LOS ABOGADOS DEMANDANTES LA PONEN MUUYYYY FACIL ,PERO NO DICEN AUE LLEVA 18 AÑOS Y NI SIQUIERA HAY UN FALLO A FAVOR MUYYYY VACILISTAS ,HABLEN CON LA VERDAD SEÑORES
Una pregunta por las personas que cotizaron que tiene aportes y que ya no se pensionan Por qué no alcanzaron porque están cesantes sin trabajo y ya no alcanzan a pensionarse Por qué no devuelven esos aportes que hay que hacer para reclamar los se pueden reclamar
Buenas tardes señores liderato grupo Jurídico, usted señor Fredy Agudelo nos comenta que entre más se demore la demanda más dinero tienen que entregar, eso es correcto, pero para muchas personas ya en abanzada edad no les va a tocar disfrutar dichos dineros de esta demanda, siempre es bueno pensar en estas personas para que se les haga realidad di cha demanda Gracias. Atte: Fernando Rojas.
Buenas Tardes, le pregunto yo no cumplí con el tiempo y cuando cumplí la Edad, retire el valor que tenía en un fondo privado, pregunto me puedo adherir a esta demanda?
Señor Juan Carlos, trabaje en la alcaldia de BARRANCABERMEJA y en muchas otras entidades, no alcance todas las semanas exigidas ppr el gobierno, deje de cotizar ya que por mi edad no me reciben, mi pregunta puedo retirar la plata que aporte durante los años trabajados y que debo hacer no tengo ninguna clase de ayuda
Buenas un favor en el año 2017 mi empresa envío mis papeles a cali para la demanda de grupo como se si me incluyeron en el proceso ? Gracias por su pronta respuesta.
Buen dia , si yo quiero adherirme al proceso ¿ Que necesito en requisitos ? ¿ Hay que pagar algun valor para adherirme al proceso, o que necesito ahcer ? gracias
Buenas tardes Dr Freddy yo envió documentos el lunes 29 de julio del presente año y les consignó lo que debo enviarles mi pregunta es aún todavía no han fallado todavía puedo ingresar al grupo de la demanda de devolución del dinero que ustedes dicen yo trabaje 35 años en las Unidades Tecnológicas de Santander cotise en dos eps en el.seguro social de Santander desde el año 1986 hasta octubre del año 1995 y de ahí En adelante hasta el 30 de diciembre del 2018 cotize al seguro social
Muy buenos días gracias por su atención me llamo jairo mora y tengo un problema con el fondo de pensión Colfondo pues ya tengo todo listo para pago de mi bono pensional pero el fondo Colfondo argumenta que no me cancela mi dinero k me tiene en el fondo X motivos de k yo preste mi servicio militar y el fondo dice asta k el ministerio de defensa del ejército no entregue el aporte o pago de mi bono del ejército ellos no hacen efectivo el pago de mi bono pensional y yo les e propuesto k me cancelen el dinero k me tienen en el fondo pues yo me esperaría asta k el ministerio de defensa cancelara el aporte de mi bono X prestación de servicios militar pues me encuentro demasiado mal económicamente pues llevo ya un año cumplido desde comencé los trámites y ni me cancela lo de mi bono pensional ni me resuelven nada pus ya cumplí 63 años y empeze a andar para los 64 y me resuelven nada les agradezco su atención y gran ayuda Ami caso . pues cada vez k llamo a Colfondo los acesores me dicen lo mismo que hay k esperar y pues desempleado y ya nadien me emplea X mi edad lo único que tengo es lo k ahorre en el fondo de pensión Colfondo y ahora no me lo quieren dar les agradezco altamente y le pido de corazón su gran colaboración vivo en BCA/ BJA k Jehová Dios los bendiga enormemente agradeciéndole su atención : atte : jairo mora mercado CC 13889112 de bca / bja Mi correo es : jmm570524@gmail.com les agradezco recibir respuesta muy pronto Jehová Dios le su bendición gracias
Yo sigo insistiendo esto esta más embolatado. Llevo tres años vinculado al proceso y no dicen nada concreto. Lo único claro que dicen es que están a tiempo para vincularse al proceso. Yo creo que ya es hora de que den una información concreta.
Buenas tardes muy agradecida por esta información yo salí pensionada en el 2004 y a mi no llego retroactividad estuve reclamando y nunca llego nada por un error de mi patrón . Yo pienso que yo salí mal liquidada. A donde devo dirijirme para averiguar? Gracias.
Buena tarde una pregunta, yo hasta hace dos años cotice en porvenir de ahí para acá me traslade a colpensiones llevo 20 años cotizando seria mi reclamación a porvenir o a colpensiones o que debo hacer
16 AÑOS Y NO HA PASADO NADA CON ESTAS DEMANDAS O ES QUE HUBO VENCIMIENTO DE TERMINOS Y NO HA DICHO NADA LOS ABOGTADOS SEÑORES NO ESJUSTO SEGUIR ILUSIONANDO ALA GENTE EN VANO
Fredy: Hace varios años, en un plan de retiro voluntario, me fue otorgada una pensión vitalicia pagada inicialmente por la empresa y luego, cuando cumplí la edad para merecer pensión de vejez, esta se convirtió en vitalicia compartida entre la empresa (mayor valor) y el ISS (hoy Colpensiones). El acuerdo con la empresa fue que esta continuaba aportando la cotización de pensión mía hasta cuando se me concediera la pensión de ley (compartida en este caso, como ya se dijo), lo cual en efecto tuvo lugar. Mi pregunta, que no ha sido contestada en forma clara por ustedes, es si esas sumas cotizadas (en ese intervalo) pueden afectar la reclamación, lo cual creo que pudiera ser así ya que es un caso similar al explicado explícitamente: dicen ustedes que las sumas cotizadas en forma compartida entre el empleador y el trabajador son propiedad de este último y por consiguiente se tendrán en cuenta en la reclamación. ¿Ustedes que opinan, a sabiendas de que en la realidad la pensión concedida por la empresa se convirtió en pensión de ley? Cabe señalar que el suscrito ya está registrado con ustedes, habiendo diligenciado los documentos solicitados y pagado las sumas acordadas.
claro que se reclaman esos dineros porque la empresa está concediendo un mayor valor sea por pacto o por convención colectiva pero sobre la base total se cotizo a pensión y ahí esta la comisión de administración causada.
claro que sí, porque en el caso de las pensiones compartidas, la empresa sigue cotizando para subrogarse en el fondo de pensiones quien es el que terminará asumiendo la totalidad de la pensión.
Buenas noches. Si es tan claro el proceso, y ya está instaurada la demanda, porqué estos gastos no son asumidos por ustedes como una inversión segura cubierta con el 35% de comisión? En mi caso, aceptaría un 2% adicional, es decir, que sus honorarios fueran 37%. Se puede proponer esta figura? Gracias por su respuesta y comentarios!
