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Proceso Penal Dr. Carlos Edwards
Argentina
Приєднався 15 лют 2016
Modificaciones Código Procesal Penal Santa Fe Parte XVII Ley 14258
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Gracias por la continuidad en los vídeos.
Claridad meridiana, Carlos.
Muchas gracias!!!
Esta modificacion me parece muy buena ya como abogada veo constantemente delito de usurpacion
Estas reformas atentan contra inviolabilidad de domicilio ...es totalmemte criticable como abogado deberemos saber atacan todo estas medidas..
En realidad la finalidad del informante todo es por plata todo esta información será controlada .seriamente..
Magnifica doctor su explicacion
Es tan agradable escuchar al Dr explicar con tanta claridad seguridad gracias. Dra villafañe
La prueba en el proceso penal es de suma importancia ya que sirve para determinar la verdad sobre los hechos en cuestión. Corto y conciso para los que deseamos aprender cada día mas. Muy buena información.
La prueba en el proceso penal es de suma importancia ya que sirve para determinar la verdad sobre los hechos en cuestión. Corto y conciso para los que deseamos aprender cada día mas.
La prueba en el proceso penal es de suma importancia ya que sirve para determinar la verdad sobre los hechos en cuestión. Corto y conciso para los que deseamos aprender cada día mas.
La prueba en el proceso penal es de suma importancia ya que sirve para determinar la verdad sobre los hechos en cuestión. Un resumen corto y conciso para los que deseamos aprender cada día mas.
Gracias Doc es un placer escuchar sus videos..... Que pena volver para atrás
Ķj
El nombre de mí abuelo está en un placa gigante en el consejo brillando para darme fuerzas. GRACIAS estimado por ponerme en mí lugar. FIN DE LA Revictimización.
PRIOR IN TEMPORE POTIER IN IURE, PACTA SUNT SERVANDA
Quiero desde su canal hacer Pública mí denuncia contra Cristian Fdel la cual es investigada por un fiscal sordo y el me robo todas las indicaciones del libro en libros míos firmados por autores doctor, me robo y sabe que el peronismo murió Doctor Se murió por su culpa y yo exijo Justicia y tengo todas las denuncias las pruebas por todos mis sentidos tengo todo doctor por soy muy prolija y yo me perteneci a la ROP y me fui partida pero mi hermosa Universidad se dio cuenta y lo hecho de su movimiento y se fue a Febo asoma y sabe que eso es magia doctor murió como el que defendió culpa suya un heavy metal quiere escribir un libro mío fantoche Mí libro se escribe con Laureles. Y sabe que estimado usted es más Idóneo en el tema de toda la República, usted defiendame y llévese los mejores honores y laureles y Doctor yo trabajo le pago me constituyó como Querellante pasiva por el respeto a mí Honor Doctor porque yo ando por la vida disfrazada de gestora ejerciendo la abogacía.
Doctor buenas Noches. Soy su alumna . Necesito su asesoría y representación penal en mí causa por favor dígame como llegar a usted . Gracias. Sus videos y su forma de transmitir el derecho no solo son didácticas entretenidas y apasionante. Lo Respeto enormemente . Le dejo mí legajo R-5473/9
Doc, buenas tardes, por el Informe 35/07 de la CIDH, no debe contemplarse la pena mínima? y no la maxima. (principio de inequivalencia), Gracias!
Si la pregunta es referida al sistema excarcelatorio de los códigos que responden a un sistema procesal mixto, la pauta de procedencia de la libertad provisional por una posible condena condicional, estaría contemplando el análisis sobre el mínimo de la escala penal del delito de que se trate, conforme el Informe de la CIDH.
@@procesopenaldr.carlosedwar5072 doc gracias por la respuesta, entonces la 35/07 la utilizamos para la libertad condicional, no para la prisión preventiva? Gracias doc. Rindo mañana procesal penal y son de mucha ayuda sus videos.
Para la condena de ejecución condicional (art. 26 Código Penal Argentina), no para la libertad condicional; siempre la posibilidad de que la pena en expectativa sea de ejecución condicional debe analizarse para decidir la procedencia o no de la prisión preventiva; en qué facultad rendís?
@@procesopenaldr.carlosedwar5072 Hola Doc, UBA derecho, aprobé el parcial, no entendía las diferencias y su video y respuestas fueron fundamentales para entender el instituto. Gracias
Gracias Doc. Excelentes videos!
