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КОМЕНТАРІ

  • @esperanzalara2540
    @esperanzalara2540 Місяць тому

    Y se pueden hacer declaraciones y facturas?

  • @teresareyes8922
    @teresareyes8922 Місяць тому

    Mi eaposo fallecio en el 2021 y al momeno iy me pagan el afore e retienen impuesto sobre la renta,

  • @Sophie-ce1by
    @Sophie-ce1by 2 місяці тому

    Maravillosa la explicación 😊

  • @carlospalma4090
    @carlospalma4090 2 місяці тому

    Pues al menos a mí no me pudo arreglar PRODECON que me rregresara el 20 por ciento sobre la renta de impuestos mi AFORE INVERCAP soy de LEON GTO. mi nombre es JUAN CARLOS PALMA MORENO no se alaben tanto la AFORE no me quiso entregar ni constancia de lo que me entrego cuando me pensiones asé cuatro años

  • @Lucero3medina
    @Lucero3medina 2 місяці тому

    No le crean porque habla mucho y a la mera hora todo lo hace mal, debería retirarse ya su edad no le ayuda

  • @Lucero3medina
    @Lucero3medina 2 місяці тому

    Usted no hizo la demanda de Ficrea correctamente y nos dejó fuera de poder recuperar los ahorros de los ahorradores de Ficrea, es un fantoche y mentiroso hizo un trabajo espantoso, presumiendo que usted había hecho una ley que protegía y que iba hacer que los ahorradores de Ficrea recuperaran sus ahorros, da pena

  • @PatySan71
    @PatySan71 3 місяці тому

    Saludos. Para entrar al visor de nóminas los trabajadores necesitan su contraseña de acceso y la mayoría de los trabajadores NO la tienen... Por eso no podían tener su CSF y tenían que ir al SAT a pedirla

  • @PatySan71
    @PatySan71 3 місяці тому

    Saludos CP Rosita 😊

  • @marianorodriguez6100
    @marianorodriguez6100 3 місяці тому

    Yo a finales de este 2024 empiezo hacer mi trámite de pensión y estoy tomando nota

  • @PedroYurielSalasMendez
    @PedroYurielSalasMendez 3 місяці тому

    Si im emplador me da vales de despensa $521.20 quincenales se toma en cuenta como parte de mi salario para saber si rebaso o no el topo de los $9081

  • @guadalupemartinez519
    @guadalupemartinez519 4 місяці тому

    Muchas gracias!! Por toda la información de gran utilidad y siempre oportuna.

  • @guadalupemartinez519
    @guadalupemartinez519 4 місяці тому

    Buenas tardes!! Disculpen su cuenta de X esta temporalmente restringida, saludos cordiales!!

    • @RosyS2024
      @RosyS2024 4 місяці тому

      Hola Lupita Ya debe estar funcionando correctamente nuestra cuenta de X ¿Nos avisas cualquier contratiempo?

  • @rosariotonix5120
    @rosariotonix5120 4 місяці тому

    buen dia¡¡ yo tengo una duda, la pension garantizada, quien puede obtenerla??

  • @gustavocruzmaya8201
    @gustavocruzmaya8201 4 місяці тому

    Magistral como siempre licenciada muchas, muchas gtacias.

  • @juanyahuitl3986
    @juanyahuitl3986 4 місяці тому

    PUES VOTAREMOS POR XOCHIT, NECESITAMOS QUE HAYA UN EQUILIBRIO EN NUESTRO MEXICO. NECESITAN MEJORAR LAS COSAS, ENTRE ELLO LOS IMPUESTOS. QUE REGRESE EL RIF, COMBINADO CON EL RESICO.

  • @gabrielaileanabarrosollane7582
    @gabrielaileanabarrosollane7582 4 місяці тому

    Hola buenas días lic. He realizado la conciliación de factura y el proveedor ni con la solicitud de sat, la emite o corrije, el sat envía correo diciendo que lo turna a otra aérea para que lo valore y ahí se queda, no hay apoyo en mi experiencia ahí queda.