Es obvio que la información se la entregamos con total claridad a todos los que consutan porque no se trata de engañar a nadie sino de que cada quien mire si quiere o no adherirse a la demanda.
Dr Fajardo buenas noches. Aplica reclamar para las personas que fallecieron, siendo reclamantes los beneficiarios. Y otra por favor mi salario siempre a superado los cuatro smlmv, trabajo ha ce años, me podria dar un ponderado de cuanto seria el valor del reclamo. Mil gracias
upLuis Gerardo Erazo C buenos días. Los herederos pueden reclamar por el fallecido. No se dan cálculos porque estos los hacen los actuarios del proceso. Debe adherirse a la demanda
si aplica para las personas que fallecieron y puede reclamar sus beneficiario. y sobre el ponderado que solicita hay que tener toda la información completa para poderlo dar y no caer en dar una mala información. feliz dia
Buen dia, deseo saber si puedo demandar la devolución de saldos de un fondo privado, ya que mi esposa cumplio sus 57 años y no alcanzó a cotizar las semanas requeridas. El fondo con base en un articulo de la ley 100/93, se escuda para devolver dichos saldos hasta que cumpla 60 años.
Llevo cualquier cantidad de tiempo afiliado al grupo juridico no veo un comentario del 2022 que me diga ya estamos listos para el veredicto,por favor necesitamos informes nuevos no pasados d moda
ES MUCHA LA GENTE QUE YA HA MUERTO Y DEMANDARON LA MAYOR PARTE DE LOS DEMANDANTES PASAMOS DE LOS 60 TIEMPO DE VIDA EN NUESTRO PAIS Y SIGUEN APLAZANDO DILATANDO ESTE PROCESO Y CON EL INTERES DE VINCULAR MAS DEMANDANTES Y LOS DEMANDADOS SIGUEN BLOQUEANDO ESTA DEMANDA Y ESTO SE HA VUELTO ALGO INTERMINABLE
Buenas noches me gustaría saber bien acerca del proceso porque siempre se escucha q ya estamos a terminar y nada sería bueno hablar seriamente y no tener a las personas en ascuas con tanta corrupción en este país esperó no nos vallan a defraudar ya hemos esperado demasiado q pasa .mi esposo hizo todo por Cali deberían informar a los clientes acerca del proceso hay mucha gente q quiere vincularse pero con tanta demora ya están dudando.
Buenos dias. Me puedes informar por ejemplo yo vivo en la ciudad de Palmira. Entonces como debo hacer para darle el poder al Dr Tomas Fajardo y si inicialmente debo pagar algo. Muchas gracias
OSWALDO CARVAJAL SAAVEDRA Hola soy pensionado y trabaje 8 años después de pensionado cotizar y en protección me disen q ue cuando tenga 62 años me devuelven ese dinero de aportes mi es es 3114228509 muchas gracias Carlos Pacheco l es mi nonbre
preguntamos porque se han demorado tanto tiempo en dar el fallo en segumnda instancia,de la apelacion que se hizo,en contra de ese ultimo fallo negativo,si los jueces estan trabajando igual via internet
Te.ngo 360 semanas cotizadas y 18 años de trabajo en el sector publico 4 años en el sector privado y vengo sufriendo de muchos quebrantos de salud a causa del tiempo trabajado ayudenme que debo hacer
Pero aun hay tiempo de incluirse en la demanda?? A principios de este año dijeron un plazo para meterse en el proceso si no se quedaban por fuera porque eso ya estaba en su etapa final. Ahora ya a estas alturas en agosto siguen invitando a unirse a la demanda??
Trabajarían a cuota litis? o sea a porcentaje cuando se gane la demanda; creo que es necesaria la respuesta para mayor tranquilidad de todos los interesados.
Si buenas noches yo laboré con una empresa temporal cuatro años y seis meses desde enero 29 del 90 hasta junio 14 de 1994 y luego me quedé sin empleo y luego me volví a emplear en otra temporal desde el 2 de diciembre del 2002 hasta el 16 de diciembre del 2007 y luego me volví a colocar el 14 de mayo del 2008 hasta el 9 de septiembre de 2024 ya me voy con 26 años y cuatro meses hasta el 3 de septiembre me llego la historia laboral con 1.300 3 .14 semanas att ivan jimenez mil gracias por la atención prestada
es también para los fondos privados. puede adherirse a través de nuestra página web lideratogrupojuridico.com o enviarnos correo electrónico para enviarle formulario de inscripción y requisitos
Cuando los hechos son correctos y de ética sana y profesional...No se necesita tanta CHÁCHARA Y POLITIQUERÍA....! Cuando un abogado es ètico y honrado trabaja al 25% de lo que logre recuperar y descontará sus honorarios del dinero que devuelvan...si cobran anticipado....hay abuso y posible fraude...! No se deje engañar por pastores ni corruptos tinterillos ...se necesitan Juristas....no charlataneS
Dr Fredy Agudelo buenas noches. Vivo en Palmira Valle y no he podido ír a Cali a dar poder donde el Dr Tomás Fajardo ya que no he tenido dinero . Es verdad que hay plazo hasta este viernes 17 de agosto para dar poder?. Gracias Doctor
Deseo informarles que los números de celulares no salen completos para uno poder comunicarse con el Asesor de la ciudad donde uno le corresponde. Por favor darlos claramente. Muchas gracias
OSWALDO CARVAJAL SAAVEDRA puede realizar la vinculación a través de la página www.lideratogrupojuridico.com o enviar correo electrónico para enviarle toda la información
ESTAS DEMANDAS ESTAN DEMASIADO LENTAS SU EVOLUCION ,ASI A ESTE PASO LOS DEMANDANTES NO VERAN SUS RESULTADOS, HAY QUE HADER ALGO PARA PODER AGILIZAR TODO ESTO,PUES 19 AÑOS ES DEMASIADO TIEMPO DE ESPERA A QUE ESTAS DEMANDAS RESULTEN ,CUANTO TIEMPO MAS SE ECHARA ESTAS DEMANDAS ,Y DE ESTAS DEMORAS NO HABLAN PARA NADA LOS ABOGADOS, LA PONEN MUYYY FACILITA, NO DICIENDO LA VERDADDDD A LOS CLIENTES
Hace dos años pague y envíe los documentos y a la fecha no me devuelven el dinero y de los documentos no dan razón, solicite la devolución del dinero y no me han contestado
Otra pregunta que pasa si una empresa al afiliado a pensiones tiene accidente profesional y la empresa no reporta a un discapacitado que es tratado por psiquiatría y psicólogos y no se puede defender ante un juez en consideración?
