Nuevas Reglas para el Dictamen del ISERTP en el Estado de Veracruz

Поділитися
Вставка
  • Опубліковано 4 вер 2024
  • Actualización Importante sobre las Nuevas Reglas para el Dictamen del ISERTP en el Estado de Veracruz
    Estimados colegas y miembros de la comunidad del Colegio de Contadores Públicos del Estado de Veracruz,
    Nos dirigimos a ustedes para informar sobre las recientes actualizaciones en las reglas para la dictaminación para efectos del Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal (ISERTP) para nuestro estado, un cambio significativo que afectará a numerosos contribuyentes y profesionales en nuestra área de especialización.
    Como bien es de su conocimiento, el pasado 1 de marzo de 2022, se publicaron en la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz nuevas disposiciones que incluyen, pero no se limitan a, la presentación de anexos del dictamen, el registro y refrendo de los contadores públicos autorizados para dictaminar, y en particular, la regla vigésima que establece clarificaciones sobre los sujetos obligados y voluntarios a dictaminarse.
    Desde la entrada en vigor de estas normativas, se establece que estarán obligados a someterse a dictamen aquellos contribuyentes cuyos pagos por sueldos y salarios en el ejercicio a dictaminar sean equivalentes a 108,000 veces el salario mínimo, aquellos con un promedio de 300 trabajadores, o los que presten servicios u obras especializados registrados en el REPSE. Asimismo, a partir del ejercicio 2024, los contribuyentes podrán dictaminarse voluntariamente si efectúan pagos por sueldos y salarios de 54,000 veces el salario mínimo en el ejercicio a dictaminar o tienen un promedio de 150 trabajadores.
    Estas modificaciones representan un cambio radical respecto a las reglas previas, introduciendo criterios específicos de obligatoriedad y voluntariedad basados en la nómina y el número de trabajadores, en contraste con las disposiciones anteriores que se basaban en montos fijos en pesos y no especificaban criterios de nómina o cantidad de trabajadores para la dictaminación voluntaria.
    Frente a estas actualizaciones, han surgido dudas pertinentes entre nuestros colegas y la comunidad empresarial, especialmente en cuanto a la aplicación temporal de las reglas, la interpretación del salario mínimo como unidad de medida a pesar de las reformas constitucionales que promueven el uso de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), y la determinación de obligatoriedad basada en los sueldos y salarios del ejercicio en curso.
    Recomendamos encarecidamente a todos los contadores y empresas afectadas que, ante cualquier incertidumbre, se dirijan a la autoridad competente presentando consultas sobre situaciones reales y concretas para obtener claridad y certeza sobre la aplicabilidad de estas nuevas reglas en sus casos específicos.
    Es nuestro compromiso mantenerlos informados y apoyarlos en la navegación de estos cambios regulatorios, asegurando que nuestra comunidad profesional pueda adaptarse y cumplir eficientemente con sus obligaciones fiscales.
    Agradecemos su atención y reiteramos nuestro compromiso con la excelencia profesional y la actualización continua en materia fiscal y contable.
    Atentamente,
    C.P. y M.I. Edith Carrillo Méndez Vicepresidente de Fiscal
    Colegio de Contadores Públicos del Estado de Veracruz

КОМЕНТАРІ •