  • @m.c.napoleoncarrillo1361
    @m.c.napoleoncarrillo1361 5 місяців тому

    si un trabajador contrata la pensión mínima garantizada y retira el excedente(que podría contratar una renta vitalicia mas alta ) ,y ganaba un salario mayor a las 17000, si aplica para el fondo del bienestar? para que le paguen la diferencia de la pensión mínima por medio del fondo del bienestar

  • @anagabrielaosoriohernandez7085
    @anagabrielaosoriohernandez7085 5 місяців тому

    Gracias CP bendiciones de Tlaxcala ❤

  • @brianab1280
    @brianab1280 5 місяців тому

    Muy buena exposición, felicitaciones, puedo hacerle una consulta ? Como la puedo localizar? Gracias

    • @RosyS2024
      @RosyS2024 5 місяців тому

      Muchas gracias por la confianza Nos pueden encontrar en el correo que menciona nuestro productor en la introducción para los regalos, o también en el número que aparece en las láminas, por favor

  • @melld2108
    @melld2108 5 місяців тому

    Si bien el decreto de marzo del 2015, efectivamente no modifica los años de permanencia en el RIF, que son por ley 10 años, sí menciona que "se tomará como primer año de TRIBUTACIÓN, el segundo año en que se aplique el 100% de reducción..." Ese segundo año era 2015. No se modifican los años de permanencia en el Rif, en efecto, pero si se toma el 2015 como año de inicio, el RIF se terminaría a finales del 2024 para los que iniciaron en el año 2014, es decir, el año 2024 seria el año 10.

  • @elizabethortega651
    @elizabethortega651 5 місяців тому

    Inicie en el RIF el 01 de enero de 2014, sin embargo al iniciar el cuestionario de actualización de actividades económicas para hacer el cambio de RIF a RESICO el sistema en automático me avisa: "ESTIMADO CONTRIBUYENTE, TE INFORMAMOS QUE NO PUEDES TRIBUTAR EN EL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA, YA QUE CUENTAS CON CARACTERISTICAS FISCALES QUE NO SON COMPATIBLES CON ESTE RÉGIMEN", no hice caso y seguí llenando mi información referente a mis actividades por las cuales percibo un ingreso, y al tener acceso a la vista preliminar de mi cuestionario, el sistema del sat no me arroja la baja del RIF ni el alta al nuevo régimen del RESICO, por lo que cancelé la operación, esta actualización de actividades intenté hacerla hoy 14 de mayo de 2024, y por eso llegué a este interesante video, ojalá me pudieran por favor comentar si han tenido algún caso parecido, de antemano gracias

  • @leonellc3095
    @leonellc3095 5 місяців тому

    MUCHAS FELICIDADES LIC. EVITA!!! Gracias por poner en evidencia a Funcionarios Mentirosos de éste Gobierno. La política de este gobierno han sido las mentiras durante Todo el Sexenio, Puras promesas fantásticas y resultados a medias ( cuando hay resultados) Gracias por defender la verdad y los hechos reales y no las promesas demagógicas de las que ya tuvimos muchas durante todo este triste sexenio. El Gremio de Contadores Públicos llevamos 6 años viendo como se empobrece la población y se abusa de los derechos de los Contribuyentes. Gracias Licenciada, por que nos empuja a defender lo correcto, y la verdad.

  • @taideponceavilaponce4665
    @taideponceavilaponce4665 5 місяців тому

    Por favor orienteme, qué hago?

  • @taideponceavilaponce4665
    @taideponceavilaponce4665 5 місяців тому

    Buenas noches, una pregunta, presente mi declaración correspondiente al mes de marzo 2024 fuera de tiempo, la presenté el 4 de mayo, pero ya por la noche, así que la pagué hasta el día lunes 6 de mayo, pero antes de ir a pagar llegaron las autoridades de finanzas del Estado y me notificaron una multa por no presentar mi declaración del mes de marzo 2024. Mi pregunta es: tengo la posibilidad de solicitar la reducción de la multa de acuerdo al artículo 74 CFF o tengo que pagar la multa?