Porvenir si devuelve todo el dinero colpensiones se queda con parte del poco dinero que muchisimos tenemos más aparte mandan abrir una cuenta para enviar ese dinero y los bancos rematan con quitarle el 4 x 1000 esa es la triste realidad
No sé si la demanda sea viable. Solo sé que no es necesario que otorguen poder al abogado coordinador, para que puedan beneficiarse de una eventual sentencia favorable. El juez en la sentencia debe señalar los requisitos que deben cumplir los integrantes del grupo que no fueron representados judicialmente para poder beneficiarse del fallo. Estos solo deben presentarse ante el juez dentro de los 20 días siguientes a la publicación de la sentencia y probar que cumplen los requisitos exigidos en el fallo, para demostrar que son parte del grupo. En este caso, los honorarios del abogado coordinador serán del 10% de lo que reciban quienes no fueron representados judicialmente. Pueden revisar el artículo 65 de la Ley 472 de 1998. Conclusión: No es necesario otorgarle poder al señor Fajardo Hernandez. Es solo una opción. En realidad, la mejor opción es simplemente esperar. Si el fallo es favorable, hay que ir al juzgado y entregar los documentos exigidos en la sentencia. Aunque insisto: No sé si la demanda sea viable. Se lo dejo a los especialistas en seguridad social.
jdavid941 Muy básico su argumento y falto de realidad. Semejante afirmación violaría de plano el principio de igualdad y legitimaría a todos los reclamantes que dicho sea de paso, llevan años esperando un fallo y otorgaron poder, para pedir que en ese orden de ideas se les permita pagar solo el 10% de honorarios que de acuerdo a su teoría pagarían los que vivamente se dediquen a esperar una sentencia y ya! Olvida el ilustre que el articulo 48 de la misma norma que cita pone de plano que para hacer parte de la acción de grupo se requiere de abogado, lo que deja sin piso tal afirmación. No se pueden leer las normas a raja tabla porque se deben interpretar en la extensión de su contexto.
Cada quien puede decidir qué hacer. Mi sugerencia para la gente es: No paguen los $250.000 ni otorguen poder al abogado coordinador, señor Fajardo. No es necesario. Esperen la sentencia y si llega a ser favorable, preséntense al juzgado, y acrediten que hacen parte del grupo. Así se evitan: 1. Pagar $250.000 de entrada. 2. Que ellos les cobren más del 10% sobre el resultado. No olviden que la ley establece el porcentaje del 10% como honorarios para el abogado coordinador, sobre lo que reciban quienes no hayan otorgado poder, pero se beneficien de la sentencia. Así de sencillo.
No podemos olvidar que el interés del cliente siempre va por encima del interés del abogado. Si hay una solución mejor para el cliente, hay que explicársela.
Si señor: y es obvio que usted intenta explicar algo que no domina. Porque muy lejos está de ser cierto todo lo que dice: es más que lógico que el espíritu de la norma es proteger a aquellos que entraron al proceso con su propio abogado en el momento procesal indicado y que por tal razón no fueron representados por el abogado coordinador de la acción de grupo, razón por la cual a este sólo se le debe reconocer en tal caso el 10% de los honorarios. "Artículo 49º.- Ejercicio de la Acción. Las acciones de grupo deben ejercerse por conducto de abogado" esto es más que claro en su enunciado, por tanto tal ínterpretación a cerca de poder llegar a beneficiarse del fallo sin representación es más que falsa!
Fredy Agudelo Buena noche y cordial saludo. dentro de uno de los videos se hace una simulación de una persona que haya cotizado con un salario de 1.000.000 de pesos sobre una tasa mes efectiva de 1.7, lo que equivale a una tasa efectiva anual de aproximadamente 22%, no es un tanto excesivo el cálculo sobre dicha tasa? cual es la tasa de interés entonces por ley que se debe aplicar en caso tal de que la sentencia sea favorable? porque sería muy diferente un cálculo indexado al IPC, sería una disminución sustancial de las proyecciones que ustedes realizan. cabe resaltar que sigo el proceso muy de cerca y ni mucho menos cuestiono su profesionalidad, pero me interesa seguir el curso de la demanda puesto que ingresé a un miembro de mi familia a dicha demanda. felíz noche.
Jose M Cardona buenas noches gracias por escribir. En el ejemplo del 1.000.000 lo que planteamos es que en una cotización del 16% como se hace hoy por parte de los fondos, lo que sucede es que de $160.000 que sería la cotización, solo 115.000 se van para el aporte a pensión y 45.000 se va a comisión, lo que equivale a una relación del 39,1% cuando la relación según la norma es del 4,5%.
Cordial saludo. Soy pensionada por invalidez por la fiduprevisora Fomag. Por la ley 100 en la cual sólo me reconocieron los últimos 10 a años.y cotice antes a otra fondos cómo o.p.s y por contrato a Colpensiones y porvenir y colfondos que suman 9 años.que puedo hacer? Gracias
buenas tardes.....tengo la siguiente inquietud, si la sentencia es favorable y la afectación ha sido a todos los Colombianos que hayan aportado, trabajador activo o pensionado, el juez en la sentencia debería indicar que se reintegre este dinero a todos los aportantes y no solo a los vinculados a la demanda?
Yo tengo pagando pension desde 1976 y aun no me llega nada oi oi voz sera que lo mio ya se lo comieron estos lagartos mira ve por Dios bendito están trabajando y ganando intereses con nuestros fondos en ahorros pues oi pues voz cucho Dios!$
yo figuro que desde 1986 hasta 1994 en el seguro o colpensiones y desde 1995 a un fondo hasta el 2016, como sabe uno que ellos no estan sacando la comisión que solo tienen que cobrar?
BUENAS TARDES. LLEVAMOS 2 AÑOS APROXIMADAMENTE Y NO HAY SOLUCIÓN. DICEN QUE FALTA POCO PARA QUE SE REALICE EL FALLO... ESO HACE DOS AÑOS... LA PREGUNTA ES... PARA CUANDO??
Febrero 27 de 2021 me entero de esta acción, esperemos que no salgan conque venció términos, a los pensiónados nos van ha consignar a nuestras cuentas? Que comisión cobran los abogados? Ojalá el fallo sea favorable a los todos cotizantes y pensionados.
la demanda fue radicada hace más de 13 años. En las acciones de grupo el último momento procesal para adherirse a la misma es en los 20 siguientes a la publicación del extracto de la sentencia pero para ello hay que tener cumplidos los requisitos que el juez establezca que en este caso se sumarían a la especificación del daño que debe ser calculado y determinado por un actuario con base en la información rescatada de los fondos de pensiones y es por eso que se debe hacer la adhesión antes de que termine la etapa probatoria. En este proceso sólo falta la prueba contra Colpensiones y se procedería a alegatos de conclusión y sentencia. toda la información del proceso la encuentra en www.lideratogrupojuridico.com
Estas acciones de grupo son estafas. Así han estafado antes con el Ejército y una supuesta indemnización y estafaron en medio país. Vendiendoles los formularios y cobrando 190mil pesos. Ellos dicen no es estafa es una demanda Claro es cierto Ud puede demandar a quien quiera siempre y cuando sea cierta la demanda ellos se tapan de plata con esos 250mil multiplique por Miles que han caído. Luego sale el fallo desfavorable o un funcionario explicando que es mentira.
