Buenos días, por favor una consulta para el caso de agentes inmobiliarios independientes: Si para realizar la actividad no se incurre en gastos como: pagos por publicidad física ni virtual (no se usan carteles, avisos físicos ni en páginas web, etc), básicamente se publicita a través de redes sociales gratuitas. Si la operación de compraventa por la que se cobra una comisión, conlleva a un hecho económico de renta de 2da categoría (venta de inmueble Persona Natural) y no de 3ra Categoría (minuto 54:10), ¿por qué es necesario emitir boleta y no es posible emitir Recibo por Honorarios como prestador de servicios de 4ta Categoría? Gracias
Realmente felicito a los dos exponentes, tanto la presentadora como el expositor del tema, ambos son excelentes comunicadores, buena dicción, explicación clara, precisa y optimizada con preguntas que desglozan temas complejos. Son extraordinarios.
sorry to be off topic but does any of you know a way to log back into an Instagram account?? I was dumb forgot my login password. I appreciate any assistance you can offer me.
Buen día; como arquitecto emito RH. De forma inusual, estoy realizando un (01) servicio de corretaje inmobiliario, no tengo claro si por el cobro de la comisión producto de este servicio se puede emitir RH (por favor confirmar*); sin embargo, me han recomendado emitir una Boleta; por lo que, como PN o PJ (¿cuál es la forma adecuada?*) me inscribiré en el Régimen MYPE Tributario, exclusivamente para emitir una (01) boleta por la comisión que espero cobrar (¿es esta la única forma de cobrar una (01) comisión por corretaje inmobiliario?*). Luego de esto: ¿puedo dar de baja mi inscripción al RMT y continuar emitiendo solo RH?* ¿Estando en el RMT puedo seguir emitiendo RH? (por favor confirmar*), de ser el caso, al ser rentas diferentes, ¿estando en el RMT, puedo incluso emitir RH con suspensión de retenciones 4ta. Categoría?* Muchas gracias de antemano por las respuestas. (*6 consultas)
Estoy iniciando mi emprendimiento y ya registré mi empresa como EIRL realizamos impresiones y personalización de polos tazas gorros y otros puedo acogerme al nrus?
Buenas días estimado (a), agradecemos su visita y tomaremos en cuenta su recomendación, asimismo, indicarle, que de tener alguna consulta específica la puede realizar a través de nuestros canales de orientación: orientacion.sunat.gob.pe/1093-canales-de-atencion Saludos
en el min 8:30 indican si el valor de venta es inferior a s/ 5, debemos emitir una boleta al final del día... mi pregunta es a quien debo emitir si son varios los compradores, ( nombre a quien debo poner y quien debo dar ?)
Estimado Oscar Huayascachi Barreto, recuerda que, no es obligatorio que emitas boletas de venta o tickets por tus ventas menores a S/.5; salvo que el comprador lo exija. En estos casos, al final del día, debes emitir una boleta de venta que comprenda el total de tus ventas menores a S/. 5 por las que no emitiste boleta. Si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación. Para mayor información en el siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/1093-canales-de-atencion Saludos.
@@aprendiendoalgonuevo7886 Estimada contribuyente, si ha realizado ventas donde no le solicitaron comprobante debe emitir una boleta de venta al final del día por el importe total de aquellas por las que no se hubiera emitido el comprobante de pago respectivo, conservando en su poder el original y la copia. Saludos
Buenos días Daniela, el arrendamiento de vehículos no se encuentra dentro de las actividades excluidas del Régimen Especial por lo cual puede pertenecer a este régimen tributario. Asimismo, puede considerar otras limitaciones de este régimen ingresando al siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/2937-empresas-no-comprendidas-en-el-regimen-especial Saludos.
Sres. buen dia, quisiera consultar a que regimen tributario se debe acoger un centro de terapia del lenguaje, debe seguir los mismos lineamientos de una institucion educativa?. gracias por su respuesta.
Estimada contribuyente, en la actualidad tenemos 4 regímenes tributarios, para acogerse al que más le convenga tiene que evaluar los ingresos que va a tener y la actividad que va a realizar, el régimen NRUS y el régimen especial, tienen algunas excepciones. www.gob.pe/280-regimenes-tributarios. Saludos
Estimado contribuyente, en la actualidad tenemos 4 regímenes tributarios, para acogerse al que más le convenga tiene que evaluar los ingresos que va a tener y la actividad que va a realizar, el régimen NRUS y el régimen especial, tienen algunas excepciones. Para mayor información en el siguiente enlace. www.gob.pe/280-regimenes-tributarios. Saludos.
buenas tardes. consulta, estoy pensando establecerme en regimen MYPE ya que se asienta mejor a lo que voy a ofrecer ( empresa de servicios : técnicos profesionales ) sin embargo la duda que tengo es sobre los empleados que tengo pensado contratar. Puedo contratar personal por recibo por honorario o necesariamente tengo que acogerlos con planilla con todos los benéficos de ley ? los trabajos serian ocasionales y en base a proyectos que se susciten.
Estimado contribuyente, las personas que realizan trabajos independientes pueden emitir recibo por honorario, de ser trabajadores permanentes debe tenerlos en planilla. Saludos.
Estimada. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT Nuestros especialistas de la #Sunat la atenderán gustosamente. Saludos.
Estimado Enzo Sulca Simon, Si inicias un negocio, debes elegir un régimen tributario a fin de cumplir con tus obligaciones tributarias. Existen cuatro regímenes tributarios que tienen sus propias características en función a sus actividades, niveles de ingresos o de compras, tipo de comprobante de pago que pueden emitir y que debes conocer: www.gob.pe/280-regimenes-tributarios Saludos.
Estimado Maximo, si desea iniciar un negocio, debe elegir un régimen tributario que más le convenga, de acuerdo a las características de su negocio o empresa. Existen cuatro regímenes tributarios que tienen sus propias características en función a sus actividades, niveles de ingresos o de compras, tipo de comprobante de pago que pueden emitir y que debes conocer. Para mayor información en los siguientes enlaces: emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario, www.gob.pe/1209-conocer-el-regimen-tributario-para-mi-negocio. Saludos.
Estimado, en caso realice la inscripción al RUC como persona jurídica seleccionará un Régimen tributario (Régimen especial, Régimen Mype Tributario o Régimen general), debe elegir el que más le convenga, de acuerdo al tipo de actividad, ingresos, entre otras características que se detallan en el siguiente enlace: emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario Saludos.
buenas tardes del ejemplo que dijo si tiene la profesion de abogada y tiene el negocio de lavanderia ambos trabajar con un solo ruc o dos ruc diferentes y como seria
Estimada Narda, el RUC es uno sólo, es un número de once dígitos, lo que sí es diferente es la renta, por su profesión puede emitir recibos por honorarios (Renta de cuarta categoría) y por el negocio elegir un régimen tributario (Renta de tercera categoría) a fin de cumplir con sus obligaciones tributarias. Para mayor información sobre los regímenes tributarios en el siguiente enlace: www.gob.pe/1209-conocer-el-regimen-tributario-para-mi-negocio Saludos.
Estimado. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT Nuestros especialistas de la #Sunat lo atenderán gustosamente. Saludos.
Estimada Noelina, ante todo felicitaciones por la información que suministras por medio de tu canal. Por otra parte, quería consultarte, actualmente me encuentro gestionando la constitución de mi empresa Importadora & Distribuidora EIRL, pero estoy confundido en cual es el régimen tributario que se debe elegir para mi empresa. Por favor me podrías orientar al respecto. Lo digo porque como empresa importadora y recién estoy emprendiendo no se cual sería el limite de mis ventas ni adquisiciones, siendo así por cual régimen tributario debería optar como contribuyente ?
Estimado Marlon, para realizar su inscripción al RUC como persona jurídica puede elegir el régimen tributario que más le convenga: Régimen especial de Renta (RER), Régimen MYPE tributario (RMT) o Régimen General. Debe tener en cuenta su nivel de ingresos, actividad y diversas características. En el siguiente enlace le brindamos información de los regímenes tributarios: www.gob.pe/1209-conocer-el-regimen-tributario-para-mi-negocio. Saludos.
buenas tarde disculpe que hacer si una persona ya tiene o ya compró sus muebles o cositas para abrir un negocio y posterior a ello se entera de la facilidad para los emprendedores que es el nuevo rus y se afilia y como hace luego tiene que declarar desde la fecha que se esta afiliando ?
Estimada 6alejandria, existen cuatro regímenes tributarios que tienen sus propias características en función a sus actividades, niveles de ingresos o de compras, tipo de comprobante de pago que debes conocer. Al respecto le brindamos los pasos para elegir el Régimen Tributario en el siguiente enlace: emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario Saludos.
Estimada Maria Chavez, si provienes del Régimen General, puedes cambiar al régimen MYPE tributario con la declaración del periodo de ENERO de cada año. Mas información en: www.gob.pe/7315-regimen-mype-tributario-rmt-cambiar-al-regimen-mype-tributario Saludos.
tengo una EIRL hago servicios en la agroindustria hago reparaciones , mantenimiento , construcciones de maquina podria estar en el regimen especial de renta
Estimado mario, por el tipo de actividad que señala no estaría exceptuado del Régimen especial, se le sugiere verificar los demás límites de este régimen en el siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/2937-empresas-no-comprendidas-en-el-regimen-especial Si tiene alguna consulta específica, puedes realizarla a través de los canales de atención que Sunat tiene disponibles: www.gob.pe/9122-recibir-orientacion-tributaria-o-aduanera Saludos.
Estimada contribuyente, en la actualidad tenemos 4 regímenes tributarios, para acogerse al que más le convenga tiene que evaluar los ingresos que va a tener y la actividad que va a realizar, el régimen NRUS y el régimen especial, tienen algunas excepciones. Para mayor información en el siguiente enlace. emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario. Saludos
una consulta si soy efectivo policial y quiero abrir una librería mi sueldo también entraría a tallar para la contabilidad de ingresos en el nuevo rus gracias
Estimado Reynaldo, para el cálculo de sus cuotas mensuales solo debe considerar sus ingresos o compras relacionados a su negocio (renta de tercera categoría). Mayor información sobre el Régimen del Nuevo RUS en el siguiente enlace: www.gob.pe/6988-nuevo-regimen-unico-simplificado-nrus Saludos.
