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Erika Paola Torres Aguirre
Приєднався 25 бер 2020
Colombia. Abogada. Magíster en Derecho Laboral y de la Seguridad Social. Docente Universitaria.
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Profe la amo, se entendió todo muy claro.👏
No entendí profe, que hago para pasar la materia
Magistral esa clase!!!
DIOS MIO QUE CULOTE!
¿y si el salario está comprendido por un básico más comisiones por ventas solo se le aplica sobre el básico?
Según el articulo 192 numera 2 del Código sustantivo de Trabajo dice "2. Cuando el salario sea variable las vacaciones se liquidaran con el promedio de lo devengado por el trabajador en el año inmediatamente anterior a la fecha en que se concedan." según este articulo toca sacar el promedio de la remuneración en un periodo de 12 meses para liquidar las vacaciones, pero ojo que no todo los pagos constituye salario, en conclusión en principio las comisiones si se deben liquidar, pero aún así es recomendable que un abogado te haga la liquidación ya que no todo constituye salario.
Que pasó en la liquidación con el concepto de vacaciones?
No es una presentación social, se encuentra explicado en otro video específico de liquidación de vacaciones
No es una presentación social, se encuentra explicado en otro video, de liquidación de vacaciones
hola no son 4 mese completos ya que el ingreso el 10/10/2019 y la fecha de la liquidacion de las vacaciones es 31/01/2020 seria 111 dias. serias los (900.000*111)/720= 138.750 el valor de las vacaciones a pagar.
Mira más videos de la liquidadcion de prestaciones y vas a comprender por q se cancela por 30 dias ya sea q febrero tenga 28 o 29 dias o los dias que no estan completos
Como en este ejemplo
En temas jurídicos laborales las semanas se cuenta por 7 días, todos los meses por 30 días y los años por 360 días.
Saludos, en el segundo ejercicio habría que tener en cuenta en los intereses de cesantías que al sacar el calculo de cesantías 2019 el auxilio de transporte es diferente al del 2020 con el que se realizo la formula, este valor se tomaría solo para el calculo de cesantías 2020; lo que cambia el resultado del ejercicio.
Quiero aprender cuando llegue a la clase quiero tenerlo claro
Profe no entiendo lo que está explicando cómo
Profe yo estoy con eso pero concepto hasta ahora
*Me haces falta* 🌹 ❤🔥 🌹
hola ,disculpa , tengo una duda , para el disfrute de las vacaciones se le liquida sobre el ultimo salario , sin importar si este tuvo diferentes descuentos ?
La liquidación es con el salario básico, antes de descuentos
Hola y cómo hallo el valor de las extras en total de un horario nocturno... despues de 9pm a 6 am ¡ te agradezco!
Depende del caso concreto, hay consultorios jurídicos que hacen ese tipo de liquidaciones
Hola una pregunta Cuando me líquiden , descontarán de mi liquidación la cesantía si la retiro.. gracias
Si las cesantías están en el fondo, es comprensible que no se tenga en cuenta en la liquidación este factor, sino únicamente lo que no se haya consignado
@@erikapaolatorresaguirre5428 gracias de nuevo
Hola, una pregunta, el año no son 365 días?
Buen día, el año calendario si, pero como se está liquidando se toma la regla contable de meses 30 y años 360
@@erikapaolatorresaguirre5428 muchas gracias 😊
Hola buenas tardes quiero q m colabores en este caso. Soy venezolana y trabajo con mi pareja y mis hijos en una finca y nos pagan 600mil pesos mensual cuanto seria nuestra liquidación x 10meses d trabajo
Hola me puedes ayudar a calcular mi liquidaccion
Hoja trabajo 4 dias de 12 horas y 4 dias de franco , cobramos un plus de compensado , la pregunta es si por alguna razón trabajo mis 4 días de franco , me corresponde cobrar el franco compensatorio ya que estoy trabajando 12 días corridos de 12 horas ?? Repito, cobramos un adicional de compensado por mes fijo . Desde ya muchas gracias
Perdón, no sé a qué hace referencia frente al franco?