Buenas noches a mi me descontaron de mi saldo de pensiones #16.000.000 ese dinero lo descontó el estado yo quiero saber si eso es algo que sí podían hacer ellos siendo que es una plata que uno tiene ahorrada es por el tiempo que está laborando y es un dinero el cual es de cada persona no del gobierno, en espera de su respuesta
Muy buenos dias dr fredy yo tengo 40 años pero en la empresa ya estan arreglando ala gente porque ya piensan acabarla y cotizo en porvenir yo llevo cotizando 16 años pero no quiero volver apagar pension quiero que melo devuelvan sera posible eso gracias
Hola fredy, buenas tardes ¿como estás? Mira pues esta semana en ansermanuevo se estaba hablando de este tema y se estaban pasando los formatos con el poder para el abogado y había que hacerlos autenticar, respecto a esto se han creado muchas dudas y quisiera asegurarme que ustedes están al tanto de esto para saber si puedo confiar y la persona que está haciendo esto pertenece a su grupo jurídico o en tal caso, está autorizado por ustedes... Muchas gracias y espero su pronta respuesta. Feliz tarde
Buenas tardes: a la fecha no hemos desplazado representantes nuestros a anserma. Te agradecería hacerme llegar una foto de los poderes que están circulando al WhatsApp 3137317961 y el nombre de la persona que está haciendo la gestión de vinculación para poderte confirmar si pertenece al equipo
Buenas tardes. En el proceso en cuestión 76001233100020030370700 -Juzgado 3° Administrativo de Cali, como demandado aparece el ISS y como última fecha de actuación aparece el 12 Jul/2016, es decir, que se van a completar dos años sin que haya habido ninguna actuación. Por qué?
Yo tengo 57 años, y no pude seguir cotizando para pensión y no pude seguir trabajando por que las empresas me dicen que por la edad no les sirvo, entonces les dije que me devolvieran el dinero y me dijeron que hasta que cumpla 62 años de edad.. Vivo en jamundi-valle demen teléfonos y direcciones de Cali.. Si se puede hacer????
El plazo exacto no lo sabemos esto depende de las actuaciones que va realizando el juez, nosotros para no correr riesgo siempre damos plazos cortos, para que las personas no se queden por fuera, y a medida que pasa el tiempo lo vamos alargando cuidando no cometer errores con esta información.
Fredy: ¿en la liquidación de la sumas a devolver en caso de fallo favorable se tendría en cuenta de alguna manera el ARTICULO 141 de la Ley 100/1993?. "Intereses de mora. A partir del 1o. de enero de 1994, en caso de mora en el pago de las mesadas pensionales de que trata esta Ley, la entidad correspondiente reconocerá y pagará al pensionado, además de la obligación a su cargo y sobre el importe de ella, la tasa máxima de interés moratorio vigente en el momento en que se efectúe el pago."
LOS ABOGADOS DEMANDANTES LA PONEN MUUYYYY FACIL ,PERO NO DICEN AUE LLEVA 18 AÑOS Y NI SIQUIERA HAY UN FALLO A FAVOR MUYYYY VACILISTAS ,HABLEN CON LA VERDAD SEÑORES
Una pregunta por las personas que cotizaron que tiene aportes y que ya no se pensionan Por qué no alcanzaron porque están cesantes sin trabajo y ya no alcanzan a pensionarse Por qué no devuelven esos aportes que hay que hacer para reclamar los se pueden reclamar
Còmo puedo hacer parte de este grupo
Buenas tardes señores liderato grupo Jurídico, usted señor Fredy Agudelo nos comenta que entre más se demore la demanda más dinero tienen que entregar, eso es correcto, pero para muchas personas ya en abanzada edad no les va a tocar disfrutar dichos dineros de esta demanda, siempre es bueno pensar en estas personas para que se les haga realidad di cha demanda Gracias.
Atte:
Fernando Rojas.
Y eso que Usted dice es cierto es verdad
Muchas gracias por la información
Buenas Tardes, le pregunto yo no cumplí con el tiempo y cuando cumplí la Edad, retire el valor que tenía en un fondo privado, pregunto me puedo adherir a esta demanda?
PUES TODOS SABEMOS QUE EL DR FAJARDO TIENE TODA LA RA
Pregunta; como va este proceso de acción de grupo contra el estado? Todavia puedo entablar la acción de grupo.?
Orlando Ortiz estamos en la fase final aún...todavía tiene tiempo para adherirse
Señor Juan Carlos, trabaje en la alcaldia de BARRANCABERMEJA y en muchas otras entidades, no alcance todas las semanas exigidas ppr el gobierno, deje de cotizar ya que por mi edad no me reciben, mi pregunta puedo retirar la plata que aporte durante los años trabajados y que debo hacer no tengo ninguna clase de ayuda
Que nos devuelvan la plata en este momento de crisis por el Coronavirus
Como ader para que devolucion de todo el dinero con intereses
en agosto de 2020 cumplo la edad pero no las semanas como puedo reclamar la devolucion de aportes y cuanto cobran ustedes y cuanto demora
Buenas un favor en el año 2017 mi empresa envío mis papeles a cali para la demanda de grupo como se si me incluyeron en el proceso ? Gracias por su pronta respuesta.
Buenas noches, estoy escribiendo,a la pagina web, y no abre.
Por favor me confirman,si todavia, se puede, adherir, y cel en Cali, por favor
ya es tiempo de dar resultados positivos con estas demandas tan antiguas,menos verbo y mas accion señores
Buen dia , si yo quiero adherirme al proceso ¿ Que necesito en requisitos ? ¿ Hay que pagar algun valor para adherirme al proceso, o que necesito ahcer ? gracias
En qué ha quedado esta demanda
Gracias
Buenas tardes Dr Freddy yo envió documentos el lunes 29 de julio del presente año y les consignó lo que debo enviarles mi pregunta es aún todavía no han fallado todavía puedo ingresar al grupo de la demanda de devolución del dinero que ustedes dicen yo trabaje 35 años en las Unidades Tecnológicas de Santander cotise en dos eps en el.seguro social de Santander desde el año 1986 hasta octubre del año 1995 y de ahí En adelante hasta el 30 de diciembre del 2018 cotize al seguro social
Muy buenos días gracias por su atención me llamo jairo mora y tengo un problema con el fondo de pensión Colfondo pues ya tengo todo listo para pago de mi bono pensional pero el fondo Colfondo argumenta que no me cancela mi dinero k me tiene en el fondo X motivos de k yo preste mi servicio militar y el fondo dice asta k el ministerio de defensa del ejército no entregue el aporte o pago de mi bono del ejército ellos no hacen efectivo el pago de mi bono pensional y yo les e propuesto k me cancelen el dinero k me tienen en el fondo pues yo me esperaría asta k el ministerio de defensa cancelara el aporte de mi bono X prestación de servicios militar pues me encuentro demasiado mal económicamente pues llevo ya un año cumplido desde comencé los trámites y ni me cancela lo de mi bono pensional ni me resuelven nada pus ya cumplí 63 años y empeze a andar para los 64 y me resuelven nada les agradezco su atención y gran ayuda Ami caso . pues cada vez k llamo a Colfondo los acesores me dicen lo mismo que hay k esperar y pues desempleado y ya nadien me emplea X mi edad lo único que tengo es lo k ahorre en el fondo de pensión Colfondo y ahora no me lo quieren dar les agradezco altamente y le pido de corazón su gran colaboración vivo en BCA/ BJA k Jehová Dios los bendiga enormemente
agradeciéndole su atención :
atte : jairo mora mercado
CC 13889112 de bca / bja
Mi correo es : jmm570524@gmail.com
les agradezco recibir respuesta muy pronto
Jehová Dios le su bendición gracias
Dr.yo soy pensionado ase 3 años con fondo pribado con el minimo que posibilidades tengo.
