Julio di Nubila
Julio di Nubila
  • 48
  • 27 900
Artículo 77 de la Ley del Impuesto a las Ganancias. Imputación Empresas Constructoras.
Análisis del artículo 77 de la Ley del Impuesto a las Ganancias referido a los métodos de imputación para empresas constructoras.
Se analizan los diferentes métodos y el impacto que tendrían en el ajuste por inflación impositivo.
Переглядів: 183

Відео

Impuesto a las Ganacias. Métodos de Imputación. Tercera Categoría.
Переглядів 946 місяців тому
Se analiza la sentencia Compañía Tucumana de Refrescos S.A., donde la Corte definió el concepto de devengado. El análisis incluye el impacto que tienen las disposiciones del código civil respecto de las obligaciones sujetas a condición en la consideración del devengamiento y la consecuente consideración de una erogación como deducción del período fiscal.
Impuesto a las Ganancias. Período Fiscal y mecanismos de imputación de la ganancia. Primera Parte
Переглядів 1317 місяців тому
Se desarrolla el elemento temporal del hecho imponible en el impuesto a las ganancias. En esta primera parte se explica cómo se determina el período fiscal, estableciendo una diferencia según sea que estemos ante: 1) Personas humanas o jurídicas; 2) Sujetos que llevan o no contabilidad.
Impuesto a las Ganancias. Objeto. Sociedades de Profesionales
Переглядів 757 місяців тому
Se analiza el aspecto objetivo del impuesto en los casos de profesionales y sociedades de profesionales que complementan, o no, su actividad profesional con una actividad comercial. El análisis se realiza a partir del precedente de la Corte, Paracha Jorge Daniel, donde la AFIP pretendió asignar el carácter de empresa a las ganancias derivadas de una sociedad civil cuyo objeto era brindar servic...
Justificación de Variaciones Patrimoniales en el Impuesto a las Ganancias. Primera parte.
Переглядів 7897 місяців тому
Introducción a la forma de determinación del Consumo en la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias. En esta primera parte se introducen conceptos básicos sobre las partes que componen la declaración jurada del impuesto y las normas que las establecen. Se explica el concepto del monto cunsumido de la declaración jurada y la mecánica de su determinación a partir de las variables económica...
Quebrantos en el Impuesto a las Ganancias
Переглядів 4679 місяців тому
En el video analizamos, entre otras cuestiones: - Las causas que originan las normas sobre quebrantos. - Los tipos de quebrantos existentes. - La forma de cómputo para sujetos empresa y no empresa. - El plazo para el cómputo de quebrantos de ejercicios anteriores. - La posibilidad de actualización por inflacíon de los quebrantos de ejercicios anteriores.
Ajuste por Inflación Impositivo. Parte 04
Переглядів 3859 місяців тому
Vamos a analizar en este video, todas las cuestiones vinculadas con el tratamiento de los saldos de cuentas particulares y de sus variaciones durante el ejercicio.
Ajuste por Inflación Impositivo. Parte 03
Переглядів 3679 місяців тому
Repaso de las disposiciones legales del ajuste dinámico y su relación con el estático.
Ajuste por Inflación Impositivo. Parte 02
Переглядів 5669 місяців тому
Repaso de las disposiciones legales del ajuste estático y su metodología de cálculo.
Ajuste por Inflación Impositivo. Parte 01
Переглядів 9789 місяців тому
Análisis introductorio del ajuste por inflación impositivo mediante su comparación con el ajuste contable, aplicando un caso práctico sencillo a los fines de apreciar las similitudes y diferencias entre ambos mecanismos.
Impuesto a las Ganancias Val. Agrop. 1
Переглядів 398Рік тому
Primera parte valuación de existencias establecimientos agropecuarios
Impuesto a las Ganancias Val. Agrop. 2
Переглядів 206Рік тому
Segunda parte: distinción de establecimientos y valuación para invernadores.
Impuesto a las Ganancias Val. Agrop. 3
Переглядів 296Рік тому
Tercera parte valuación de existencias establecimientos agropecuarios de cría. Categorías y valuación de Bienes de Uso.
Impuesto a las Ganancias Val. Agrop. 4
Переглядів 439Рік тому
Cuarta parte valuación de existencias establecimientos agropecuarios. Costo Estimativo por revaluación anual. Valuación de Vientres. Zona Central y Marginal.
Impuesto a las Ganancias Val. Agrop. 5
Переглядів 296Рік тому
Quinta parte valuación de existencias establecimientos agropecuarios. Resto de las haciendas. Establecimientos Mixtos
Impuesto a las Ganancias Val. Agrop. 6
Переглядів 153Рік тому
Impuesto a las Ganancias Val. Agrop. 6
Impuesto a las Ganancias Val. Agrop. 7
Переглядів 160Рік тому
Impuesto a las Ganancias Val. Agrop. 7
Tratamiento fiscal de las mejoras en el impuesto a las ganancias.
Переглядів 427Рік тому
Tratamiento fiscal de las mejoras en el impuesto a las ganancias.
TS - Institucional Navidad 2020
Переглядів 873 роки тому
TS - Institucional Navidad 2020
Esquema Liquidación IG Personas Humanas
Переглядів 1,9 тис.4 роки тому
Esquema Liquidación IG Personas Humanas
Inmuebles IG-ITI
Переглядів 3264 роки тому
Inmuebles IG-ITI
Introducción Impuesto a las Ganancias
Переглядів 2,1 тис.4 роки тому
Introducción Impuesto a las Ganancias
TS - Tax Solutions (Corrientes, Argentina)
Переглядів 544 роки тому
TS - Tax Solutions (Corrientes, Argentina)
TS - Institucional Primer Año
Переглядів 294 роки тому
TS - Institucional Primer Año
TS - Institucional 20 de junio 2020
Переглядів 1564 роки тому
TS - Institucional 20 de junio 2020
Impuesto Específicos a los Consumos
Переглядів 2,1 тис.4 роки тому
Impuesto Específicos a los Consumos
Extracto de la conferencia "La Economía Digital y su tratamiento tributario" del CPCE-CABA
Переглядів 1244 роки тому
Extracto de la conferencia "La Economía Digital y su tratamiento tributario" del CPCE-CABA
Ciclo de Práctica Tributaria 1º Reunión 2020 - Deducción Honorarios IG
Переглядів 2 тис.4 роки тому
Ciclo de Práctica Tributaria 1º Reunión 2020 - Deducción Honorarios IG
Ciclo de Práctica Tributaria 1º Reunión 2020 - Incobrables en el Impuesto a las Ganancias
Переглядів 5184 роки тому
Ciclo de Práctica Tributaria 1º Reunión 2020 - Incobrables en el Impuesto a las Ganancias
TyTI 07/04/2020 - Complemento
Переглядів 1814 роки тому
TyTI 07/04/2020 - Complemento