Gracias por responder, los francos son dias de descanso es decir cuando una persona trabaja de lunes viernes los dias de descanso son sabado y domingo, en mi caso trabajamos 4 dias de 12 horas y descansamos 4 dias , en tema es cuando por razones particulares tambien trabajamos los dias de descanso donde en ente caso estariamos trabajando 12 dias consecutivos y no se si nos corresponde cobrar el dominical . Gracias
@@ruffololuis entiendo, aquí en Colombia la legislación distingue cuando se trabaja en días de descanso habitualmente o excepcionalmente, reconociendo pago con recargo y/o descanso compensatorio. En mi concepto se puede acordar con el trabajador que les beneficia más, si el descanso compensatorio o el pago con recargo, teniendo en cuenta que se debe buscar el descanso para reponer energías
Muchas Gracias por su respuesta, Mi saludos desde Argentina
hola, yo quiero saber como liquidar primas de servicios con sueldos catorcenales variables, por ejemplo los trabajadores bananeros se les paga por catorcenal y el sueldo es muy variado.
@Erika Paola Torres Aguirre Buenos dias señora Erica, tengo una pregunta, yo laboro para una empresa con contrato por obra o labor, he laborado festivos y solo me pagan 26mil que corresponde al 0.75 de un dia laborado Tengo entendido que lo correcto seria un dia normal 35mil que es el valor de un dia mas los 26mil de recargo, segun he averiguado con los de recursos humanos y dicen que ese tipo de contrato cuando se labora un festivo solo se paga el recargo, es correcto esa explicacion?? muchas gracias
Buena noche, tengo claro el pago de los domingos, pero de los festivos no... Yo los trabajo todos Como les deben pagar? Tengo derecho a un compensatorio?
Buen día, pues si hay compensatorio no hay derecho al recargo, de todas formas si se trabajan y no se descansan, se tienen las mismas reglas del pago dominical
No me quedó claro si trabajo un domingo 8 horas pero no me dan el compensatorio, como se liquida, igual como si pidiera un dia de descanso
En mi opinión se debe cancelar 1,75 por cada hora laborada en el domingo, siempre y cuando no haya tenido el descanso compensatorio
Hola, quiero saber si recargos nocturnos uno lo puede elegir como trabajo permanente trabajando en la noche. Por ejemplo si me contrataron en un trabajo que tiene unos horarios diurnos pero a la ves la oferta cuenta con recargos nortunos, entonces les puedo decir a mis jefes que si me pueden cambiar a la noche mejor o no?
Claro que sí, es elección entre las partes, supongo que la oferta es atractiva porque el salario es mayor.
Bella profe
Quiero poner mi renuncia inmediato cuanto sera mi liquidación si soy maestra de primaria con un salario básico de 8500 Córdoba con 27 años de laborar son nicaragüense
Buen día, los anteriores ejercicios son aplicados con las normas laborales colombianas, lo mejor es la asesoría personalizada con un abogado laboral de su país. Muchas gracias por ver el video.
Profesora en el 1er Ejercicio sino estoy equivocado faltó el cálculo de las vacaciones y un día de Salario respecto al día 16 de Septiembre del 2.019. y en el 2ndo Ejercicio faltó igualmente el cálculo de vacaciones y 5 días de salario de la 2nda quincena del mes de Marzo 2.020, si estoy equivocado corrijame por favor!
Disculpa una pregunta, en toda liquidación se debe incluir el subsidio de transporte, o en los casos de prestación de servicios como prima o cesantias
Buen día, si el trabajador tiene derecho al auxilio de transporte, para liquidar prestaciones sociales sí. Por otro lado, si se habla de prestación de servicios, se entiende que no es contrato de trabajo, al menos que tenga contrato realidad, por lo que no se aplica lo aquí reseñado
@@erikapaolatorresaguirre5428 bueno en mi caso, soy conserje en un edificio ganó más del mínimo, pero cuando nos liquidan no nos incluye el auxilio de transporte dentro de liquidación solo el salario mínimo y ya
@@adminirador11 frente a la liquidación de prestaciones sociales, si debe tenerse en cuenta el auxilio de transporte para aquellos que por ley lo reciben.