Yo sigo insistiendo esto esta más embolatado. Llevo tres años vinculado al proceso y no dicen nada concreto. Lo único claro que dicen es que están a tiempo para vincularse al proceso. Yo creo que ya es hora de que den una información concreta.
Buenas tardes muy agradecida por esta información yo salí pensionada en el 2004 y a mi no llego retroactividad estuve reclamando y nunca llego nada por un error de mi patrón . Yo pienso que yo salí mal liquidada. A donde devo dirijirme para averiguar? Gracias.
Hola, que debo hacer para vinculame a la demanda. Aun estoy a tiempo?
Como me inscribo para participar por reclamacion me envia direccion de contacto
Buena tarde una pregunta, yo hasta hace dos años cotice en porvenir de ahí para acá me traslade a colpensiones llevo 20 años cotizando seria mi reclamación a porvenir o a colpensiones o que debo hacer
buenas tardes: la reclamación se le hace a ambos fondos
Hola buen dia.
Necesito saber si todavia hay tiempo para reclamar?
Gracias por su pronta respuesta
16 AÑOS Y NO HA PASADO NADA CON ESTAS DEMANDAS O ES QUE HUBO VENCIMIENTO DE TERMINOS Y NO HA DICHO NADA LOS ABOGTADOS SEÑORES NO ESJUSTO SEGUIR ILUSIONANDO ALA GENTE EN VANO
Fredy: Hace varios años, en un plan de retiro voluntario, me fue otorgada una pensión vitalicia pagada inicialmente por la empresa y luego, cuando cumplí la edad para merecer pensión de vejez, esta se convirtió en vitalicia compartida entre la empresa (mayor valor) y el ISS (hoy Colpensiones). El acuerdo con la empresa fue que esta continuaba aportando la cotización de pensión mía hasta cuando se me concediera la pensión de ley (compartida en este caso, como ya se dijo), lo cual en efecto tuvo lugar. Mi pregunta, que no ha sido contestada en forma clara por ustedes, es si esas sumas cotizadas (en ese intervalo) pueden afectar la reclamación, lo cual creo que pudiera ser así ya que es un caso similar al explicado explícitamente: dicen ustedes que las sumas cotizadas en forma compartida entre el empleador y el trabajador son propiedad de este último y por consiguiente se tendrán en cuenta en la reclamación. ¿Ustedes que opinan, a sabiendas de que en la realidad la pensión concedida por la empresa se convirtió en pensión de ley? Cabe señalar que el suscrito ya está registrado con ustedes, habiendo diligenciado los documentos solicitados y pagado las sumas acordadas.
claro que se reclaman esos dineros porque la empresa está concediendo un mayor valor sea por pacto o por convención colectiva pero sobre la base total se cotizo a pensión y ahí esta la comisión de administración causada.
O sea, Fredy, resumiendo: esos valores cotizados en exclusividad por la empresa juegan en el asunto. ¿Es así?
claro que sí, porque en el caso de las pensiones compartidas, la empresa sigue cotizando para subrogarse en el fondo de pensiones quien es el que terminará asumiendo la totalidad de la pensión.
Cómo puedo comunicarme con ustedes ya que estube yamsndo al número que me dieron Hino pude comunicarme
Buenas noches. Si es tan claro el proceso, y ya está instaurada la demanda, porqué estos gastos no son asumidos por ustedes como una inversión segura cubierta con el 35% de comisión? En mi caso, aceptaría un 2% adicional, es decir, que sus honorarios fueran 37%. Se puede proponer esta figura? Gracias por su respuesta y comentarios!
porque ninguna demanda es segura señor y porque hay gastos del proceso que no se pueden cubrir por parte de los abogados
Indique eso también a los clientes.Los riesgos.
Es obvio que la información se la entregamos con total claridad a todos los que consutan porque no se trata de engañar a nadie sino de que cada quien mire si quiere o no adherirse a la demanda.
Fredy Agudelo
Buen día Doc.
Pregunta: si me adhiero en los 20 días luego del fallo, se paga el mismo porcentaje? El 35%?
si, pero en 20 dias no te alcanzan a hacer la liquidacion.
Cuando será que vamos a reclamar esa platica doctor Tomás y doctor Fredy
Buen día llevo más de 18 años cotizando. Soy de Bucaramanga. A donde voy a colocar la demanda gracias
a través de la página www.lideratogrupojuridico.com
Dr Fajardo buenas noches. Aplica reclamar para las personas que fallecieron, siendo reclamantes los beneficiarios. Y otra por favor mi salario siempre a superado los cuatro smlmv, trabajo ha ce años, me podria dar un ponderado de cuanto seria el valor del reclamo. Mil gracias
upLuis Gerardo Erazo C buenos días. Los herederos pueden reclamar por el fallecido. No se dan cálculos porque estos los hacen los actuarios del proceso. Debe adherirse a la demanda
si aplica para las personas que fallecieron y puede reclamar sus beneficiario. y sobre el ponderado que solicita hay que tener toda la información completa para poderlo dar y no caer en dar una mala información. feliz dia
upLuis Gerardo Erazo C hasta que fecha se puede uno.demandar
upLuis Gerardo Erazo C Dr Luid hasta que dia de este.mes se puede uno unir para demandar,gracias
No se ustedes pero yo no creo
Trabaje 3 años en una empresa desde hace 13 años.
No pude seguir trabajndo. Que debo hacer para reclamar esa cotizacion.
Buen dia, deseo saber si puedo demandar la devolución de saldos de un fondo privado, ya que mi esposa cumplio sus 57 años y no alcanzó a cotizar las semanas requeridas. El fondo con base en un articulo de la ley 100/93, se escuda para devolver dichos saldos hasta que cumpla 60 años.
Esta demanda me ha creado mucha incertidumbre. Se quedó estancada la demanda?