Gracias doctor
Soy estudiante de Procuraduría, y mi duda es Dr. que, nos enseñaron los Sistemas: Dispositivos o Inquisitivo - Acusatorio (mixto)- por eso me quedan dudas.. por la manera que no dieron.. y no como Sistema Inquisitivo, Mixto y Acusatorio..
No sé porque insiste tanto en su derecho a la defensa, en el juicio ya va a tener la oportunidad de defenderse, y que pasa si el querellado tampoco se presenta al juicio?
excelente, gracias!
Hola Doctor, la primera etapa es investigatoria. luego una seguna etapa es cuando el fiscal pide pruebas. la tercera etapa es cuando el caso va a juicio oral. la cuarta es cuando va a camara. ¿es asi? saludos.
En tal caso en primera etapa, el fiscal puede desestimar la causa si corresponde y, si el fiscal pide pruebas, es porque hay dudas (segunda etapa).; luego va (segun lo que impone el fiscal,) va a juicio oral (tercera etapa).
El proceso penal se divide en dos etapas fundamentales: la etapa preparatoria, que tiene por finalidad recopilar evidencias que acrediten o no la comisión de un delito y que éste pueda ser imputado o no a una persona, y la etapa del juicio propiamente dicho, que comprende la audiencia de debate oral y público. Dentro de la primera etapa ubicamos la fase o etapa intermedia, en la cual el fiscal decidirá si acusa o no.
MUY BUENA EXPLICACIÓN DR. GRACIAS!!
Muchas gracias! Clarísima la explicación
Gracias por la explicación !!!!! Muy claro
Excelente todo!
Gracias doctor por sus explicaciones, siempre muy claras y muy entretenido oirlo hablar!
Muchas gracias!!!
Gracias doctor por compartir su conocimiento, muy claro!!
Muchas gracias doctor, excelente explicación!!
Ent8endo a la perfección gracias !!
Ese es el problema que mi hija tiene ese problema que su expareja se esconde después de la orden de captura debido a la falta de pago de manuntencion alimentaria. Que hacer según la ley.
Hola Dr no entendì dice usted :odisis putativa ,altura del video 8:45 ,contemplado en la garantía.Desconozco el termino y significado.
Hola disculpa tengo una consulta, vivo en Estados Unidos y en el 2014 viaje a colombia a un apartamento donde estaba viviendo una hija de mi padre y la pareja, un día estaba durmiendo en mi habitación, y la pareja de la hija de mi papá me dijo que abriera que mi papá quería hablar conmigo en el teléfono apenas abrí la chapa salí volando hacia una mesa de noche de metal y 4 indigentes me cayeron ensima y me amarraron los brazos y las piernas y me desvistieron, y me metieron ala fuerza a un carro en la noche, y me empezaron a pegar me maltrataron y me metieron en lugar privándome de mi libertad por un mes recibiendo todo tipo de humillación, y viviendo de la peor manera, tengo testigos reales que vieron y pueden afirmar que lo digo es cierto,, y hay varias personas involucradas,, eso me trajo problemas financieros, problemas psicológicos, y problemas físicos,,, nunca denuncié porque me rompí un pie a causa de esquisofrenia que me dio y pues estuve mucho tiempo recuperando…… usted que cree que debo hacer primero? El abras corpus según lo que ley dice que lo puedo usar así haya pasado mucho tiempo o estoy mal ?? Porfavor ayúdeme??
Muy bueno Doc,simple y claro para estudiar la materia!! Muchas gracias!
Que es un juez imparcial
Un juez que no se deja llevar por intereses ajenos al proceso
Hoy aprobé la materia! Gracias por los videos profe
Felicitaciones y éxito profesional!!!
Cuando el fiscal no encuentra ninguna prueba pero aún así hay audiencia de acusación que puede hacer la defensa
excelente
Excelente explicando!!
Muchas gracias por el video Dr.
super
Una explicación muy clarita. Gracias
Doc una consulta,el podría esplicar el principio de preclucion no lo entiendo bien, .muy bueno sus videos y gracias 👍🏻
Perdón le dieron un abreviado
Dr si a mi hijo le dieron 5 año como mínimo cuanto debería cumplir?
Tremendo canal, muy bueno!
Que bien que explica!!!...ponía en pausa a cada rato para procesar tanta info va rapido!!!
Muchas gracias!!!
@@procesopenaldr.carlosedwar5072 cuanles son las características fundamentales del sistema acusatorio y adversarial
8:45 etapa de juicio
Estoy transitando un juicio oral y público, soy querellante y esto me sirvió para entender el sistema. Muchas gracias.
Me alegra haberte sido útil!!!