  • @yzahdezt1276
    @yzahdezt1276 5 місяців тому

    Excelente exposición. Gracias ✌️

  • @yzahdezt1276
    @yzahdezt1276 5 місяців тому

    Muchas gracias.

  • @BetuelOrtiz
    @BetuelOrtiz 5 місяців тому

    Si alguien gana el salario mínimo, se le tendrá que hacer retención de ISR?

    • @ulissescortesramos4843
      @ulissescortesramos4843 5 місяців тому

      No, por ley no se le hace calculo a los trabajadores que ganen el salario mínimo.

  • @LennarthAnaya
    @LennarthAnaya 5 місяців тому

    ¡todavía no tiene la banda presidencial y Xóchitl Gálvez ya empezó a cumplir sus propuestas!!!

  • @patriciadeltorogonzalez3834
    @patriciadeltorogonzalez3834 5 місяців тому

    Licenciada es usted máster de su materia me dio una información fiable y que me ayudó a tomar desciciones

  • @teresacordova8604
    @teresacordova8604 5 місяців тому

    Muchas gracias por su clara y excelente explicación ❤❤❤

  • @mariaeugeniacuevas4578
    @mariaeugeniacuevas4578 5 місяців тому

    Excelente exposición, muchas gracias

  • @javierrodriguez7222
    @javierrodriguez7222 6 місяців тому

    muchas gracias por la información

    • @RosyS2024
      @RosyS2024 6 місяців тому

      Gracias a ti por escucharnos y por la confianza

  • @aliciaferruzca1475
    @aliciaferruzca1475 6 місяців тому

    HOLA, UNA PREGUNTA: LOS QUE ESTABAMOS EN EL 2023 EN EL REGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL Y AHORA PASAMOS A RESICO NO PODEMOS TENER SALDO A FAVOR? AGRADECERIA SU RESPUESTA

  • @Xavier6580
    @Xavier6580 6 місяців тому

    Gracias por tú plática. Pero tengo una duda. Estamos en abril y aún continuó en RIF . Ingrese el 1 de enero del 2014. ¿Las facturas que emití en éste año siguen vigentes sí me cambio a Resico?

  • @alma9333
    @alma9333 6 місяців тому

    Una duda . Soy profesionista y al momento de hacer mi declaración anual me aparece una cantidad en retenciones de ISR y yo no le trabajé a ninguna persona moral en 2023 . Pero no me deja editar en esa parte . Tengo saldo a favor por esa cuestión , pero es totalmente incorrecto . Debería salir saldo en cero . ¿ qué se puede hacer ?

    • @RosyS2024
      @RosyS2024 6 місяців тому

      Hola No se puede editar, pero se puede borrar Es altamente recomendable que reportes esa situación al SAT a través del apartado SOLICITUDES DE CONCILIACIÓN DE FACTURA Gracias por la confianza

    • @alma9333
      @alma9333 6 місяців тому

      @@RosyS2024 hola. muchas gracias por la respuesta, eso hice pero me piden datos que dsconozco como el dato del retenedor, obviamente no lo tengo ya que no di ninguna fact a persona moral, escribi al chat del sat y me dijeron que buscara en emision de facturas dentro del sat .. pero no encontre nada, es exactamente lo que tengo en mi registro de facturas. entonces me sugirieron que escribiera a un apartado de orientacion de sat. nunca me habia pasado. me preocupa que falta poco para que se venza el tiempo limite para enviar la declaración. espero obtener respuesta rápida . no se si haya un eror en la aplicación, pero urge una solución.