Muy buenas tardes porfa bor si queremos nuevas noticias como ba el proceso en este año porque los videos son del año pero nuevos no hay muchas gracias
Llevo cualquier cantidad de tiempo afiliado al grupo juridico no veo un comentario del 2022 que me diga ya estamos listos para el veredicto,por favor necesitamos informes nuevos no pasados d moda
ES MUCHA LA GENTE QUE YA HA MUERTO Y DEMANDARON LA MAYOR PARTE DE LOS DEMANDANTES PASAMOS DE LOS 60 TIEMPO DE VIDA EN NUESTRO PAIS Y SIGUEN APLAZANDO DILATANDO ESTE PROCESO Y CON EL INTERES DE VINCULAR MAS DEMANDANTES Y LOS DEMANDADOS SIGUEN BLOQUEANDO ESTA DEMANDA Y ESTO SE HA VUELTO ALGO INTERMINABLE
Hola. Estamos en 2020. Como ha ido el proceso.
Ya se publico la sentencia?
Todavia me puedo binocular?
Buenas noches cómo hago para realizar mi peritad y cuánto puede demorar y que valor tiene soy de Medellín
Buenas noches me gustaría saber bien acerca del proceso porque siempre se escucha q ya estamos a terminar y nada sería bueno hablar seriamente y no tener a las personas en ascuas con tanta corrupción en este país esperó no nos vallan a defraudar ya hemos esperado demasiado q pasa .mi esposo hizo todo por Cali deberían informar a los clientes acerca del proceso hay mucha gente q quiere vincularse pero con tanta demora ya están dudando.
Estoy en la misma situacion, yo pague para el prosezo hace mas de diez años y nunca me dieron respuesta
Buena tarde yo cumplo 61 años en julio tengo bono pensional tengo290 semanas sera que meden mi pension o tengo que edperar asta cumplir 62añoz?
Doctor me puedo adherir a esta demanda???????
Como sería el procedimiento para acderirme espero información grasias
Buenos dias. Me puedes informar por ejemplo yo vivo en la ciudad de Palmira. Entonces como debo hacer para darle el poder al Dr Tomas Fajardo y si inicialmente debo pagar algo. Muchas gracias
OSWALDO CARVAJAL SAAVEDRA Hola soy pensionado y trabaje 8 años después de pensionado cotizar y en protección me disen q ue cuando tenga 62 años me devuelven ese dinero de aportes mi es es 3114228509 muchas gracias Carlos Pacheco l es mi nonbre
Tengo cotizadas 312 semanas pero no he seguido cotizando que puedo hacer?
preguntamos porque se han demorado tanto tiempo en dar el fallo en segumnda instancia,de la apelacion que se hizo,en contra de ese ultimo fallo negativo,si los jueces estan trabajando igual via internet
Una pregunta cuanto tiempo mas devemos esperar mas.mil gracias
Yo cotice 100 semanas en porvenir.y no volví a cotizar.me regresarán mi platica?o ya la desaparición?si alguien me pudiera orientar.muy agradecida....
Te.ngo 360 semanas cotizadas y 18 años de trabajo en el sector publico 4 años en el sector privado y vengo sufriendo de muchos quebrantos de salud a causa del tiempo trabajado ayudenme que debo hacer
Pero aun hay tiempo de incluirse en la demanda?? A principios de este año dijeron un plazo para meterse en el proceso si no se quedaban por fuera porque eso ya estaba en su etapa final. Ahora ya a estas alturas en agosto siguen invitando a unirse a la demanda??
Trabajarían a cuota litis? o sea a porcentaje cuando se gane la demanda; creo que es necesaria la respuesta para mayor tranquilidad de todos los interesados.
Hola buenas noches quiero preguntarle si van 14 años cuántos años hay q esperar más
Si buenas noches yo laboré con una empresa temporal cuatro años y seis meses desde enero 29 del 90 hasta junio 14 de 1994 y luego me quedé sin empleo y luego me volví a emplear en otra temporal desde el 2 de diciembre del 2002 hasta el 16 de diciembre del 2007 y luego me volví a colocar el 14 de mayo del 2008 hasta el 9 de septiembre de 2024 ya me voy con 26 años y cuatro meses hasta el 3 de septiembre me llego la historia laboral con 1.300 3 .14 semanas att ivan jimenez mil gracias por la atención prestada
buenas tardes señor Fredy y ese proceso es también para los fondos de pensiones privadas estoy en protección y cómo hago
es también para los fondos privados. puede adherirse a través de nuestra página web lideratogrupojuridico.com o enviarnos correo electrónico para enviarle formulario de inscripción y requisitos
Michisimas gracias
Cuando los hechos son correctos y de ética sana y profesional...No se necesita tanta CHÁCHARA Y POLITIQUERÍA....! Cuando un abogado es ètico y honrado trabaja al 25% de lo que logre recuperar y descontará sus honorarios del dinero que devuelvan...si cobran anticipado....hay abuso y posible fraude...! No se deje engañar por pastores ni corruptos tinterillos ...se necesitan Juristas....no charlataneS
Dr Fredy Agudelo buenas noches. Vivo en Palmira Valle y no he podido ír a Cali a dar poder donde el Dr Tomás Fajardo ya que no he tenido dinero . Es verdad que hay plazo hasta este viernes 17 de agosto para dar poder?. Gracias Doctor
Deseo informarles que los números de celulares no salen completos para uno poder comunicarse con el Asesor de la ciudad donde uno le corresponde. Por favor darlos claramente. Muchas gracias
OSWALDO CARVAJAL SAAVEDRA puede realizar la vinculación a través de la página www.lideratogrupojuridico.com o enviar correo electrónico para enviarle toda la información
Otra pregunta Sr Fredy: Los pensionados fallecidos pierden este derecho?? o se puede hacer reclamación' Gracias
ESTAS DEMANDAS ESTAN DEMASIADO LENTAS SU EVOLUCION ,ASI A ESTE PASO LOS DEMANDANTES NO VERAN SUS RESULTADOS, HAY QUE HADER ALGO PARA PODER AGILIZAR TODO ESTO,PUES 19 AÑOS ES DEMASIADO TIEMPO DE ESPERA A QUE ESTAS DEMANDAS RESULTEN ,CUANTO TIEMPO MAS SE ECHARA ESTAS DEMANDAS ,Y DE ESTAS DEMORAS NO HABLAN PARA NADA LOS ABOGADOS, LA PONEN MUYYY FACILITA, NO DICIENDO LA VERDADDDD A LOS CLIENTES
Hace dos años pague y envíe los documentos y a la fecha no me devuelven el dinero y de los documentos no dan razón, solicite la devolución del dinero y no me han contestado
Otra pregunta que pasa si una empresa al afiliado a pensiones tiene accidente profesional y la empresa no reporta a un discapacitado que es tratado por psiquiatría y psicólogos y no se puede defender ante un juez en consideración?