Tengo una consulta: por un error se superó la venta de 8000 a 8100 y me dijieron que te pasan automáticamente al régimen general pero mi negocio no da para ir a ese régimen ¿que debo hacer?
Estimado Fabian, no están comprendidos en el Nuevo RUS los sujetos que en algún mes los ingresos excedan el límite permitido para la categoría más alta de este régimen, en ese sentido, en caso se incurra en ello deberá optar por ingresar al Régimen MYPE Tributario, Régimen Especial o Régimen General a partir de dicho mes. En caso que no opten por acogerse a alguno de los mencionados regímenes, se considerarán afectos al Régimen General a partir del mes en que incurren en exceder el límite. Saludos.
Muchas gracias por el video, tengo una consulta... Soy Odontólogo y me gustaría abrir mi consultorio, puedo estar en el NRUS? o en que Régimen es lo que tendría que estar? muchas gracias.
Estimado Jorge Arias, cada régimen tributario tiene sus propias características en función a sus actividades, niveles de ingresos o de compras, tipo de comprobante de pago que pueden emitir y que debes conocer de acuerdo con las características de tu negocio o empresa. Pasos para elegir el Régimen Tributario: emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario Saludos.
Estimado, cada régimen tributario tiene sus propias características, ya sea por sus actividades, niveles de ingresos, tipo de comprobante de pago entre otros y que debes de conocer de acuerdo con las características de tu negocio o empresa. Al respecto le sugerimos revisar la siguiente información: emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario Si tiene alguna consulta específica, puedes realizarla a través de los canales de atención que Sunat tiene disponibles: www.gob.pe/9122-recibir-orientacion-tributaria-o-aduanera Saludos.
HOLA UNA CONSULTA!!! PARA ACTIVIDADES VIRTUALES EN QUE REGIMEN TRIBUTARIO DEBO ESTAR , Y SI PUEDO EMITIR COMPROBANTES DE COMPRA POR MIS CURSOS VIRTUALES?
Estimado contribuyente, en la actualidad tenemos 4 regímenes tributarios, para acogerse al que más le convenga tiene que evaluar los ingresos que va a tener y la actividad que va a realizar, el régimen NRUS y el régimen especial, tienen algunas excepciones. emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario. Saludos.
Buenas tardes, Any Cc. Las actividades económicas relacionadas con comisiones pueden ubicarse en los siguientes regímenes tributarios: Régimen MYPE Tributario: cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1733675/REMYPE.pdf?v=1654292322 Régimen General: cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1733677/Nuevo_RegimenGeneral.pdf.pdf?v=1654624192 Saludos.
Estimado Miguel Miranda, si se encuentra acogido al Régimen Especial de Renta - RER, también puede emitir recibo por honorarios, pero recuerde que las actividades que genera deben ser distinta a los servicios por las que emite recibo por honorario. Saludos.
Buenas noches si soy una persona que esta en el rus y quiero acogerme a la facturación electrónica para emitir mis boletas me gustaría saber a que resolución sunat debo acogerme, gracias
Estimada contribuyente, si desea emitir boletas electrónicas, puede realizarlo desde el portal Sunat ingresando con su RUC y clave SOL, también puede realizarlo desde el APP Emprender. Para mayor información en el siguiente enlace. ua-cam.com/video/ZFgggqR7ayg/v-deo.html Saludos
Estimado Santos, de no estar obligado a emitir únicamente comprobantes de pago de manera electrónica puede emitir sus comprobantes en formatos preimpresos. Mas información en el siguiente enlace: cpe.sunat.gob.pe/informacion_general/obligados_cpe.
hola Noelina, hay laboratorios o empresas que no quieren entregar factura de compras para sustentar la adquisición (caso N.RUS), generalmente entregan Notas de Ventas, Cotizaciones y otros documentos que no tienen validez tributaria. Puedo colocar en compras en mi voucher para el pago de N.RUS al menos el valor de ese documento?
Buenas noches, Zoraida. Los que pertenecen al Nuevo RUS deben solicitar factura por todas las compras que realicen, salvo que adquieran de otros sujetos que también se encuentran en el RUS. Recuerde que el no emitir y/o otorgar el comprobante de pago que corresponda constituye una infracción tributaria, la cual puede Ud. reportar mediante el siguiente enlace: www.gob.pe/9140-presentar-una-denuncia-sobre-infracciones-tributarias-y-o-aduaneras. Ha sido un gusto atenderte.
Estimado Anderson, antes de inscribirte debes conocer el Régimen Tributario que te conviene, de acuerdo a las características de tu negocio o empresa. Para mayor información sobre los pasos para elegir el Régimen Tributario en el siguiente enlace: emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario Saludos.
Estimada contribuyente, debe acogerse a un régimen tributario para conocer los impuestos que debe pagar de manera mensual, para mayor información en el siguiente enlace. emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario Saludos
Buenos días estimado Jefferson, tenga en cuenta que solo puede acogerse a un solo régimen tributario, de tener dos actividades tendrá que acogerse de acuerdo al tipo y tamaño del negocio al régimen que sean compatibles, para más información ingrese al enlace: emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario Si tiene alguna consulta adicional o específica la puede realizar a través de nuestros canales de orientación: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion Saludos
Buenos días estimado (a) Santiago, de manera general, tenga en cuenta que, actualmente existe 4 regímenes tributarios, para el acogimiento a cualquiera de ellos, dependerá del tipo de actividad y monto de sus operaciones, por ello, es importante que conozca los alcances respecto a cada régimen tributario, para mayor detalle de información ingrese al enlace: www.gob.pe/280-regimenes-tributarios
Para más información y alcances sobre información tributaria, puede hacerlo a través de nuestra central de consultas, ingrese al enlace: www.gob.pe/14701-central-telefonica-de-sunat
Estimada contribuyente, para realizar importaciones debe contar con RUC, tener la condición de habido, en su ficha RUC en la opción de “Actividad de Comercio Exterior” debe habilitar “importador”. Para mayor información revisar el siguiente enlace. www.sunat.gob.pe/orientacionaduanera/despsimpimportacion/requisitos.html Saludos.
Estimada Jacqueline, Si inicias un negocio, debes elegir un régimen tributario a fin de cumplir con tus obligaciones tributarias, este establece la manera en la que se pagan los impuestos y los niveles de pagos de los mismos. Para mayor información sobre los regímenes tributarios en el siguiente enlace: www.gob.pe/280-regimenes-tributarios Saludos.
@@SUNATOficial saque mi RUC con el RER pero ahora no puedo generar guias remision transportista electronica, pero si puedo las guias remitentes, como hago para trabajar con mis dos actividades economicas con mi ruc
@@jacquelineiselyzamorasoca3382 Estimada Jacqueline Isely Zamora Soca, desde SEE SOL puede emitir Guía de remisión - Remitente y Guía de remisión de bienes fiscalizados. Puede evaluar usar Guía de remisión transportista en formato preimpreso. Información relacionada en el siguiente enlace. orientacion.sunat.gob.pe/6602-03-guia-de-remision-transportista Saludos.
El régimen mype tributario, tiene un mínimo de ventas mensuales? En un ejemplo, si vendo S/.800 mensuales, puedo elegir el régimen mype tributario? Gracias!!
Estimada alejandrachv, pueden acogerse a este régimen MYPE Tributario - RMT, los contribuyentes cuyos ingresos netos anuales no superen las 1700 UIT. Para mayor información sobre este régimen en el siguiente enlace: emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/herramientas/regimen-mype-tributario Saludos.
Estimada Keiro Takagui, en el Régimen Especial de Renta - RER, los libros contables que estarás obligado a llevar son el Registro de Compras y el Registro de Ventas. Para mayor información en:emprender.sunat.gob.pe/tributando/registros-contables/libros-registros-contables Saludos.
Hola buenas tardes,yo voy a iniciar mi emprendimiento de una bodega ,y quisiera saber cuál es el régimen al cual debo inscribirme,y quisiera saber también cuál es la actividad económica que de poner en la guía ,quedo a atenta gracias
Estimada Kelinda Rosa Vargas De La Cruz, antes de inscribirte debes conocer el Régimen Tributario que te conviene, de acuerdo a las características de tu negocio o empresa; en el siguiente enlace encontrará información al respecto: emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario Con respecto al CIUU puede revisar la actividad a consignar en la tabla Anexa I en el siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/sites/default/files/inline-files/TABLA_ANEXA_1.pdf Si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación. Para mayor información en el siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/1093-canales-de-atencion Saludos.
tengo rus, voy hacer mi primera declaración, en las compras de mi roveedores algumos me emien factura y otro ningun comprobante, estas compras sin comprobante tambien las puedo declaras en el monto de compra o solo las que tengo comprobantes.
Tengo una consulta tengo un familiar que tiene un pequeño restaurante y esta en el nrus, pero tiene un espacio amplio otro familiar acogido al nrus podria poner otro pequeño negocio figurando en la misma dirección?
Estimada contribuyente, en la actualidad tenemos 4 regímenes tributarios, para acogerse al que más le convenga tiene que evaluar los ingresos que va a tener y la actividad que va a realizar, el régimen NRUS y el régimen especial, tienen algunas excepciones. Para mayor información en el siguiente enlace. emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario. Saludos
Buenas tardes una consulta, en el negocio estamos en RER pero este mes una empresa nos va pagar comisiones por ventas de líneas telefónicas, esto ya pertenece a comisionistas?. debo cambiar de regimen al MYPE? aparte el negocio tambien es agente de varios bancos, el dinero que nos paga el banco mensualmente por ser su agente son comisiones? o solo es un servicio mas del negocio?. agradecida de antemano por la respuesta.
Estimada Lizbeth, se considera agentes de comercio a los comisionistas mercantiles, estas actividades no están comprendidas en el Régimen Especial por lo que puede acogerse al Régimen MYPE Tributario. Con respecto a su segunda consulta le sugiero revisar el punto 4 del análisis realizado en el informe adjunto. Recuerde que de requerir orientación especifica puede comunicarse con nosotros llamando al (01) 315 0730 opción 3. www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2013/informe-oficios/i059-2013.pdf. Saludos.
Estimada Andrea, los contribuyentes que se acogen al RER si pueden tener trabajadores en planilla. Para mayor información en el siguiente enlace. emprender.sunat.gob.pe/tributando/mis-obligaciones-laborales/obligaciones-con-mis-trabajadores Saludos.
