La defensa técnica del imputado es paupérrimo le sugiero que lea el artículo 268 y siguientes del NCPP ya que la pena a interponerse al imputado tiene que ser determinado con exactitud por la Fiscal en este caso no he escuchado ¿Cuánto exactamente pide la Fiscal? Apelando el caso concreto se puede impugnar ya que no se está respetando el debido proceso y la proporcionalidad con la pena a imponerse.
desconocer derecho es abusivo toda persona tiene el derecho de participar en un juicio justo y con una defensa eficaz cualquier ciudadano puede ser sometido a in proceso transgresor como este y querra contar con defensa adecuada
La Srta .representante del minesterio público muy bien se lo felicita es muy claro y conciso y rígida debería manejar como JUESA su actuación de desenvolvimiento es mucho mejor que el juez
En mi opinion esto es un proceso inmediato, totalmente mal llevado, como es posible que no se haya propiciado una terminacion anticipada, ni lo pide el Fiscal, ni lo pide el defensor, ni lo plantea el Juez, habiendo elementos de conviccion graves y fundados, inclusive el imputado ha reconocido los cargos en su manifestacion y en audiencia.
Tengo entenndido cuando es flagrancia el juez tiene q sentenciar de frente si esta aceptando el acusado aparte que ha sido chapado con las manos en la masa
Si bien es cierto cometio el delito, pero la lectura del juez la sentencia resuelve ya estaba lista es una burla en decir que el imputado si tiene algo que decir en su defensa. la ley totalmente es un extorcion proporcional ,irracional, vulnerando el derecho a defensa, la defensa tecnica( convidada de piedra) dijo estoy conforme. asi que no me defienda.
un desastre, no se trata de meter presos porque se me ocurre, la defensa pésima y el juez de garantías debió de cautelar que el procesado cuente con una defensa eficaz y no hacer el amen a todo, la defensa no refutó los elementos de conviccion, no se preciso si eran graves y fundados, solo se limito a reseñarlos y punto.
Y cual seria tu argumento de defensa, si conforme se ha detallado el delito esta acreditado, al imputado le conviene aceptar los cargos para que le reduzcan la pena.
TIENE RAZÓN MI ESTIMADO, ESTÁ EN JUEGO LA LIBERTAD DE UNA PERSONA, UN BIEN IMPORTANTÍSIMO, UNA DE LAS GARANTÍAS ES EL DERECHO DE DEFENSA, Y LA DEFENSA DEL IMPUTADO NO DEBERÍA IMPLICAR, UNA NO DEFENSA EN PERJUICIO DEL PASIVO DEL PROCESO PENAL, AQUÍ EN LA CIUDAD DE PIURA DONDE EL CPP., ESTÁ EN ACTUACIÓN DEL 1-04-2009, HAY UN JUEZ TITILAR EXCELENTE, JUEZ DEL JUZGADO UNIPERSONAL DE PIURA DR. ERNESTO BERNABÉ ORELLANO, CUANDO ADVIERTE QUE EN EL JUICIO, EL ABOGADO DEFENSOR NO EJERCE CORRECTAMENTE UNA DEFENSA, LE PONE EN MANIFIESTO SU INCAPACIDAD Y LO CAMBIA, PUES SE TIENE QUE SALVAGUARDAR LA BUENA DEFENSA DEL PROCESADO, ASÍ NO LE DEN LA RAZÓN.
Cesar OCAÑA RAMÍREZ Primero que todo, los comentarios no se escriben con mayúsculas porque esto equivale a gritar. culturainternet.wordpress.com/2007/08/29/escribir-todo-en-mayuscula/ Aparte de gritar está diciendo incoherencias. Este no es un proceso normal,es un juicio inmediato por la figura de la flagrancia. www.lozavalos.com.pe/alertainformativa/index.php?mod=contenido&com=contenido&id=5118
+Javier Chaupín Dávila Opinan estupideces, que la defensa que el juez, por esa razon esta JODIDO el Perú , cometió un delito y eso es CARCEL y punto.. un poco dificil de comprender de entender para millones de personas...grande mi Perú!!
La defensa técnica del imputado es paupérrimo le sugiero que lea el artículo 268 y siguientes del NCPP ya que la pena a interponerse al imputado tiene que ser determinado con exactitud por la Fiscal en este caso no he escuchado ¿Cuánto exactamente pide la Fiscal? Apelando el caso concreto se puede impugnar ya que no se está respetando el debido proceso y la proporcionalidad con la pena a imponerse.
desconocer derecho es abusivo toda persona tiene el derecho de participar en un juicio justo y con una defensa eficaz cualquier ciudadano puede ser sometido a in proceso transgresor como este y querra contar con defensa adecuada
ASÍ COMO SE ESTÁ A LA VANGUARDIA DE LA EVOLUCIÓN DEL DERECHO, COMO EL PROCESO INMEDIATO; YA NO SE DICE "CARGA FAMILIAR" , SI NO "DEBER FAMILIAR".