Dr Fredy buenas noches, por favor tengo esta pregunta. en el formulario no encuentro la ciudad donde resido.mil gracias.
luis mas si está haciendo la adhesión por la página web lideratogrupojuridico.com puede seleccionar la ciudad de medellín e inscribirse por oficina
lo puede colocar al lado de la dirección
Hola, y para las personas que viven en otras ciudades que no aparecen en la página, cómo podemos hacer para inscribirnos?
en ese caso seleccionan la ciudad de Medellin y seleccionan La Oficina principal Medellin y realiza la inscripción.
Porvenir si devuelve todo el dinero colpensiones se queda con parte del poco dinero que muchisimos tenemos más aparte mandan abrir una cuenta para enviar ese dinero y los bancos rematan con quitarle el 4 x 1000 esa es la triste realidad
Buenas tardes mi pregunta a esta fecha no an dado la sentencia
hasta que fecha se puede adherir uno , a este proceso
No sé si la demanda sea viable. Solo sé que no es necesario que otorguen poder al abogado coordinador, para que puedan beneficiarse de una eventual sentencia favorable. El juez en la sentencia debe señalar los requisitos que deben cumplir los integrantes del grupo que no fueron representados judicialmente para poder beneficiarse del fallo. Estos solo deben presentarse ante el juez dentro de los 20 días siguientes a la publicación de la sentencia y probar que cumplen los requisitos exigidos en el fallo, para demostrar que son parte del grupo. En este caso, los honorarios del abogado coordinador serán del 10% de lo que reciban quienes no fueron representados judicialmente. Pueden revisar el artículo 65 de la Ley 472 de 1998. Conclusión: No es necesario otorgarle poder al señor Fajardo Hernandez. Es solo una opción. En realidad, la mejor opción es simplemente esperar. Si el fallo es favorable, hay que ir al juzgado y entregar los documentos exigidos en la sentencia. Aunque insisto: No sé si la demanda sea viable. Se lo dejo a los especialistas en seguridad social.
jdavid941 Muy básico su argumento y falto de realidad. Semejante afirmación violaría de plano el principio de igualdad y legitimaría a todos los reclamantes que dicho sea de paso, llevan años esperando un fallo y otorgaron poder, para pedir que en ese orden de ideas se les permita pagar solo el 10% de honorarios que de acuerdo a su teoría pagarían los que vivamente se dediquen a esperar una sentencia y ya! Olvida el ilustre que el articulo 48 de la misma norma que cita pone de plano que para hacer parte de la acción de grupo se requiere de abogado, lo que deja sin piso tal afirmación. No se pueden leer las normas a raja tabla porque se deben interpretar en la extensión de su contexto.
Cada quien puede decidir qué hacer. Mi sugerencia para la gente es: No paguen los $250.000 ni otorguen poder al abogado coordinador, señor Fajardo. No es necesario. Esperen la sentencia y si llega a ser favorable, preséntense al juzgado, y acrediten que hacen parte del grupo. Así se evitan: 1. Pagar $250.000 de entrada. 2. Que ellos les cobren más del 10% sobre el resultado. No olviden que la ley establece el porcentaje del 10% como honorarios para el abogado coordinador, sobre lo que reciban quienes no hayan otorgado poder, pero se beneficien de la sentencia. Así de sencillo.
No podemos olvidar que el interés del cliente siempre va por encima del interés del abogado. Si hay una solución mejor para el cliente, hay que explicársela.
jdavid941 Gracias por su aporte, aunque lejos de ser real y por demás muy peligroso y ligero, al menos intenta leer la norma!
Si señor: y es obvio que usted intenta explicar algo que no domina. Porque muy lejos está de ser cierto todo lo que dice: es más que lógico que el espíritu de la norma es proteger a aquellos que entraron al proceso con su propio abogado en el momento procesal indicado y que por tal razón no fueron representados por el abogado coordinador de la acción de grupo, razón por la cual a este sólo se le debe reconocer en tal caso el 10% de los honorarios.
"Artículo 49º.- Ejercicio de la Acción. Las acciones de grupo deben ejercerse por conducto de abogado" esto es más que claro en su enunciado, por tanto tal ínterpretación a cerca de poder llegar a beneficiarse del fallo sin representación es más que falsa!
Fredy Agudelo Buena noche y cordial saludo.
dentro de uno de los videos se hace una simulación de una persona que haya cotizado con un salario de 1.000.000 de pesos sobre una tasa mes efectiva de 1.7, lo que equivale a una tasa efectiva anual de aproximadamente 22%, no es un tanto excesivo el cálculo sobre dicha tasa? cual es la tasa de interés entonces por ley que se debe aplicar en caso tal de que la sentencia sea favorable? porque sería muy diferente un cálculo indexado al IPC, sería una disminución sustancial de las proyecciones que ustedes realizan.
cabe resaltar que sigo el proceso muy de cerca y ni mucho menos cuestiono su profesionalidad, pero me interesa seguir el curso de la demanda puesto que ingresé a un miembro de mi familia a dicha demanda.
felíz noche.
Jose M Cardona buenas noches gracias por escribir. En el ejemplo del 1.000.000 lo que planteamos es que en una cotización del 16% como se hace hoy por parte de los fondos, lo que sucede es que de $160.000 que sería la cotización, solo 115.000 se van para el aporte a pensión y 45.000 se va a comisión, lo que equivale a una relación del 39,1% cuando la relación según la norma es del 4,5%.
Cordial saludo.
Soy pensionada por invalidez por la fiduprevisora Fomag.
Por la ley 100 en la cual sólo me reconocieron los últimos 10 a años.y cotice antes a otra fondos cómo o.p.s y por contrato a Colpensiones y porvenir y colfondos que suman 9 años.que puedo hacer? Gracias
Podria por favor tener una respuesta a mi pregunta si solo califica la gente que empezó a cotizar en 1994? Gracias.
buenas noches: no señora...cualquier persona que haya cotizado o esté cotizando no importa en que año comenzó a cotizar
Ya va avanzado el proceso? O podría inscribirme todavía. Muy buena noche.
Ya hubo sentencia, todavia, nos podemos adherir?
buenas tardes.....tengo la siguiente inquietud, si la sentencia es favorable y la afectación ha sido a todos los Colombianos que hayan aportado, trabajador activo o pensionado, el juez en la sentencia debería indicar que se reintegre este dinero a todos los aportantes y no solo a los vinculados a la demanda?
La demanda es para que el abogado pueda sacar su tajada
þ
Yo tengo pagando pension desde 1976 y aun no me llega nada oi oi voz sera que lo mio ya se lo comieron estos lagartos mira ve por Dios bendito están trabajando y ganando intereses con nuestros fondos en ahorros pues oi pues voz cucho Dios!$
Buenas noches soy una señora de 62años, dé edad, mí hija puede hacer las gestiones en reemplazo mío? porque no se nada de eso . gracias
yo figuro que desde 1986 hasta 1994 en el seguro o colpensiones y desde 1995 a un fondo hasta el 2016, como sabe uno que ellos no estan sacando la comisión que solo tienen que cobrar?
gladys marin todos los fondos cobran la comisión de manera ilegal sobre la base del salario
Puedo retirar todo el dinero cotizado despues de estar ya resibiendo mesada por 1 año ?