Estimada contribuyente, en la actualidad tenemos 4 regímenes tributarios, para acogerse al que más le convenga tiene que evaluar los ingresos que va a tener y la actividad que va a realizar. Si desea emitir facturas no puede acogerse al régimen NRUS. Para mayor información puede revisar el siguiente enlace. emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario Saludos
Me he registrado en el Régimen especial con fecha 23 de Marzo del 2022 y no realice ninguna actividad de compras ni ventas en ese mes, y por desconocimiento no declaré en Abril ¿Es lícito que la SUNAT, me eleve de frente al Régimen General aduciendo como castigo?
Buenos días estimado Ernesto, de acuerdo a la Ley del Impuesto a la Renta, la condición para el acogimiento al régimen especial, tratándose de contribuyentes que inicien actividades en el transcurso del ejercicio, se realizará únicamente con ocasión de la declaración y pago de la cuota que corresponda al período de inicio de actividades declarado en el Registro Único de Contribuyentes, y siempre que se efectúe dentro de la fecha de su vencimiento, de no cumplir tendría que acogerse a los siguientes regímenes tributarios teniendo en cuenta las condiciones que estos establezcan para su acogimiento, para más información ingrese al enlace: www.gob.pe/280-regimenes-tributarios Para cualquier consulta adicional o específica le sugerimos realizarlo a través de nuestros canales de orientación: orientacion.sunat.gob.pe/1093-canales-de-atencion
Estimado Juan Cueva, si es persona natural que no realiza actividad empresarial ni es habitual no está gravado con IGV ni IR. Si realiza actividad empresarial, del valor de venta del vehículo debe deducir su valor de adquisición y la diferencia será su base imponible para IGV (literal a del artículo 13 de la LIGV) Si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación. Para mayor información en el siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion Saludos.
Buenas días estimada Kimberlyn, puede acogerse al régimen tributario que de acuerdo al tipo de actividad y tamaño del negocio se lo permitan, para mayor ampliación de información, ingrese al enlace: www.gob.pe/280-regimenes-tributarios Saludos
Estimado Bruno Reyes, las comisiones son rentas de tercera categoría, pueden acogerse al régimen MYPE tributario o al régimen general. Para mayor información sobre el régimen MYPE Tributario - RMT en: www.gob.pe/6990-regimen-mype-tributario-rmt Para mayor información sobre el régimen General en: www.gob.pe/6991-regimen-general Saludos.
Hola buena explicación, sin embargo tengo algunas dudas. Soy extranjera y estoy cambiando mi ruc 15 persona natural sin negocio por uno con negocio. Es un pequeño emprendimiento pero quiero saber es rus a donde debo apegarse? Es un emprendimiento virtual de venta de monturas oftálmicas.
Estimada, si como persona natural vas a iniciar un pequeño negocio y solo emitirás boleta de venta, puedes acogerte al NRUS. Más detalles a tener en: orientacion.sunat.gob.pe/3098-02-sujetos-comprendidos Saludos.
Estimado Miguel, en caso necesite una nueva clave sol, puede realizarlo ingresando al siguiente enlace, debe ingresar la información solicitada. ww1.sunat.gob.pe/ol-ti-itadminforuc-inscripcion/inscripcion Saludos.
Buenos días estimado Smart. de acuerdo a su consulta, le invitamos a ver toda la información sobre el NRUS en el siguiente enlace orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas-menu/nuevo-regimen-unico-simplificado-nuevo-rus Saludos
Estimada Vanessa maritza Sanchez rojas, debes conocer el Régimen Tributario que te conviene, de acuerdo a las características de tu negocio o empresa. Mas información en: emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario Saludos.
Buenos días estimado Noga, aquellas personas que obtienen ingresos por comisiones, solo pueden estar en el régimen mype tributario o régimen general. Si tiene alguna consulta específica la puede realizar a través de nuestros canales de orientación: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion.
Hola, si deseo aperturar un farmacia bajo que régimen podría ser considerado, teniendo que la compra inicial será mayor a 8 mil, y los ingresos mensuales se calcula será aprox. a 5000. Agradezco su respuesta.
Estimada contribuyente, en la actualidad tenemos 4 regímenes tributarios, debe tener en cuenta que algunos regímenes como el especial y NRUS, se encuentran algunas restricciones. Debe tener en cuenta la proyección de ingresos que puede generar. Para mayor información puede visitar el siguiente enlace. emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario Saludos
Estimada Liliam Cuentas, Se encuentran obligados a presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta quienes en el 2020 hubieran obtenido rentas o pérdidas de Tercera categoría y que hubieran estado afectos al Régimen General y/o al Régimen MYPE Tributario del Impuesto a la Renta. Más información en: emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario Saludos.
Estimada Rocío, las declaraciones y pagos se realizan de acuerdo con el cronograma de vencimientos mensuales, según el último dígito del RUC En el Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS) el pago mensual será de acuerdo a la categoría (1 o 2). En el Régimen Especial de Renta el pago de la cuota o impuesto mensual tiene carácter cancelatorio o definitivo. En el Régimen Mype Tributario y General las declaraciones y pagos son mensuales y realizarán declaración anual. Saludos.
Hola. Si estoy en el nuevo RUS y, debido a la cuarentena focalizada aplicada a algunas regiones, no he estado trabajando, ¿Debería seguir pagando los S/20.00? o ¿Cómo declaro que no he tenido ni compras ni ventas durante un periodo específico?
Estimada Rosa Luisa Cabezudo Tumay, si no realiza actividades económicas puede presentar la suspensión temporal de actividades, para ellos requiere la información de su ultimo comprobante de pago emitido o recibido y para realizarlo debe acceder a SUNAT operaciones en línea, opción trámites y consultas, haciendo uso de su clave sol. Para mayor información sobre como suspender actividades en el siguiente enlace: www.gob.pe/681-actualizar-datos-en-el-ruc-para-personas-naturales-suspender-actividades?fbclid=IwAR34brjNz52-AH2iIIBR5nmSMlqpy-RDRT3znrr3qRqmbExBcklEwN7uX6Q Saludos.
@@SUNATOficial y en el caso de que no se solicitase la suspensión, así no hayan movimientos, igual hay que pagar el importe indicado según la categoría a la que corresponda?
@@rosaluisacabezudotumay1339 Estimada contribuyente, de no haber realizado la suspensión de actividades le corresponde realizar el pago de la cuota mensual, ha si no haya tenido adquisiciones ni ventas en el periodo. Saludos.
Buenos días estimada Sueli, tenga en cuenta que al realizar las declaraciones mensuales, se determina el pago de dos impuestos: el IGV y el impuesto a la renta, para más información ingrese al enlace: www.gob.pe/6989-regimen-especial-de-renta-rer Saludos
Estimado Eber, en atención a su consulta le sugerimos revisar los beneficios de la Ley 31110 - Ley del Régimen Laboral Agrario y de Incentivos para el Sector Agrario y Riego, Agroexportador y Agroindustrial, se adjunta en el siguiente enlace: busquedas.elperuano.pe/normaslegales/ley-del-regimen-laboral-agrario-y-de-incentivos-para-el-sect-ley-n-31110-1916568-7/ De no encontrarse dentro de los alcances de la ley indicada puede ubicarse en el régimen especial siempre que no realice ninguna de las actividades no comprendidas en el régimen especial señaladas en el siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/2937-empresas-no-comprendidas-en-el-regimen-especial Saludos.
Estimada Rosario, en regla general los que realizan importaciones no pueden estar en el NRUS, a excepción de los contribuyentes cuyo domicilio fiscal se encuentre en zona de frontera, que realicen importaciones para el consumo que no excedan de US$ 500 (quinientos y 00/100 dólares americanos) por mes. Base Legal, artículo 3 del Decreto Legislativo N° 937. Para mayor información en el siguiente enlace: www.sunat.gob.pe/legislacion/rus/index.html Por lo que debe afectarse a otro régimen tributario para realizar importaciones de manera habitual. Saludos.
Una consulta por favor estoy en nrus y quebro mi negocio hace 5 años y desde entonces deje. De pagar que debo de hacer para regularizar mi problema con mi rus. Espero la respuesta gracias
Estimado Socrates Apaza Choquehuanca, Si decidiste dejar de realizar las actividades para las que utilizabas el RUC, es necesario que le des de baja. Recuerde si no realizas el pago de tus cuotas correspondientes al NRUS, incurres en infracción, la misma que es sancionada con multa. Si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación. Para mayor información en el siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion Saludos.
Estimado Fidel, si tiene a su cargo uno (1) o más trabajadores, está obligado a llevar la Planilla Electrónica los Empleadores. Para más información acceda al siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas-menu/planilla-electronica/informacion-general-planilla-electronica/3196-01-concepto-planilla-electronica.
Soy mototaxista en que régimen debo estar y que comprobante tengo que emitir, ya que tengo ruc 20 por mi negocio de venta de repuestos y accesorios de motos
Buenos días estimada Susana, tenga en cuenta que puede realizar la actividad como persona jurídica o como personal natural, si opta como persona jurídica que cuenta ya con RUC tendría que dar el alta de una nueva actividad y si desea hacerlo como persona natural con negocio, tendría que dar el alta al RUC y acogerse a renta de tercera categoría pudiendo emitir los comprobantes de pago permitidos en el régimen en que se encuentre, puede ver la siguiente información emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario Si tiene alguna consulta específica la puede realizar a través de nuestros canales de orientación: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion Saludos
Una consulta. Actualmente estoy acogido al NRUS pero quiero comenzar a importar. Entonces tendría que acogerme como mínimo al Régimen Especial???. En qué régimen está permitido importar???
Estimado Carlos, puede realizar actividades de importación en el Régimen especial, Régimen MYPE tributario y Régimen general. Para mayor información de los regímenes tributarios en el siguiente enlace: emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario Si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación, indicando su número de RUC: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion. Saludos.
Hola, estoy en el nuevo rus desde hace años, comencé a emitir boleta electronica desde mediados de noviembre de este año, porque justo se me agotaban las fisicas, y ya el proximo año iba a ser obligatorio, (lo hice desde empresas, porque persona no me salia la opcion boleta de venta electrónica), pero hoy al intentar declarar noviembre a sunat me sale un mensaje de que ya no pertenezco al nuevo rus, "Sr. Contribuyente, en el periodo 11/2021 Ud. NO se encuentra afecto al NRUS"; a què se debe esto? que pasos debo seguir, no supero los 8k ni nada de eso.
