Diferencia entre Denuncia y Querella | Clases MasterD

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  • Опубліковано 5 жов 2024
  • Con este vídeo de la profesora de MasterD, Mamen Villarig, el alumno podrá conocer la diferencia entre los conceptos denuncia y querella, los cuales son muy importantes en el estudio de su oposición.
    1) Diferencia entre denuncia y querella.
    Tanto la denuncia como la querelle son actos procesales que dan inicio a un procedimiento procesal penal. Cuando una persona interpone una denuncia pone en conocimiento de las autoridades correspondientes (policía, órgano jurisdiccional...) la comisión de un hecho considerado como delito. Es una declaración de conocimiento, en ningún caso la denuncia obliga al denunciante a ser parte en el proceso. Por su parte, la querella es una declaración de voluntad que se hace ante el órgano jurisdiccional correspondiente y obliga al querellante a ser parte en ese proceso que se inicia.
    2) Importancia para opositores.
    El temario de cualquier oposición reserva temas para el estudio de la Constitución, esto sucede porque la Constitución sienta las bases de los principios que rigen nuestro ordenamiento jurídico y nuestra vida en sociedad , así como identifica los derechos fundamentes de todos los ciudadanos. La Constitución es pues, la base del desarrollo de toda la legislación desarrollada en todos los ámbitos de estudio de las oposiciones.
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    DIFERENCIAS DENUNCIA Y QUERELLA
    DVD000357(01)

КОМЕНТАРІ • 42

  • @masterd
    @masterd  8 років тому +2

    ¡Muchas gracias a todos por vuestros comentarios! Nos alegra ver que nuestros contenidos os son de utilidad. ¿Queréis más? → ua-cam.com/users/MasterDistancia

  • @lennonmartinez2702
    @lennonmartinez2702 10 років тому +2

    que bueno que aya personas asi que te ayudananten cualquier duda gracias

  • @joselo1587
    @joselo1587 11 років тому +1

    Me gustó la forma de explicación, es clara y sencilla, saludos desde Perú

  • @yohnnavarro7007
    @yohnnavarro7007 6 років тому +2

    saludos desde venezuela, muy buena clase profe!!!

  • @fernandoRomero-so5iu
    @fernandoRomero-so5iu 9 років тому +1

    Me encanta como la joven explica

  • @fjortizm52
    @fjortizm52 9 років тому +1

    Estimo que el vídeo de la profesora de Master D, Mamen Villarig, se presta a confusión al no precisar desde el inicio la expositora, el Estado o País en donde la legislación penal contempla las definición de cada una de las referidas figuras jurídicas: DENUNCIA y QUERELLA.Detalle que a mi juicio resulta importantísimo pues si bien es cierto que la denuncia puede ser formulada por cualquier persona, no menos cierto es que la expositora ha vertido su criterio y conceptos en relación a disposiciones legales no aplicables en México. En efecto, en el Estado Mexicano, nuestra legislación define aquellos delitos que se persiguen de oficio, mediante una simple denuncia (robo, lesiones, homicidio, etc.) y aquellos ilícitos que se persiguen por querella necesaria, es decir solamente se persiguen por exigencia o petición de la parte agraviada como son los delitos patrimoniales de: Abuso de Confianza, Fraude, Daños en Propiedad Ajena y Robo entre Parientes entre otros, de tal suerte que en estos casos solamente la parte afectada en la comisión de tales ilícito es la única que puede querellarse de manera expresa y directa en contra del sujeto activo que realizó en su agravio la conducta ilícita correspondiente.En este caso la autoridad jurisdiccional competente ante quien debe presentarse la querella es el Ministerio Público y en el primer caso, es decir respecto de la denuncia, esa puede ser manifestada ante cualquier autoridad, no necesariamente de manera directa ante el Ministerio Público pero la autoridad o el servidor público que conozca en primera instancia de los hechos de posible carácter delictivos que fueron puestos de su conocimiento tiene la ineludible obligación de hacerle llagar la denuncia al Ministerio Público, única institución que por mandato constitucional está facultada para iniciar la averiguación previa realizando todos los trámites que sean necesarios para conocer la verdad de los hechos y la presunta responsabilidad del o de los acusados (tomar declaraciones a todas aquellas personas que tengan conocimiento y/o que hubiesen intervenido en los hechos, recabar pruebas, emitir dictámenes periciales, etc., etc.). Por otra parte también es menester aclarar, entratándose de los delitos que se persiguen por denuncia, que una cosa es que el denunciante "no quiera formar parte del proceso" y otra muy distinta "que tenga interés en ser parte del proceso". En la fase indagatoria, dentro del proceso penal mexicano a cargo del Ministerio Público, éste tiene la facultad de hacer comparecer al denunciante independientemente que dicho denunciante "NO QUIERA FORMA PARTE DEL PROCESO" pues por el solo hecho de haber presentado la denuncia ya se ha involucrado en los trámites de integración de las pesquisas, quiera o no formar parte del proceso. En los casos de la QUERELLA, como asenté en líneas anteriores, ésta solamente puede ser formulada por quién tenga el interés legítimo de que sea sancionado el presunto delincuente por haberle infringid un daño patrimonial y, obviamente, tiene interés de formar parte del proceso ya que tal interés personal es la única razón para que el Ministerio Público pueda iniciar los tramites de la Averiguación Previa

  • @amyct2964
    @amyct2964 10 років тому +2

    Muchas felicidades !!! me gusto mucho tu explicación, concreta y facil de entender ademas de la manera en como trasmites, se hace muy interesante el tema Gracias por despejar mis dudas :)

    • @gideonwalter6011
      @gideonwalter6011 3 роки тому

      I dont mean to be offtopic but does any of you know a way to log back into an Instagram account..?
      I was dumb lost the password. I would love any tips you can offer me.