КОМЕНТАРІ

  • @IVANAMORALES-c6w
    @IVANAMORALES-c6w 17 днів тому

    Buen dia Estimado ! antes que nada,muchísimas gracias por el vídeo, muy claro y practico.. Tengo una consulta para hacerle por favor. En el caso de habitualista en la compra venta de bs usados a Consumidor Final (Puntualmente AUTOMÓVILES) ,es suficiente para tomar el crédito fiscal el uso de los comprobantes impresos? o debo a demás , inscribirme en el REGISTRO DE COMERCIALIZADORES DE BIENES USADOS NO REG ? En el caso de ser afirmativo , bajo que actividad seria ? y si tiene alguna recomendación al respecto me la puede compartir ? desde ya muchas gracias !!

    • @taxs
      @taxs 17 днів тому

      No, en el caso de autos no hay registro porque son bienes registrables, tampoco obligaciones de emisión electrónica por el momento.

  • @marianazamora5791
    @marianazamora5791 22 дні тому

    Hola! Tengo un showroom de moda circular. Es decir que vendo ropa usada, hice una SRL y me inscribí en IVA (soy contadora) leo y leo la norma y lo que no me queda claro es si me tengo que inscribir en el régimen. Porque según leo parece más enfocado a automóviles, autopartes y celulares. En caso de que no me inscriba si puedo tomarme el CF vía emisión de mis propias facturas de compra verdad?? Ya lo hice así, ya cargué facturas de compra en el portal de IVA, ya pude hacer liquidación computandolo, pero me queda la duda de si me tengo que inscribir en el régimen ya que eso implica ser agente de percepción cosa que me parece demasiado para mi caso. Aguardo sus comentarios, muchas gracias!!