Estimada, para brindarle una orientación detallada de su caso, le sugerimos comunicarse con nosotros a través de nuestra central telefónica indicando su número de RUC. Puede llamar: Desde celulares y teléfonos fijos: (01) 315 0730, Desde teléfonos fijos a nivel nacional 0 801 12 100 y Desde celulares Claro, Entel y Movistar *4000. Saludos.
-Estimada contribuyente, si eres una persona natural y vas a iniciar un pequeño negocio como bodega, puesto de mercado, zapatería, bazar, restaurante, juguería, peluquería u otros y solo emitirás boleta de venta, puedes acogerte al NRUS. Para mayor información en el siguiente enlace. www.gob.pe/6988-nuevo-regimen-unico-simplificado-nrus Saludos
Estimada Genesis Garcia, si tiene a su cargo uno (1) ó más trabajadores, está obligado a llevar la Planilla Electrónica los Empleadores. Para mayor información en: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas-menu/planilla-electronica/informacion-general-planilla-electronica/3196-01-concepto-planilla-electronica Si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación. Para mayor información en el siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion Saludos.
La actividad de compra y venta de medicina podemos acogernos al Nuevo RUS Cuantas actividades económicas podemos generar estando en el Nuevo RUS Agradeciendo de antemano por su respuesta
Estimado contribuyente, puede realizar las actividades que se encuentran comprendidas en el NRUS, pero recuerde que no puede realizar adquisiciones e ingresos mayores a S/ 8,000.00 soles mensuales o S/ 96,000.00 al año. Para mayor información en el siguiente enlace www.gob.pe/6988-nuevo-regimen-unico-simplificado-nrus. Saludos.
Hola Sunat... una consulta... quiero hacer una empresa SA dedicado al alquiler de equipos informaticos... puedo estar en el regimen especial??? gracias
Estimado Julian, si su empresa se va a dedicar al alquiler de equipo informáticos si se puede acoger al Régimen Especial (RER). Para mayor información: www.gob.pe/7003-regimen-especial-de-renta-rer-acceder-al-regimen-especial . Saludos.
Una consulta. un familiar se inscribió al nuevo Rus en noviembre del 2020 y mandó a imprimir sus boletas de venta en el mismo mes y a la fecha tiene actividades, pero por motivo de descuido no ha cancelado la primera cuota de S/ 20 ni de los siguientes meses, quiere pagar su deuda, la consulta es: sigue perteneciendo al nuevo Rus o ya pasó a otro régimen, pagará multas? Gracias por su respuesta.
Estimado florencio malqui rodriguez, puede realizar su declaración y pago del NRUS pendientes desde la nueva plataforma de mis declaraciones y pagos, adjunto video sobre el procedimiento para su declaración del NRUS: ua-cam.com/video/yWzifSyidIs/v-deo.html Si no pago en la fecha de vencimiento como plazo máximo debe agregarle al importe a pagar los intereses. Le brindamos la calculadora tributaria: e-consulta.sunat.gob.pe/cl-at-itcalculibre/actdeuS01Alias Recuerde que, si no realizas el pago de tus cuotas correspondientes al NRUS, incurres en infracción. Para mayor información: orientacion.sunat.gob.pe/infracciones-y-sanciones-vinculadas-con-la-declaracion-y-pago-empresas Saludos.
Estimado contribuyente, para acogerse al régimen Mype tributario, puede realizarlo en el mes de declaración de inicio de actividades, Si proviene del NRUS o régimen especial, podrá acogerse en cualquier mes del ejercicio gravable, mediante la presentación de la declaración jurada que corresponda. Si proviene del Régimen General, podrá afectarse con la declaración del mes de enero del ejercicio gravable siguiente. Para mayor información puede revisar el siguiente enlace. orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas-menu/regimen-mype-tributario/6827-03-incorporacion-al-rmt Saludos
Buenos días estimada Victoria, el servicio de hospedaje puede estar en el RER, pero adicionalmente se deben cumplir con otras características que puede ver en el siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas-menu/impuesto-a-la-renta-empresas/regimen-especial-del-impuesto-a-la-renta-empresas/2937-empresas-no-comprendidas-en-el-regimen-especial. Saludos.
Estimado kiito kill, los ingresos se obtienen por realizar actividades económicas. Si inicias un negocio, debes elegir un régimen tributario, que tienen sus propias características en función a sus actividades, niveles de ingresos o de compras, tipo de comprobante de pago que pueden emitir y que debes conocer. Para mayor información sobre los regímenes tributarios en el siguiente enlace: emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario Saludos.
Buenas tardes, una consulta si estoy en el RER y al iniciar el mes se hizo una compra por 8000 soles pero a la mitad del mes se cerro la tienda por motivo de viaje y solo se tuvo como ingresos 3000 soles en ese mes, como tengo que hacer esa declaracion, por que lo normal que siempre pasa es que los ingresos sean mayores. De antemano gracias por la orientacion.
Estimada Lizbeth, usted puede presentar su declaracion a través del formulario virtual 621 y consignar la información que señala, no es impedimento que las compras sean mayores a las ventas. Al determinar un “saldo a favor de IGV”, este puede ser aplicado contra el “impuesto resultante de IGV” de un periodo siguiente por lo que debe arrastrarlo en la casilla “Saldo a Favor del Período anterior”. Saludos.
Estimado Oscar Huayascachi Barreto, en el régimen NRUS, el pago de cada cuota debe hacerse hasta el plazo señalado en el cronograma de pagos, que aprueba la SUNAT. Las cuotas mensuales del Nuevo RUS pueden pagarse por internet, con tu teléfono celular/móvil o presencialmente. Para mayor información sobre la declaración y el pago del impuestos en el siguiente enlace: www.gob.pe/1163-conocer-el-regimen-tributario-para-mi-negocio-nuevo-regimen-unico-simplificado-nrus Saludos.
Buenos días, por favor una consulta para el caso de agentes inmobiliarios independientes:
Si para realizar la actividad no se incurre en gastos como: pagos por publicidad física ni virtual (no se usan carteles, avisos físicos ni en páginas web, etc), básicamente se publicita a través de redes sociales gratuitas.
Si la operación de compraventa por la que se cobra una comisión, conlleva a un hecho económico de renta de 2da categoría (venta de inmueble Persona Natural) y no de 3ra Categoría (minuto 54:10), ¿por qué es necesario emitir boleta y no es posible emitir Recibo por Honorarios como prestador de servicios de 4ta Categoría?
Gracias
Estimado. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT
Nuestros especialistas de la #Sunat lo atenderán gustosamente.
MUY EXCELENTE INFORMACIÓN, PARA LOS PROFESIONALES CONTABLES Y PARA PERSONAS EMPRENDEDORAS, GRACIAS POR SU APORTE ....
Realmente felicito a los dos exponentes, tanto la presentadora como el expositor del tema, ambos son excelentes comunicadores, buena dicción, explicación clara, precisa y optimizada con preguntas que desglozan temas complejos. Son extraordinarios.
Muchisimas gracias ambos! Excelente su explicación! Saludos y los sigo desde ya! 💪 La mayor de los exitos
Muchas gracias estimada. La invitamos a conocer nuestras otras redes sociales oficiales de la Sunat:
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Saludos.
Neolina excelentes preguntas 👏👏👏
Esta es una información muy importante. Que buen video de verdad
EXCELENTE INFORMACIÓN, MUY BUENAS PREGUNTAS QUE TODOS TENIAMOS DUDAS
sorry to be off topic but does any of you know a way to log back into an Instagram account??
I was dumb forgot my login password. I appreciate any assistance you can offer me.
excelente información!!
Podrían por favor realizar otro video sobre recibos por honorarios . Mil gracias.
Buen día; como arquitecto emito RH. De forma inusual, estoy realizando un (01) servicio de corretaje inmobiliario, no tengo claro si por el cobro de la comisión producto de este servicio se puede emitir RH (por favor confirmar*); sin embargo, me han recomendado emitir una Boleta; por lo que, como PN o PJ (¿cuál es la forma adecuada?*) me inscribiré en el Régimen MYPE Tributario, exclusivamente para emitir una (01) boleta por la comisión que espero cobrar (¿es esta la única forma de cobrar una (01) comisión por corretaje inmobiliario?*).
Luego de esto: ¿puedo dar de baja mi inscripción al RMT y continuar emitiendo solo RH?*
¿Estando en el RMT puedo seguir emitiendo RH? (por favor confirmar*), de ser el caso, al ser rentas diferentes, ¿estando en el RMT, puedo incluso emitir RH con suspensión de retenciones 4ta. Categoría?*
Muchas gracias de antemano por las respuestas.
(*6 consultas)
gracias por el video
en que regimen se encuentra las boticas y farmacias
Me gusto mucho , excelente Noelina
Estoy iniciando mi emprendimiento y ya registré mi empresa como EIRL realizamos impresiones y personalización de polos tazas gorros y otros puedo acogerme al nrus?
Hola, si solo vas a vender a consumidores finales si
Excelente información.
Espero también se amplíe en cuanto a las detracciones .
Gracias.
Buenas días estimado (a), agradecemos su visita y tomaremos en cuenta su recomendación, asimismo, indicarle, que de tener alguna consulta específica la puede realizar a través de nuestros canales de orientación: orientacion.sunat.gob.pe/1093-canales-de-atencion
Saludos
Excelente vídeo 🙌
Me ayudo bastante, muy bien
Muchas gracias por la respuesta.
Muy bien explicado pero deben de nivelar el volumen. Muy bajo se escucha a noelina y a cesar muy alto.
en el min 8:30 indican si el valor de venta es inferior a s/ 5, debemos emitir una boleta al final del día... mi pregunta es a quien debo emitir si son varios los compradores, ( nombre a quien debo poner y quien debo dar ?)
Estimado Oscar Huayascachi Barreto, recuerda que, no es obligatorio que emitas boletas de venta o tickets por tus ventas menores a S/.5; salvo que el comprador lo exija. En estos casos, al final del día, debes emitir una boleta de venta que comprenda el total de tus ventas menores a S/. 5 por las que no emitiste boleta.
Si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación. Para mayor información en el siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/1093-canales-de-atencion
Saludos.