Hermosa
Buen día profesora Erika, Es bastante útil el material que comparte para microempresarios y emprendedores. Ha compartido en alguno de sus videos información acerca de trabajadores con jornada laboral inferior a la máxima legal: Trabajadores de Jornada Incompleta? ¿O modalidad de contratos por horas o días, si es que lo hay?
No, en este momento no habría algo de este tema, sin embargo, puede que sirve algo cuando explique Jornadas de Trabajo, que será en uno o dos meses
En verdad me encanta tus clases 😊.
Hola una pregunta las cesantias son diferentes a la liquidación normal ????
En la liquidación se debe incluir valores como las cesantías, de ahí que cuando hablamos de liquidación hacemos referencia al pago que debe hacer el empleador al finalizar el contrato de trabajo, y en ellas están todas las prestaciones sociales. Por otro lado, son los pagos que se deben hacer frente a las prestaciones durante la ejecución del contrato, cuya explicación están en otras clases
@@erikapaolatorresaguirre5428 Gracias :)
Que mal la explicación.
Buen día, por suerte hay otros vídeos en los que te puedes guiar.
Hola Doctora Erika; espero se encuentre muy bien. Te quería contarle que: Mi caso no es de 100 millones hacia arriba; pero si de casi 10 millones; "lo digo porque usted no quiso conger mi caso" me digo que si acaso eran por ahí 400 mil pesos, si, mucho;. Yo deseaba que tu fueras mi abogada;. Independientemente de los hechos me pareces una tesa. Saludo.
Hola, buen día, nosotros no aceptamos procesos por la cuantía de aquel, sino que le ponemos de presente al cliente el sometimiento a un proceso judicial, y además el acercamiento del cliente con sus abogados, por lo tanto, no tener un acercamiento directo con nosotros hace complicada la gestión, además de los gastos adicionales por desplazamiento. Es decir, es un proceso costoso para el trabajador, siempre procuramos el beneficio del cliente, por encima del nuestro
Muchas gracias por la explicación :D ....Solo tengo una duda que al parecer sería algo boba pero por confirmar. Si un trabajador en su quincena labora sus 15 días, es decir dentro de sus 15 días trabajó un domingo (8 horas siempre). La liquidación correcta sería (opción A) 14 días (30.284 día) + el domingo (52.993) ¿Si? .... porque tengo el caso de que (opción B) a un trabajador se le pagaron 15 días normales (30.284) y adicional a eso el dominical por valor 52.993, pero para mi esta última estaría mal dado que es como si le estuvieran pagando dos domingos, uno ordinario y otro con recargo ¿no? (tratándose del mismo día, es decir un solo día) ..... uf si me pudieras aclarar esa dudita por favor
La opción sería la b, porque el pago que se hace el domingo es de descanso y está incluido en el salario, como no lo descansó se debe hacer el pago adicional. Aunque también es de interpretación, pero yo me voy por esa corriente
Buenas tardes como hago con las comisiones agradezco su respuesta
Hay que observar las reglas de los factores que constituyen salario, y al momento de hacer la liquidación se tiene en cuenta eso también como salario
Creo que si ella hubiese sido mi maestra de la universidad, seria el mejor de la clase.