    • @taxs
      @taxs 22 дні тому

      Hola, el video trata cuestiones generales. En la práctica es como vos decis. Para bienes registrables es más sencillo porque no hay reglamentación especial. En cambio, para bienes no registrables, como tu caso, se complica un poco porque se aplicar la RG 3411/2012. El problema de la RG es que en su art 73 y 74 dispone que tenes que emitir comprobantes electrónicos por la compra a consumidores finales (de esto safan los que compran bienes registrables) y si no estas inscripta en el registro no te van a autorizar la emisión de esos comprobantes electrónicos (estimo que los estás haciendo manual como si fueras un régimen de bienes registrables). Como bien decis, si te inscribis pasas a ser agente de percepción cuando el que te compra es un RI. Y te aplican un régimen especial de retención de ganancias a vos también. Las consecuencias que tendrías por incumplir con la RG 3411/2012 son bastante graves. Primero te pueden impugnar el crédito porque el segundo párrafo del art. 18 de la ley establece que el cómputo del crédito tiene lugar siempre que se cumpla con los requisitos de la reglamentación de AFIP. La no inscripción en el registro te puede implicar multa del art. 39 de la 11.683. La emisión de comprobantes que no cumplan con la RG 3411/2012 según la propia resolución es causal de clausura. El hecho de no actuar como agente de percepción te convierte en responsable solidario así que te las pueden cobrar. Además, no actuar como agente de percepción encuadra en la multa por omisión del art. 45 de la 11.683. Eso es lo que puede pasar, parece medio exagerado pero te tengo que poner todo. Incluso la RG dice que la AFIP efectuará la denuncia penal pero esto no tiene nada que ver, ahí se aplican las leyes penales por lo que depende de otras cosas, además del no cumplimiento de una RG. En definitiva, yo tramitaría la inscripción para empezar a dar cumplimiento a la RG. Obviamente te implica mayor carga administrativa pero bueno, estimo que no serán muchas las ventas a RI que hagas como para que tengas que percibir.

  • @danielgustavococca2137
    @danielgustavococca2137 Місяць тому

    muy claro, hace entendible un tema que cuesta comprender. mil gracias!

  • @patriciameinhard2152
    @patriciameinhard2152 2 місяці тому

    muy bueno!! la parte 2 esta?

  • @gabrielamorales5354
    @gabrielamorales5354 5 місяців тому

    buenas quiero saber si la mejora no se debe actualizar por el coeficiente como se incorporo despues del 30/01/2017

    • @taxs
      @taxs 5 місяців тому

      Así es. La inversión en mejoras de inmuebles se actualizan al ser incorporadas a partir del 01/01/2018 conforme al art. 93 modificado por la Ley 27.430. En el caso el inmueble se incorpora el 01/01/2017 por lo que no se actualiza pero la inversión en mejora se incorpora en 04/2021 por lo que sí debería actualizarse haciendo IPC 12/2021 dividido IPC 04/2021 y amortizar el valor actualizado. En el video no estoy considerando inflación porque la idea era nada más analizar cómo opera en la determinación y justificación. Pero tenes razón, se debería actualizar antes de calcular la amortización. Voy a armar un video que incorpore la inflación. Gracias.

  • @Crouwsito
    @Crouwsito 6 місяців тому

    ¿ESTO SIGUE VIGENTE?

    • @taxs
      @taxs 6 місяців тому

      Si. Este régimen se mantiene igual desde hace bastante tiempo, ni siquiera no se han preocupado en cambiar la reglamentación. El problema que la AFIP detecta en este rubro es que las empresas reciben los vehículos pero no los facturan. No hacen la compra al Consumidor Final y mucho menos la venta. Por eso, donde la AFIP pone el foco es en el control de los inventarios de estas empresas. Te fiscalizan el inventario, de cada vehículo que tengas en stock debes tenes que tener la compra bajo este régimen o el formulario electrónico de mandato/consignación. Si no tenes ninguno de los dos hacen el ajuste. Por eso donde más avanzaron es en el tema de los mandatos electrónicos.