No es necesario que pongas un nombres solo haces la boleta por los productos le pones el total y listo
@@aprendiendoalgonuevo7886 Estimada contribuyente, si ha realizado ventas donde no le solicitaron comprobante debe emitir una boleta de venta al final del día por el importe total de aquellas por las que no se hubiera emitido el comprobante de pago respectivo, conservando en su poder el original y la copia.
Saludos
Buenas tardes, una consulta puedo acogerme al regimen especial si mi actividad es alquilar vehiculos?
Buenos días Daniela, el arrendamiento de vehículos no se encuentra dentro de las actividades excluidas del Régimen Especial por lo cual puede pertenecer a este régimen tributario. Asimismo, puede considerar otras limitaciones de este régimen ingresando al siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/2937-empresas-no-comprendidas-en-el-regimen-especial
Saludos.
Sres. buen dia, quisiera consultar a que regimen tributario se debe acoger un centro de terapia del lenguaje, debe seguir los mismos lineamientos de una institucion educativa?. gracias por su respuesta.
Estimada contribuyente, en la actualidad tenemos 4 regímenes tributarios, para acogerse al que más le convenga tiene que evaluar los ingresos que va a tener y la actividad que va a realizar, el régimen NRUS y el régimen especial, tienen algunas excepciones. www.gob.pe/280-regimenes-tributarios.
Saludos
Buenas noches por favor una consulta si yo compro granos y vendo en que régimen estaría pero aveces supera mis ventas 70 mil dólares
Régimen MYPE Tributario, es lo más conveniente por tus ingresos.
Estimado contribuyente, en la actualidad tenemos 4 regímenes tributarios, para acogerse al que más le convenga tiene que evaluar los ingresos que va a tener y la actividad que va a realizar, el régimen NRUS y el régimen especial, tienen algunas excepciones. Para mayor información en el siguiente enlace. www.gob.pe/280-regimenes-tributarios.
Saludos.
buenas tardes. consulta, estoy pensando establecerme en regimen MYPE ya que se asienta mejor a lo que voy a ofrecer ( empresa de servicios : técnicos profesionales ) sin embargo la duda que tengo es sobre los empleados que tengo pensado contratar. Puedo contratar personal por recibo por honorario o necesariamente tengo que acogerlos con planilla con todos los benéficos de ley ? los trabajos serian ocasionales y en base a proyectos que se susciten.
Estimado contribuyente, las personas que realizan trabajos independientes pueden emitir recibo por honorario, de ser trabajadores permanentes debe tenerlos en planilla.
Saludos.
Si yo soy comerciante que anda en ferias y confecciono ropa menor a 5000 soles pero viajo dentro del Perú vendiendo puedo entrar al nuevo rus o a cual
Tengo una consulta, estoy pensando en inscribir un negocio de impresiones y ofrecer servicios sobre mi profesión, en q régimen me conviene?
Estimada. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT
Nuestros especialistas de la #Sunat la atenderán gustosamente.
Saludos.
Hola! Si deseo emprender con un Restobar. ¿A qué régimen debería acogerme?
Estimado Enzo Sulca Simon, Si inicias un negocio, debes elegir un régimen tributario a fin de cumplir con tus obligaciones tributarias. Existen cuatro regímenes tributarios que tienen sus propias características en función a sus actividades, niveles de ingresos o de compras, tipo de comprobante de pago que pueden emitir y que debes conocer: www.gob.pe/280-regimenes-tributarios
Saludos.
interesante para los que tenemos interés de iniciarnos en un negocio lo que nos ayuda tomar la desicion del tipo de negocio.
Estimado Maximo, si desea iniciar un negocio, debe elegir un régimen tributario que más le convenga, de acuerdo a las características de su negocio o empresa.
Existen cuatro regímenes tributarios que tienen sus propias características en función a sus actividades, niveles de ingresos o de compras, tipo de comprobante de pago que pueden emitir y que debes conocer. Para mayor información en los siguientes enlaces: emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario, www.gob.pe/1209-conocer-el-regimen-tributario-para-mi-negocio.
Saludos.
Buenos dias tengo un Ruc de una empresa nueva EIRL
Que tipo de REGIMEN DEBO UTILIZAR MUCHAS GRACIas
Estimado, en caso realice la inscripción al RUC como persona jurídica seleccionará un Régimen tributario (Régimen especial, Régimen Mype Tributario o Régimen general), debe elegir el que más le convenga, de acuerdo al tipo de actividad, ingresos, entre otras características que se detallan en el siguiente enlace: emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario
Saludos.
buenas tardes del ejemplo que dijo si tiene la profesion de abogada y tiene el negocio de lavanderia ambos trabajar con un solo ruc o dos ruc diferentes y como seria
Estimada Narda, el RUC es uno sólo, es un número de once dígitos, lo que sí es diferente es la renta, por su profesión puede emitir recibos por honorarios (Renta de cuarta categoría) y por el negocio elegir un régimen tributario (Renta de tercera categoría) a fin de cumplir con sus obligaciones tributarias.
Para mayor información sobre los regímenes tributarios en el siguiente enlace: www.gob.pe/1209-conocer-el-regimen-tributario-para-mi-negocio
Saludos.
Una consulta, soy técnico y brindo servicio de reparación y mtto de equipos eléctricos, puedo estar en el RER?
Estimado. Escriba su consulta en nuestra red social Facebook: facebook.com/SUNAT
Nuestros especialistas de la #Sunat lo atenderán gustosamente.
Saludos.
Estimada Noelina, ante todo felicitaciones por la información que suministras por medio de tu canal. Por otra parte, quería consultarte, actualmente me encuentro gestionando la constitución de mi empresa Importadora & Distribuidora EIRL, pero estoy confundido en cual es el régimen tributario que se debe elegir para mi empresa. Por favor me podrías orientar al respecto. Lo digo porque como empresa importadora y recién estoy emprendiendo no se cual sería el limite de mis ventas ni adquisiciones, siendo así por cual régimen tributario debería optar como contribuyente ?
Estimado Marlon, para realizar su inscripción al RUC como persona jurídica puede elegir el régimen tributario que más le convenga: Régimen especial de Renta (RER), Régimen MYPE tributario (RMT) o Régimen General. Debe tener en cuenta su nivel de ingresos, actividad y diversas características. En el siguiente enlace le brindamos información de los regímenes tributarios: www.gob.pe/1209-conocer-el-regimen-tributario-para-mi-negocio.
Saludos.
Si estoy en el rus se me puede considerar empresa?
Gracias por la información
buenas tarde disculpe que hacer si una persona ya tiene o ya compró sus muebles o cositas para abrir un negocio y posterior a ello se entera de la facilidad para los emprendedores que es el nuevo rus y se afilia y como hace luego tiene que declarar desde la fecha que se esta afiliando ?
EXCELENTE INFORMACIÓN
Felicitaciones
Hola, si quiero dictar clases online con otras personas , o hacer una academia online a qué régimen pertenece. Muchas gracias
Estimada 6alejandria, existen cuatro regímenes tributarios que tienen sus propias características en función a sus actividades, niveles de ingresos o de compras, tipo de comprobante de pago que debes conocer. Al respecto le brindamos los pasos para elegir el Régimen Tributario en el siguiente enlace: emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario
Saludos.
DESEO SABER EN QUE FECHA PUEDO CAMBIAR AL REMYPE SIENDO REGIMEN GENERAL PERO NO LLEGA LAS UITS SU VENTAS AL AÑO SON POR 200,000.00 AL AÑO
Estimada Maria Chavez, si provienes del Régimen General, puedes cambiar al régimen MYPE tributario con la declaración del periodo de ENERO de cada año. Mas información en: www.gob.pe/7315-regimen-mype-tributario-rmt-cambiar-al-regimen-mype-tributario
Saludos.
muy informativo, gracias
tengo una EIRL hago servicios en la agroindustria hago reparaciones , mantenimiento , construcciones de maquina podria estar en el regimen especial de renta
Estimado mario, por el tipo de actividad que señala no estaría exceptuado del Régimen especial, se le sugiere verificar los demás límites de este régimen en el siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/2937-empresas-no-comprendidas-en-el-regimen-especial
Si tiene alguna consulta específica, puedes realizarla a través de los canales de atención que Sunat tiene disponibles: www.gob.pe/9122-recibir-orientacion-tributaria-o-aduanera
Saludos.
Hola si brindo servicio de taxi que régimen me conviene por favor, Gracias
Estimada contribuyente, en la actualidad tenemos 4 regímenes tributarios, para acogerse al que más le convenga tiene que evaluar los ingresos que va a tener y la actividad que va a realizar, el régimen NRUS y el régimen especial, tienen algunas excepciones. Para mayor información en el siguiente enlace. emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario.
Saludos
una consulta si soy efectivo policial y quiero abrir una librería mi sueldo también entraría a tallar para la contabilidad de ingresos en el nuevo rus gracias
No, son ingresos totalmente diferentes.
Estimado Reynaldo, para el cálculo de sus cuotas mensuales solo debe considerar sus ingresos o compras relacionados a su negocio (renta de tercera categoría). Mayor información sobre el Régimen del Nuevo RUS en el siguiente enlace: www.gob.pe/6988-nuevo-regimen-unico-simplificado-nrus
Saludos.
Tengo una consulta: por un error se superó la venta de 8000 a 8100 y me dijieron que te pasan automáticamente al régimen general pero mi negocio no da para ir a ese régimen ¿que debo hacer?
Estimado Fabian, no están comprendidos en el Nuevo RUS los sujetos que en algún mes los ingresos excedan el límite permitido para la categoría más alta de este régimen, en ese sentido, en caso se incurra en ello deberá optar por ingresar al Régimen MYPE Tributario, Régimen Especial o Régimen General a partir de dicho mes. En caso que no opten por acogerse a alguno de los mencionados regímenes, se considerarán afectos al Régimen General a partir del mes en que incurren en exceder el límite.
Saludos.
Muchas gracias por el video, tengo una consulta... Soy Odontólogo y me gustaría abrir mi consultorio, puedo estar en el NRUS? o en que Régimen es lo que tendría que estar? muchas gracias.
Estimado Jorge Arias, cada régimen tributario tiene sus propias características en función a sus actividades, niveles de ingresos o de compras, tipo de comprobante de pago que pueden emitir y que debes conocer de acuerdo con las características de tu negocio o empresa.
Pasos para elegir el Régimen Tributario: emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario
Saludos.