    • @RosyS2024
      @RosyS2024 5 місяців тому

      Sí no reconoces ningun importe como asalariado se podría eliminar esa obligación desde Perfil y presentar la denuncia ante el Sat para indicarle que no reconoces a ese empleador Y también revisar cuáles son las obligaciones que se tienen registradas ante el RFC, para no caer en omisión Saludos

    • @alma9333
      @alma9333 5 місяців тому

      @@RosyS2024 hola. no soy asalariada, sino trabajo como profesionista independiente en area medica y el unico problema que tengo es retenciones de isr , ya que no expedi ninguna factura a personas morales. y no me deja editar nada de esa parte. no se como hacer para que el formulario no aparezca precargado

  • @mariaeugeniacuevas4578
    @mariaeugeniacuevas4578 6 місяців тому

    Muchas gracias Evita, excelente como siempre.

  • @luisleopoldomayaespinosa1323
    @luisleopoldomayaespinosa1323 6 місяців тому

    Un abrazo amigo!!!!! Excelente labor que haces!!!!

  • @mariaeugeniacuevas4578
    @mariaeugeniacuevas4578 6 місяців тому

    Buenas noches, mil gracias, ¿el SAT puede cancelar el RFC a un extranjero nacionalizado y pensionado que vive en el extranjero?

    • @RosyS2024
      @RosyS2024 6 місяців тому

      La autoridad tiene la facultad de actualizar las actividades económicas y obligaciones de un contribuyente, conforme al artículo 29 del CFF. Correspondería al propio contribuyente actualizar su estatus fiscal ante la autoridad, incluyendo el cambio de domicilio fiscal. Gracias por la confianza.

  • @ozzavalaasesores-ll3re
    @ozzavalaasesores-ll3re 6 місяців тому

    Excelente exposición .Felicidades

  • @Conta...Contacto
    @Conta...Contacto 6 місяців тому

    Saludos CP Jesús Hernandez 😊

  • @DR3Ulises
    @DR3Ulises 6 місяців тому

    Muchas gracias

  • @MEGAJCBV
    @MEGAJCBV 6 місяців тому

    El párrafo 2 del art. 1 del decreto si habla de permanencia, no lo dice literalmente, pero para eso se hizo, sino solamente hubieran hecho el primer párrafo y con eso estaríamos en sintonía con el SAT sin problemas, solo era aplicar el 100% en EL SEGUNDO AÑO, y todos el al terminar 2023 sabríamos que terminó nuestra permanencia en RIF y obviamente tomando como algo normal que llegó solo hasta el 20% de reducción, y todos hubieran hecho el cambio, por que el decreto es claro, y el segundo parrado del art 1 del decreto es para ajustar la tabla volviéndola a utilizar así como está iniciando 2015 tomándolo como primer año de tributación y la tabla terminar en 2024. El SAT no se esta basando en del decreto, su confusión esta en la regla 3.13.3 miscelánea fiscal 2016 misma que no quiso dar a conocer para que nadie aclarara por ahí.

  • @MEGAJCBV
    @MEGAJCBV 6 місяців тому

    El 20 de marzo del 2024 le marqué al personal del SAT y por fin alguien me dio algo más de información, y ya se en que parte es en la que se está confundiendo el SAT en la problemática del RIF 2014, me dieron como referencia la regla 3.13.3 de la resolución miscelánea del 2016, último y penúltimo párrafo, ellos confundieron el último párrafo y por eso mal aplicaron el penúltimo párrafo, y están tercos porque ellos piensan que el último párrafo dice que el penúltimo solo está hablando para la aplicación de las reducciones, pero no es así, en realidad el último párrafo hace referencia a las 2 tablas de porcentajes de reducción de que se está hablando en el párrafo penúltimo con motivo por si hay alguna otra tabla igual por ejemplo la del RISS (Régimen de incorporación a la seguridad social), que también salió mediante decreto y da beneficios de reducción que van disminuyendo al pasar de 10 años y es muy similar a las anteriores a base decreto, así que en el último párrafo solo hace énfasis solo de las 2 tablas que se aplicarán de nuevo desde el principio en 2015 al considerarse como primer año de tributación y así terminar en 2024 (Tabla ISR RIF y tabla IVA,IEPS RIF, y así para no aplicar este beneficio a otra tabla similar por estar tributando en el RIF, el SAT no está cumpliendo con informar a las personas, si nos hubieran dicho de donde se estaban basando ellos, desde hace tiempo los contribuyentes hubieran podido meter sus aclaraciones desde ahí, ya que ahí es donde se confundió personal del SAT y por eso no respeta aunque le mencionemos del decreto del 11-03-2015, (EN LA REGLA EL ULTIMO PARRAFO NO ALTERA AL PENULTUMO, SOLO ES UN ENFASIS DE CUALES TABLAS SE ESTA HABLANDO) ojalá lo analicen, un error lo comete cualquiera especialmente en estos temas tributarios que son tan complejos y nos arreglen rápido los portales antes que termine el mes y que el contribuyente siga avanzando.