BUENAS TARDES. LLEVAMOS 2 AÑOS APROXIMADAMENTE Y NO HAY SOLUCIÓN. DICEN QUE FALTA POCO PARA QUE SE REALICE EL FALLO... ESO HACE DOS AÑOS... LA PREGUNTA ES... PARA CUANDO??
Estamos a febrero 1 de 2018 que ha pasado? Hasta hoy me entero de esto. Que se puede hacer?
Febrero 27 de 2021 me entero de esta acción, esperemos que no salgan conque venció términos, a los pensiónados nos van ha consignar a nuestras cuentas? Que comisión cobran los abogados? Ojalá el fallo sea favorable a los todos cotizantes y pensionados.
Trámite no necesariamente implica ya la radicación de una demanda, o si? uds cuanto es que cobran salga o no favorable el trámite y la demanda en sí?
la demanda fue radicada hace más de 13 años. En las acciones de grupo el último momento procesal para adherirse a la misma es en los 20 siguientes a la publicación del extracto de la sentencia pero para ello hay que tener cumplidos los requisitos que el juez establezca que en este caso se sumarían a la especificación del daño que debe ser calculado y determinado por un actuario con base en la información rescatada de los fondos de pensiones y es por eso que se debe hacer la adhesión antes de que termine la etapa probatoria.
En este proceso sólo falta la prueba contra Colpensiones y se procedería a alegatos de conclusión y sentencia. toda la información del proceso la encuentra en www.lideratogrupojuridico.com
Hoy día 23 abril. En qué va este proceso?
de que año porfa
Estas acciones de grupo son estafas. Así han estafado antes con el Ejército y una supuesta indemnización y estafaron en medio país. Vendiendoles los formularios y cobrando 190mil pesos. Ellos dicen no es estafa es una demanda
Claro es cierto Ud puede demandar a quien quiera siempre y cuando sea cierta la demanda ellos se tapan de plata con esos 250mil multiplique por Miles que han caído. Luego sale el fallo desfavorable o un funcionario explicando que es mentira.
Buenas noches a mi me descontaron de mi saldo de pensiones #16.000.000 ese dinero lo descontó el estado yo quiero saber si eso es algo que sí podían hacer ellos siendo que es una plata que uno tiene ahorrada es por el tiempo que está laborando y es un dinero el cual es de cada persona no del gobierno, en espera de su respuesta
OJALA COLPENSIONES MO VAYA A COMPRAR A ABOGADOS Y A JUECES Y ASI POR FIN SE GANEN ESTAS DEMANDAS SEÑORES
QUE NOTICIASY VIDEOS NUEVOS HAY SOBRE LAS DEMANDAS Y SOBRE LA ULTIMA APELACION QUE SE HIZO SEÑORES
Muy buenos dias dr fredy yo tengo 40 años pero en la empresa ya estan arreglando ala gente porque ya piensan acabarla y cotizo en porvenir yo llevo cotizando 16 años pero no quiero volver apagar pension quiero que melo devuelvan sera posible eso gracias
Me gustaría saber toda la información para mi abuelo y q plazo hay y fechas muchas gracias
CUALES SON LAS ULTIMAS NOTICIAS SOBRE ESTAS DEMANDAS
YA ES HORA DE DAR RESULTADOS CON ESTAS LARGUISIMAS DEMANDAS, 16 AÑOS VAN,O SI NO QUE DIGAN LA VERDAD QUE PASA CON ESTAS DEMANDAS SEÑORES
Una pregunta pero si selo de vuelven el dinero
el día de hoy abrí esta pagina por casualidad y me encuentro con este dato.¿todavía me puedo vincular?-si ya salio centencia
Hola fredy, buenas tardes ¿como estás? Mira pues esta semana en ansermanuevo se estaba hablando de este tema y se estaban pasando los formatos con el poder para el abogado y había que hacerlos autenticar, respecto a esto se han creado muchas dudas y quisiera asegurarme que ustedes están al tanto de esto para saber si puedo confiar y la persona que está haciendo esto pertenece a su grupo jurídico o en tal caso, está autorizado por ustedes...
Muchas gracias y espero su pronta respuesta.
Feliz tarde
Buenas tardes: a la fecha no hemos desplazado representantes nuestros a anserma. Te agradecería hacerme llegar una foto de los poderes que están circulando al WhatsApp 3137317961 y el nombre de la persona que está haciendo la gestión de vinculación para poderte confirmar si pertenece al equipo
Fredy Agudelo Muchas gracias ya le hago llegar la información. ...
Mayer Arboleda bueno señor estaré pendiente. Feliz noche!
Cómo me vinculó para reclamar mis dineros una vez el juzgado de la orden de devolver La Plata que me han cobrado los Fondos de Pensiones?
Excelente, haré la diligencia por internet, gracias.
NO SE VE SOLUCIONES ALA VISTANIM UN FINAL FELIZ. NI A ESTAS DEMANDAS , NI A ESTA PANDEMIA QUE NOS TIENE AZOTADOS SEÑORES
buenas tardes , a que numero telefónico o donde los puedo contactar?
alejo v buenos días: puede comunicarse al 3214544 en medellin; al 3137317961, 3107400168
Buenas tardes. En el proceso en cuestión 76001233100020030370700 -Juzgado 3° Administrativo de Cali, como demandado aparece el ISS y como última fecha de actuación aparece el 12 Jul/2016, es decir, que se van a completar dos años sin que haya habido ninguna actuación. Por qué?
Julian Chica buenas noches: se encuentra mirando el radicado equivocado
Re
Yo tengo 57 años, y no pude seguir cotizando para pensión y no pude seguir trabajando por que las empresas me dicen que por la edad no les sirvo, entonces les dije que me devolvieran el dinero y me dijeron que hasta que cumpla 62 años de edad.. Vivo en jamundi-valle demen teléfonos y direcciones de Cali.. Si se puede hacer????
Doctor Fredy, estoy interesado, una pregunta: hasta cuando hay plazo para hacer parte de esta demanda.
El plazo exacto no lo sabemos esto depende de las actuaciones que va realizando el juez, nosotros para no correr riesgo siempre damos plazos cortos, para que las personas no se queden por fuera, y a medida que pasa el tiempo lo vamos alargando cuidando no cometer errores con esta información.
Fredy: ¿en la liquidación de la sumas a devolver en caso de fallo favorable se tendría en cuenta de alguna manera el ARTICULO 141 de la Ley 100/1993?. "Intereses de mora. A partir del 1o. de enero de 1994, en caso de mora en el pago de las mesadas pensionales de que trata esta Ley, la entidad correspondiente reconocerá y pagará al pensionado, además de la obligación a su cargo y sobre el importe de ella, la tasa máxima de interés moratorio vigente en el momento en que se efectúe el pago."