Buen video!
Hola, Cómo podría hacer si tengo un agente, que ruc debería tener?
Estimado, cada régimen tributario tiene sus propias características, ya sea por sus actividades, niveles de ingresos, tipo de comprobante de pago entre otros y que debes de conocer de acuerdo con las características de tu negocio o empresa. Al respecto le sugerimos revisar la siguiente información: emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario
Si tiene alguna consulta específica, puedes realizarla a través de los canales de atención que Sunat tiene disponibles: www.gob.pe/9122-recibir-orientacion-tributaria-o-aduanera
Saludos.
HOLA UNA CONSULTA!!! PARA ACTIVIDADES VIRTUALES EN QUE REGIMEN TRIBUTARIO DEBO ESTAR , Y SI PUEDO EMITIR COMPROBANTES DE COMPRA POR MIS CURSOS VIRTUALES?
Estimado contribuyente, en la actualidad tenemos 4 regímenes tributarios, para acogerse al que más le convenga tiene que evaluar los ingresos que va a tener y la actividad que va a realizar, el régimen NRUS y el régimen especial, tienen algunas excepciones. emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario.
Saludos.
estoy iniciando un emprendimiento y mis ingresos serán por comisiones, en qué régimen debo estar?
Buenas tardes, Any Cc. Las actividades económicas relacionadas con comisiones pueden ubicarse en los siguientes regímenes tributarios:
Régimen MYPE Tributario: cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1733675/REMYPE.pdf?v=1654292322
Régimen General: cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1733677/Nuevo_RegimenGeneral.pdf.pdf?v=1654624192
Saludos.
En el régimen especial puedo emitir factura y recibo por honorarios?
Estimado Miguel Miranda, si se encuentra acogido al Régimen Especial de Renta - RER, también puede emitir recibo por honorarios, pero recuerde que las actividades que genera deben ser distinta a los servicios por las que emite recibo por honorario.
Saludos.
Hola con RUS puedo realizar mis importaciones correcto? con límite 8k
Buenas noches si soy una persona que esta en el rus y quiero acogerme a la facturación electrónica para emitir mis boletas me gustaría saber a que resolución sunat debo acogerme, gracias
Estimada contribuyente, si desea emitir boletas electrónicas, puede realizarlo desde el portal Sunat ingresando con su RUC y clave SOL, también puede realizarlo desde el APP Emprender. Para mayor información en el siguiente enlace. ua-cam.com/video/ZFgggqR7ayg/v-deo.html
Saludos
En el nuevo rus, se puede emitir boletas electrónicas y manuales al mismo tiempo?
Estimado Santos, de no estar obligado a emitir únicamente comprobantes de pago de manera electrónica puede emitir sus comprobantes en formatos preimpresos. Mas información en el siguiente enlace: cpe.sunat.gob.pe/informacion_general/obligados_cpe.
Buenas tardes estando en el nuevo rus, puedo poner en planilla a mi trabajador?
Estimada Lizbeth, los contribuyentes que se encuentran en el Régimen Tributario Nuevo RUS pueden tener trabajadores en planilla.
Saludos.
hola Noelina, hay laboratorios o empresas que no quieren entregar factura de compras para sustentar la adquisición (caso N.RUS), generalmente entregan Notas de Ventas, Cotizaciones y otros documentos que no tienen validez tributaria. Puedo colocar en compras en mi voucher para el pago de N.RUS al menos el valor de ese documento?
Buenas noches, Zoraida. Los que pertenecen al Nuevo RUS deben solicitar factura por todas las compras que realicen, salvo que adquieran de otros sujetos que también se encuentran en el RUS. Recuerde que el no emitir y/o otorgar el comprobante de pago que corresponda constituye una infracción tributaria, la cual puede Ud. reportar mediante el siguiente enlace: www.gob.pe/9140-presentar-una-denuncia-sobre-infracciones-tributarias-y-o-aduaneras.
Ha sido un gusto atenderte.
Hola buenas , deseo poner un negocio de productos tecnologicos , con que régimen es conveniente empezar ?
Estimado Anderson, antes de inscribirte debes conocer el Régimen Tributario que te conviene, de acuerdo a las características de tu negocio o empresa.
Para mayor información sobre los pasos para elegir el Régimen Tributario en el siguiente enlace: emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario
Saludos.
Buenas.noches acabo de constituir una empresa mype de una agencia de viajes E.i.r l Ahora como hago para saber cuanto debo tributar mensual?
Estimada contribuyente, debe acogerse a un régimen tributario para conocer los impuestos que debe pagar de manera mensual, para mayor información en el siguiente enlace. emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario
Saludos
Una consulta si tienen dos actividades económicas con el mismo ruc, pagaría dos veces impuesto?
Buenos días estimado Jefferson, tenga en cuenta que solo puede acogerse a un solo régimen tributario, de tener dos actividades tendrá que acogerse de acuerdo al tipo y tamaño del negocio al régimen que sean compatibles, para más información ingrese al enlace: emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario
Si tiene alguna consulta adicional o específica la puede realizar a través de nuestros canales de orientación: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion
Saludos
Tengo un pequeño negocio y recien estas situaciones estoy enterandome.
Necesito una gran orientacion de SUNAT
Buenos días estimado (a) Santiago, de manera general, tenga en cuenta que, actualmente existe 4 regímenes tributarios, para el acogimiento a cualquiera de ellos, dependerá del tipo de actividad y monto de sus operaciones, por ello, es importante que conozca los alcances respecto a cada régimen tributario, para mayor detalle de información ingrese al enlace: www.gob.pe/280-regimenes-tributarios
Para más información y alcances sobre información tributaria, puede hacerlo a través de nuestra central de consultas, ingrese al enlace: www.gob.pe/14701-central-telefonica-de-sunat
Saludos
Si deseas yo te puedo asesorar, saludos.
Estoy en el régimen especial y quisiera importar, que debo hacer por favor espero su respuesta.
Estimada contribuyente, para realizar importaciones debe contar con RUC, tener la condición de habido, en su ficha RUC en la opción de “Actividad de Comercio Exterior” debe habilitar “importador”. Para mayor información revisar el siguiente enlace. www.sunat.gob.pe/orientacionaduanera/despsimpimportacion/requisitos.html
Saludos.
Hola, tengo una máquina de transporte, pero a la vez quiero abrir un negocio de ventas industriales, en que régimen puedo entrar ?
Estimada Jacqueline, Si inicias un negocio, debes elegir un régimen tributario a fin de cumplir con tus obligaciones tributarias, este establece la manera en la que se pagan los impuestos y los niveles de pagos de los mismos.
Para mayor información sobre los regímenes tributarios en el siguiente enlace: www.gob.pe/280-regimenes-tributarios
Saludos.
@@SUNATOficial saque mi RUC con el RER pero ahora no puedo generar guias remision transportista electronica, pero si puedo las guias remitentes, como hago para trabajar con mis dos actividades economicas con mi ruc
@@jacquelineiselyzamorasoca3382 Estimada Jacqueline Isely Zamora Soca, desde SEE SOL puede emitir Guía de remisión - Remitente y Guía de remisión de bienes fiscalizados. Puede evaluar usar Guía de remisión transportista en formato preimpreso. Información relacionada en el siguiente enlace. orientacion.sunat.gob.pe/6602-03-guia-de-remision-transportista
Saludos.
El régimen mype tributario, tiene un mínimo de ventas mensuales?
En un ejemplo, si vendo S/.800 mensuales, puedo elegir el régimen mype tributario?
Gracias!!
Estimada alejandrachv, pueden acogerse a este régimen MYPE Tributario - RMT, los contribuyentes cuyos ingresos netos anuales no superen las 1700 UIT.
Para mayor información sobre este régimen en el siguiente enlace: emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/herramientas/regimen-mype-tributario
Saludos.
Buenas noches, una consulta una emoresa de transporte interprovincial siendo una EIRL, en que regimen deberia estar ?
MYPE.
Hola., estoy en el RER con respecto a los libros, tengo q llevarlo físico, de ser así me puede guiar por favor , gracias
Estimada Keiro Takagui, en el Régimen Especial de Renta - RER, los libros contables que estarás obligado a llevar son el Registro de Compras y el Registro de Ventas. Para mayor información en:emprender.sunat.gob.pe/tributando/registros-contables/libros-registros-contables
Saludos.
Hola buenas tardes,yo voy a iniciar mi emprendimiento de una bodega ,y quisiera saber cuál es el régimen al cual debo inscribirme,y quisiera saber también cuál es la actividad económica que de poner en la guía ,quedo a atenta gracias
Estimada Kelinda Rosa Vargas De La Cruz, antes de inscribirte debes conocer el Régimen Tributario que te conviene, de acuerdo a las características de tu negocio o empresa; en el siguiente enlace encontrará información al respecto: emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario
Con respecto al CIUU puede revisar la actividad a consignar en la tabla Anexa I en el siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/sites/default/files/inline-files/TABLA_ANEXA_1.pdf
Si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación. Para mayor información en el siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/1093-canales-de-atencion
Saludos.
tengo rus, voy hacer mi primera declaración, en las compras de mi roveedores algumos me emien factura y otro ningun comprobante, estas compras sin comprobante tambien las puedo declaras en el monto de compra o solo las que tengo comprobantes.
Tengo una consulta tengo un familiar que tiene un pequeño restaurante y esta en el nrus, pero tiene un espacio amplio otro familiar acogido al nrus podria poner otro pequeño negocio figurando en la misma dirección?
Si
Estoy planeando abrir mi negocio de bebidas artesanales, pero a futuro quiero vender ropa. Como puedo inscribir de qué forma, me afectara?
Estimada contribuyente, en la actualidad tenemos 4 regímenes tributarios, para acogerse al que más le convenga tiene que evaluar los ingresos que va a tener y la actividad que va a realizar, el régimen NRUS y el régimen especial, tienen algunas excepciones. Para mayor información en el siguiente enlace. emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario.
Saludos
Buenas tardes una consulta, en el negocio estamos en RER pero este mes una empresa nos va pagar comisiones por ventas de líneas telefónicas, esto ya pertenece a comisionistas?. debo cambiar de regimen al MYPE? aparte el negocio tambien es agente de varios bancos, el dinero que nos paga el banco mensualmente por ser su agente son comisiones? o solo es un servicio mas del negocio?. agradecida de antemano por la respuesta.