    • @Crouwsito
      @Crouwsito 6 місяців тому

      @@taxs aplica igual si es una persona física? Osea sin que sea empresa, que compra y venda entre particulares y también que compre a veces a concesionarias y luego lo venda a particulares ?

    • @taxs
      @taxs 6 місяців тому

      @@Crouwsito Si, es igual. Tenes que tener la actividad no más, no importa si es una empresa unipersonal.

    • @Crouwsito
      @Crouwsito 6 місяців тому

      ​@@taxs cuando se compra o se vende el vehículo, ¿se debe estar registrado en algún otro lado más, además de afip e ingresos brutos?

    • @taxs
      @taxs 6 місяців тому

      @@Crouwsito Si vas a tener un local habilitado también debes tramitar en el municipio la habilitación y pagar la tasa de seguridad e higiene (dependiendo del municipio varía el nombre y los montos, aunque la mayoría ya está cobrando la tasa con % sobre ventas, con base similar en iibb). En ingresos brutos también tenes que ver si no hay algún régimen especial. Por ejemplo en corrientes, cuando vendes un usado que fue recibido como parte de pago de una venta de un 0km, la base imponible se determina por la diferencia de precio entre venta y precio al que lo recibiste (con una alícuota especial. Vas a necesitar el asesoramiento de un profesional. Esta actividad no podría entrar en el régimen simplificado por los valores en juego, así que a nivel nacional entrás en régimen general (IVA, Ganancias, Autónomo), provincial Ingresos Brutos (pudiendo tener que aplicar convenio multilateral) y en municipios (Tasa de Seguridad e Higiene, publicidad y propaganda si tenes carteles). Así es nuestro país, yo sólo soy el mensajero de las malas noticias.

  • @silediol
    @silediol 10 місяців тому

    Hola, mi pregunta seria: puede un habitualista de compra venta de bs usados a CF, hacer reparaciones sobre el bien y venderlo? Me hace ruido el tema de compra de repuestos nuevos para el bien usado que tb me genera CREDITO FISCAL, se adicional al CF oportunamente apropiado? Gracias

    • @taxs
      @taxs 10 місяців тому

      El régimen especial de los habitualistas lo único que cambia es el hecho de que permite el cómputo de un crédito fiscal que por las normas generales (art. 12) no sería computable. Esto es porque de lo contrario, al haberse cortado la cadena del IVA, el costo de los bienes usados sería muy alto ya que contendría el impuesto y sobre ese costo + IVA se volvería a calcular IVA. Sobre esa base, sería computable el crédito fiscal por la compra o reparación del bien usado. La DGI tiene unos dictámenes donde se trató el tema de la compra a un consumidor final de un bien que no funciona, en ese caso opinó que aún cuando no esté actualmente en funcionamiento para el consumidor final el régimen se aplica, así que indirectamente está reconociendo que el habitualista va a necesitar realizar erogaciones para poner en funcionamiento el bien a los fines de volver a venderlo.

  • @hugoabbas2011
    @hugoabbas2011 Рік тому

    hola me podrias responder una pregunta .yo vendi un celular a una empresa que me emitio un comprobante de compra de bienes usados no registrables .le tengo que facturar a ellos ? o ese comprobante me sirve para justificar la tranferencia a mi cuenta ?.soy monotributista pero el comprobante me lo hicieron a consumidor final

    • @taxs
      @taxs Рік тому

      No le tenes que facturar porque se duplicaría la operación. Si para vos era un bien de uso no hay problema, aunque hubiera estado afectado a tu actividad no se computa esa venta a los fines de determinar la categoría. Si para vos era un producto de reventa, cuando te categorices consideralo dentro de los ingresos auqnue no esté facturado. En este caso habría un problema porque no entraría en el régimen, pero otra vez no te preocupes, porque el problema es del comprador.