  • @juanyahuitl3986
    @juanyahuitl3986 6 місяців тому

    A ESTA FECHA 26 DE MARZO 2024. EL SISTEMA ME PERMITIO HACER EL CAMBIO CON FECHA 1 ENERO 2024.

  • @susanamartinez8490
    @susanamartinez8490 6 місяців тому

    GRACIAS POR EL VIDEO. A MI ME LLEGO LA NOTIFICACION EL 13 DE MARZO. ESTUVE HABLANDO VARIAS VECES AL SAT PARA PEDIR INFORMACION Y NO ME FUE POSIBLE. EL DIA 22 DE MARZO HICE EL CAMBIO DE REGIMEN. PERO AL HACERLO LE PUSE LA FECHA QUE YO REALICE EL MOVIMIENTO, OSEA EL 22; Y SIN EMBARGO, NO PUDE HACER LAS DECLARACIONES DE ENERO Y FEBRERO, EL SISTEMA NO ME LO PERMITIO. DIO LA SUERTE QUE ESE DIA SI PUDE COMUNICARME AL SAT PARA INFORMARME LOS MOTIVOS Y RESULTA QUE TENIA QUE HACER RETROACTIVO EL MOVIMIENTO, ES DECIR, QUE EL INICIO DE OPERACIONES TENIA QUE PONER LA FECHA DEL 1o. DE ENREO, QUUUUUEEEEE? SI, UNA FECHA QUE NO CORRESPONDE A LA LOGICA Y AHORA TUVE QUE HACER UNA ACLARACION PARA QUE SE HAGA RETROACTIVO Y ENTONCES PUEDA HACER MIS DECLARACIONES, OBVIO CON SUS RESPECTIVOS RECARGOS... EL SAT NO PIERDE. MUCHAS GRACIAS POR SUS APORTACIONES Y SALUDOS A TODOS.

  • @juanerrimolopez
    @juanerrimolopez 6 місяців тому

    Y PORQUE QUIEN AQUÍ ESTA COMO LOCUTORA, NO DICE EN QUE FECHA LLEGO EL AVISO DEL SAT ??? A MUCHOS CONTRIBUYENTES EL SAT, LES DIJO QUE ÍBAMOS A SEGUIR TRIBUTANDO EN EL RIF, EN INICIOS DE MARZO, LO CORRECTO HUBIERA SIDO, QUE ENVIARAN LOS COMUNICADOS, DESDE NOVIEMBRE...... ESTA FORMA ES INCORRECTA Y FUE DESICIÓN DEL SAT DE ULTIMO MOMENTO, PORQUE ELLOS IBAN A APLICAR EL DECRETO, DONDE PARA MUCHOS DE NOSOTROS ES CLARO QUE CULMINABA HASTA 2024, PORQUE EL AÑO PASADO TENÍAMOS EL 20% DE REDUCCIÓN Y NO SE HIZO LO QUE DIJO LA LOCUTORA, QUE EN EL 3ER AÑO, SE IBA A REGULARIZAR AL 70% Y EN REALIDAD ESTUVO EN EL 80%, EN EL DECRETO NO EXISTE LA CLARIDAD QUE ASEGURA LA LOCUTORA.

