibir por cuenta ajena.
    Artículo 5 CFF La estricta aplicación de las disposiciones fiscales en cuanto a se refiere a su:
    a)Sujeto
    b)Objeto
    c)Base
    d)Tasa o Tarifa
    Artículo 6 Causación de las contribuciones

  • @moisesarteagaperez9665
    @moisesarteagaperez9665 3 роки тому

    Gracias Lic, me ayuda hacer mi tarea.

  • @AlmaluciaCardosoromero
    @AlmaluciaCardosoromero 8 місяців тому

    👍🤌