    • @hugoabbas2011
      @hugoabbas2011 Рік тому

      muchisimas gracias por la respuesta @@taxs era un bien de uso pero como mi contador siempre me dice que tengo que facturar todo lo que me inf¿gresa por transferencia en mi cuenta me genero la duda asi que me despreocupo del tema saludos y gracias

  • @natusvarela717
    @natusvarela717 Рік тому

    Muchas gracias por la explicación. Como se realiza el comprobante? Es a través de comprobantes en línea? Muchas gracias

    • @taxs
      @taxs 6 місяців тому

      No hay régimen electrónico para estas compras, va por imprenta

  • @olivaturri7171
    @olivaturri7171 2 роки тому

    Muy buena la explicación. ¡Gracias!

  • @Hunt4477
    @Hunt4477 2 роки тому

    Estimado una pregunta, este esquema sigue siendo aplicable en la actualidad?

    • @taxs
      @taxs 2 роки тому

      Así es, a pesar de la derogación de algunas cuestiones vinculadas con rentas financieras el esquema se mantiene ya que AFIP mantuvo dos aplicaciones para cargar cada una de las declaraciones juradas.

  • @lylacredito2037
    @lylacredito2037 2 роки тому

    Gracias por el video, Tenes alguna con la carga al aplicativo de Afip?

    • @taxs
      @taxs 6 місяців тому

      No, pero tenes dos campos especiales en el F2002. En crédito fiscal tenes separado el crédito que vas a comprar por estas adquisiciones a consumidores finales. Y en la solapa de dábito fiscal, tenes el campo para ajustar el CF en el caso de que al momento de la venta te de que te computaste más crédito que el correspondiente.

  • @patolunaval
    @patolunaval 2 роки тому

    Muchas gracias por esta clase!

  • @lucasjba1754
    @lucasjba1754 2 роки тому

    muy claro, poniendo ejemplos constantemente. Excelente!

  • @gabriellacout5868
    @gabriellacout5868 3 роки тому

    Buenas tardes Julio. Me gustó mucho su exposición y me dio un poco más de información. Igualmente sigo con algunas dudas. Actualmente estoy cursando una materia de la UBA y tengo un punto por resolver que me generó dudas. Una persona física residente de argentina vende un depto en 2019 el cual lo había adquirido en marzo de 2018. Que tratamiento debe hacerse en el impuesto a las ganancias? Correspondería aplicar impuesto celular?

    • @taxs
      @taxs 3 роки тому

      Si el inmueble fue adquirido a partir de 2018 y no se afectó como bien de uso a tercera corresponde el pago vía impuesto cedular. La ganancia se determina detrayendo al precio de venta, el costo actualizado por IPC desde la adquisición (para tu caso marzo 2018) hasta a la fecha de venta junto con todos los gastos necesarios de venta. Si se hubieran hecho inversiones al inmueble sería parte del costo por lo que se actualizan también desde la fecha de inversión.

    • @gabriellacout5868
      @gabriellacout5868 3 роки тому

      @@taxs muchas gracias julio. Me queda mucho más claro ahora

  • @jackelineleiva2210
    @jackelineleiva2210 3 роки тому

    excelente!!!!

  • @josephponce9703
    @josephponce9703 3 роки тому

    muchas gracias!

  • @francajacob761
    @francajacob761 3 роки тому

    Julio le consulto, se puede aplicar este régimen del art 23 de la ley de IVA para el caso de una SRL que construya un local o galpón en el terreno propiedad del socio para vender cosas muebles? Es decir la explotacion de la obra seria la venta de cosas muebles

  • @melisabaez8062
    @melisabaez8062 3 роки тому

    Es una ensalada, pero me gustó mucho cómo lo abordaste, gracias por compartirlo!!! Saludos ❤️

  • @ufacio2103
    @ufacio2103 4 роки тому

    La captura de Juan Carlos tomes gerra

  • @invertirconinteres
    @invertirconinteres 4 роки тому

    Muy bueno!!

  • @solobregon4935
    @solobregon4935 4 роки тому

    Excelente explicación del tratamiento de las horas extras! Gracias!

  • @susanalago4768
    @susanalago4768 5 років тому

    DUDA: si importo comprobantes generados por un software, tal como lo hacía en la RG 3685, quería saber qué informa en diferencias, en los motivos. Informa si faltan comprobantes, si sobran comprobantes o si hay diferencias de importe? Muchas gracias