    • @melld2108
      @melld2108 5 місяців тому

      Exactamente. Y mencionan que el decreto se refiere solo a los porcentajes de reducción pero no es así, el decreto dice que: "se considerará como primer año de TRIBUTACIÓN el segundo año donde se aplique la reducción del 100% Incluso lo muestra claramente otra exposición del mismo consejero fiscal

  • @SergioRizo-v1q
    @SergioRizo-v1q 6 місяців тому

    Al dia de hoy, 24 de Marzo 2024 que me aplica, que debo de hacer; de acuerdo a la exposicion (muy buena), si yo inicié desde el 1 de Enero 2014 en el RIF, mi ultimo año de tributacion en el mismo será 2024, aun con el 10% de reducción, sin embargo, en la respuesta que se da a este tipo de dudas, se dice que ya se debe cambiar el régimen, para este año 2024, por la respuesta que dio el SAT a la Prodecom; entonces, puedo seguir en RIF en este 2024 o no, no obstante de que al hacer la declaración bimestral de Enero-Febrero 2024, ya el porcentaje de reducción aparece como cero.

    • @melld2108
      @melld2108 5 місяців тому

      A mí me pasa igual... Tuviste alguna respuesta al respecto?

  • @anylopez53
    @anylopez53 7 місяців тому

    Yo hice mi cambio al resico el día 15 de marzo con fecha 1 de enero y cancele la factura bimestral Rif, e hice las respectivas facturas de enero y febrero ya en resico lo hice en el SAT y estuvo bien, y después presente la declaración mensual resico enero y febrero

    • @rosamarinaprieto8514
      @rosamarinaprieto8514 6 місяців тому

      Hiciste las facturas en cero

    • @rosamarinaprieto8514
      @rosamarinaprieto8514 6 місяців тому

      Declaración en cero

    • @anylopez53
      @anylopez53 6 місяців тому

      No, el importe que tenía en la global que cancele solo lo dividí en enero y febrero

    • @anylopez53
      @anylopez53 6 місяців тому

      Aunque la verdad fuí 3 veces porque les fallaba la pagina

  • @joseherrera-qr4of
    @joseherrera-qr4of 7 місяців тому

    El tema es RIF CONTADORA por favor pudiera aclararnos lo del famoso decreto que donde esta la duda

    • @MEGAJCBV
      @MEGAJCBV 6 місяців тому

      El SAT mal interpreto y mal aplicó al RIF 2014, y se enterca que solo era para la reducción del 100% en el segundo año, El párrafo 2 del art. 1 del decreto si habla de permanencia, no lo dice literalmente, pero para eso se hizo, sino solamente hubieran hecho el primer párrafo y con eso estaríamos en sintonía con el SAT sin problemas, solo era aplicar el 100% en EL SEGUNDO AÑO, y todos el al terminar 2023 sabríamos que terminó nuestra permanencia en RIF y obviamente tomando como algo normal que llegó solo hasta el 20% de reducción, y todos hubieran hecho el cambio, porque el decreto es claro, y el segundo parrado del art 1 del decreto es para ajustar la tabla volviéndola a utilizar así como está iniciando 2015 tomándolo como primer año de tributación y la tabla terminar en 2024. El SAT no se está basando en del decreto, su confusión está en la regla 3.13.3 miscelánea fiscal 2016 misma que no quiso dar a conocer para que nadie aclarara por ahí, , (EN LA REGLA EL ULTIMO PARRAFO NO ALTERA AL PENULTUMO, SOLO ES UN ENFASIS DE CUALES TABLAS SE ESTA HABLANDO).

  • @NelsonNavarroR
    @NelsonNavarroR 7 місяців тому

    Opino que si se terminaban los 10 años en 2023, pero deberían de haber permitido disminuir un 30% para recuperar el 10% faltante, ya que el estimulo del 2015 era un 10% adicional