👏🏻👏🏻💐👍🏻✍️
erika hola.llevo 65 dias en una empresa de construccion y no me quieren dar lo q llevo en prima argumentando q es en la.liquidacion.yo gano el minimo y tengo entendido q la prima es independiente de liquidacion.porfa aclarame esa.parte
La liquidación es el pago que se hace al finalizar el contrato, pero dentro de la vigencia del contrato de trabajo hay unos pagos que deben hacerse, entre ellos, el de las prestaciones sociales, como prima, cesantías e intereses sobre las cesantías. De todas formas a la terminación del contrato se deben cancelar todas las acreencias, so pena de sanciones al empleador
la liquidación de vacaciones se cancela cuando el empleado sale a su respectiva vacaciones o cuando termina el contrato laboral o en ambos casos, me pueden dar claridad, gracias
En ambos casos se realiza la liquidación para saber cuánto se debe pagar al trabajador por este concepto
Erika buenas noches, espero se encuentre muy bien. Tengo una duda que me gustaría pudiera ayudarme a resolver. (En la situación especifica en que una persona devengue un SMLV en el año 2020 en Colombia, y labore 48 horas de lunes a sábado. Por ley tiene derecho a su descanso dominical remunerado) Pero si esta persona labora 8 horas el domingo en el cual ya tenia derecho a su remuneración de descanso [se le pagaría $29.260 de su descanso remunerado al que ya tenia derecho + $51.205 de las 8 horas trabajadas del domingo siendo $6.400 el precio de cada una de las horas dominicales = para un total de $80.465 por su descanso remunerado y las 8 horas laboradas en domingo] o [se pagaría $29.260 de su descanso remunerado al que ya tenia derecho + $21.945 del recargo de 75% sobre el día ordinario = para un total de $51.205 por su descanso remunerado y las 8 horas laboradas en domingo]. Agradecido infinitamente si pudiera responderme a esta gran duda que no me ha permitido conciliar el sueño. Muchas gracias.
Buen día, hay que tener en cuenta si la labor del domingo es habitual o excepcional, pues si es excepcional tendrá derecho a un descanso o el pago especial, pero si es habitual, tengo la teoría que se debe para el descanso y además el pago adicional o especial con recargo
@@erikapaolatorresaguirre5428 Gracias por su respuesta, bendiciones.
A mi me retuvieron mi liquidación 2 meses y aparte de eso no me liquidaron lo correspondiente con mi tiempo laborado
Si efectivamente se le deben dineros de salarios o prestaciones sociales habría que revisar el tema de la sanción moratoria del art. 65 del código sustantivo del trabajo, pero habría que revisar el caso concreto
Buena
Buena
he visto uno que otro video y me han servido muchisimo, tan solo termine semestre me pongo juicioso a estudiar los videos en orden.
BUEN DÍA!!! En el caso de los trabajadores que son habituales, se podría entender que a la persona se le pagaría 2.75? Es decir, el 1 que hace referencia al día de descanso + el recargo que sería el 1.75
Así es, pero en este video lo hago por separado, 1.75+1.00 para que los chicos de derecho, se den cuenta de donde sale. Otra cosa es el descanso... Aquí hay que tener en cuenta que el empleador sigue con la obligación de reconocer el descanso, más cuando se trate de trabajo en días de descanso habitual
Buenas tardes.doctora yo trabajo en seguridad.12 horas de día y 12 horas de noche ahí como se hace.incluye domingos y festivos y me pagan $1180.000, eso está bien?
Buen día, cada caso es concreto, y habría que evaluarlo con calma y detalle
*_Muy buenos dias Doctora Erika; me estába preguntando si los títulos de los videos se pudiera colocarse de acuerdo a los temas tratados: por ejemplo en este video derecho labor colectivo, charla sobre los sindicatos_*
Muy buena sugerencia, muchas gracias, el título se ha dispuesto más que todo para la clase que no ha podido asistir el estudiante por distintas razones
Buena
Muy bien y claro
Señorita por que se liquida sobre 720 y no 360. me podría explicar
Se líquida vacaciones sobre 720, porque el trabajador tiene derecho al pago de 15 días por cada año laborado
👏🏻👏🏻👏🏻👏🏻👍🏻✍️ gracias a ambos también tenia la misma inquietud. 😅😂👍🏻😎🤓😁