Estimada Lizbeth, se considera agentes de comercio a los comisionistas mercantiles, estas actividades no están comprendidas en el Régimen Especial por lo que puede acogerse al Régimen MYPE Tributario.
Con respecto a su segunda consulta le sugiero revisar el punto 4 del análisis realizado en el informe adjunto. Recuerde que de requerir orientación especifica puede comunicarse con nosotros llamando al (01) 315 0730 opción 3. www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2013/informe-oficios/i059-2013.pdf.
Saludos.
Si me encuentro en el RER mis trabajadores PUEDEN afiliarse al ESSALUD?
Estimada Andrea, los contribuyentes que se acogen al RER si pueden tener trabajadores en planilla. Para mayor información en el siguiente enlace. emprender.sunat.gob.pe/tributando/mis-obligaciones-laborales/obligaciones-con-mis-trabajadores
Saludos.
@@SUNATOficial gracias
Para los servicios de de Mecanica y Atomatizacion a que regimen se puede acoger si quiero emitir factura?
Estimada contribuyente, en la actualidad tenemos 4 regímenes tributarios, para acogerse al que más le convenga tiene que evaluar los ingresos que va a tener y la actividad que va a realizar. Si desea emitir facturas no puede acogerse al régimen NRUS. Para mayor información puede revisar el siguiente enlace. emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario
Saludos
Me he registrado en el Régimen especial con fecha 23 de Marzo del 2022 y no realice ninguna actividad de compras ni ventas en ese mes, y por desconocimiento no declaré en Abril ¿Es lícito que la SUNAT, me eleve de frente al Régimen General aduciendo como castigo?
Buenos días estimado Ernesto, de acuerdo a la Ley del Impuesto a la Renta, la condición para el acogimiento al régimen especial, tratándose de contribuyentes que inicien actividades en el transcurso del ejercicio, se realizará únicamente con ocasión de la declaración y pago de la cuota que corresponda al período de inicio de actividades declarado en el Registro Único de Contribuyentes, y siempre que se efectúe dentro de la fecha de su vencimiento, de no cumplir tendría que acogerse a los siguientes regímenes tributarios teniendo en cuenta las condiciones que estos establezcan para su acogimiento, para más información ingrese al enlace: www.gob.pe/280-regimenes-tributarios
Para cualquier consulta adicional o específica le sugerimos realizarlo a través de nuestros canales de orientación: orientacion.sunat.gob.pe/1093-canales-de-atencion
Saludos
hola, gracias por su informacion; una pregunta cuanto seria la base imponible para pago del IGV e IR en caso de venta de vehiculos usados
Es el valor venta de tus ingresos, el total de lo que te pagan entre 1.18
Estimado Juan Cueva, si es persona natural que no realiza actividad empresarial ni es habitual no está gravado con IGV ni IR.
Si realiza actividad empresarial, del valor de venta del vehículo debe deducir su valor de adquisición y la diferencia será su base imponible para IGV (literal a del artículo 13 de la LIGV)
Si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación. Para mayor información en el siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion
Saludos.
Yo pondré un taller textil estoy pensando estar en el régimen especial estaría bien?
mejor seria el regimen general y a medio año lo bajas el coeficiente mensual a menos del 1% aplicable hasta diciembre de ese año
Buenas días estimada Kimberlyn, puede acogerse al régimen tributario que de acuerdo al tipo de actividad y tamaño del negocio se lo permitan, para mayor ampliación de información, ingrese al enlace: www.gob.pe/280-regimenes-tributarios
Saludos
Hola, si promuevo el consumo de producto Herbalife y ellos me piden factura para el pago de bonos, en que regimen deberia inscribirme?
Estimado Bruno Reyes, las comisiones son rentas de tercera categoría, pueden acogerse al régimen MYPE tributario o al régimen general.
Para mayor información sobre el régimen MYPE Tributario - RMT en: www.gob.pe/6990-regimen-mype-tributario-rmt
Para mayor información sobre el régimen General en: www.gob.pe/6991-regimen-general
Saludos.
Hola buena explicación, sin embargo tengo algunas dudas. Soy extranjera y estoy cambiando mi ruc 15 persona natural sin negocio por uno con negocio. Es un pequeño emprendimiento pero quiero saber es rus a donde debo apegarse? Es un emprendimiento virtual de venta de monturas oftálmicas.
Estimada, si como persona natural vas a iniciar un pequeño negocio y solo emitirás boleta de venta, puedes acogerte al NRUS. Más detalles a tener en: orientacion.sunat.gob.pe/3098-02-sujetos-comprendidos
Saludos.
hace tiempo no uso mi clave de sunat .. quiero activrlo
Estimado Miguel, en caso necesite una nueva clave sol, puede realizarlo ingresando al siguiente enlace, debe ingresar la información solicitada. ww1.sunat.gob.pe/ol-ti-itadminforuc-inscripcion/inscripcion
Saludos.
Una consulta. Como centro de capacitaciones de cursos virtuales puedo estar dentro del RUS?
Podrías dependiendo de la naturaleza de la actividad ya que el nuevo rus solo permite actividades de oficio no profesionales.
Buenos días estimado Smart. de acuerdo a su consulta, le invitamos a ver toda la información sobre el NRUS en el siguiente enlace orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas-menu/nuevo-regimen-unico-simplificado-nuevo-rus
Saludos
Tengo un pequeño puesto de jugos en el mercado como hago para dar boletas
N. RUS, le podría ayudar
Estimada Vanessa maritza Sanchez rojas, debes conocer el Régimen Tributario que te conviene, de acuerdo a las características de tu negocio o empresa. Mas información en: emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario
Saludos.
Gracias
@@vanessamaritzasanchezrojas2659 a usted por seguirnos. La invitamos a visitar nuestras otras plataformas digitales:
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Saludos
Buenas tardes que tipo de régimen debo acogerme si voy a cobrar comisiones de una empresa de productos naturales
el tipo de actividad corresponde regimen mype tributario
MYPE
Buenos días estimado Noga, aquellas personas que obtienen ingresos por comisiones, solo pueden estar en el régimen mype tributario o régimen general.
Si tiene alguna consulta específica la puede realizar a través de nuestros canales de orientación: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion.
Saludos
Hola, si deseo aperturar un farmacia bajo que régimen podría ser considerado, teniendo que la compra inicial será mayor a 8 mil, y los ingresos mensuales se calcula será aprox. a 5000. Agradezco su respuesta.
Si no superas los ingresos o compras mensuales 8,000 soles podrías estar en el NRUS
Pero si solo un mes supera y el resto no?
Si supera no puedes estar en el RUS.
Estimada contribuyente, en la actualidad tenemos 4 regímenes tributarios, debe tener en cuenta que algunos regímenes como el especial y NRUS, se encuentran algunas restricciones. Debe tener en cuenta la proyección de ingresos que puede generar. Para mayor información puede visitar el siguiente enlace. emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario
Saludos
el regimen Mype tributario esta obligado a la declaración anual del I. Renta?
Estimada Liliam Cuentas, Se encuentran obligados a presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta quienes en el 2020 hubieran obtenido rentas o pérdidas de Tercera categoría y que hubieran estado afectos al Régimen General y/o al Régimen MYPE Tributario del Impuesto a la Renta. Más información en: emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario
Saludos.
Excelente explicacion!!!
El pago tambien se genera mensual? Y como se realizan las declaraciones
Estimada Rocío, las declaraciones y pagos se realizan de acuerdo con el cronograma de vencimientos mensuales, según el último dígito del RUC
En el Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS) el pago mensual será de acuerdo a la categoría (1 o 2). En el Régimen Especial de Renta el pago de la cuota o impuesto mensual tiene carácter cancelatorio o definitivo. En el Régimen Mype Tributario y General las declaraciones y pagos son mensuales y realizarán declaración anual. Saludos.
Hola. Si estoy en el nuevo RUS y, debido a la cuarentena focalizada aplicada a algunas regiones, no he estado trabajando, ¿Debería seguir pagando los S/20.00? o ¿Cómo declaro que no he tenido ni compras ni ventas durante un periodo específico?
Estimada Rosa Luisa Cabezudo Tumay, si no realiza actividades económicas puede presentar la suspensión temporal de actividades, para ellos requiere la información de su ultimo comprobante de pago emitido o recibido y para realizarlo debe acceder a SUNAT operaciones en línea, opción trámites y consultas, haciendo uso de su clave sol.
Para mayor información sobre como suspender actividades en el siguiente enlace: www.gob.pe/681-actualizar-datos-en-el-ruc-para-personas-naturales-suspender-actividades?fbclid=IwAR34brjNz52-AH2iIIBR5nmSMlqpy-RDRT3znrr3qRqmbExBcklEwN7uX6Q
Saludos.
@@SUNATOficial y en el caso de que no se solicitase la suspensión, así no hayan movimientos, igual hay que pagar el importe indicado según la categoría a la que corresponda?
@@rosaluisacabezudotumay1339 Estimada contribuyente, de no haber realizado la suspensión de actividades le corresponde realizar el pago de la cuota mensual, ha si no haya tenido adquisiciones ni ventas en el periodo.
Saludos.
@@SUNATOficial ok.
Muy amable por su respuesta.
Rosa, lamentablemente vas a pagar, por no haberle dado de baja , (temporal). ve al toke y dale de baja a tu RUSS.
si en el régimen especial pago mensual a sunat es 103 soles a que ingresos equivale?
Buenos días estimada Sueli, tenga en cuenta que al realizar las declaraciones mensuales, se determina el pago de dos impuestos: el IGV y el impuesto a la renta, para más información ingrese al enlace: www.gob.pe/6989-regimen-especial-de-renta-rer
Saludos
Buenos días una empresa agraria puede estar en régimen especial ya que se dedica a la venta d fertilizantes insecticida
Estimado Eber, en atención a su consulta le sugerimos revisar los beneficios de la Ley 31110 - Ley del Régimen Laboral Agrario y de Incentivos para el Sector Agrario y Riego, Agroexportador y Agroindustrial, se adjunta en el siguiente enlace: busquedas.elperuano.pe/normaslegales/ley-del-regimen-laboral-agrario-y-de-incentivos-para-el-sect-ley-n-31110-1916568-7/
De no encontrarse dentro de los alcances de la ley indicada puede ubicarse en el régimen especial siempre que no realice ninguna de las actividades no comprendidas en el régimen especial señaladas en el siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/2937-empresas-no-comprendidas-en-el-regimen-especial
Saludos.
