Criterio PRODECON ante la salida del RIF en 2024

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  • Опубліковано 3 лис 2024

КОМЕНТАРІ • 7

  • @MEGAJCBV
    @MEGAJCBV 7 місяців тому +2

    Hoy le marqué al personal del SAT y por fin alguien me dio algo más de información, y ya se en que parte es en la que se está confundiendo el SAT en la problemática del RIF 2014, me dieron como referencia la regla 3.13.3 de la resolución miscelánea del 2016, ultimo y penúltimo párrafo, ellos confundieron el último párrafo y por eso mal aplicaron el penúltimo párrafo, ellos piensan que el último párrafo dice que el penúltimo solo está hablando para la aplicación de las reducciones, pero no es así, en realidad el último párrafo hace referencia a las 2 tablas de porcentajes de reducción de que se está hablando en el párrafo penúltimo con motivo por si hay alguna otra tabla igual por ejemplo la del RISS (Régimen de incorporación a la seguridad social), que también salió mediante decreto y da beneficios de reducción que van disminuyendo al pasar de 10 años y es muy similar a las anteriores a base decreto, así que en el último párrafo solo hace énfasis solo de las 2 tablas que se aplicarán de nuevo desde el principio en 2015 al considerarse como primer año de tributación y así terminar en 2024 (Tabla ISR RIF y tabla IVA,IEPS RIF, y así para no aplicar este beneficio a otra tabla similar por estar tributando en el RIF, el SAT no está cumpliendo con informar a las personas, si nos hubieran dicho de donde se estaban basando ellos, desde hace tiempo los contribuyentes hubieran podido meter sus aclaraciones desde ahí, ya que ahí es donde se confundió personal del SAT y por eso no respeta aunque le mencionemos del decreto del 11-03-2015, (EN LA REGLA EL ULTIMO PARRAFO NO ALTERA AL PENULTUMO, SOLO ES UN ENFASIS DE CUALES TABLAS SE ESTA HABLANDO) ojalá lo analicen, un error lo comete cualquiera especialmente en estos temas tributarios que son tan complejos y nos arreglen rápido los portales antes que termine el mes y que el contribuyente siga avanzando.

  • @MarianaRodriguezDominguez
    @MarianaRodriguezDominguez 7 місяців тому +6

    Hola, y en este caso. Qué pasa con las facturas. Tanto mis clientes como mis proveedores, no me aceptan las cancelaciones. Puedo dejar las facturas como RIF y presentar el 1er bimestre como rif y cambiarme con fecha de marzo. Cuáles serian las consecuencias de eso, es decir qué pasa si cambio de regimen con fecha de marzo.

    • @sarethania7245
      @sarethania7245 7 місяців тому +1

      Yo también tengo esa duda,en el sat, dicen q debo hacer el cambio desde enero 2024 y cancelar las facturas expedidas😮

    • @erikamb439
      @erikamb439 7 місяців тому +1

      A mí me preocupa que hacer con las facturas a personas morales que no quieren aceptar la cancelación y que además se les debe hacer retención

    • @cintilpz4637
      @cintilpz4637 7 місяців тому +1

      Si no se si se cuentan o no porque en efecto mis proveedores no quieren hacer la cancelacion

  • @MEGAJCBV
    @MEGAJCBV 7 місяців тому +2

    Que personal tan chafa están en esas instituciones tan delicadas en esta temporada, si el SAT está algo perdido los del PRODECON están terribles, parece que en PRODECON hay de todo menos personas con conocimientos fiscales,

  • @MEGAJCBV
    @MEGAJCBV 7 місяців тому +1

    El párrafo 2 del art. 1 del decreto si habla de permanencia, no lo dice literalmente, pero para eso se hizo, sino solamente hubieran hecho el primer párrafo y con eso estaríamos en sintonía con el SAT sin problemas, solo era aplicar el 100% en EL SEGUNDO AÑO, y todos el al terminar 2023 sabríamos que terminó nuestra permanencia en RIF y obviamente tomando como algo normal que llegó solo hasta el 20% de reducción, y todos hubieran hecho el cambio, por que el decreto es claro, y el segundo parrado del art 1 del decreto es para ajustar la tabla volviéndola a utilizar así como está iniciando 2015 tomándolo como primer año de tributación y la tabla terminar en 2024. El SAT no se esta basando en del decreto, su confusión esta en la regla 3.13.3 miscelánea fiscal 2016 misma que no quiso dar a conocer para que nadie aclarara por ahí.