La Srta .representante del minesterio público muy bien se lo felicita es muy claro y conciso y rígida debería manejar como JUESA su actuación de desenvolvimiento es mucho mejor que el juez
En mi opinion esto es un proceso inmediato, totalmente mal llevado, como es posible que no se haya propiciado una terminacion anticipada, ni lo pide el Fiscal, ni lo pide el defensor, ni lo plantea el Juez, habiendo elementos de conviccion graves y fundados, inclusive el imputado ha reconocido los cargos en su manifestacion y en audiencia.
este no fue el primer caso el primero fue en arequipa sobre conduccion en estado de ebriedad
BUENO PARECE QUE NO HUBO PROCESO INMEDIATO, PORQUE NI SIQUIERA SE SENTENCIÓ. SÓLO QUEDÓ EN PRISIÓN PREVENTIVA
AVANZANDO EL PODER JUDICIAL compartiendo las audiencias GRACIASSSSSSSSSS
9 meses para que? que se investigará? si existe FLAGRANCIA, proceso inmediato? donde?
AUDIENCIA PUBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESOS EN CASOS DE FLAGRANCIA
Tengo entenndido cuando es flagrancia el juez tiene q sentenciar de frente si esta aceptando el acusado aparte que ha sido chapado con las manos en la masa
Si bien es cierto cometio el delito, pero la lectura del juez la sentencia resuelve ya estaba lista es una burla en decir que el imputado si tiene algo que decir en su defensa. la ley totalmente es un extorcion proporcional ,irracional, vulnerando el derecho a defensa, la defensa tecnica( convidada de piedra) dijo estoy conforme. asi que no me defienda.
un desastre, no se trata de meter presos porque se me ocurre, la defensa pésima y el juez de garantías debió de cautelar que el procesado cuente con una defensa eficaz y no hacer el amen a todo, la defensa no refutó los elementos de conviccion, no se preciso si eran graves y fundados, solo se limito a reseñarlos y punto.
Y cual seria tu argumento de defensa, si conforme se ha detallado el delito esta acreditado, al imputado le conviene aceptar los cargos para que le reduzcan la pena.
+Javier Chaupín Dávila Lea bien el título del vídeo.
TIENE RAZÓN MI ESTIMADO, ESTÁ EN JUEGO LA LIBERTAD DE UNA PERSONA, UN BIEN IMPORTANTÍSIMO, UNA DE LAS GARANTÍAS ES EL DERECHO DE DEFENSA, Y LA DEFENSA DEL IMPUTADO NO DEBERÍA IMPLICAR, UNA NO DEFENSA EN PERJUICIO DEL PASIVO DEL PROCESO PENAL, AQUÍ EN LA CIUDAD DE PIURA DONDE EL CPP., ESTÁ EN ACTUACIÓN DEL 1-04-2009, HAY UN JUEZ TITILAR EXCELENTE, JUEZ DEL JUZGADO UNIPERSONAL DE PIURA DR. ERNESTO BERNABÉ ORELLANO, CUANDO ADVIERTE QUE EN EL JUICIO, EL ABOGADO DEFENSOR NO EJERCE CORRECTAMENTE UNA DEFENSA, LE PONE EN MANIFIESTO SU INCAPACIDAD Y LO CAMBIA, PUES SE TIENE QUE SALVAGUARDAR LA BUENA DEFENSA DEL PROCESADO, ASÍ NO LE DEN LA RAZÓN.
Cesar OCAÑA RAMÍREZ Primero que todo, los comentarios no se escriben con mayúsculas porque esto equivale a gritar.
culturainternet.wordpress.com/2007/08/29/escribir-todo-en-mayuscula/
Aparte de gritar está diciendo incoherencias.
Este no es un proceso normal,es un juicio inmediato por la figura de la flagrancia.
www.lozavalos.com.pe/alertainformativa/index.php?mod=contenido&com=contenido&id=5118
+Javier Chaupín Dávila Opinan estupideces, que la defensa que el juez, por esa razon esta JODIDO el Perú , cometió un delito y eso es CARCEL y punto.. un poco dificil de comprender de entender para millones de personas...grande mi Perú!!
ESTA ABOGADA NO DIJO NADA Y LUEGO APELA QUE PENA
esta audiencia es una simulación de pre grado
esta audiencia es con el NCPP ?
Así es, por eso lo del proceso inmediato por Flagrancia.
Algún otro pedido dice que se de la sentencia esa ley de Perú es una mierda mejor no era de que pierdan e l tiempo eso fue como ir a misa