    • @zyairefisher939
      @zyairefisher939 3 роки тому

      @Gideon Walter instablaster ;)

  • @bernardolorencez2702
    @bernardolorencez2702 10 років тому +3

    EXCELENTE COLEGA SENCILLO Y VERAZ!

  • @arturojimenez4862
    @arturojimenez4862 8 років тому +2

    Saludos desde Mexico. Bien entendido.

  • @reyjoaquin5884
    @reyjoaquin5884 2 роки тому

    Muchas gracias por la información, fue muy clara y entendible

  • @deyberrainierpaezibanez7679
    @deyberrainierpaezibanez7679 11 років тому +1

    Excelente explicación, saludos desde Venezuela

  • @sallygre22
    @sallygre22 5 років тому +1

    Mil gracias, no sabía con exactitud, ahora ya lo comprendí y claro que tomé nota 😉 excelente explicación 🤗

  • @aracelyescamilla6467
    @aracelyescamilla6467 3 роки тому +1

    Bien esxplicado,

  • @jorgealbertppachecoalavez3202
    @jorgealbertppachecoalavez3202 9 років тому +3

    buena explicaciòn saludos desde Oaxaca de juàrez UNIVERSIDAD AUTONOMA BENITO JUAREZ DE OAXACA

  • @marifern4957
    @marifern4957 8 років тому +2

    muy bien profe ....

  • @jhonnybricenoperez6588
    @jhonnybricenoperez6588 9 років тому

    En la legislación venezolana para iniciar el proceso por Querella solo se puede hacer esta para los delitos considerados de Instancia Privada y la denuncia podría hacerse para ambos delitos y difiero de la profesora en el sentido de que si puede haber una denuncia donde el denunciante quiere ser parte en el Proceso es CUANDO EL DENUNCIANTE ES LA MISMA VICTIMA DEL HECHO PUNIBLE

  • @animaldesanjuan
    @animaldesanjuan 5 років тому +1

    Gracias!

  • @juelitas
    @juelitas 11 років тому

    muchisimas gracias!! fue de gran ayuda!

  • @p.pablomartinezgarcia3283
    @p.pablomartinezgarcia3283 9 років тому

    Buenos días, mi duda es que si quiero ser indemnizado por hechos realizados por Bancos o entidades financieras.
    Puedo recuperar la inversión sumandome a una querella penal colectiva, o debería demandar por lo civil, individualmente.
    Gracias y saludos

  • @adrianfg3148
    @adrianfg3148 10 років тому

    Gracias.¿y es exactamente lo mismo en cualquier país o hay diferencias?

  • @mariosayaverderospigliosi837
    @mariosayaverderospigliosi837 11 років тому

    Gracias por la explicacion muy buena saludos desde peru

  • @ramonaranzoni6813
    @ramonaranzoni6813 3 роки тому +1

    Muy bien explicado diez

  • @unknownunknown3903
    @unknownunknown3903 3 роки тому +1

    Gracias

  • @D0nn13Br4sC0-E
    @D0nn13Br4sC0-E 9 років тому +1

    Vale, Mamen, entonces cuando denuncio ante la autoridad judicial con un parte de lesiones que me han dado un bofetón, ¿qué nombre recibe si soy parte interesada? De entrada no me convence la explicación.

    • @jonatan870
      @jonatan870 9 років тому

      Enrique Polo querella

    • @D0nn13Br4sC0-E
      @D0nn13Br4sC0-E 9 років тому

      Jonatan Soto querellarse por una falta? Se dan casos?

  • @artemiovelasquez8574
    @artemiovelasquez8574 11 років тому

    me gusta es excelente tu clase profesora ojala haga una clase de hecho punible

  • @juliogallego0610
    @juliogallego0610 10 років тому +2

    BUEN VIDEO me pasare por los de mas videos

  • @marcusurietarias5821
    @marcusurietarias5821 10 років тому +1

    Saludos de Chuschi!!!

  • @jonasarreaga2237
    @jonasarreaga2237 4 роки тому

    Hola me pusieron una denuncia q puedo acer

  • @Raul93479
    @Raul93479 10 років тому

    puedes poder también el funcionamiento del fuego y extintores ect. gracias. intento sacarme la placa para vigilante gracias.

  • @josetraslosheros5786
    @josetraslosheros5786 7 років тому +1

    thanks

  • @cesarrenato8039
    @cesarrenato8039 8 років тому

    Muchas gracias pero el Numero?

  • @ARMANDOTB2
    @ARMANDOTB2 10 років тому

    en el DF la calumnia era considerado delito, pero ya esta derogado...

  • @edwingarzon843
    @edwingarzon843 5 років тому

    Si alguien que sepa sobre el tema gracias

  • @jorggm3265
    @jorggm3265 5 років тому

    profe me gustaria conocerte en persona!

  • @marcusurietarias5821
    @marcusurietarias5821 10 років тому +1

    like

  • @alfredodeharoartigas5815
    @alfredodeharoartigas5815 6 років тому

    Si no fuera porque sois un instrumento del poder al servicio del capitalismo, te felicitaría.