Hola una consulta uno puedo importar como persona natural $200 y venderlo como el nuevo RUS? se puede?
Estimada Rosario, en regla general los que realizan importaciones no pueden estar en el NRUS, a excepción de los contribuyentes cuyo domicilio fiscal se encuentre en zona de frontera, que realicen importaciones para el consumo que no excedan de US$ 500 (quinientos y 00/100 dólares americanos) por mes.
Base Legal, artículo 3 del Decreto Legislativo N° 937. Para mayor información en el siguiente enlace: www.sunat.gob.pe/legislacion/rus/index.html
Por lo que debe afectarse a otro régimen tributario para realizar importaciones de manera habitual.
Saludos.
Una consulta por favor estoy en nrus y quebro mi negocio hace 5 años y desde entonces deje. De pagar que debo de hacer para regularizar mi problema con mi rus. Espero la respuesta gracias
Estimado Socrates Apaza Choquehuanca, Si decidiste dejar de realizar las actividades para las que utilizabas el RUC, es necesario que le des de baja. Recuerde si no realizas el pago de tus cuotas correspondientes al NRUS, incurres en infracción, la misma que es sancionada con multa.
Si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación. Para mayor información en el siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion
Saludos.
Cómo puedo hacer si tengo un NRUS y tengo un personal que viene trabajando como doy sus beneficios laborales.
Gracias por sus consejos.
Estimado Fidel, si tiene a su cargo uno (1) o más trabajadores, está obligado a llevar la Planilla Electrónica los Empleadores. Para más información acceda al siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas-menu/planilla-electronica/informacion-general-planilla-electronica/3196-01-concepto-planilla-electronica.
Soy mototaxista en que régimen debo estar y que comprobante tengo que emitir, ya que tengo ruc 20 por mi negocio de venta de repuestos y accesorios de motos
Buenos días estimada Susana, tenga en cuenta que puede realizar la actividad como persona jurídica o como personal natural, si opta como persona jurídica que cuenta ya con RUC tendría que dar el alta de una nueva actividad y si desea hacerlo como persona natural con negocio, tendría que dar el alta al RUC y acogerse a renta de tercera categoría pudiendo emitir los comprobantes de pago permitidos en el régimen en que se encuentre, puede ver la siguiente información emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario
Si tiene alguna consulta específica la puede realizar a través de nuestros canales de orientación: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion
Saludos
Una consulta. Actualmente estoy acogido al NRUS pero quiero comenzar a importar. Entonces tendría que acogerme como mínimo al Régimen Especial???. En qué régimen está permitido importar???
Estimado Carlos, puede realizar actividades de importación en el Régimen especial, Régimen MYPE tributario y Régimen general. Para mayor información de los regímenes tributarios en el siguiente enlace: emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario
Si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación, indicando su número de RUC: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion.
Saludos.
Hola, estoy en el nuevo rus desde hace años, comencé a emitir boleta electronica desde mediados de noviembre de este año, porque justo se me agotaban las fisicas, y ya el proximo año iba a ser obligatorio, (lo hice desde empresas, porque persona no me salia la opcion boleta de venta electrónica), pero hoy al intentar declarar noviembre a sunat me sale un mensaje de que ya no pertenezco al nuevo rus, "Sr. Contribuyente, en el periodo 11/2021 Ud. NO se encuentra afecto al NRUS"; a què se debe esto? que pasos debo seguir, no supero los 8k ni nada de eso.
Estimada, para brindarle una orientación detallada de su caso, le sugerimos comunicarse con nosotros a través de nuestra central telefónica indicando su número de RUC. Puede llamar: Desde celulares y teléfonos fijos: (01) 315 0730, Desde teléfonos fijos a nivel nacional 0 801 12 100 y Desde celulares Claro, Entel y Movistar *4000.
Saludos.
Si quiero poner un negocio de venta de ropa lo podría hacer en el NRUS????
-Estimada contribuyente, si eres una persona natural y vas a iniciar un pequeño negocio como bodega, puesto de mercado, zapatería, bazar, restaurante, juguería, peluquería u otros y
solo emitirás boleta de venta, puedes acogerte al NRUS. Para mayor información en el siguiente enlace. www.gob.pe/6988-nuevo-regimen-unico-simplificado-nrus
Saludos
me podrian enviar informacion sobre como es el manejo de tener trabajadores en el NRUS
Estimada Genesis Garcia, si tiene a su cargo uno (1) ó más trabajadores, está obligado a llevar la Planilla Electrónica los Empleadores. Para mayor información en: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas-menu/planilla-electronica/informacion-general-planilla-electronica/3196-01-concepto-planilla-electronica
Si tiene alguna consulta específica, le pedimos la realice a través de nuestros canales de orientación. Para mayor información en el siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/centro-de-tramites-virtual/1093-canales-de-atencion
Saludos.
La actividad de compra y venta de medicina podemos acogernos al Nuevo RUS
Cuantas actividades económicas podemos generar estando en el Nuevo RUS
Agradeciendo de antemano por su respuesta
Estimado contribuyente, puede realizar las actividades que se encuentran comprendidas en el NRUS, pero recuerde que no puede realizar adquisiciones e ingresos mayores a S/ 8,000.00 soles mensuales o S/ 96,000.00 al año. Para mayor información en el siguiente enlace www.gob.pe/6988-nuevo-regimen-unico-simplificado-nrus.
Saludos.
Hola Sunat... una consulta... quiero hacer una empresa SA dedicado al alquiler de equipos informaticos... puedo estar en el regimen especial??? gracias
Estimado Julian, si su empresa se va a dedicar al alquiler de equipo informáticos si se puede acoger al Régimen Especial (RER). Para mayor información: www.gob.pe/7003-regimen-especial-de-renta-rer-acceder-al-regimen-especial .
Saludos.
Una consulta. un familiar se inscribió al nuevo Rus en noviembre del 2020 y mandó a imprimir sus boletas de venta en el mismo mes y a la fecha tiene actividades, pero por motivo de descuido no ha cancelado la primera cuota de S/ 20 ni de los siguientes meses, quiere pagar su deuda, la consulta es: sigue perteneciendo al nuevo Rus o ya pasó a otro régimen, pagará multas? Gracias por su respuesta.
Estimado florencio malqui rodriguez, puede realizar su declaración y pago del NRUS pendientes desde la nueva plataforma de mis declaraciones y pagos, adjunto video sobre el procedimiento para su declaración del NRUS: ua-cam.com/video/yWzifSyidIs/v-deo.html
Si no pago en la fecha de vencimiento como plazo máximo debe agregarle al importe a pagar los intereses. Le brindamos la calculadora tributaria: e-consulta.sunat.gob.pe/cl-at-itcalculibre/actdeuS01Alias
Recuerde que, si no realizas el pago de tus cuotas correspondientes al NRUS, incurres en infracción. Para mayor información: orientacion.sunat.gob.pe/infracciones-y-sanciones-vinculadas-con-la-declaracion-y-pago-empresas
Saludos.
Soy ingeniero civil, he perdido varios procesos por el simple hecho de no tener REMYPE, cómo hago para obtenerlo?
Estimado contribuyente, para acogerse al régimen Mype tributario, puede realizarlo en el mes de declaración de inicio de actividades, Si proviene del NRUS o régimen especial, podrá acogerse en cualquier mes del ejercicio gravable, mediante la presentación de la declaración jurada que corresponda. Si proviene del Régimen General, podrá afectarse con la declaración del mes de enero del ejercicio gravable siguiente. Para mayor información puede revisar el siguiente enlace. orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas-menu/regimen-mype-tributario/6827-03-incorporacion-al-rmt
Saludos
El régimen tributario que deberías estar es el MYPE para que puedas emitir facturas por el servicio que ofreces.
Buenas tardes, un negocio de Hospedaje puede estar en el RER?.
Si claro
Buenos días estimada Victoria, el servicio de hospedaje puede estar en el RER, pero adicionalmente se deben cumplir con otras características que puede ver en el siguiente enlace: orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas-menu/impuesto-a-la-renta-empresas/regimen-especial-del-impuesto-a-la-renta-empresas/2937-empresas-no-comprendidas-en-el-regimen-especial.
Saludos.
Ingresos es lo mismo que ventas?
Estimado kiito kill, los ingresos se obtienen por realizar actividades económicas. Si inicias un negocio, debes elegir un régimen tributario, que tienen sus propias características en función a sus actividades, niveles de ingresos o de compras, tipo de comprobante de pago que pueden emitir y que debes conocer. Para mayor información sobre los regímenes tributarios en el siguiente enlace:
emprender.sunat.gob.pe/emprendiendo/decido-emprender/regimen-tributario
Saludos.
Buenas tardes, una consulta si estoy en el RER y al iniciar el mes se hizo una compra por 8000 soles pero a la mitad del mes se cerro la tienda por motivo de viaje y solo se tuvo como ingresos 3000 soles en ese mes, como tengo que hacer esa declaracion, por que lo normal que siempre pasa es que los ingresos sean mayores. De antemano gracias por la orientacion.
Estimada Lizbeth, usted puede presentar su declaracion a través del formulario virtual 621 y consignar la información que señala, no es impedimento que las compras sean mayores a las ventas. Al determinar un “saldo a favor de IGV”, este puede ser aplicado contra el “impuesto resultante de IGV” de un periodo siguiente por lo que debe arrastrarlo en la casilla “Saldo a Favor del Período anterior”.
Saludos.
@@SUNATOficial Muchas gracias por la respuesta.
Si estoy en nuevo RUS y recien he abierto mi negocio, y mis ventas ha sido de 20 soles , este mes.. debo pagar como impuesto también 20 soles ?
Estimado Oscar Huayascachi Barreto, en el régimen NRUS, el pago de cada cuota debe hacerse hasta el plazo señalado en el cronograma de pagos, que aprueba la SUNAT.
Las cuotas mensuales del Nuevo RUS pueden pagarse por internet, con tu teléfono celular/móvil o presencialmente. Para mayor información sobre la declaración y el pago del impuestos en el siguiente enlace: www.gob.pe/1163-conocer-el-regimen-tributario-para-mi-negocio-nuevo-regimen-unico-simplificado-nrus
Saludos.